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Documento BOE-A-2025-21302

Decreto de 14 de octubre de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se acepta la renuncia de doña Purificación Sobrino Garrido como Fiscal Delegada Autonómica de Medio Ambiente y Urbanismo e Incendios Forestales de la Fiscalía de la Comunidad de Castilla y León.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 23 de octubre de 2025, páginas 138403 a 138404 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2025-21302

TEXTO ORIGINAL

Hechos

Primero.

Doña Purificación Sobrino Garrido fue nombrada Fiscal Delegada Autonómica de Medio Ambiente y Urbanismo e Incendios Forestales de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en virtud de Decreto de fecha 6 de marzo de 2018.

Segundo.

En fecha 9 de septiembre de 2025 el Excmo. Sr. Fiscal Superior de Castilla y León remitió a la Inspección Fiscal oficio librado en su Expediente Gubernativo 62/2025 en el que comunica la renuncia de doña Purificación Sobrino Garrido como Fiscal Delegada Autonómica de Medio Ambiente y Urbanismo e Incendios Forestales de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, habiéndose adjuntado posteriormente copia de su escrito de renuncia de fecha 5 de mayo de 2025.

Fundamentos

Primero.

El Reglamento del Ministerio Fiscal establece que los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo, previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (artículo 62.2) y previa audiencia del Consejo Fiscal. Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3 RMF).

Por su parte, la Instrucción 4/2007 de la Fiscalía General del Estado dispone que el nombramiento de Delegado Provincial de la especialidad (entendemos aplicable al autonómico) no está sujeto a límite temporal, pero será renunciable por razones justificadas que expondrá por escrito el interesado, requiriendo la aprobación del Fiscal General del Estado, que podrá delegar este cometido en el Fiscal de Sala Coordinador. El Delegado Provincial que presente la renuncia continuará desempeñando sus funciones hasta tanto no sea aprobada por el Fiscal General del Estado. La efectividad de la renuncia podrá aplazarse para evitar perjuicios al interés general por el que debe velar el Ministerio Fiscal.

Segundo.

Doña Purificación Sobrino Garrido ha presentado su renuncia a seguir ejerciendo el cargo de Fiscal Delegada Autonómica de Medio Ambiente y Urbanismo e Incendios Forestales de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Castilla y León por motivos personales y profesionales.

Tercero.

Se han cumplido todos los trámites establecidos tanto en el Reglamento del Ministerio Fiscal como en la citada Instrucción para proceder a la aprobación de la renuncia interesada, habiendo informado la Fiscal adscrita al Excmo. Sr. Fiscal de Sala mediante escrito de 2 de octubre de 2025 y habiéndose dado audiencia al Consejo Fiscal.

En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

1. Aceptar la renuncia de la Ilma. Sra. Fiscal doña Purificación Sobrino Garrido como Fiscal Delegada Autonómica de Medio Ambiente y Urbanismo e Incendios Forestales de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

2. Notifíquese lo acordado a la Excma. Sra. Fiscal Jefa Inspectora, al Excmo. Sr. Fiscal Superior de Castilla y León, que trasladará copia del presente Decreto a la Fiscal interesada y a las Jefaturas Provinciales de las Fiscalías de su territorio a fin de ponerlo en conocimiento de todos/as los/as Fiscales de la plantilla.

3. Publíquese la renuncia en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/Fortuny n.º 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12, 1, b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.

Madrid, 14 de octubre de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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