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Documento BOE-A-2025-23162

Resolución de 12 de noviembre de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 15 de noviembre de 2025, páginas 150137 a 150143 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2025-23162

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1 b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, en el artículo 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo y en la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo,

Esta Subsecretaría convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I, con arreglo a las siguientes

Bases

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos establecidos en el anexo I para el desempeño del mismo.

Segunda.

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Subdirección General de Recursos Humanos y de Inspección de Servicios de la Subsecretaría de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, dentro del plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Las solicitudes deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II.

Tercera.

Las instancias se presentarán en el Portal Funciona a través del siguiente enlace:

Área Personal-Mis servicios de RR.HH.(SIGP)-Convocatoria libre designación (https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html).

Para acceder es imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT).

En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio podrá hacerlo, con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas debiendo, en este caso, aportar la documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal Funciona o de la aplicación informática correspondiente. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.

Cuarta.

Además de los datos personales y el número de registro de personal que se consignen en la solicitud, ésta deberá acompañarse de la siguiente documentación:

– Un curriculum vitae, en formato normalizado, en el que al menos conste la información incluida en el modelo del anexo III. Este modelo está publicado en la página web del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030: https://www.dsca.gob.es/es/servicio-a-la-ciudadania/empleo-publico/personal-funcionario/libre-designacion

Asimismo, podrán aportarse certificados de funciones expedidos por la persona titular de la unidad donde se prestaron servicios.

– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

– El expediente personal de la persona solicitante, obtenido del Portal Funciona. Quienes no presten servicios en la Administración General del Estado deberán aportar, además, un certificado de la administración en la que presten servicios en el que conste tanto el tipo de relación de servicios como los puestos desempeñados en dicha administración.

– El cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las competencias directivas, que se incluye como anexo IV, debidamente cumplimentado.

Quinta.

La selección se realizará de acuerdo con los criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia, en base a la documentación presentada por la persona aspirante y mediante la realización de una entrevista.

La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto incluido en el anexo I.

Para la valoración de las competencias profesionales evaluables se nombrarán, al menos, dos personas expertas en las materias específicas del puesto convocado o en procesos de selección de directivos públicos, que estarán presentes en las entrevistas y que deberán emitir un informe de valoración de las candidaturas presentadas.

Las entrevistas se realizarán exclusivamente a las personas candidatas que cumplan con los requisitos establecidos para ocupar el puesto de trabajo, de acuerdo con lo recogido en el anexo I.

Sexta.

Conforme a lo establecido en el artículo 127.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, el nombramiento tendrá una duración máxima de cinco años, que podrá ser renovable por períodos idénticos, a propuesta del órgano competente para la designación, siempre que la persona designada mantenga los requisitos para el nombramiento y no obtenga evaluaciones negativas en el desempeño de su función.

Séptima.

El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

Octava.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en la provisión de los puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario.

Novena.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que la dicta, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del domicilio de la persona interesada, a elección de la misma, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.1.i) y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 12 de noviembre de 2025.–La Subsecretaria de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Elisa María Darias Valenciano.

ANEXO I

SUBSECRETARIA DER.SOC.,CON.Y AGENDA 2030

S.G. DE RECURSOS HUMANOS Y DE INSPECCION DE SERVICIOS

N.º orden Centro directivo - Unidad puesto de trabajo Provincia - Localidad Nivel CE GR/SB Admón. Tit. req. Funciones Méritos Observaciones
1

SUBSECRETARIA DER.SOC.,CON.Y AGENDA 2030.

S.G. DE RECURSOS HUMANOS Y DE INSPECCION DE SERVICIOS.

SUBDIRECTOR / SUBDIRECTORA GENERAL (3492504).

MADRID / MADRID.

MADRID - MADRID 30 29254.82 A1 AE  

1. Gestión de los recursos humanos, de los procesos selectivos encomendados y de la provisión de puestos de trabajo.

2. Planificación, elaboración y administración de las relaciones de puestos de trabajo y sus modificaciones.

3. Ejecución de la política retributiva, supervisión de la elaboración de las nóminas, la habilitación y pagaduría, así como de la gestión de los préstamos y anticipos reintegrables.

4. Gestión y seguimiento del capítulo I del presupuesto del Departamento y elaboración de propuestas para la dotación presupuestaria.

5. Las relaciones con las organizaciones sindicales y los órganos de representación del personal, así como la negociación colectiva mediante la participación, en representación de la Administración, en los órganos de composición paritaria.

6. Elaboración y ejecución de los planes de formación del personal, así como de los planes de acción social.

7. Coordinación y supervisión de la prevención de riesgos laborales, especialmente mediante la vigilancia de la salud de todo el personal.

8. Resolución de solicitudes y reclamaciones presentadas por el personal, así como la elaboración de informes para los recursos administrativos presentados en materia de recursos humanos.

9. Ejecución y evaluación de los programas de inspección de los servicios del Departamento y de las entidades del sector público institucional que tenga adscritas.

10. Elaboración y coordinación de propuestas de simplificación y racionalización de procedimientos, la realización de estudios y propuestas sobre la mejora de la organización, reguladas por el Real Decreto 799/2005, de 1 de julio, por el que se regulan las inspecciones de servicios.

MÉRITOS:

1. Experiencia en planificación y gestión de recursos humanos en la Administración Pública, especialmente en materia de relaciones de puestos de trabajo y provisión de efectivos.

2. Conocimiento y experiencia en negociación colectiva, relaciones sindicales y gestión de conflictos laborales en el ámbito público.

3. Experiencia en gestión de recursos económicos-presupuestarios vinculados a la política de personal, incluyendo elaboración de previsiones, seguimiento del gasto y tramitación de propuestas de dotación.

4. Diseño y ejecución de planes de formación y de acción social.

5. Experiencia en la coordinación y supervisión de la prevención de riesgos laborales.

6. Conocimiento experto del marco normativo en materia de función pública, régimen retributivo y carrera profesional en la Administración General del Estado.

7. Experiencia en la ejecución y evaluación de los programas de inspección de los servicios del Departamento y de las entidades del sector público institucional que tenga adscritas.

8. Experiencia en la elaboración y coordinación de propuestas de simplificación y racionalización de procedimientos, la realización de estudios y propuestas sobre la mejora de la organización, reguladas por el Real Decreto 799/2005, de 1 de julio, por el que se regulan las inspecciones de servicios.

9. Licenciatura o Grado en Derecho.

COMPETENCIAS:

1. Capacidad de análisis y sistematización de la información, con orientación a la toma de decisiones.

2. Rigor técnico y analítico, capacidad para interpretar normativa, gestionar supuestos complejos y elaborar propuestas fundamentadas.

3. Capacidad de liderazgo, planificación, organización y toma de decisiones, para coordinar eficazmente diversas líneas de trabajo (selección, formación, retribuciones, prevención de riesgos laborales, etc.).

4. Orientación estratégica y visión organizativa, para alinear las políticas de personal con los objetivos generales de la organización.

5. Habilidad en la gestión de flujos de información entre unidades, orientada a la obtención de mejoras aplicables a la organización.

6. Destreza comunicativa, de cooperación, coordinación e intermediación, tanto con el equipo propio como con otros niveles organizativos.

7. Habilidad negociadora e interlocutora, especialmente en contextos de relaciones institucionales y diálogo con las organizaciones sindicales y los órganos de representación del personal.

– Los méritos se valorarán en base a los certificados y otros documentos que puedan ser aportados por las personas candidatas según la base cuarta de esta convocatoria.

– Las competencias se valorarán en la entrevista establecida en la base quinta.

– Se exige en este proceso de selección una antigüedad mínima de 6 años como personal funcionario de carrera del subgrupo A1.

Cuerpos o escalas:

Adscripción a Administraciones Públicas (AD):

* AE: Administracion del Estado.

Titulaciones:

ANEXO II

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ANEXO III
Curriculum vitae

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ANEXO IV
Cuestionario

Área competencial/Competencia

I. Liderazgo transformador
1. Liderar, con la participación de los miembros del equipo, la consecución de los objetivos de la organización.
2. Motivar, comunicar efectivamente y gestionar adecuadamente equipos.
3. Incorporar procesos de innovación en la gestión pública.
4. Cooperar eficazmente con otros actores.
5. Manifestar equilibrio emocional ante situaciones de presión o dificultades.
II. Gestión estratégica de proyectos
1. Planificar y tener visión estratégica.
2. Conocer el contexto, especialmente los entornos digitales.
3. Tener inteligencia contextual para lograr apoyos institucionales.
4. Ser capaz de diseñar, planificar, ejecutar y evaluar políticas y programas públicos.
5. Gestionar recursos materiales, tecnológicos y económico-presupuestarios.
III. Comunicación y relaciones interpersonales
1. Ser capaz de negociar y resolver conflictos.
2. Tener habilidad para influir mediante la comunicación y las relaciones interpersonales en el equipo, en los pares y en los niveles superiores.
3. Ser capaz de realizar una comunicación efectiva 360° (vertical, horizontal y transversal).
4. Ser capaz de representar a la organización en el ámbito nacional e internacional.
IV. Adaptabilidad y toma de decisiones
1. Tener flexibilidad y capacidad de adaptación a los cambios.
2. Tomar decisiones de forma proactiva y ajustadas al entorno.
3. Resolver problemas complejos, afrontar las crisis y prever los riesgos.
4. Tener capacidad de análisis y sistematización de la información.
V. Compromiso con el servicio público y ética profesional
1. Priorizar el interés general en la toma de decisiones y centrar las mismas en la ciudadanía y el servicio público.
2. Mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión pública mediante un aprendizaje continuo y la orientación a la calidad.
3. Aplicar los principios y valores de la administración pública a las responsabilidades directivas y a la organización.
4. Actuar con ética profesional e integridad pública.
5. Promover la integridad pública en la organización y en los equipos.

* Se deberán marcar las competencias directivas que se consideren.

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