Mediante Orden 27/2016, de 19 de septiembre, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, fueron creados los Servicios Comunes Procesales de Asuntos Generales en treinta y cinco partidos judiciales de la Comunitat Valenciana.
El artículo 8 de esta orden atribuye al Consell la obligación de fomentar el uso del valenciano en las actividades del Servicio Común Procesal de Asuntos Generales mediante iniciativas que garanticen el derecho de los valencianos y las valencianas a dirigirse a la Administración de Justicia en cualquier de las dos lenguas oficiales y a recibir la respuesta en la misma lengua utilizada.
Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en dicho mandato, por Orden JUS/1759/2016, de 26 de octubre, fue aprobada con carácter definitivo la Relación de Puestos de Trabajo de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia de los Servicios Comunes Procesales de Asuntos Generales de la Comunitat Valenciana, previéndose en su anexo I la existencia de puestos singularizados por idioma valenciano.
De conformidad con lo establecido en los artículos 532 y 533 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en los artículos 49 y siguientes del reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, se convoca concurso específico de méritos, para la provisión de un puesto de trabajo singularizado que se relaciona en el anexo I, exclusivamente entre funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, de acuerdo con las siguientes
Bases
El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por concurso específico, de los puestos de trabajo vacantes singularizados por lengua valenciana, en los Servicios Comunes Procesales de Asuntos Generales de los partidos judiciales de la Comunitat Valenciana, que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Podrán participar los funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, cualquiera que sea el ámbito territorial en que estén destinados, que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del concurso.
No podrán participar en el presente concurso los funcionarios de los citados Cuerpos que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación; los suspensos en firme, mientras dure la suspensión; y los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.
En cuanto al tiempo mínimo para participar en el presente concurso específico, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no regirá la limitación establecida en el artículo 46.1 del mismo.
1. La solicitud para formar parte en este concurso deberá formalizarse según el modelo que figura en el anexo II de esta convocatoria y presentarse en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) y el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV). En el caso de que la publicación de esta convocatoria no se realice simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» se tendrá en cuenta la fecha de publicación en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» de acuerdo con lo que dispone el artículo 49.5 del Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
De acuerdo con lo que establecen los artículos 10.1, 10.2 y 14.2e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las administraciones públicas, las solicitudes deberán presentarse telemáticamente a través del Registro Electrónico de la Generalitat Valenciana https://sede.gva.es/, tanto el anexo II de solicitud como el anexo III de méritos alegados se encontrarán disponibles en esta sede del Registro Electrónico.
2. Durante el plazo de presentación de solicitudes las personas concursantes podrán modificar la petición de plazas mediante una nueva solicitud que anulará totalmente la anterior. Transcurrido el plazo de presentación, ya no será posible la modificación.
3. Con la solicitud se deberá rellenar la declaración de los méritos que se aleguen que habrán de acreditarse documentalmente mediante las certificaciones, títulos académicos, cursos, diplomas, publicaciones, estudios, trabajos, conocimientos profesionales, experiencia o permanencia en puestos cuyo contenido se ajuste a los méritos específicos requeridos. Asimismo, los participantes podrán marcar en su solicitud la opción de que sea la propia Dirección General de Justicia y Autogobierno la que compruebe de oficio su nivel de idioma autonómico.
4. Las solicitudes tendrán carácter vinculante para las personas concursantes. No obstante, podrá admitirse la renuncia a la participación en el concurso, teniendo como plazo hasta el último día de presentación de alegaciones a la resolución provisional, en aquellos casos debidamente justificados.
El presente concurso específico consta de dos fases. En la primera fase se procederá a la comprobación y valoración de los méritos generales.
La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos se referirá a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso, y se efectuará de acuerdo arreglo a los siguientes baremos:
1. Primera fase (puntuación máxima 65 puntos). En esta fase, se comprobarán y valorarán los méritos generales.
a) Antigüedad. Por los servicios efectivos en el cuerpo se otorgarán dos puntos por cada año completo de servicios, y se computarán proporcionalmente los períodos inferiores por meses, o en su caso, por días. A estos efectos los meses se considerarán de treinta días. La puntuación correspondiente por día es de 0,00555556 puntos. La puntuación máxima por este concepto será de 53 puntos.
La Dirección General de Justicia y Autogobierno aportará de oficio la correspondiente certificación de la antigüedad en el Cuerpo.
b) Conocimiento oral y escrito del valenciano:
A estos efectos, se valorará el conocimiento de valenciano hasta un máximo de 12 puntos, en los siguientes términos:
– Certificado grado elemental: 4 puntos.
– Certificado de grado medio: 8 puntos.
– Certificado de grado superior: 12 puntos.
Por lo que se refiere a la acreditación del nivel de valenciano, los interesados podrán optar entre aportar una copia del título o bien marcar en su solicitud la opción de que sea la Dirección General de Justicia y Autogobierno la que efectúe la comprobación mediante la correspondiente consulta a la Junta de Coneixements del Valencià.
Cuando se acredite más de un nivel, solo se computará el certificado de mayor nivel.
2. Segunda fase (puntuación máxima 40 puntos). En esta fase se comprobarán y valorarán los méritos y actitudes concretas que garanticen la adecuación del/de la aspirante de acuerdo con el puesto a proveer.
En concreto, y dentro de esta fase, se valorarán los siguientes méritos y capacidades:
a) Experiencia profesional (puntuación máxima 25 puntos). Se valorará el desempeño de puestos en las antiguas oficinas de Decanato, Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos o de Actos de Comunicación, así como en los actuales Servicios Comunes Procesales de Asuntos Generales. La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 25 puntos, a razón de 2 puntos por cada año completo de servicios efectivos en dichos centros de destino y se computarán proporcionalmente los periodos inferiores por meses, o en su caso, por días. A estos efectos, los meses se considerarán de 30 días. La puntuación correspondiente por día es de 0,00555556 puntos.
b) Formación complementaria (puntuación máxima 15 puntos). Se valorará la asistencia y/o aprovechamiento a cursos de formación y de perfeccionamiento que traten sobre materias relacionadas con las funciones propias de los puestos objeto de la convocatoria y con las funciones propias del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
La puntuación máxima en este apartado será de quince puntos, a razón de 0,2 puntos por cada diez horas de formación recibida.
Las puntuaciones finales máximas, sumadas ambas fases, serán de 105 puntos.
1. El órgano colegiado al que corresponde el desarrollo de este proceso de provisión es la Comisión de Valoración, está formada por cuatro miembros en representación de la Administración convocante y designados por ella, de los que al menos uno será funcionario/a al servicio de la Administración de Justicia y tres miembros designados por las organizaciones sindicales más representativas, en los términos previstos en el artículo 50 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, respondiendo su selección a criterios de imparcialidad, profesionalidad y paridad.
2. Las actuaciones de la Comisión de Valoración que requieran notificación a los aspirantes se harán públicas en la página web de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, y en la intranet de la Administración de justicia.
3. La abstención y la recusación de los miembros de la Comisión de Valoración se regulará por lo que disponen los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4. La valoración de los méritos específicos en la segunda fase, se efectuará mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos, la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas en cada apartado del baremo, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.
5. La Comisión de Valoración es la encargada de proponer a los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación, sumados los resultados de las fases de méritos generales y de la fase de méritos específicos y, en caso de empate, a los candidatos con mayor puntuación en el apartado de antigüedad en el cuerpo.
6. Previamente a la resolución, la Comisión de Valoración instará la publicación provisional en la página web de la Dirección General de Justicia y Autogobierno.
A continuación, se abrirá un plazo de cinco días hábiles para presentar alegaciones. Una vez resueltas las alegaciones, la Comisión de Valoración elevará la propuesta de resolución definitiva a la Dirección General de Justicia y Autogobierno.
7. De conformidad con lo establecido en los apartados anteriores se procede al nombramiento de los miembros de la Comisión de Valoración que estará integrada por:
Titulares:
Doña Carla Nieto Román (funcionaria del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia) que ejercerá las funciones de Presidenta.
Don Alfonso Cánovas Murcia (funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia)
Doña Julia Rodríguez García (funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia).
Doña Marta Montes Alarcón (funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia)
Doña María Begoña Peris Martínez (funcionaria del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia)
Don David Cardos Ponce (funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia)
Don José Sánchez Campayo (funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia) que ejercerá funciones de Secretario.
Suplentes:
Doña Elena Semper Ballester (funcionaria del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia) que ejercerá las funciones de Presidenta.
Don Jorge Crespo Pinilla (funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia)
Doña M.ª del Carmen Vidal Espert (funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia).
Don Juan Ignacio Beneyto Lloris (funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia).
Doña Mariam Rubí De la Vega (funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia).
Doña María Beneyto Moreno (funcionaria del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia)
Don Manuel Climent Cuellar (funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia).
1. Los destinos adjudicados se considerarán obtenidos con carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables. No obstante, aquellos funcionarios que hubieran obtenido un puesto de trabajo por concurso específico podrán renunciar a este si antes de finalizar el plazo de toma de posesión hubieren obtenido otro destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a comunicarlo al órgano convocante. De incumplir este de comunicación, deberá el funcionario tomar posesión en el primero de los destinos adjudicados.
1. El presente concurso se resolverá en el plazo máximo de seis meses, contados desde el siguiente al de finalización de la presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 51.3 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
2. La resolución deberá expresar el puesto de origen de los interesados a quienes se les adjudique destino y su localidad, así como su situación administrativa, si ésta es distinta a la de activo, y el puesto adjudicado a cada funcionario.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la Dirección General de Justicia y Autogobierno, de acuerdo con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Valencia, en el plazo de dos meses, de acuerdo con los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, contados desde el día siguiente al de su publicación. Los dos plazos se contabilizarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el último diario oficial (BOE o DOGV).
Valencia, 28 de enero de 2025.–La Directora General de Justicia y Autogobierno, María José Adalid Hinarejos.
Provincia Alicante
Partido judicial de Alcoy
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Alcoy.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
Partido judicial de Novelda
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Novelda.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
Partido judicial de Torrevieja
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Torrevieja.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
Partido judicial de Villajoyosa
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Villajoyosa.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
Partido judicial de Villena
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Villena.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
Provincia Castellón
Partido judicial de Vinaroz
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Vinaroz.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
Provincia Valencia
Partido judicial de Alzira
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Alzira.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
Partido judicial de Lliria
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Lliria.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
Partido judicial de Ontinyent
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Ontinyent.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
Partido judicial de Requena
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Requena.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
Partido judicial de Sagunto
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Sagunto.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
Partido judicial de Torrent
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Torrent.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
Partido judicial de Valencia
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Valencia.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
Partido judicial de Xàtiva
Denominación del puesto: Tramitación Procesal y Administrativa.
Denominación del centro de destino: Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Xàtiva.
Forma de provisión: Concurso específico.
Requisito específico: Valenciano.
Número de plazas: Una.
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