Con fecha 8 de septiembre de 2025 (BOE número 223 de 16 de septiembre de 2025) se aprobaron las bases de la convocatoria del proceso selectivo para el ingreso, por los turnos de acceso de promoción interna y libre, en la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Carlos III de Madrid (Subgrupo A2).
Advertidos errores en la convocatoria, esta Gerencia resuelve realizar las oportunas rectificaciones:
Corregir el texto de la convocatoria aprobada por Resolución de 8 de septiembre de 2025 y publicada en el BOE de 16 de septiembre de 2025:
En la página 120160 del BOE indicado,
Donde dice:
«De las plazas indicadas reservadas al turno libre, dos corresponden a la tasa de reposición vinculada a la Oferta de Empleo Público de la Universidad para el año 2022 (BOCM núm. 169 de 18 de julio de 2022), cuatro corresponden a la tasa de reposición vinculada a la Oferta de Empleo Público para 2023 (BOCM núm. 178 de 28 de julio de 2023), una corresponde a la tasa de reposición vinculada a la Oferta de Empleo Público para 2024 (BOCM. núm. 180 de 30 de julio de 2024) y seis corresponden a la tasa de reposición de la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2023, vinculada a la tasa específica recogida en el apartado dos.4 del artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (BOCM núm. 271 de 13 de noviembre de 2024).»
Debe decir:
«De las plazas indicadas reservadas al turno libre, dos corresponden a la tasa de reposición vinculada a la Oferta de Empleo Público de la Universidad para el año 2022 (BOCM núm. 169 de 18 de julio de 2022), cuatro corresponden a la tasa de reposición vinculada a la Oferta de Empleo Público para 2023 (BOCM núm. 178 de 28 de julio de 2023), cuatro corresponden a la tasa de reposición vinculada a la Oferta de Empleo Público para 2024 (BOCM núm. 180 de 30 de julio de 2024) y tres corresponden a la tasa de reposición de la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2023, vinculada a la tasa específica recogida en el apartado dos.4 del artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (BOCM núm. 271 de 13 de noviembre de 2024).»
En la página 120161 del BOE indicado,
Donde dice:
«2.3 Todos los requisitos y méritos alegados deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse, en su caso, hasta el día de la incorporación o toma de posesión como funcionario/a de carrera en la Escala convocada.»
Debe decir:
«2.3 Quienes opten a la plaza reservada para las personas con discapacidad deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y habrán de expresarlo en la solicitud de participación del proceso selectivo y acreditarlo documentalmente junto con la misma.
2.4 Todos los requisitos y méritos alegados deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse, en su caso, hasta el día de la incorporación o toma de posesión como funcionario/a de carrera en la Escala convocada.»
En la página 120164 del BOE indicado,
Donde dice:
«4.2 Quienes resulten excluidos expresamente, así como quienes no figuren en las listas provisionales publicadas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la mencionada resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de personas admitidas y excluidas. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o la omisión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.»
Debe decir:
«4.2 Quienes resulten excluidos expresamente, así como quienes no figuren en las listas provisionales publicadas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la mencionada resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de personas admitidas y excluidas. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o la omisión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
Quienes, habiendo concurrido por el turno de promoción interna, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva o no aporten dentro del plazo de subsanación la documentación acreditativa de su condición, serán incluidos de oficio en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el sistema general de acceso libre, siempre que cumplan todos los requisitos necesarios para ello.
De igual modo, las personas que, habiendo solicitado concurrir por el cupo de discapacidad, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a la plaza de reserva, serán incluidos de oficio en la relación provisional y, en su caso, definitiva de aspirantes admitidos por el sistema general de acceso libre, siempre que cumplan los restantes requisitos de participación establecidos en la presente convocatoria y no incurran en otras causas de exclusión.»
Por último, en la página 120167 del BOE indicado,
Donde dice:
«8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en la página web de la Universidad Carlos III de Madrid las relaciones de aspirantes aprobados en cada turno y en cada especialidad, por orden de puntuación alcanzado, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición y la suma total; expresándose asimismo en dichas relaciones la puntuación obtenida en la fase de concurso.»
Debe decir:
«8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en la página web de la Universidad Carlos III de Madrid las relaciones de aspirantes aprobados en cada turno y en cada especialidad, por orden de puntuación alcanzado, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición y la suma total; expresándose asimismo en dichas relaciones la puntuación obtenida en la fase de concurso.
De conformidad con el artículo 3.2 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, en el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del turno de acceso general, será incluido por su orden de puntuación en dicho turno general.»
Dar publicidad a esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web de la Universidad:
https://www.uc3m.es/empleo/pas
La presente resolución agota la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Getafe, 18 de noviembre de 2025.–El Rector, P.D. (Resolución de 3 de julio de 2022), el Gerente, Alberto García Martínez.
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