Con fecha 26 de agosto de 2025 se suscribió la Primera adenda de prórroga del Convenio suscrito entre el Instituto Cervantes y la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA) para la realización de actividades culturales conjuntas.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 11 de septiembre de 2025.–La Secretaria General Técnica, P. S. (Real Decreto 1184/2024, de 28 de noviembre), el Subdirector General de Relaciones Institucionales y Colaboración con las Comunidades Autónomas, Ignacio Vitórica Hamilton.
De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director, en nombre y representación del INSTITUTO CERVANTES, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio,(BOE de 21 de julio de 2018), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, organismo público dotado de NIF Q-2812007 I y domicilio a los efectos de la presente adenda en la calle Alcalá, 49, 28014, Madrid, con, en adelante, también «el IC».
Y de la otra, don Miguel Ángel Benzal Medina, Director General de la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales, cargo para el que fue nombrado el 11 de noviembre de 1992, y de conformidad con lo previsto en los estatutos de dicha entidad, actúa en nombre y representación de dicha entidad, con domicilio a los efectos de la presente adenda en la calle de Luis Buñuel, 2, 3, Edificio EGEDA, Ciudad de la Imagen, Pozuelo de Alarcón, 28223 Madrid, y con NIF V-79596821. En adelante, «EGEDA».
Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la presente adenda y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que el IC y EGEDA suscribieron, el 12 de noviembre de 2021, un convenio con el objeto de establecer los términos de su colaboración para el desarrollo de cuantas acciones y actividades relacionadas con los fines que tienen encomendados ambas instituciones, puedan desarrollarse conjuntamente.
II. Que en la cláusula décima del citado convenio se establece que las partes podrán acordar la prórroga del citado convenio en cualquier momento antes de su finalización.
III. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada hasta la fecha y desean prorrogarla por dos años más.
IV. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda ha sido informada favorablemente por el servicio jurídico del Instituto Cervantes.
V. Que la presente adenda ha sido objeto de la autorización prevista en el artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 22 de julio de 2025.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de prórroga del citado convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Mediante la presente adenda las partes prorrogan el convenio suscrito el 12 de noviembre de 2021, vigente hasta el 12 de noviembre de 2025, por 2 años más hasta el 12 de noviembre de 2027.
El resto de condiciones establecidas en el citado convenio permanecen vigentes.
La presente adenda queda perfeccionada desde la fecha de la firma del último de los signatarios y resultará eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la extinción del convenio. Asimismo, esta adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Y conformes las partes con todo cuanto antecede, firman electrónicamente la presente adenda.–Por el Instituto Cervantes, Luis Manuel García Montero, Director, 26 de agosto de 2025.–Por la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), Miguel Ángel Benzal Medina, Director General, 25 de agosto de 2025.
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