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Documento BOE-A-2025-23239

Resolución de 7 de noviembre de 2025, de la Universidad de Cantabria, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos de docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 17 de noviembre de 2025, páginas 150491 a 150515 (25 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2025-23239

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y por su normativa de desarrollo, el Decreto 26/2012, de 10 de mayo por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Cantabria, así como por la Normativa por la que se regulan los concursos para la provisión de plazas de Profesorado de los Cuerpos Docentes y Permanente Laboral de la Universidad de Cantabria, aprobada por el Consejo de Gobierno de esta Universidad el 18 de julio de 2024 y modificada por acuerdo de 20 de mayo de 2025 (BOC de 21 de mayo de 2025).

El Rectorado de la Universidad de Cantabria ha resuelto convocar a concurso de acceso la provisión de plazas de Catedrático/a de Universidad, que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, correspondientes a la oferta de empleo público de la Universidad de Cantabria del año 2025, que fue publicada, en el «Boletín Oficial de Cantabria» de fecha 4 de agosto de 2025, y cuya convocatoria fue autorizada por Resolución de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria, de fecha 1 de agosto de 2025.

Las plazas para el acceso por promoción interna al cuerpo de Catedráticos y Catedráticas de Universidad objeto de la presente convocatoria están dotadas en el estado de gastos del presupuesto y han sido aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Cantabria en su sesión de 6 de noviembre de 2025 y se convocan con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Normas generales.

1.1 Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, del 22 de marzo, del Sistema Universitario y por su normativa de desarrollo, en particular por el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio; por los Estatutos de la Universidad de Cantabria y por la normativa de desarrollo de esos concursos aprobada por el Consejo de Gobierno de esta Universidad el 18 de julio de 2024 y modificada por acuerdo de 20 de mayo de 2025 (BOC de 21 de mayo de 2025), y específicamente por las bases de la convocatoria; y, con carácter supletorio, por lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015 del Estatuto Básico del Empleado Público.

1.2 El tipo de proceso selectivo que será de aplicación a estas plazas es el de concurso de méritos.

1.3 En materia de procedimiento, en todo lo no contemplado específicamente en esta normativa, será de aplicación lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segunda. Requisitos que deben reunir las personas concursantes.

Requisitos generales.

2.1 Para ser admitidas, las personas solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a) Ser de nacionalidad española, mayor de edad y que no superen la edad de jubilación legalmente establecida, que reúnan los requisitos generales de acceso a la función pública y los específicamente establecidos para el cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad en la Ley Orgánica 2/203, del Sistema Universitario, en los Estatutos de la Universidad de Cantabria y en las disposiciones de desarrollo de las normas anteriores.

b) Podrán participar, con las mismas condiciones que las personas españolas, las nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de las personas españolas y de las nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de las nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras, siempre que, en todos los casos citados, no estén legalmente separadas. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.2 Podrán también participar, en igualdad de condiciones que las personas españolas:

a) Las personas nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

b) El/la cónyuge de las personas españolas y de las nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados/as de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados/as de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras.

Las personas aspirantes incluidas en el apartado b) y c) deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.

2.3 Si durante el proceso de selección no resultara acreditado el conocimiento del idioma español por parte de las personas ciudadanas de otros Estados, miembros o no de la Unión Europea, la comisión de selección podrá establecer, en su caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.

2.4 No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función pública.

2.5 No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor/a de Universidad.

Requisitos específicos.

2.6 Acreditar el grado de Doctor/a.

2.7 Poseer la acreditación para la figura correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el título I del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio emitida por la ANECA o el órgano de evaluación externo que la ley de la Comunidad Autónoma determine. Asimismo, podrán presentarse a estos concursos quienes posean la acreditación para el acceso a los respectivos cuerpos, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, y en el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo. También podrán concursar quienes se encuentren en posesión de la habilitación para el acceso a los respectivos cuerpos, conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, sin que el área de conocimiento en la que fueron habilitados/as resulte condicionante para concursar a cualquiera de las plazas convocadas. Del mismo modo, podrán concursar a las plazas convocadas en los respectivos cuerpos las personas funcionarias de los cuerpos docentes de Catedráticos/as de Universidad y de Profesores/as Titulares de Universidad. A todos los efectos se entenderá que están habilitados/as para Profesorado Titular de Universidad los actuales Catedráticos/as de Escuela Universitaria doctores y el profesorado que se hubiese habilitado como Catedrático/a de Escuela Universitaria doctor. Igualmente, podrá presentarse a las plazas respectivas el profesorado de universidades de Estados miembros de la Unión Europea que haya alcanzado una posición equivalente a la de Catedrático/a de Universidad o Profesor/a Titular de Universidad, de acuerdo con la certificación emitida, a solicitud de la persona interesada, por la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación.

2.8 En lo referente al requisito de titulación de acceso al concurso, en el supuesto de que se invoquen títulos académicos universitarios obtenidos en el extranjero, se entenderá cumplido el requisito cuando dichos títulos se encuentren debidamente homologados o reconocidos.

2.9 Haber prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos en el puesto de origen y estar acreditado/a para la categoría a la que promociona.

2.10 Los requisitos establecidos deberán reunirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse a lo largo de todo el proceso selectivo.

Tercera. Solicitudes.

3.1 Las solicitudes para participar en la convocatoria, dirigidas a la Rectora de la Universidad de Cantabria, se presentarán a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Cantabria (https://sede.unican.es/tramites-y-procedimientos) utilizando el procedimiento «Convocatorias de PDI Funcionario» para cuyo acceso se precisará disponer de un certificado electrónico válido, atendiendo a lo dispuesto en la Resolución Rectoral 544/23 por la que se establece la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Universidad de Cantabria para determinados procedimientos y colectivos de personas físicas.

Sólo serán consideradas válidas aquellas solicitudes que queden debidamente registradas, para lo cual será necesario finalizar el trámite de presentación iniciado en la Sede Electrónica.

3.2 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.3 Junto con la solicitud se deberá adjuntar, siempre en formato PDF, la siguiente documentación:

a) DNI, NIE o pasaporte o en vigor (anverso y reverso).

Las personas aspirantes extranjeras que residan en España deberán presentar una fotocopia compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador/a comunitario fronterizo en vigor. Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras, que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte. Los familiares de las personas anteriores deberán presentar una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención del visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos, deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español, de la persona nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o de la persona nacional de algún Estado, al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras, con el que existe este vínculo, de que no está separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Las personas extranjeras no incluidas en el párrafo anterior deberán presentar el documento que acredite su nacionalidad (Copia de pasaporte en vigor/Documento de identidad en vigor del país de residencia).

b) Título de Doctor/a (anverso y reverso).

c) Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos a que hace referencia el apartado 2.8 de la base segunda. Quienes presten servicios en la Universidad de Cantabria estarán exentos de presentar esta justificación.

d) Acreditación ANECA al cuerpo de Catedrático de Universidad, según lo dispuesto en el título I del RD 678/2023, de 18 de julio.

e) Justificante acreditativo del pago en concepto de derechos de examen, o de estar exento del pago.

Las personas concursantes deberán abonar a la Universidad de Cantabria la cantidad de 45,81 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso o transferencia se ingresarán en la entidad bancaria Unicaja, cuenta número IBAN: ES87 2103 8557 1700 3000 4959, de la Universidad de Cantabria, indicando en el concepto el nombre de la persona aspirante y plaza a la que concursa.

f) Estarán exentas del pago de los derechos de examen:

– Las personas que se encuentren en situación legal de desempleo, estando inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo con al menos un mes de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo, debiendo acompañar documento acreditativo de esta condición (Informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo), expedido por el Servicio Público de Empleo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

– Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el/la cónyuge de la persona fallecida y los hijos e hijas de las personas heridas o fallecidas.

– Las víctimas de la violencia de género a las que hace referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y sus hijos e hijas; para ello deberán aportar la resolución judicial otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima o cualquier otra en el que el órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos o faltas.

– Los miembros de familias numerosas, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

Procederá la devolución de los derechos de participación a las personas aspirantes que hayan sido definitivamente excluidas de estas pruebas por causas NO imputables a los mismos. A tal efecto, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado en la que consten sus datos personales, el motivo por el cual solicita la devolución y código de cuenta bancaria en la que desea se haga efectivo dicho reintegro.

3.4 La documentación que debe adjuntarse a la solicitud se presentará de acuerdo con las siguientes instrucciones:

– Los documentos indicados en los apartados 3.3.a) Datos de identidad de la persona, 3.3.e) Comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen o 3.3.f) Exención del pago se deberán adjuntar en un único documento en formato pdf denominado «Documentación personal».

– Los documentos indicados en los apartados 3.3. b) Título de Doctor/a, 3.3. c) Acreditación requisitos punto 2.8, y 3.3. d) Acreditación ANECA, se deberá adjuntar en un único documento en formato pdf denominado «Documentación académica».

La no aportación de la documentación indicada en el plazo de presentación de instancias, o en el de subsanación concedido al efecto, determinará la exclusión definitiva de la persona aspirante del procedimiento.

3.5 La presentación de la solicitud conllevará la aceptación de las bases de la convocatoria y una declaración responsable en el sentido de que todos los datos consignados en la solicitud se ajustan a la realidad y la aceptación de que la inexactitud de los datos y circunstancias declaradas, así como la manipulación de documentos, podrá dar lugar a la invalidación de la solicitud y al resto de responsabilidades previstas en las leyes.

3.6 La Universidad podrá requerir de la persona solicitante la documentación original o copia compulsada de los documentos presentados en cualquiera de las fases del procedimiento selectivo. En todo caso, deberán presentarse por la persona candidata seleccionada antes de su nombramiento.

3.7 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitará el funcionamiento ordinario de los sistemas de presentación de solicitudes, y hasta que se solucione el problema, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria siempre que dicho plazo no hubiera vencido. Tanto la incidencia técnica acontecida como, en su caso, la ampliación concreta del plazo no vencido se publicará en la Sede Electrónica de la Universidad de Cantabria.

3.8 Será causa definitiva de exclusión la presentación de cualquier solicitud que no siga el procedimiento establecido en esta base tercera.

3.9 La documentación aportada por las personas interesadas se conservará durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con las finalidades de la convocatoria.

 Cuarta. Admisión de los aspirantes.

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Vicerrectora de Profesorado dictará una resolución, en el plazo máximo de quince días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión. Dicha resolución se publicará en la página Web de Concursos PDI de la UC.

4.2 Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación en la página Web de Concursos PDI de la UC, para subsanar, en su caso, el defecto que haya motivado su exclusión. Aquellas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto o justifiquen su derecho a ser incluidas quedarán definitivamente excluidas del proceso selectivo.

4.3 A los efectos de subsanación deberán presentarse tantas solicitudes como plazas quieran ser subsanadas, indicando claramente el número de plaza a la que desea sea incorporada la documentación que aporta, por lo que, en caso de duda, no se considerará subsanada ninguna de las plazas quedando, en consecuencia, excluida la persona candidata en todas.

La presentación de documentación a efectos de subsanación será efectuada mediante solicitud de subsanación, dirigida a la sección de Personal Docente, por instancia básica en Sede Electrónica de la Universidad de Cantabria.

4.4 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, la Vicerrectora de Profesorado dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra esta resolución las personas interesadas podrán interponer recurso en los términos previstos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinta. Comisiones y criterios de selección.

 5.1 La composición de las Comisiones es la que figura en el anexo II de esta convocatoria.

En lo relativo a la composición, sustituciones y funcionamiento de la misma, se estará a lo previsto en la «Normativa por la que se regulan los concursos para la provisión de plazas de profesorado de los Cuerpos Docentes y Permanente Laboral de la Universidad de Cantabria», aprobada por el Consejo de Gobierno con fecha 18 de julio de 2024 y modificada por acuerdo de 20 de mayo de 2025 (BOC de 21 de mayo de 2025).

5.2 Los miembros seleccionados deberán declarar sus posibles conflictos de interés y renunciar a formar parte de la comisión. El conflicto de interés motivará la renuncia, y posterior nombramiento de una persona suplente, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias respecto de alguna de las personas candidatas:

a) Haber sido coautor o coautora de publicaciones o patentes en los últimos seis años.

b) Haber tenido relación contractual o ser miembro de los equipos de investigación que participan en proyectos o contratos de investigación junto con la persona candidata.

c) Ser o haber sido director/a de la tesis doctoral, defendida en los últimos seis años.

d) En todo caso, los miembros seleccionados deberán abstenerse cuando concurra alguna de las causas de abstención reconocidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

5.3 Las Comisiones de Selección, en cuanto órganos de selección de personal, gozarán de autonomía funcional y se hallarán facultadas para resolver las cuestiones no previstas en las respectivas bases de la convocatoria, así como para adoptar aquellos acuerdos necesarios para llevar a buen fin los procesos selectivos. Sus actuaciones se hallarán sometidas a la Ley 40/2015, de 1 de noviembre y, a efectos de impugnación de sus decisiones, se considerarán dependientes de la Rectora.

5.4 Los criterios generales de valoración que utilizarán las Comisiones serán los aprobados en la Normativa de la Universidad de Cantabria arriba mencionada, y que figuran en el anexo III de esta convocatoria. Los criterios objetivos de valoración de los méritos para cada uno de los apartados del baremo serán aprobados en el Acto de Constitución de la Comisión para cada plaza convocada, y se publicarán en el tablón de anuncios del departamento y complementariamente en la página Web de Concursos PDI de la UC.

5.5 El tiempo transcurrido entre la publicación de la convocatoria y la propuesta de provisión del concurso no podrá exceder de seis meses. A los efectos del cómputo de dicho plazo, se excluirá el mes de agosto durante el cual no tendrán lugar actuaciones de las Comisiones.

Sexta. Proceso de selección.

6.1 Una vez iniciado el proceso de admisión de las personas candidatas, y en todo caso con anterioridad a la finalización del periodo de admisión de solicitudes, el/la Presidente/a de la Comisión convocará a todos los miembros titulares de la misma, para proceder a su constitución y determinar los criterios detallados para la valoración del concurso (anexo III) y el modo de presentación de la documentación. La constitución de la comisión, que se realizará por videoconferencia, requiere la presencia de todos sus miembros titulares, sin perjuicio de que pueda ser necesario convocar a algún suplente según lo previsto en el artículo 10.5 de la citada normativa de concursos de la Universidad de Cantabria, que desde ese momento actuaría como titular.

6.2 Tras finalizar el proceso de admisión de las personas candidatas y publicadas la lista provisional y definitiva de admitidas y excluidas, la sección de personal docente enviará al Presidente/a de la comisión correspondiente la lista de aspirantes admitidos, así como toda la documentación aportada por ellos para justificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para acceder al concurso.

6.3 El/la Presidente/a de la Comisión notificará por correo electrónico a las personas candidatas el lugar, fecha y hora del acto de presentación e indicará el modo de presentación de la documentación, con una antelación mínima de diez días naturales.

6.4 El acto de presentación de las personas candidatas, que será público, se realizará en modalidad presencial tanto para estas como para los miembros de la Comisión de la Universidad de Cantabria, pudiendo actuar por medios electrónicos los miembros externos. Este consistirá en su presentación e identificación ante la Comisión y la entrega a su Presidente/a de la documentación siguiente:

– Curriculum vitae, en modelo normalizado según anexo IV en formato electrónico, en el que la persona concursante detallará su historial académico, experiencia docente e investigadora (incluyendo la de transferencia e intercambio de conocimiento) y, en su caso, también la experiencia asistencial sanitaria.

– Un ejemplar en formato electrónico de todos los méritos alegados y los documentos acreditativos de lo consignado en el mismo en formato PDF y organizado en carpetas según el orden en el que aparecen los apartados del currículo que identifique claramente su contenido. Se enviará a la Comisión en formato comprimido (ZIP) o como la Comisión lo determine en el acto de constitución.

La documentación a la que hace referencia este apartado no se adjuntará en ningún caso junto con la solicitud de admisión al concurso.

En este mismo acto se determinará mediante sorteo el orden de actuación de las personas candidatas presentadas para realizar la única prueba, y se fijará el lugar, día y hora del comienzo de la misma. Igualmente se fijará el plazo durante el cual las personas candidatas podrán examinar la documentación presentada por las demás concursantes, y el lugar donde podrán hacerlo. Se publicará la lista de las personas presentadas, el tiempo y lugar para examinar la documentación, y el lugar, día y hora en que comenzará la única prueba en el tablón de anuncios del departamento, en la puerta de acceso al lugar de celebración y, complementariamente, en la página Web de Concursos PDI de la UC.

6.5 La valoración del currículo se ajustará al baremo detallado que la Comisión indique, y que se ajustará a los criterios de valoración establecidos en el anexo III.

Los méritos serán valorados en relación con la especialidad de conocimiento para la que se convocan las plazas. El baremo se estructurará en cinco apartados: Docencia, Investigación, Actividad asistencial (en su caso), Liderazgo y Otros méritos.

El baremo previamente definido y propuesto por la Comisión deberá recoger de manera detallada los ítems que se valorarán en cada subapartado de los apartados anteriores y la puntuación máxima (o en porcentaje) de cada uno de ellos en el caso de que saturara. La puntuación total del baremo de la plaza será de 100 puntos. A tal efecto, el valor otorgado a cada uno de dichos apartados estará en el rango determinado en el anexo III. El peso dado al apartado docente e investigador y asistencial, en su caso, será análogo. Asimismo, en el baremo se determinará el coeficiente que se aplicará a cada uno de los méritos valorados en función de la afinidad al perfil de la plaza. Estos coeficientes serán fijos y se establecerán de acuerdo a lo siguiente: 1 si es del perfil; un valor entre 0,3 y 0,7 si es afín y un valor de hasta 0,2 si no es afín. Se considerarán afines, para cada una de las especialidades de conocimiento, al menos aquellas que se recogen en el anexo IV de la normativa de la Universidad de Cantabria, en la fecha de publicación de la convocatoria. El anexo será actualizado en función de los acuerdos que, al respecto, adopten los consejos de departamento y se publicará en la página web del vicerrectorado competente en materia de profesorado y de la sección de PDI.

La Comisión llevará a cabo la valoración de los méritos acreditados por las personas candidatas de acuerdo con el baremo establecido. La falta de justificación documental de los méritos siempre que se encuentren incluidos en el currículo será subsanable, debiendo conferirse a las personas candidatas un plazo de cinco días para su aportación. La persistencia en su no aportación supondrá la no valoración de los mismos por la Comisión.

6.6 La única prueba, que será pública, consistirá en la exposición por la persona candidata ante la Comisión, durante un tiempo máximo de una hora, de los méritos alegados en el curriculum vitae presentado, incluyendo, en su caso, los asistenciales. Seguidamente, la Comisión debatirá con él/ella, durante un tiempo máximo de dos horas, sobre los aspectos que estime relevantes en relación con lo aportado y expuesto. Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente/a un informe con una valoración numérica y motivada sobre cada concursante, ajustada a los criterios establecidos y respetando lo señalado en el artículo 9 de la Normativa. Esta valoración podrá realizarse también de forma colegiada. Los resultados serán publicados en el lugar de celebración de las pruebas y complementariamente en el tablón de anuncios del departamento y en la página Web de Concursos PDI de la UC.

6.7 El/la Secretario/a de la Comisión cumplimentará las actas en las que se recojan las actuaciones realizadas. Estas serán firmadas por el/la Presidente/a y el/la Secretario/a de la Comisión. Las actas recogerán los miembros de la Comisión presentes en cada acto.

Séptima. Propuesta de provisión.

7.1 En el plazo máximo de diez días hábiles desde el acto de presentación, salvo que se requiriera la subsanación señalada en el apartado 6.5, en cuyo caso el plazo será ampliado conforme a tal circunstancia, la Comisión formulará la propuesta de provisión a favor de la persona o personas candidatas con mayor puntuación hasta el número de plazas convocadas. Asimismo, la Comisión proporcionará una lista en orden de prelación y con la puntuación obtenida por quienes hayan superado las pruebas del proceso selectivo, destinada a resolver las situaciones de renuncia o imposibilidad previstas en los artículos 13 y 14 de la normativa por la que se regulan los concursos para la provisión de plazas de profesorado de los cuerpos docentes y permanente laboral de la UC. En todo caso, la Comisión sólo podrá proponer la provisión de plazas a favor de un número de personas que no supere el número de las plazas convocadas.

7.2 Todos los concursos podrán resolverse con la no provisión de plazas, cuando a juicio motivado de la Comisión las personas candidatas no se adecuen al perfil, características y exigencias académicas y/o investigadoras de las mismas.

7.3 Como criterio de desempate, en igualdad de condiciones de idoneidad, tendrán preferencia para ser nombradas las personas del sexo menos representado del cuerpo docente correspondiente a la plaza en concurso, dentro del departamento donde se convoca la plaza.

7.4 De producirse una renuncia, o cualquier otra causa que impidiese el nombramiento de una persona propuesta por la comisión, la plaza se adjudicará o propondrá a favor de la siguiente de la lista en el orden de prelación formulado por la comisión.

7.5 Tras depositar la propuesta de nombramiento y el acta en el repositorio electrónico habilitado a tal efecto, el/la Secretario/a informará de dicha circunstancia a la sección de PDI.

7.6 La sección de PDI publicará la propuesta de la Comisión en la página Web de concursos PDI de la UC.

7.7 Contra la propuesta de provisión de la Comisión, las personas admitidas al concurso podrán presentar reclamación ante la Rectora, en el plazo máximo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de su publicación de la propuesta en la página Web de Concursos PDI de la UC. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea expresamente resuelta la reclamación interpuesta, o se haya producido la desestimación presunta. La interposición de la reclamación suspenderá los nombramientos.

Esta reclamación será resuelta por la Rectora. La reclamación será valorada por la comisión de reclamaciones prevista en el artículo 73 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario, compuesta por miembros designados en la forma prevista en los Estatutos, con los requisitos establecidos en la normativa aplicable. La comisión deberá solicitar informe a los miembros de la comisión de selección contra cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación, se dará audiencia a las personas candidatas que hubieran participado en las pruebas y examinará el expediente relativo al concurso. Dicha comisión valorará la reclamación, ratificando o no la propuesta reclamada, en el informe que tendrá carácter vinculante para la Rectora. El plazo de resolución será de tres meses a partir de la presentación de la reclamación. Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, y será impugnable directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y potestativamente en reposición. De no dictarse resolución expresa en plazo, la persona reclamante entenderá desestimada su reclamación a los efectos de interponer recurso judicial.

Si la resolución no ratificase la propuesta, se retrotraerá el expediente al momento en que se produjo el vicio, debiendo la comisión de selección efectuar nueva propuesta, todo ello en los términos que se deriven del informe de la comisión de reclamaciones y la correspondiente resolución rectoral.

Octava. Presentación de documentos por las personas concursantes.

Las personas concursantes propuestas deberán acreditar que reúnen los requisitos exigidos por la legislación vigente, en el plazo de veinte días siguientes a la citada publicación. Si la persona propuesta no presentara la documentación requerida se proseguirán los trámites indicados con la siguiente concursante en el orden de prelación formulado por la Comisión. Quienes no presentasen la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, no podrán ser objeto de nombramiento, sin perjuicio de las responsabilidades legales en que pudieran haber incurrido.

Para ello, deberán presentar en la Oficina de asistencia en materia de Registro de la Universidad de Cantabria, los siguientes documentos:

a) Original o copia electrónica auténtica del título de Doctor/a (anverso y reverso), de la acreditación ANECA a la figura correspondiente y del requisito del apartado 2.8 de las bases de la convocatoria.

b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que sea incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a de ninguna Administración Pública en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas. Quienes no posean la nacionalidad española, deberán acreditar no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as de carrera en activo, estarán exentos/as de justificar los requisitos de los apartados b y c, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditativa de su condición de persona funcionaria y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Los/as funcionarios/as de carrera que se encuentren prestando servicios en la Universidad de Cantabria estarán exentos/as de presentar todos los justificantes mencionados en esta base octava.

Novena. Nombramiento y toma de posesión.

Cumplida la presentación de documentos, la Rectora procederá a los nombramientos conforme a la propuesta realizada, ordenará su inscripción en el correspondiente registro de personal y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Cantabria», así como su comunicación al Consejo de Universidades.

En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el BOE, la persona propuesta deberá tomar posesión de su plaza en la Universidad de Cantabria.

Décima. Norma final.

La presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá ser impugnada mediante recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santander en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Rectora en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación; en este caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.

Santander, 7 de noviembre de 2025.–La Rectora, María Concepción López Fernández.

ANEXO I

Concurso de acceso n.º: 52/25

Número de plazas: 1.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de conocimiento: Comercializacion e Investigacion de Mercados.

Departamento: Dpto. Administracion de Empresas.

Perfil docente: Comercializacion e Investigacion de Mercados.

Perfil investigador: Comercializacion e Investigacion de Mercados.

Oferta de empleo público 2025.

Concurso de acceso n.º: 53/25

Número de plazas: 1.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de conocimiento: Economia Financiera y Contabilidad.

Departamento: Dpto. Administracion de Empresas.

Perfil docente: Economia Financiera y Contabilidad.

Perfil investigador: Economia Financiera y Contabilidad.

Oferta de empleo público 2025.

Concurso de acceso n.º: 54/25

Número de plazas: 1.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de conocimiento: Ciencia de los Materiales e Ingenieria Metalurgica.

Departamento: Dpto. Ciencia e Ingenieria del Terreno y de los Materiales.

Perfil docente: Ciencia de los Materiales e Ingenieria Metalurgica.

Perfil investigador: Ciencia de los Materiales e Ingenieria Metalurgica.

Oferta de empleo público 2025.

Concurso de acceso n.º: 55/25

Número de plazas: 1.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de conocimiento: Derecho Mercantil.

Departamento: Dpto. Derecho privado.

Perfil docente: Derecho Mercantil.

Perfil investigador: Derecho Mercantil.

Oferta de empleo público 2025.

Concurso de acceso n.º: 56/25

Número de plazas: 1.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de Conocimiento: Derecho Administrativo.

Departamento: Dpto. Derecho Público.

Perfil Docente: Derecho Administrativo.

Perfil Investigador: Derecho Administrativo.

Oferta de Empleo Público 2025.

Concurso de acceso n.º: 57/25

Número de plazas: 1.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de Conocimiento: Fundamentos del Analisis Económico.

Departamento: Dpto. Economia.

Perfil Docente: Fundamentos del Analisis Económico.

Perfil Investigador: Fundamentos del Analisis Económico.

Oferta de Empleo Público 2025.

Concurso de acceso n.º: 58/25

Número de plazas: 1.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de Conocimiento: Didáctica y Organización Escolar.

Departamento: Dpto. Educacion.

Perfil Docente: Didáctica y Organización Escolar.

Perfil Investigador: Didáctica y Organización Escolar.

Oferta de Empleo Público 2025.

Concurso de acceso n.º: 59/25

Número de plazas: 1.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de Conocimiento: Física Aplicada.

Departamento: Dpto. Física Aplicada.

Perfil Docente: Física Aplicada.

Perfil Investigador: Física Aplicada.

Oferta de Empleo Público 2025.

Concurso de acceso n.º: 60/25

Número de plazas: 1.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de Conocimiento: Astronomia y Astrofísica.

Departamento: Dpto. Física moderna.

Perfil Docente: Astronomía y Astrofísica.

Perfil Investigador: Astronomía y Astrofísica.

Oferta de Empleo Público 2025.

Concurso de acceso n.º: 61/25

Número de plazas: 1.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de Conocimiento: Historia moderna.

Departamento: Dpto. Historia Moderna y Contemporánea.

Perfil Docente: Historia Moderna.

Perfil Investigador: Historia Moderna.

Oferta de Empleo Público 2025.

Concurso de acceso n.º: 62/25

Número de plazas: 2.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de Conocimiento: Teoria de la Señal y Comunicaciones.

Departamento: Dpto. Ingeniería de Comunicaciones.

Perfil Docente: Teoria de la Señal y Comunicaciones.

Perfil Investigador: Teoria de la Señal y Comunicaciones.

Oferta de Empleo Público 2025.

Concurso de acceso n.º: 63/25

Número de plazas: 3.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de Conocimiento: Ingeniería Química.

Departamento: Dpto. Ingenierias Química y Biomolecular.

Perfil Docente: Ingenieria Química.

Perfil Investigador: Ingenieria Química.

Oferta de Empleo Público 2025.

Concurso de acceso n.º: 64/25

Número de plazas: 1.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de Conocimiento: Ciencia de la Computacion e Inteligencia Artificial.

Departamento: Dpto. Matematica Aplicada y Ciencias de la Computacion.

Perfil Docente: Ciencia de la Computacion e Inteligencia Artificial.

Perfil Investigador: Ciencia de la Computacion e Inteligencia Artificial.

Oferta de Empleo Público 2025.

Concurso de acceso n.º: 65/25

Número de plazas: 1.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de conocimiento: Química Inorganica.

Departamento: Dpto. de Química e Ingenieria de Procesos y Recursos.

Perfil docente: Química Inorganica.

Perfil investigador: Química Inorganica.

Oferta de empleo público 2025.

Concurso de acceso n.º: 66/25

Número de plazas: 1.

Cuerpo: Catedrático/a de Universidad.

Área de Conocimiento: Tecnología electrónica.

Departamento: Dpto. Tecnologia Electrónica e Ingeniería de Sistemas y Automática.

Perfil Docente: Tecnología electrónica.

Perfil Investigador: Tecnología electrónica.

Oferta de Empleo Público 2025.

ANEXO II
Composición de las Comisiones

Concurso de acceso n.º: 52/25

Comisión titular:

Presidenta: Doña Ana María Serrano Bedia. Catedrática de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Doña María Carmen Camarero Izquierdo. Catedrática de Universidad. Universidad de Valladolid.

Vocal 2: Don Juan Antonio Trespalacios Gutiérrez. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Doña Myriam García Olalla. Catedrática de Universidad. Universidad de Cantabria.

Presidencia suplente 2: Doña María Concepción López Fernández. Catedrática de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal suplente 1.1: Doña Mar Gómez Rico. Catedrática de Universidad. Universidad de Castilla la Mancha.

Vocal suplente 1.2: Doña Natalia María Rubio Benito. Catedrática de Universidad. Universidad Autónoma de Madrid.

Vocal suplente 2.1: Don Jesús García de Madariaga Miranda. Catedrático de Universidad. Universidad Complutense de Madrid.

Vocal suplente 2.2: Don Arturo Molina Collado. Catedrático de Universidad. Universidad de Castilla la Mancha.

Concurso de acceso n.º: 53/25

Comisión titular:

Presidente: Don Angel Herrero Crespo. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Doña Isabel María Martínez Conesa. Catedrática de Universidad. Universidad de Murcia.

Vocal 2: Don Luis Alberto Otero González. Catedrático de Universidad. Universidade de Santiago de Compostela.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Doña María del Mar García de los Salmones Sánchez. Catedrática de Universidad. Universidad de Cantabria.

Presidencia suplente 2: Doña Ana María Serrano Bedia. Catedrática de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal suplente 1.1: Doña Isabel María García Sánchez. Catedrática de Universidad. Universidad de Salamanca.

Vocal suplente 1.2: Doña María Isabel Brusca Alijarde. Catedrática de Universidad. Universidad de Zaragoza.

Vocal suplente 2.1: Don Víctor Manuel González Méndez. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.

Vocal suplente 2.2: Don Lázaro Rodríguez Ariza. Catedrático de Universidad. Universidad de Granada.

Concurso de acceso n.º: 54/25

Comisión titular:

Presidenta: Doña Amaya Lobo García de Cortazar. Catedrática de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Doña María Asunción Bautista Arija. Catedrática de Universidad. Universidad Carlos III de Madrid.

Vocal 2: Don Javier Fernández González. Catedrático de Universidad. González Universitat de Barcelona.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Don Jorge Castro González. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Presidencia suplente 2: Don Luigi Dell´Olio. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal suplente 1.1: Doña Antonia Jiménez Morales. Catedrática de Universidad. Universidad Carlos III de Madrid.

Vocal suplente 1.2: Doña María Lluïsa Maspoch Ruldua. Catedrática de Universidad. Universitat Politécnica de Catalunya.

Vocal suplente 2.1: Don Gonzalo Francisco Ruiz López. Catedrático de Universidad. Universidad de Castilla la Mancha.

Vocal suplente 2.2: Don Alfonso Cobo Escamilla. Catedrático de Universidad. Universidad Politécnica de Madrid.

Concurso de acceso n.º: 55/25

Comisión titular:

Presidente: Don Eduardo Vázquez de Castro. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Doña Rocío Quintans Eiras. Catedrática de Universidad. Universidade da Coruña.

Vocal 2: Don Pedro Portellano Díez. Catedrático de Universidad. Universidad Autónoma de Madrid.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Don Alfredo Ávila de la Torre. Catedrático de Universidad. Universidad de Salamanca.

Presidencia suplente 2: Don Juan Carlos Sáenz García de Albizu. Catedrático de Universidad. Universidad Pública de Navarra.

Vocal suplente 1.1: Doña Josefina Boquera Matarredona. Catedrática de Universidad. Universitat de València.

Vocal suplente 1.2: Doña María Isabel Huerta Viesca. Catedrática de Universidad. Universidad de Oviedo.

Vocal suplente 2.1: Don Luis Miranda Serrano. Catedrático de Universidad. Universidad de Córdoba.

Vocal suplente 2.2: Don Rafael Lara González. Catedrático de Universidad. Universidad Pública de Navarra.

Concurso de acceso n.º: 56/25

Comisión titular:

Presidente: Don Juan Enrique Varona Alabern. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Doña Nuria Magaldi Mendaña. Catedrática de Universidad. Universidad de Córdoba.

Vocal 2: Don Joan Manuel Trayter Jiménez. Catedrático de Universidad. Universitat de Girona.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Doña Paz Mercedes de la Cuesta Aguado. Catedrática de Universidad. Universidad de Cantabria.

Presidencia suplente 2: Don Angel Pelayo González-Torre. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal suplente 1.1: Doña Matilde Carlón Ruiz. Catedrática de Universidad. Universidad Complutense de Madrid.

Vocal suplente 1.2: Doña Eloísa Carbonell Porras. Catedrática de Universidad. Universidad de Jaén.

Vocal suplente 2.1: Don José María Gimeno Feliu. Catedrático de Universidad. Universidad de Zaragoza.

Vocal suplente 2.2: Don Juli Ponce Solé. Catedrático de Universidad. Universitat de Barcelona.

Concurso de acceso n.º: 57/25

Comisión titular:

Presidente: Don Adolfo Jesús Maza Fernández. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Doña María Dolores Collado Vindel. Catedrática de Universidad. Universitat d'Alacant/Universidad de Alicante.

Vocal 2: Don Ignacio Isidro Ortuño Ortin. Catedrático de Universidad. Universidad Carlos III de Madrid.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Don David Cantarero Prieto. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Presidencia suplente 2: Don Daniel Díaz Fuentes. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal suplente 1.1: Doña María del Carme Bevia Baeza. Catedrática de Universidad. Universitat d'Alacant/Universidad de Alicante.

Vocal suplente 1.2: Doña María Luisa Fuster Pérez. Catedrática de Universidad. Universidad Carlos III de Madrid.

Vocal suplente 2.1: Don Miguel Angel Delgado González. Catedrático de Universidad. Universidad Carlos III de Madrid.

Vocal suplente 2.2: Don Antonio Cabrales Goitia. Catedrático de Universidad. Universidad Carlos III de Madrid.

Concurso de acceso n.º: 58/25

Comisión titular:

Presidente: Don Jesús Ángel González López. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Doña M.ª Rita Sánchez Moreno. Catedrática de Universidad. Universidad de Sevilla.

Vocal 2: Don José Luis Sanfabián Maroto. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Doña Ana María Serrano Bedia. Catedrática de Universidad. Universidad de Cantabria.

Presidencia suplente 2: Don José Ignacio Solar Cayon. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal suplente 1.1: Doña María Pallisera Díaz. Catedrática de Universidad. Universitat de Girona.

Vocal suplente 1.2: Doña Lidón Moliner Miravet. Catedrática de Universidad. Universitat Jaume I.

Vocal suplente 2.1: Don Alejandro Rodríguez Martín. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.

Vocal suplente 2.2: Don Alfonso Gutiérrez Martín. Catedrático de Universidad. Universidad de Valladolid.

Concurso de acceso n.º: 59/25

Comisión titular:

Presidente: Don Francisco González Fernández. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Don Juan Enrique Muñoz Santiuste. Catedrático de Universidad. Universidad Carlos III de Madrid.

Vocal 2: Doña Rocío Ranchal Sánchez. Catedrática de Universidad. Universidad Complutense de Madrid.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Don Fernando Moreno Gracia. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Presidencia suplente 2: Don José María Saiz Vega. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal suplente 1.1: Don Daniel Jaque García. Catedrático de Universidad. Universidad Autónoma de Madrid.

Vocal suplente 1.2: Don Ulyses Ruiman Rodríguez Mendoza. Catedrático de Universidad. Universidad de la Laguna.

Vocal suplente 2.1: Doña Luisa Eugenia Bausa López. Catedrática de Universidad. Universidad Autónoma de Madrid.

Vocal suplente 2.2: Doña María Teresa Pérez Iglesias. Catedrática de Universidad. Universidad de Vigo.

Concurso de acceso n.º: 60/25

Comisión titular:

Presidente: Don Jose Ignacio González Serrano. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Doña Amparo Marco Tobarra. Catedrática de Universidad. Universitat d'Alacant/Universidad de Alicante.

Vocal 2: Don Gustavo Yepes Alonso. Catedrático de Universidad. Universidad Autónoma de Madrid.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Don Francisco Jesús Carrera Troyano. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Presidencia suplente 2: Don Francisco Matorras Weinig. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal suplente 1.1: Doña Estrella Florido Navío. Catedrática de Universidad. Universidad de Granada.

Vocal suplente 1.2: Doña Minia Manteiga Outeiro. Catedrática de Universidad. Universidade da Coruña.

Vocal suplente 2.1: Don Francisco Javier Gorgas García. Catedrático de Universidad. Universidad Complutense de Madrid.

Vocal suplente 2.2: Don Vicent Josep Martínez García. Catedrático de Universidad. Universitat de València.

Concurso de acceso n.º: 61/25

Comisión titular:

Presidenta: Doña Margarita Serna Vallejo. Catedrática de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Don Miguel Ángel Melón Jiménez. Catedrático de Universidad. Universidad de Extremadura.

Vocal 2: Doña Bethany Aram. Catedrática de Universidad. Universidad Pablo de Olavide.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Doña María Montserrat Cabre Pairet. Catedrática de Universidad. Universidad de Cantabria.

Presidencia suplente 2: Doña M. Begoña Alonso Ruiz. Catedrática de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal suplente 1.1: Don Francisco García González. Catedrático de Universidad. Universidad de Castilla la Mancha.

Vocal suplente 1.2: Don José Miguel Delgado Barrado. Catedrático de Universidad. Universidad de Jaén.

Vocal suplente 2.1: Doña Angela Atienza López. Catedrática de Universidad. Universidad de la Rioja.

Vocal suplente 2.2: Doña Cristina Borreguero Beltrán. Catedrática de Universidad. Universidad de Burgos.

Concurso de acceso n.º: 62/25

Comisión titular:

Presidente: Don Luis Ignacio Santamaría Caballero. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Don Joseba Andoni Zubia Zaballa. Catedrático de Universidad. Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea.

Vocal 2: Doña Teresa Martín Guerrero. Catedrática de Universidad. Universidad de Málaga.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Don Rafael Pedro Torres Jiménez. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Presidencia suplente 2: Don Ramón Agüero Calvo. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal suplente 1.1: Don Joan O'Callaghan Castella. Catedrático de Universidad. Universitat Politécnica de Catalunya.

Vocal suplente 1.2: Don Roberto Gómez García. Catedrático de Universidad. Universidad de Alcalá.

Vocal suplente 2.1: Doña Ángela María Coves Soler. Catedrática de Universidad. Universidad Miguel Hernández.

Vocal suplente 2.2: Doña Ana García Armada. Catedrática de Universidad. Universidad Carlos III de Madrid.

Concurso de acceso n.º: 63/25

Comisión titular:

Presidente: Don Ignacio Fernández Olmo. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Don Francisco José Hernández Fernández. Catedrático de Universidad. Universidad de Murcia.

Vocal 2: Doña Aurora Santos López. Catedrática de Universidad. Universidad Complutense de Madrid.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Don Martín Olazar Aurrekoetxea. Catedrático de Universidad. Universidad del País Vasco.

Presidencia suplente 2: Doña María Gloria Villora Cano. Catedrática de Universidad. Universidad de Murcia.

Vocal suplente 1.1: Don Manuel Arruebo Gordo. Catedrático de Universidad. Universidad de Zaragoza.

Vocal suplente 1.2: Don Ángel Fernández Mohedano. Catedrático de Universidad. Universidad Autónoma de Madrid.

Vocal suplente 2.1: Doña Victoria Laura Barrio Cagigal. Catedrática de Universidad. Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea.

Vocal suplente 2.2: Doña María Cruz Arzamendi Manterola. Catedrática de Universidad. Universidad Pública de Navarra.

Concurso de acceso n.º: 64/25

Comisión titular:

Presidente: Don Jaime Gutiérrez Gutiérrez. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Don Fernando Jiménez Barrionuevo. Catedrático de Universidad. Universidad de Murcia.

Vocal 2: Doña María Belén Melián Batista. Catedrática de Universidad. Universidad de la Laguna.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Don José Javier Gutiérrez García. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Presidencia suplente 2: Don Domingo Gómez Pérez. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal suplente 1.1: Don David Escudero Mancebo. Catedrático de Universidad. Universidad de Valladolid.

Vocal suplente 1.2: Don Paulo Manuel Féliz Lamas. Catedrático de Universidad. Universidade de Santiago de Compostela.

Vocal suplente 2.1: Doña María Violeta Migallón Gomis. Catedrática de Universidad. Universitat d'Alacant/Universidad de Alicante.

Vocal suplente 2.2: Doña María José Aramburu Cabo. Catedrática de Universidad. Universitat Jaume I.

Concurso de acceso n.º: 65/25

Comisión titular:

Presidenta: Doña Josefa Fernández Ferreras. Catedrática de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Don Manuel Pérez Mendoza. Catedrático de Universidad. Universidad de Granada.

Vocal 2: Doña Elena Lalinde Peña. Catedrática de Universidad. Universidad de la Rioja.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Don Alberto Coz Fernández. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Presidencia suplente 2: Doña Ana María Andrés Payan. Catedrática de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal suplente 1.1: Don Pedro Maireles Torres. Catedrático de Universidad. Universidad de Málaga.

Vocal suplente 1.2: Don Míguel Ángel Vicente Rodríguez. Catedrático de Universidad. Universidad de Salamanca.

Vocal suplente 2.1: Doña M.ª Victoria López Ramón. Catedrática de Universidad. Universidad de Jaén.

Vocal suplente 2.2: Doña Raquel Trujillano Hernández. Catedrática de Universidad. Universidad de Salamanca.

Concurso de acceso n.º: 66/25

Comisión titular:

Presidente: Don Eugenio Villar Bonet. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal 1: Don Manuel López-Amo Sainz. Catedrático de Universidad. Universidad Pública de Navarra.

Vocal 2: Doña Inmaculada Plaza García. Catedrática de Universidad. Universidad de Zaragoza.

Comisión suplente:

Presidencia suplente 1: Don Adolfo Cobo García. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Presidencia suplente 2: Don Alfredo Ortiz Fernández. Catedrático de Universidad. Universidad de Cantabria.

Vocal suplente 1.1: Don Óscar Esteban Martínez. Catedrático de Universidad. Universidad de Alcalá.

Vocal suplente 1.2: Don Enrique Javier Gómez Aguilera. Catedrático de Universidad. Universidad Politécnica de Madrid.

Vocal suplente 2.1: Doña Raquel Pérez-Aloe Valverde. Catedrática de Universidad. Universidad de Extremadura.

Vocal suplente 2.2: Doña Paloma Rodríguez Horche. Catedrática de Universidad. Universidad Politécnica de Madrid.

ANEXO III
Criterios de valoración
    CU

CV 80%

Docencia. 20%-40%
Investigación. 20%-40%
Asistencial (*). 20%-45%
Liderazgo. 20%-40%
Otros méritos. Hasta 5%

Capacidades y aptitudes 20%

   

(*) Solo para plazas vinculadas.

ANEXO IV
Curriculum vitae

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/11/2025
  • Fecha de publicación: 17/11/2025
  • Convocatoria. Catedrático/a de Universidad 15 plazas.

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