Por Resolución de 7 de mayo de 2025 de la Subsecretaría (BOE de 9 de mayo de 2025), corregida mediante Resolución de 23 de mayo de 2025 (BOE de 30 de mayo de 2025), se hizo pública la relación de aspirantes que habían superado la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Tráfico, convocado por Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría (BOE de 28 de diciembre de 2024).
Por Resolución de 13 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, corregida por la Resolución de 23 de mayo de 2025, se nombró funcionarios en prácticas a los aspirantes que habían superado la fase de oposición y, posteriormente, por Resolución de 30 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE de 4 de agosto de 2025), se publicó el nombramiento de dichos aspirantes como personal funcionario de carrera en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Tráfico, en la que además se aceptó la renuncia expresa de un candidato del proceso.
La base específica 10.4 de la convocatoria del proceso selectivo, establece que, de acuerdo con el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, siempre que el órgano de selección haya propuesto el nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas en un proceso, y siempre que se produzcan renuncias expresas de las personas seleccionadas con antelación a su nombramiento o toma de posesión, el órgano de selección podrá requerir por una sola vez al citado Órgano de selección, una relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.
En virtud de lo anterior, el Tribunal Calificador ha remitido relación complementaria de personas aspirantes que habiendo superado el proceso selectivo, no habían obtenido plaza, siendo las siguientes por orden de puntuación a las propuestas que figuraban como personas aspirantes aprobadas en el anexo I de la citada Resolución de la Subsecretaría, de 7 de mayo de 2025 (BOE de 9 de mayo de 2025), corregida mediante Resolución de 23 de mayo de 2025 (BOE de 30 de mayo de 2025), por la que se publicó la relación de personas que habían superado la fase de oposición.
Por lo tanto, de conformidad con lo previsto en la base 10.4 de las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 16 de diciembre de 2024, y con lo establecido en el artículo 22.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (BOE de 10 de abril de 1995),
Esta Subsecretaría resuelve:
Hacer pública la relación complementaria de personas aspirantes que han superado las referidas pruebas selectivas, en la que únicamente figura don Raúl Miñana Llopis, con DNI ****4989*, por ser el siguiente por orden de puntuación, y que sigue a las personas aspirantes aprobadas que figuran en el anexo I de la citada resolución de la Subsecretaría, de 7 de mayo de 2025 (BOE de 9 de mayo de 2025), corregida mediante Resolución de 23 de mayo de 2025 (BOE de 30 de mayo de 2025), por la que se hizo pública la relación de aspirantes que habían superado la fase de oposición.
El aspirante indicado en el apartado anterior no tendrá que aportar documentación alguna, al haber sido comprobada de oficio por la Administración de acuerdo con la información que consta en el sistema de verificación de datos de identidad y registros nacionales de titulaciones académicas de la Administración General del Estado. No obstante, si en cualquier momento anterior al nombramiento como personal funcionario de carrera se tuviera conocimiento de que no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, se procedería a su exclusión.
Por resolución de la autoridad convocante, se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en el que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.
Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo recogido en la convocatoria que dará comienzo, en el lugar y fecha previstos en la resolución de nombramiento como funcionarios en prácticas.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo o período de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o período de prácticas por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Por otro lado, tal como se establece en el artículo 2 del Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas:
1. A los efectos retributivos que regula el presente real decreto, los funcionarios en prácticas que ya estén prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios de carrera o interinos o como personal laboral deberán optar al comienzo del período de prácticas o del curso selectivo por percibir, con cargo al Departamento ministerial u organismo público al que estén adscritos los puestos de trabajo de origen:
a) Las retribuciones correspondientes al puesto que estén desempeñando hasta el momento de su nombramiento como funcionarios en prácticas, además de los trienios que tuvieran reconocidos.
b) Las previstas en el artículo anterior, además de los trienios reconocidos. No obstante, si durante este período se desempeñara un puesto de trabajo como funcionario en prácticas, el abono de las retribuciones corresponderá al Departamento ministerial u organismo público al que esté adscrito el citado puesto de trabajo.
2. En todo caso, los funcionarios en prácticas a que se refiere este artículo deberán reincorporarse, una vez finalizado el curso selectivo o período de prácticas, a su puesto de trabajo de origen hasta su toma de posesión como funcionario de carrera en el nuevo cuerpo o escala, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
El destino ofertado se corresponde con el único puesto que quedó vacante de los ofertados por la Resolución del Director General de Tráfico, de 24 de junio de 2025. El citado destino es en el puesto de Examinador/a nivel de CD 18. Se encuentra en la JPT de Illes Baleares, en la provincia de Illes Baleares, y le corresponde un Complemento Específico de 11.293,52.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, según lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma en cuya circunscripción tenga el recurrente su domicilio o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección de éste, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i), 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 30 de septiembre de 2025.–La Subsecretaria de Interior, Susana Crisóstomo Sanz.
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