La Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación, sobre el procedimiento aplicable a la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración a que se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se dispone la publicación del citado Acuerdo de cooperación interadministrativa para la aplicación coordinada de la normativa reguladora del procedimiento aplicable a la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración a que se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
En virtud de ello, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Administraciones educativas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Castilla la Mancha, Extremadura, La Rioja, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla adoptaron el citado acuerdo de la Conferencia de Educación de 2 de noviembre de 2022.
En la disposición cuarta del citado acuerdo, se recoge que, la participación de las personas que se presenten al concurso de méritos optando a las plazas convocadas por las Administraciones educativas firmantes, se realizará a través de una única instancia de participación que será presentada en la Administración educativa que haya ofertado la plaza que se solicite en primer lugar, que será la encargada de verificar los requisitos de participación de la persona aspirante y de baremar los méritos alegados. A través de esa única instancia, los participantes podrán solicitar, ordenándolas por orden de preferencia y siempre que reúnan los requisitos de participación exigidos en cada convocatoria, las plazas de la especialidad, turno de ingreso y, en su caso, idioma, a las que opten de aquellas que hayan sido convocadas por las administraciones educativas firmantes.
Así mismo, la novena disposición del mencionado acuerdo indica que, los recursos contra las resoluciones definitivas de los concursos de méritos deberán presentarse ante la Administración educativa en la que se haya presentado la solicitud de participación.
De acuerdo con esta normativa, la Dirección General de Personal Docente de la entonces Consejería de Educación y Empleo, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por Resolución de 14 de noviembre de 2022 (DOE del 18), convocó el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización, mediante el sistema excepcional de concurso de méritos, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, se hace público en el Portal PROFEX, el baremo definitivo de méritos, en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso, mediante concurso de méritos, convocado por Resolución de 14 de noviembre de 2022.
Con fecha de 20 de marzo de 2025, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, dictó la sentencia n.º 115/2025, en el procedimiento ordinario 293/2024, estimando el recurso contencioso-administrativo presentado a instancias de don Juan Francisco Rodrigo Álvarez, contra la resolución de 15 de enero de 2024, por la que se desestimaba el recurso de alzada interpuesto por el señor Rodrigo Álvarez, contra la Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se hizo público el baremo definitivo de méritos en el precitado procedimiento selectivo extraordinario de estabilización, convocado por Resolución de 14 de noviembre de 2022.
Mediante Resolución de 11 de junio de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se dispone la ejecución de la mencionada sentencia 115/2025, de 20 de marzo, y se da inicio a la ejecución de la misma (DOE del 19), sin que ello determine el derecho del recurrente a resultar seleccionado en plazas objeto de la convocatoria del procedimiento selectivo extraordinario de estabilización por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
A su vez, mediante Resolución de 20 de junio de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, de la mencionada Consejería, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en ejecución de la referida sentencia n.º 115/2025, de 20 de marzo, se modifica la Resolución de 10 de mayo de 2023, por la que se hizo público el baremo definitivo de méritos en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización convocado por Resolución de 14 de noviembre de 2022, en el sentido de rectificar el baremo del recurrente, pasando la puntuación definitiva del señor Rodrigo Álvarez, a ser de 9,5000 puntos totales.
En este escenario de colaboración coordinada entre Administraciones, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura, traslada a la Comunidad de Madrid la precitada resolución de 20 de junio de 2025, puesto que el señor Rodrigo Álvarez consignó en la solicitud de participación, en segundo lugar, la Comunidad de Madrid.
Una vez aplicados los criterios de desempate establecidos en las convocatorias realizadas por las comunidades firmantes del Acuerdo de Conferencia Sectorial de fecha 2 de noviembre de 2022, al recurrente le corresponde adjudicación como seleccionado en esta Comunidad.
Por su parte, la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, por Resolución de 11 de noviembre de 2022 (BOCM del 18), había convocado procedimientos selectivos de ingreso, por el sistema excepcional de concurso de méritos, en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores singulares de Formación Profesional, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Por Resolución de 7 de junio de 2023 (BOCM del 15) de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, se hace pública la relación de personal seleccionado en el procedimiento selectivo, y por Resolución de 31 de agosto de la ahora Consejería de Educación, Ciencia y Universidades (BOCM del 14 de septiembre), se aprueba el expediente de los procedimientos selectivos extraordinarios, declarando a los aspirantes como aptos y seleccionados en los mismos.
Por cuanto antecede y en ejecución de la aludida sentencia, la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, publica la Resolución de 9 de septiembre de 2025 (BOCM del 19), modifica la lista definitiva de aspirantes seleccionados en la Resolución de 7 de junio de 2023, en el sentido de incluir, en el Cuerpo de Profesores de Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, en la especialidad de Mantenimiento de Vehículos, a don Juan Francisco Rodrigo Álvarez, con DNI ***8655**, con una puntuación de 9,500 puntos, y lo propone, a su vez, para su nombramiento como funcionario de carrera, por el citado cuerpo y especialidad.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid,
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, en la especialidad de Mantenimiento de Vehículos, a don Juan Francisco Rodrigo Álvarez, con Documento Nacional de Identidad ***8655**, Número de Registro Personal ***8655*68 A0598 y una puntuación total de 9,5000 puntos.
El señor Rodrigo Álvarez se considerará ingresado como funcionario de carrera, del Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2023.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 6 de octubre de 2025.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P. D. (Orden EFD/335/2025, de 3 de abril), el Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
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