De conformidad con la disposición adicional undécima, apartado 2.º, de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE núm. 70, de 23 de marzo de 2023) que determina lo siguiente:
«2. Los Profesores y Profesoras Titulares de Escuela Universitaria que, a la entrada en vigor de esta ley orgánica, posean el título de doctor o doctora o lo obtengan posteriormente, y se acrediten específicamente en el marco de lo previsto por el artículo 69, accederán directamente al Cuerpo de Profesores/as Titulares de Universidad, en sus propias plazas. Para la acreditación a Titulares de Universidad de los Profesores/as Titulares de Escuela Universitaria se valorará particularmente la docencia, así como la investigación y, en su caso, la gestión.»
Previa solicitud por parte de los/las interesados/as, y acreditados los requisitos exigidos en la citada norma.
Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, ha resuelto integrar en el Cuerpo de Profesores/as Titulares de Universidad, en sus propias plazas, a los funcionarios y funcionarias Doctores del Cuerpo de Profesores/as Titulares de Escuela Universitaria que se relacionan en el anexo.
Las personas interesadas disponen de veinte días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirán la condición de funcionario/a del Cuerpo de Profesores/as Titulares de Universidad.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de su domicilio o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, sede del órgano autor del acto, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta.
No obstante, se podrá optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ciudad Real, 23 de septiembre de 2025.–El Rector, José Julián Garde López-Brea.
Apellidos y nombre | Área de conocimiento | Centro | Departamento |
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Quintana Gómez, Samuel. | Teoría de la Señal y Comunicaciones. |
Escuela Politécnica de Cuenca. |
Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Automática y Comunicaciones. |
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