ICEX España Exportación e Inversiones (en adelante, ICEX), en colaboración con empresas y entidades españolas, desarrolla el «Proyecto ICEX Vives» con el fin de promover prácticas formativas no laborales en el extranjero cuyos objetivos son completar la formación práctica y promover la inserción laboral de los jóvenes que han participado en el proyecto, así como contribuir a la mejora de la competitividad y productividad de las empresas participantes. Este proyecto se rige por la Orden ICT/771/2022, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del «Proyecto ICEX Vives» de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que fue modificada por la Orden ICT/1193/2022, de 30 de noviembre, así como por la Orden ECM/276/2024, de 14 de marzo. El preámbulo de la Orden ICT/771/2022 recoge expresamente que «las empresas con una proyección creciente en el exterior no encuentran suficiente personal cualificado en la gestión internacional y, en paralelo, las personas jóvenes en España no cuentan con tantas oportunidades para adquirir esa experiencia internacional que requiere la empresa globalizada».
El «Proyecto ICEX Vives» se rige por la normativa de la Unión Europea y nacional aplicable a los fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en particular, por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El «Proyecto ICEX Vives» se enmarcó en la inversión 5 del Componente 13 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. A esta inversión le corresponde el cumplimiento del objetivo 213 del Anexo a la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España. ICEX, en el marco de la referida inversión 5, es la entidad ejecutora del subproyecto C13.I05.O01.S02 Programas de apoyo a la internacionalización ICEX.
Mediante Resolución de la Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa, se publicó el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 16 de septiembre de 2025, por el que se aprueba la adenda al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de Apoyo a la Recuperación y Resiliencia en respuesta a desastres naturales. (BOE núm. 224, de 17 de septiembre de 2025). La adenda nace con el objetivo de proporcionar al tejido productivo español nuevas herramientas que le permitan hacer frente de manera eficaz a los retos a los que se enfrenta. De esta manera, está orientada a fortalecer tanto a los territorios como al conjunto del tejido socioeconómico español frente a perturbaciones externas, desde los desastres naturales agravados por el cambio climático hasta crisis económicas como las derivadas de las políticas arancelarias internacionales.
En este marco, la adenda incorpora al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia un nuevo Componente 32 «Apoyo a la Recuperación y la Resiliencia en respuesta a los desastres naturales», reorientando fondos del Plan por valor de 1.241 millones de euros en inversiones, agrupados en seis medidas: i) movilidad e infraestructuras verdes y sostenibles; ii) restauración de infraestructuras hídricas, medioambientales y agrícolas; iii) oportunidades de empleo de personas trabajadoras para la reconstrucción y dinamización socio-económica de los territorios afectados por la DANA; iv) prevención y lucha de catástrofes naturales: nueva constelación atlántica ESCA+; v) evaluación de programas de apoyo a la internacionalización de las empresas de los territorios afectados por la DANA y para hacer frente a la crisis arancelaria; y vi) facilidad para fortalecer la resiliencia de los sectores productivos ante las crisis externas.
Con posterioridad, se aprueba en el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la Unión Europea de 10 de octubre de 2025 la Decisión de Ejecución del Consejo por la que se modifica la Decisión de Ejecución, de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España. En esta Decisión se incorpora el nuevo Componente 32 de «Apoyo a la recuperación y resiliencia en respuesta a desastres naturales» y dentro de este, la Inversión 05 sobre «Evaluación de programas de apoyo a la internacionalización de las empresas de los territorios afectados por la DANA y para hacer frente a la crisis arancelaria».
En este contexto, el «Proyecto ICEX Vives» se encuadra dentro de la inversión 5 del Componente 32 puesto que el talento es un activo intangible clave para que las empresas puedan abordar sus procesos de internacionalización. A esta inversión le corresponde el cumplimiento del objetivo 504 consistente en la realización de una evaluación de impacto de los programas «ICEX DANA» e «ICEX Aranceles» incluyendo lecciones aprendidas para los futuros programas de ICEX que se pongan en marcha.
Por todo lo anterior, resulta necesario adaptar las bases reguladoras del «Proyecto ICEX Vives» a las novedades relativas a la financiación del Proyecto ICEX Vives, que se consideran contempladas en la Decisión de Ejecución del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la Unión Europea de 10 de octubre de 2025 por la que se modifica la Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021 relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España.
Así, mediante la presente orden se modifican las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones del «Proyecto ICEX Vives» con el fin de incorporar las referencias al nuevo Componente 32 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
De acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como con lo establecido en el artículo 61.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, esta orden ha sido objeto de los informes preceptivos de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado en el Departamento.
En su virtud, dispongo:
El apartado 4 del artículo 1 queda redactado como sigue:
«4. Las ayudas otorgadas con base en el “Proyecto ICEX Vives” se enmarcan en la inversión 5, internacionalización, del Componente 13, Impulso a la pyme del Plan de Recuperación, así como en la inversión 5, evaluación de programas de apoyo a la internacionalización de las empresas en los territorios afectados por la DANA y para hacer frente a la crisis arancelaria, del Componente 32, Apoyo a la Recuperación y Resiliencia en respuesta a desastres naturales, de la adenda al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Estas ayudas contribuirán al cumplimiento de los objetivos asociados a las mismas, de acuerdo con la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.»
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de noviembre de 2025.–El Ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo Caballero.
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