Advertido error material en el párrafo segundo del apartado primero de la Resolución de 7 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Seguridad (BOE núm. 150, del 21 de junio de 2024), por la que se nombran funcionarios/as de carrera de la Policía Nacional, Escala Básica, Categoría Policía, a los/as Policías Alumnos/as, que han superado el proceso selectivo establecido reglamentariamente y de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 39/20015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que faculta a las Administraciones Públicas a rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se procede a su rectificación en el sentido siguiente:
Donde dice: «También, se nombra funcionaria de carrera de la Policía Nacional, Escala Básica, Categoría de Policía, a la Policía Alumna doña Laura Cano Esteban, con DNI **2160***, figurando en el Anexo I adjunto, quien tenía concedido el aplazamiento de la fase de oposición según las circunstancias recogidas en las bases de la convocatoria de fecha 27 de agosto de 2020, apartado 6.1.1 y según el resto de normativa en vigor, incorporándose como Policía Alumna con los aptos de la convocatoria de 24 de agosto de 2021 (publicado en el Anexo II, de la Resolución de la D.G.P. de 29 de junio de 2022, B.O.E. núm. 173 de 20 de julio) y tras finalizar todo el proceso; ha sido declarada apta para el ingreso en la Policía Nacional, por Resolución de la Dirección General de la Policía, de fecha 7 de junio de 2024, asignándole una vez formalizados los requisitos de jura o promesa y toma de posesión, la antigüedad de 7 de junio de 2024».
Debe decir: «También, se nombra funcionaria de carrera de la Policía Nacional, Escala Básica, Categoría de Policía, a la Policía Alumna doña Laura Cano Esteban, con DNI **2160***, figurando en el anexo I adjunto, quien tenía concedido el aplazamiento de la fase de oposición según las circunstancias recogidas en las bases de la convocatoria de fecha 27 de agosto de 2020, apartado 6.1.1 y según el resto de normativa en vigor, incorporándose como Policía Alumna con los aptos de la convocatoria de 24 de agosto de 2021 (publicado en el anexo II, de la Resolución de la D.G.P. de 29 de junio de 2022, BOE núm. 173 de 20 de julio) y tras finalizar todo el proceso; ha sido declarada apta para el ingreso en la Policía Nacional, por Resolución de la Dirección General de la Policía, de fecha 7 de junio de 2024, asignándole una vez formalizados los requisitos de jura o promesa y toma de posesión, la antigüedad de 24 de mayo de 2023».
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer potestativamente el recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano autor de esta Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 25, 26, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 18 de noviembre de 2025.–La Secretaria de Estado de Seguridad, P. D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Director General de la Policía, Francisco Pardo Piqueras.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid