Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación del referido convenio de encomienda de gestión, como anexo a la presente resolución.
Madrid, 28 de octubre de 2025.–La Directora General de Producciones y Mercados Agrarios, Elena Busutil Fernández.
Madrid, 28 de octubre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, doña Elena Busutil Fernández, Directora General de Producciones y Mercados Agrarios, en virtud del Real Decreto 749/2024, de 23 de julio (BOE de 24 de julio), y actuando en representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), por delegación de su titular de acuerdo con el apartado segundo del capítulo II de la Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias.
Y de otra parte, don Josep Usall Rodié, en calidad de Director General del Institut De Recerca i Tecnologia Agroalimentaries (IRTA), en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 165/2018, de 17 de julio (DOGC núm. 7667, 19 de julio de 2018) y con poderes suficientes según escritura otorgada ante el notario de Barcelona, don Joan Carles Ollé Favaró, en fecha 14 de septiembre de 2018, bajo el núm. 1800 de su protocolo, actuando en representación del IRTA, con domicilio social en Torre Marimon, 08140 de Caldes de Montbui (Barcelona), y CIF núm. Q-5855049-B.
Ambas partes se reconocen entre sí la capacidad legal suficiente para obligarse en este acto, y a tal efecto:
EXPONEN
Con fecha 7 de septiembre de 2022, el MAPA y el IRTA suscribieron un convenio de encomienda de gestión para la realización de los trabajos relacionados con los exámenes técnicos de identificación varietal de avellano y nogal (Juglans regia y Juglans spp) y sus patrones para el registro de variedades vegetales.
Mediante este convenio, el MAPA encomienda al IRTA la realización de los exámenes técnicos de identificación varietal de las especies mencionadas, de acuerdo con los protocolos aprobados por la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales, en su defecto por las recomendaciones de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, y en ausencia de éstas por el protocolo de la Subdirección General de Medios de Producción Agrícola y la Oficina Española de Variedades Vegetales.
Los exámenes objeto del convenio se realizarán en los campos e instalaciones del IRTA. Estos trabajos no implicarán, en ningún caso, cesión de la titularidad de la competencia, siendo responsabilidad del MAPA dictar cuantos actos o resoluciones sean necesarios para la actividad objeto del convenio.
El IRTA realizará los trabajos técnicos citados, según el Plan de Trabajo que se recoge en el anexo 2 de este convenio.
La cláusula sexta, «Duración, prórroga, modificación y extinción», del convenio, vigente hasta el 30 de noviembre de 2025, establece lo siguiente: «Previo acuerdo de las partes y antes de la finalización del mismo, este convenio podrá prorrogarse hasta el 30 de noviembre de 2029».
Por todo ello las partes acuerdan suscribir el presente acuerdo de prórroga, que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
De conformidad con la cláusula sexta del convenio suscrito el 7 de septiembre de 2022, las partes acuerdan prorrogar su vigencia hasta el 30 de noviembre de 2029.
A efectos de financiar las actuaciones objeto de encomienda, las partes acuerdan mantener el mismo esquema de financiación acordado en el convenio suscrito el 7 de septiembre de 2022.
Durante las cuatro anualidades de vigencia de la presente prórroga se transferirán al IRTA idénticos pagos anuales a los previstos en el convenio originario, con cargo a la partida presupuestaria 21.05.412C.640.08, o a la que pueda sustituirla en la Ley de Presupuestos Generales del Estado vigente, según la siguiente tabla:
|
Año 2026 – Euros |
Año 2027 – Euros |
Año 2028 – Euros |
Año 2029 – Euros |
Total prórroga – Euros |
|---|---|---|---|---|
| 106.196,00 | 106.196,00 | 106.196,00 | 106.196,0 | 424.784,00 |
Las cuantías anuales podrán variar en función de los trabajos entregados sin sobrepasar en ningún caso, la cuantía máxima prevista en la tabla.
En el anexo de la presente prórroga se incluye un desglose por actividades de dicho presupuesto.
Los trabajos comenzarán tras la entrada en vigor del convenio y se abonarán tras la certificación de los mismos por el director de los trabajos, el Jefe/a de Área del Registro de Variedades. Los trabajos y la documentación se realizarán y entregarán de acuerdo con lo establecido en el anexo 2 del convenio.
Las anualidades se abonarán en un pago anual una vez verificados los trabajos realizados y detallados en el anexo 2 del convenio.
Los pagos se ingresarán mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente que indique el IRTA, cuya cuenta estará dada de alta en el Tesoro, previa presentación de factura a través del punto general de entrada de facturas electrónicas y fiscalización del pago.
El presente acuerdo de prórroga entrará en vigor una vez finalice el plazo de duración inicial del convenio el 30 de noviembre de 2025.
Este acuerdo será publicado en el «Boletín Oficial de Estado» e inscrito en el Registro de Convenios y Encomiendas de Gestión del Sector Público Estatal (RCESPE).
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente acuerdo de prórroga en el lugar y la fecha arriba indicados.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D. (Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre), la Directora General de Producciones y Mercados Agrarios, Elena Busutil Fernández.–El Director del Institut de Recerca i Tecnologia Agroalimentàries, Josep Usall Rodié.
El Presupuesto de Ejecución de estos trabajos, que comenzarán tras la entrada en vigor del presente convenio, ascienden a un total de cuatrocientos veinticuatro mil setecientos ochenta y cuatro euros (424.784,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 21.05.412C.640.08, de los Presupuestos Generales del Estado, o aquella que le sustituya de acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del Estado correspondiente, de acuerdo con la distribución siguiente:
Para cada anualidad:
| Concepto |
Precio unitario – Euros |
Cantidad |
Precio total – Euros |
|---|---|---|---|
| Informes DHE. | 1.188,00 | 80 | 95.040,00 |
| Informes de perfiles moleculares. | 363,00 | 12 | 4.356,00 |
| Actividades de formación y apoyo a la OEVV. | 6.800,00 | 1 | 6.800,00 |
| Total. | 106.196,00 | ||
Resumen por ejercicios de los presupuestos de este convenio:
| Concepto |
2026 – Euros |
2027 – Euros |
2028 – Euros |
2029 – Euros |
Total – Euros |
|---|---|---|---|---|---|
| Informes DHE. | 95.040,00 | 95.040,00 | 95.040,00 | 95.040,00 | 380.160,00 |
| Informes de perfiles moleculares. | 4.356,00 | 4.356,00 | 4.356,00 | 4.356,00 | 17.424,00 |
| Actividades de formación y apoyo a la OEVV. | 6.800,00 | 6.800,00 | 6.800,00 | 6.800,00 | 27.200,00 |
| Total. | 106.196,00 | 106.196,00 | 106.196,00 | 106.196,00 | 424.784,00 |
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