Se dispone la ejecución de las sentencias de la Sección Séptima del Tribunal Superior de Justicia de Madrid números, 600/2025, 611/2025, 470/2025, 300/2025, 653/2025, 552/2025, 20/2025, 718/2025, 441/2025 y 878/2025, estimatorias a favor de los opositores y las opositoras que se relacionan en el anexo I en cuyos fallos se anulan las resoluciones administrativas impugnadas por no ser conforme a Derecho; se reconoce el derecho de los demandantes a que se declare que han superado la parte de entrevista personal o en su caso reconocimiento médico de la convocatoria de la oposición libre para cubrir las plazas de policías alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía de la Resolución de fecha 24 de agosto de 2021 (BOE número 213, de 6 de septiembre de 2021) con las consecuencias jurídicas especificadas en el fundamento de Derecho pertinente; condenando en costas a la Administración demandada.
Asimismo se dispone la ejecución de la sentencia de la Sección Séptima del Tribunal Superior de Justicia de Madrid número 344/2025, estimatoria a favor del opositor relacionado en el anexo II, y en cuyo fallo se anula la resolución administrativa impugnada por no ser conforme a Derecho, se reconoce el derecho del demandante a que se declare que ha superado la fase de reconocimiento médico de la convocatoria de oposición libre para cubrir plazas de policías alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, según la Resolución de fecha 15 de noviembre de 2022 (BOE número 277, de 18 de noviembre de 2022), con las consecuencias jurídicas establecidas en el fundamento de Derecho pertinente. Se condena en costas a la Administración demandada.
Por último se dispone la ejecución de la sentencia de la Sección Séptima del Tribunal Superior de Justicia de Madrid número 199/2025, estimatoria a favor del opositor relacionado en el anexo III, y en cuyo fallo se anula la resolución administrativa impugnada por no ser conforme a Derecho, se reconoce el derecho del demandante a que se declare que ha superado la fase de entrevista personal de la convocatoria de oposición libre para cubrir plazas de policías alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, según Resolución de fecha 18 de abril de 2017 (BOE número 97, de 24 de abril), con las consecuencias jurídicas establecidas en el fundamento de Derecho pertinente. Se condena en costas a la Administración demandada.
Esta Dirección General de la Policía, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa, ha acordado la ejecución en sus justos términos de las mencionadas sentencias, disponiendo:
Hacer pública la relación de aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional, que han aprobado la fase de oposición, todos ellos procedentes de los recursos indicados y que figuran en el anexo I, anexo II y anexo III que se acompaña a la presente resolución.
Nombrar policías alumnos/as a quienes se relacionan en dicho anexo I, anexo II y anexo III.
El desarrollo del curso se realizará en los términos y condiciones establecidos en los apartados tercero, cuarto y quinto de la Resolución de 30 de junio de 2025, de la Dirección General de la Policía, publicada en el BOE núm. 160, de 4 de julio, por la que se nombran policías alumnos/as a las personas aprobadas en la fase de oposición para el ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional, convocada por Resolución de 31 de julio de 2024 (BOE núm. 208, de 28 de agosto de 2024).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de la Policía en el plazo de un mes, o bien, interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado o Tribunal correspondiente, en el plazo de dos meses, ambos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 45, 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y en los artículos 25, 26, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, respectivamente.
Madrid, 8 de octubre de 2025.–El Director General de la Policía, Francisco Pardo Piqueras.
DNI | Apellidos y nombre | Calificación final |
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***3589** | Alfonso Jacinto, Oliver. | 10,993 |
***9531** | Beira Cerejido, Javier. | 13,893 |
***7862** | Estévez Mora, Santiago. | 12,454 |
***2771** | García Vico, Jorge. | 12,652 |
***2520** | Heras Carrera, Isidoro. | 11,743 |
***5042** | Muñoz López, Silvia. | 12,554 |
***5059** | Neira Cepeda, Alejandro. | 12,464 |
***5390** | Panadero Monteagudo, Raúl. | 11,215 |
***5264** | Serrano Caballero, Ignacio. | 11,305 |
***3720** | Vera Valhondo, Julia de la Paz. | 12,635 |
DNI | Apellidos y nombre | Calificación final |
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***1418** | Mazario Gómez, Sergio. | 14,070 |
DNI | Apellidos y nombre | Calificación final |
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***7176** | Tarin Redondo, Juan Vicente. | 10,051 |
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid