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Documento BOE-A-2025-23532

Resolución de 6 de noviembre de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la gestión de talleres y jornadas.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 20 de noviembre de 2025, páginas 152000 a 152008 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2025-23532

TEXTO ORIGINAL

La Universidad Nacional de Educación a Distancia y la Fundación UNED han suscrito, con fecha 28 de octubre de 2025, el Acuerdo de Encomienda de Gestión a la Fundación UNED.

Madrid, 6 de noviembre de 2025.–La Secretaria General de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, Elena Maculan.

ANEXO
Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED

28 de octubre de 2025.

De una parte, don Ricardo Mairal Usón, Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 1005/2022, de 29 de noviembre (BOE de 30 de noviembre), en nombre y representación de la universidad, de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas, en virtud de lo establecido en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 99 de sus Estatutos aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de septiembre), modificado por el Real Decreto 968/2021 de 8 de noviembre (BOE n.º 288 de 2 de diciembre), y del Real Decreto 1005/2022, de 29 de noviembre de 2022 (BOE de 30 de noviembre), y

De otra parte, don Gustavo Rovira Salinas, en su calidad de Director Gerente y en representación de la Fundación UNED con N.I.F G82759044, y domicilio en la calle Guzmán el Bueno n.º 133 - Edificio Germania, 9.ª planta (28003) de Madrid, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 27 de los Estatutos de la Fundación UNED.

MANIFIESTAN

1. Que la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), es una entidad de Derecho Público dotada de personalidad jurídica propia y plena autonomía, sin más límites que los establecidos por la ley, creada por el Real Decreto 2310/1972, de 18 de agosto, y regida por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y por sus Estatutos, aprobados por Real Decreto 1239/2011 de 8 de septiembre.

2. Que la UNED desempeña el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio, y es compromiso de todos sus miembros contribuir, desde sus respectivas responsabilidades, a la mejor realización de este servicio público, según lo establecido en el artículo 3 de sus Estatutos. Entre sus funciones generales, la UNED tiene la correspondiente a establecer y desarrollar programas de educación permanente, promoción cultural, perfeccionamiento y actualización profesional.

3. Que la Fundación UNED es una entidad creada en el año 2000, con personalidad jurídica propia, y plena capacidad de obrar, sin ánimo de lucro, actualmente encuadrada en el sector público institucional estatal.

4. Que de conformidad con el artículo 7 de sus Estatutos, «la Fundación UNED tiene por objeto diseñar, promover y realizar todas aquellas actividades de colaboración y apoyo a las funciones de docencia e investigación que, en el marco de la legislación universitaria y de sus propios Estatutos lleve a cabo la Universidad Nacional de Educación a Distancia en pro del desarrollo científico, cultural, social y económico y de la investigación y de la formación profesional, tanto de la sociedad española como la de aquellos países con los que mantenga actividades y relaciones de cooperación».

5. Los Presupuestos Generales del Estado para 2023 contemplan en sus estados de gastos la partida presupuestaria 33.50.32UF.745 «A la UNED para el Plan para el Desarrollo de Microcredenciales Universitarias. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» por importe de un millón (1.000.000,00) de euros, que pretende contribuir a la consecución del componente 21, Modernización y digitalización del sistema educativo, con el objetivo de colaborar en la recualificación de la población adulta para las nuevas necesidades derivadas de la transición digital y verde. En este sentido la UNED ha incluido dentro de la oferta formativa de formación permanente las microcredenciales.

6. Que en aras del cumplimiento de los fines de interés general y social cuya consecución tienen encomendada ambas entidades, la UNED y la Fundación UNED tienen interés y entienden necesario que, para garantizar los recursos técnicos precisos para ejecutar las actividades de tipo académico y administrativo que implica la celebración de los Talleres y Jornadas que se detallan en esta encomienda, por razones de eficacia y en atención a la experiencia y a los adecuados medios técnicos y al personal especializado de que dispone la Fundación UNED en este ámbito, se establezca una encomienda de gestión en los términos previstos en el artículo 11, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente acuerdo de encomienda de gestión, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La UNED, a propuesta del Vicerrectorado de Formación Permanente y Extensión Universitaria y la Fundación UNED acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que la citada Fundación lleve a cabo, por razones de eficacia, determinadas actuaciones relacionadas con la gestión material de los 6 Talleres y Jornadas que serían los siguientes:

1. «Taller sobre Contrainteligencia y Ciberseguridad» en colaboración con el Ministerio de Defensa, que tendrá lugar en la Facultad de Psicología de la UNED en Madrid, el 22 de octubre 2025, de media jornada de duración.

2. «2.ª Jornada sobre Ciberseguridad» en colaboración con el Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), que tendrá lugar en la Facultad de Educación de la UNED en Madrid, en el mes de noviembre 2025, con una duración de una jornada.

3. «Sostenibilidad y Economía del Agua» en colaboración con la Cátedra AQUAE de la UNED, que tendrá lugar en la Facultad de Educación de la UNED en Madrid, en enero de 2026, de una jornada.

4. «Desarrollo Territorial y Sostenibilidad Rural» en colaboración con la Cátedra de Territorios Sostenibles y Desarrollo Local de la UNED, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), que tendrá lugar en la Facultad de Educación de la UNED en Madrid, en febrero de 2026, con una duración de una jornada.

5. «Integración de Nuevas Tecnologías: Avances y Aplicaciones de la IA» que tendrá lugar en la Facultad de Educación de la UNED en Madrid, en marzo de 2026, con una duración de una jornada.

6. «Retos y Desafíos de la Inclusión Social en España» en colaboración con la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) y la Confederación Plena Inclusión España, que tendrá lugar en la Facultad de Educación de la UNED en Madrid, en abril de 2026, con una duración de una jornada.

Segunda.

La gestión material que se encomienda se concretará en las siguientes actividades, con el alcance que en cada caso se señala:

a) Apoyo en la preparación de los programas e identificación de ponentes.

b) Preparación de las invitaciones y su correspondiente envío.

c) Confirmaciones de presencia de los ponentes en los programas.

d) Gestión de las inscripciones a los Talleres y Jornadas, así como su promoción (página web –de ser necesaria–, cartelería, merchandising, etc.).

e) Logística de los congresos, según el programa establecido, que comprenderá, entre otros, el control de asistencia, la recepción y entrega del material y las credenciales a las personas inscritas, atención durante la celebración del evento y la correspondiente gestión de la pausa café y la comida.

f) Realización de una memoria económica y social, según el formato facilitado por la UNED.

g) Preparar y gestionar la generación/envío de los certificados pertinentes, tanto del cuestionario para asistentes online como la emisión y envío de los certificados.

h) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso cuya gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera.

Para el desarrollo del objeto de la encomienda de gestión, la UNED realizará una aportación económica a la Fundación UNED de diecisite mil setencientos noventa euros con noventa y cuatro céntimos (17.790,94 €), que irán destinados a la organización, desarrollo y celebración de los Talleres, y Jornadas detallados en la cláusula primera, que será financiada con cargo al capítulo 2.º de su presupuesto (programa 322C artículo 22), clave orgánica 18. CM.27.

La Fundación UNED remitirá a la UNED, en el plazo máximo de un mes desde la finalización de los Talleres y Jornadas referidos, la siguiente documentación justificativa:

– Memoria económica, que comprenderá facturas y otros documentos justificativos acreditativos del gasto producido en la realización de la Jornada, por el importe de la aportación económica realizada por la UNED.

– Breve memoria social de las Jornadas y Talleres, que incluirá, entre otras cuestiones, los datos y aspectos generales de su organización, el número de participantes o asistentes y porcentaje de estos que son personas con discapacidad, fotografías, soportes informativos (programas, carteles y difusión, etc.), así como cualquier otro solicitado por la UNED.

Cuarta.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada se extiende del 1 de octubre de 2025 al 30 de abril de 2026, conforme a lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta retroacción se justifica por razones de interés público, produciendo efectos favorables para la Fundación UNED y sin que de ello se derive perjuicio para los derechos o intereses legítimos de terceros.

Si el desarrollo de las actividades encomendadas lo requiere, el presente acuerdo podrá ser prorrogado o revocado, a propuesta de cualquiera de las partes, por acuerdo expreso de estas.

Quinta.

La Entidad u órgano encomendado tendrá la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Se adjunta como anexo I las cláusulas que deberá tener en cuenta la Fundación, como encargada del tratamiento, para tratar por cuenta del Responsable, los datos de carácter personal a los que tenga acceso para prestar el servicio objeto de la presente encomienda.

Sexta.

Mediante la firma del presente acuerdo, la Fundación UNED se compromete al cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional que pudiera resultar de aplicación, derivada de la financiación con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del objeto de la presente encomienda. En particular, aplicará medidas para evitar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, a la hora de ejecutar la compensación prevista en el apartado tercero, y garantizará el pleno cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» (principio DNSH) y el etiquetado climático (sin contribución específica) y digital con una contribución del 100 % bajo la etiqueta 108, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y por el Reglamento (UE) núm. 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

Séptima.

La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Vicerrectorado de Formación Permanente y Extensión Universitaria.

Octava.

Es responsabilidad del Vicerrectorado de Formación Permanente y Extensión Universitaria, dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

La Unidad encargada de comprobar la correcta ejecución de la encomienda corresponderá al Servicio de Formación Permanente.

Novena.

Este acuerdo de encomienda de gestión será objeto de publicación de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en el artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Rector de la UNED, Ricardo Mairal Usón.–El Director Gerente de la Fundación UNED, Gustavo Rovira Salinas.

ANEXO I
Cláusulas relativas al encargo de tratamiento

Estipulaciones

Primera. Objeto del tratamiento.

Mediante las presentes cláusulas se habilita al Encargado del tratamiento, la Fundación UNED, para tratar por cuenta del Responsable de tratamiento, la UNED, los datos de carácter personal necesarios para prestar el siguiente servicio:

Celebración de los 6 Talleres y Jornadas detallados en la cláusula primera de esta encomienda.

En concreto, mediante la presente encomienda la Fundación UNED atenderá las siguientes gestiones técnicas y administrativas:

a) Apoyo en la preparación de los programas e identificación de ponentes.

b) Preparación de las invitaciones y su correspondiente envío.

c) Confirmaciones de presencia de los ponentes en los programas.

d) Gestión de las inscripciones a los Talleres y Jornadas, así como su promoción (página web -de ser necesaria–, cartelería, merchandising, etc.).

e) Logística de los congresos, según el programa establecido, que comprenderá, entre otros, el control de asistencia, la recepción y entrega del material y las credenciales a las personas inscritas, atención durante la celebración del evento y la correspondiente gestión de la pausa café y la comida.

f) Realización de una memoria económica y social, según el formato facilitado por la UNED.

g) Preparar y gestionar la generación/envío de los certificados pertinentes, si fuera el caso, tanto del cuestionario para asistentes online como la emisión y envío de los certificados.

h) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso cuya gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

La naturaleza y finalidad que justifican el tratamiento de los datos de carácter personal por cuenta del Responsable son exclusivamente las que se indican en el presente anexo.

Segunda. Devolución de los datos.

Una vez que finalice el presente acuerdo, el Encargado devolverá al Responsable o en su caso, destruirá, los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez acabada la prestación. El retorno ha de comportar el borrado total de los datos existentes en los sistemas y documentos del Encargado. No obstante, el Encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades por la ejecución de la prestación.

Tercera. Obligaciones del encargado.

Legislación aplicable: el Encargado estará obligado a someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.

Finalidad: el Encargado utilizará los datos personales sólo para la finalidad objeto de este tratamiento. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.

Declaración previa: La Fundación tiene la obligación de presentar, antes de la formalización del acuerdo, una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos. Asimismo, estará obligado a comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del acuerdo, de la información facilitada en la declaración.

Subcontratación: El Encargado no podrá subcontratar, ni total ni parcialmente, ninguna de las prestaciones que formen parte del objeto de esta encomienda de gestión que comporten el tratamiento de datos personales sin autorización previa y por escrito del Responsable.

Si fuera necesario subcontratar, total o parcialmente, algún tratamiento de datos, este hecho se deberá comunicar previamente y por escrito al Responsable, con antelación suficiente, indicando los aspectos que se pretenden subcontratar e identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto. La subcontratación deberá ser autorizada por escrito por el Responsable, siempre antes de su inicio, y deberá regirse con lo estipulado en el artículo 28.4.del RGPD.

Instrucciones del Responsable: El Encargado tratará los datos personales únicamente siguiendo instrucciones documentadas del Responsable.

Transferencia internacional: Si el Encargado debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará por escrito al Responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.

Confidencialidad: El Encargado y todo su personal mantendrán el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que hayan tenido acceso en virtud de la presente encomienda de gestión, incluso después de que finalice la misma.

El Encargado garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.

Si existe una obligación de confidencialidad estatutaria deberá quedar constancia expresa de la naturaleza y extensión de esta obligación.

El Encargado mantendrá a disposición del Responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de esta obligación.

Medidas de seguridad: El Encargado con carácter periódico (y también siempre que haya cambios relevantes en su infraestructura de software y hardware) realizará una evaluación de riesgos en materia de seguridad de la información, de la que se derivarán la implantación de mecanismos adecuados a los riesgos detectados tal y como se describe en el artículo 32 del RGPD y en el Esquema Nacional de Seguridad y en concreto:

a) Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.

b) Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.

c) Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.

d) Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.

La evaluación de riesgos de seguridad de la información deberá ser recogida en un informe por el Encargado, que deberá proporcionar al Responsable. El alcance de dicha evaluación de riesgos de seguridad de la información será la totalidad de datos tratados por cuenta del Responsable. Las medidas de seguridad abarcarán la protección de los sistemas de información, así como de los sistemas de tratamiento manual y archivo de la documentación.

Registro de actividades de tratamiento: El Encargado llevará un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del Responsable con el contenido estipulado en el artículo 30.2 del RGPD, salvo que pueda ampararse en alguna de las excepciones del artículo 30.5.

No comunicación: el Encargado no comunicará los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del Responsable, en los supuestos legalmente admisibles.

Formación de las personas autorizadas: El Encargado garantizará la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.

Ejercicio de los derechos: el Encargado asistirá al Responsable, a través de medidas técnicas y organizativas apropiadas, siempre que sea posible, para que este pueda cumplir con su obligación de responder a las solicitudes que tengan por objeto el ejercicio de los derechos de los interesados (acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de datos).

Notificación de violaciones de la seguridad: el Encargado notificará al Responsable, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 24 horas, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante consignada en el artículo 33.3. del RGPD.

Apoyo en realización de evaluaciones de impacto para la protección de datos: El Encargado dará apoyo al Responsable en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.

Cumplimiento de las obligaciones: el Encargado pondrá a disposición del Responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.

Delegado de Protección de Datos: El Encargado designará, si procede, un delegado de protección de datos y comunicará su identidad y datos de contacto al Responsable.

Cuarta. Finalidades que justifican el tratamiento de datos de carácter personal.

Se detallan a continuación los aspectos y la identificación de la información afectada a los que accede o trata el Encargado de tratamiento, la tipología de datos y las finalidades que justifican el tratamiento.

A. El tratamiento de datos personales incluirá los siguientes aspectos:

X Recogida. X Modificación.
X Conservación. X Extracción.
X Cotejo. X Consulta.
X Registro.  

B. Identificación de la información afectada.

Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de esta encomienda de gestión, el Responsable del tratamiento autoriza al Encargado del tratamiento a tratar la información necesaria, lo que incluye las siguientes categorías de datos:

– Datos identificativos: [Nombre y Apellidos, DNI/NIE/Pasaporte, Dirección, Teléfono].

– Datos de características personales: [Datos bancarios, fecha y lugar de nacimiento].

– Datos de circunstancias sociales: [Asociaciones, Patronatos, ONGs, …].

– Datos académicos y profesionales: [Formación; Titulaciones; Expediente Académico; Experiencia profesional; pertenencia a Colegios, Asociaciones profesionales u análogos].

– Datos detalle de empleo: [Cuerpo/Escala; Puesto de trabajo; Datos no económicos de nómina].

– Datos referentes a necesidades derivadas de una situación de discapacidad/enfermedad, para garantizar la accesibilidad.

C. Finalidades que justifican el acceso o tratamiento por parte del Encargado.

El Responsable del tratamiento autoriza al Encargado de tratamiento a tratar información de carácter personal de su titularidad, única y exclusivamente, para la celebración de los talleres y jornadas.

Madrid, 28 de octubre de 2025.–Rector de la UNED, Ricardo Mairal Usón.–El Director Gerente de la Fundación UNED, Gustavo Rovira Salinas.

ANEXO II
Memoria justificativa

Las fundaciones de las universidades se configuran como un instrumento valioso al servicio de las políticas universitarias, como se constata por parte de las universidades internacionales de referencia y en el conjunto de las universidades públicas españolas.

En efecto, la gran mayoría de las universidades más prestigiosas del mundo disponen de fundaciones, como instrumento para desarrollar, de forma ágil y dinámica, políticas universitarias innovadoras. En España, todas las universidades públicas disponen de fundaciones, lo que les permite prestar servicios, a su comunidad universitaria y a la sociedad, de forma más eficiente.

En el ámbito de la formación, la mayoría de las fundaciones se encargan de la gestión administrativa de solicitudes de matrícula y matriculación en los cursos y programas de los Títulos Propios de sus universidades.

La UNED y la Fundación UNED suscribieron un acuerdo de marco de colaboración en el año 2003, y desde entonces han seguido colaborando en diversos ámbitos de la Universidad y, en concreto, en la gestión de los cursos de Formación Permanente, en la que la Fundación aporta recursos cualificados para asumir su desarrollo con garantías de éxito, así como una gestión ágil, para los que la Universidad no dispone de los recursos adecuados.

La Formación Permanente en la UNED comprende más de 500 cursos y programas, estructurados en títulos propios de posgrado, cursos de desarrollo profesional y personal, y programas modulares. Esta complejidad requiere una gestión diferenciada de la formación reglada, en la que la Fundación UNED ha demostrado sobrada solvencia, asumiendo funciones como la atención personalizada al estudiante, la tramitación de matrículas, y las gestiones posteriores al proceso de inscripción.

En este marco, y en coherencia con la estrategia institucional de la UNED para promover la innovación formativa, se considera oportuno encomendar a la Fundación UNED la organización de unas Jornadas adicionales a las Microcredenciales ofertadas, cuyo objetivo es visibilizar, difundir y analizar esta modalidad emergente de acreditación del aprendizaje, con el fin de fomentar su implantación progresiva y su integración en las estrategias de recualificación y mejora de la empleabilidad de la población adulta.

Estas jornadas se enmarcan en las actuaciones financiadas con cargo a la partida 33.50.32UF.745 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023, destinada a impulsar acciones del Componente 21 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, centrado en la modernización y digitalización del sistema educativo, y orientado a facilitar la recualificación de los ciudadanos en un contexto de aprendizaje a lo largo de la vida.

La Fundación UNED cuenta con los medios personales y materiales adecuados para llevar a cabo la organización de este tipo de eventos, incluyendo la planificación técnica, la gestión logística, la difusión, la atención a ponentes y participantes, la coordinación académica y la evaluación de resultados que se detallan a continuación:

a) Apoyo en la preparación de los programas e identificación de ponentes.

b) Preparación de las invitaciones y su correspondiente envío.

c) Confirmaciones de presencia de los ponentes en los programas.

d) Gestión de las inscripciones a los Talleres y Jornadas, así como su promoción (página web –de ser necesaria–, cartelería, merchandising, etc.).

e) Logística de los congresos, según el programa establecido, que comprenderá, entre otros, el control de asistencia, la recepción y entrega del material y las credenciales a las personas inscritas, atención durante la celebración del evento y la correspondiente gestión de la pausa café y la comida.

f) Realización de una memoria económica y social, según el formato facilitado por la UNED.

g) Preparar y gestionar la generación/envío de los certificados pertinentes, tanto del cuestionario para asistentes online como la emisión y envío de los certificados.

h) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso cuya gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Por tanto, por razones de eficiencia operativa y funcional, se considera pertinente encomendar a la Fundación UNED la organización integral de estas jornadas. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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