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Documento BOE-A-2025-2277

Resolución de 24 de enero de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica Resolución relativa a la posibilidad de participar hasta en treinta y cinco sorteos consecutivos de los productos «Triplex de la ONCE» y «Super 11» de la modalidad de lotería denominada «Juego activo de la ONCE».

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2025, páginas 17048 a 17050 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2025-2277

TEXTO ORIGINAL

Con base en lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, que declara a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) como organización singular de economía social, la ONCE es una corporación de Derecho Público de carácter social; que se rige por su normativa específica propia y que, para la financiación de sus fines sociales, goza de un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, las loterías de ámbito estatal han quedado reservadas a los operadores que se designan por la propia ley, lo que se ha materializado en su disposición adicional primera, que designa a la ONCE como uno de los dos operadores que pueden comercializar productos de loterías de ámbito estatal.

En esta materia, las actuaciones de la Organización deben ajustarse a las prescripciones del ordenamiento vigente, representado por la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986; por las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; por el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el período 2022-2031, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 2 de noviembre de 2021; por el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada; y por el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la ONCE, así como por sus vigentes estatutos, publicados por Orden SCB/1240/2019, del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, de 18 de diciembre de 2019.

De acuerdo a lo establecido en la normativa anterior, el Pleno del Consejo de Protectorado aprobó en su reunión de 14 de septiembre de 2022 los «Procedimientos y Criterios de Control comunes a las tres modalidades de lotería de las que es titular la ONCE» y los «Procedimientos y Criterios de control de la modalidad de lotería denominada «Juego Activo de la ONCE».

Conforme al referido marco de ordenación, la ONCE debe comunicar con antelación suficiente las condiciones de todas sus modalidades de lotería autorizadas al Consejo de Protectorado, como órgano al que corresponde el protectorado del Estado sobre la Organización, para su conocimiento y verificación de que se cumplen los términos de la concesión estatal y demás normativa de general aplicación, así como para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como garantía de los consumidores. Igualmente, la ONCE debe comunicar al Consejo de Protectorado las modificaciones de los reglamentos reguladores de sus diferentes modalidades y productos de lotería, para su conocimiento y verificación de su conformidad a las normas de ordenación, antes mencionadas, procediendo a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores.

En cumplimiento de las anteriores previsiones, la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE, en reunión ordinaria de 23 de enero de 2025, ha tomado conocimiento de la Resolución núm. 109/2024, relativa a la posibilidad de participar hasta en treinta y cinco sorteos consecutivos de los productos «Triplex de la ONCE» y «Super 11» de la modalidad de lotería denominada «Juego activo de la ONCE», de 26 de noviembre de 2024, del Director General de la ONCE, recibida por la Secretaría del Consejo de Protectorado el propio día 26 de noviembre.

En consecuencia, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 7 del apéndice 2 (normas del producto «Super 11») y en artículo 7 apéndice 4 (normas del producto «Triplex de la ONCE»), del vigente Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego Activo de la ONCE», publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 11 de abril de 2023, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales de 4 de abril de 2023, modificado parcialmente por el Acuerdo del Consejo General de la ONCE de 19 de abril de 2023 publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 8 de mayo de 2023 mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales de 26 de abril de 2023, procede dar publicidad a la mencionada Resolución del Director General de la ONCE, que se acompaña como anexo de esta resolución.

Madrid, 24 de enero de 2025.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María Rosa Martínez Rodríguez.

ANEXO
Resolución núm. 109/2024 del Director General de la ONCE relativa a la posibilidad de participar hasta en treinta y cinco sorteos consecutivos de los productos «Triplex de la ONCE» y «Super 11» de la modalidad de lotería denominada «Juego Activo de la ONCE»

Don Ángel Sánchez Cánovas, Director General de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), nombrado por el Pleno del Consejo General en su primera sesión, celebrada con carácter extraordinario el 18 de enero de 2023, mediante acuerdo núm. 1(E)/2023-10.1, en virtud de las facultades que me confieren los artículos 6 del Real Decreto 358/1991 y 63 y 64 de los vigentes Estatutos de la Organización publicados en el BOE de 21 de diciembre de 2019, he adoptado la siguiente resolución:

1.º El apartado 1 del artículo 7 del apéndice 2 (normas del producto «Super 11») del vigente Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego Activo de la ONCE», publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 11 de abril de 2023, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales de 4 de abril de 2023, modificado por la Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales de 26 de abril de 2023, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 8 de mayo de 2023, establece lo siguiente:

«7.1 Mediante resolución, el Director General de la ONCE podrá modificar o decidir los siguientes aspectos de este apéndice:

a) El número de sorteos consecutivos en los que se puede participar (apartado 2.3 de este apéndice).

(…).

7.2 Dicha resolución se remitirá a la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado para su conocimiento y para su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, como garantía de los consumidores. Asimismo, la resolución se publicará en el sitio “JuegosONCE.es”».

2.º Asimismo, el apartado 1 del artículo 7 del apéndice 4 (normas del producto «Triplex de la ONCE»), del referido reglamento, dispone lo siguiente:

«7.1 Mediante resolución, el Director General de la ONCE podrá modificar o decidir los siguientes aspectos de este apéndice:

a) El número de sorteos consecutivos en los que se puede participar (apartado 2.3 de este apéndice).

(…).

7.2 Dicha resolución se remitirá a la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado para su conocimiento y para su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, como garantía de los consumidores. Asimismo, la resolución se publicará en el sitio “JuegosONCE.es”».

3.º Conforme a lo dispuesto en la Resolución núm. 6/2024, de 6 de febrero, del Director General de la ONCE, actualmente se puede participar hasta en veinticinco (25) sorteos consecutivos de los productos «Triplex de la ONCE» y «Super 11» de la modalidad de lotería denominada «Juego activo de la ONCE». De cada uno de estos productos se celebran cinco sorteos diarios.

4.º Por razones de estrategia comercial y operativas, se considera conveniente ampliar la posibilidad de participar hasta en treinta y cinco (35) sorteos consecutivos de los dos productos mencionados. Esta ampliación redondea y facilita posibles ventas de dichos productos hasta en siete días seguidos, con la participación en todos los sorteos diarios del producto elegido correspondientes a ese período. Este cambio no afecta a los diseños, a la frecuencia de los sorteos diarios ni a ninguna otra característica de los productos.

5.º En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.1 del apéndice 2 (normas del producto «Super 11») y del apéndice 4 (normas del producto «Triplex de la ONCE») del citado reglamento, resuelve aumentar el número de sorteos consecutivos de los productos «Super 11» y «Triplex de la ONCE» en que los jugadores podrán participar, de tal forma que, con efectos desde el día 2 de diciembre de 2024, podrán participar hasta en treinta y cinco (35) sorteos consecutivos de cada uno de estos productos.

6.º Dar cuenta de esta resolución a la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General para su conocimiento.

7.º Asimismo, acuerda remitir esta resolución a la Secretaría del Consejo de Protectorado de la ONCE para su conocimiento por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado, solicitando se proceda a la emisión del certificado contemplado en el apartado II.11 c) de los Procedimientos y Criterios de Control de la Modalidad de Lotería denominada «Juego Activo de la ONCE», aprobados por el Pleno del Consejo de Protectorado el 14 de septiembre de 2022.

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