Advertido error en la Resolución de 14 de julio de 2025, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 174, Sec. II. B, disposición 15096, de fecha 21 de julio de 2025; por la que se convoca concurso de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios, mediante la presente resolución se procede a su corrección.
Así, donde dice:
«Una vez autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 29 de junio de 2022, la convocatoria de plazas de funcionarios/as de los cuerpos docentes correspondientes al 120 % de la tasa de reposición en virtud de las bajas producidas en el año 2021, asimismo aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, en su sesión de 20 de octubre de 2022, y tras la publicación de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el ejercicio 2022 de la Universidad de Alcalá por Resolución de fecha 7 de noviembre de 2022 (BOCM de 21 de noviembre de 2022),….»
Debe decir:
«Una vez autorizadas por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en sus sesiones de 29 de junio de 2022 y 24 de mayo de 2023, la convocatoria de plazas de funcionarios/as de los cuerpos docentes correspondientes al 120 % de la tasa de reposición en virtud de las bajas producidas en los años 2021 y 2022, asimismo aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, en sus sesiones de 20 de octubre de 2022 y 22 de junio de 2023, y tras la publicación de las Ofertas de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para los ejercicios 2022 y 2023 de la Universidad de Alcalá por Resoluciones de fechas 7 de noviembre de 2022 (BOCM de 21 de noviembre de 2022) y 23 de junio de 2023 (BOCM de 6 de julio de 2023), respectivamente,….»
Contra la presente resolución, que agota vía administrativa, podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto en el «Boletín Oficial del Estado».
Sin perjuicio de lo anterior, la presente resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Alcalá de Henares, 12 de septiembre de 2025.–El Rector, José Vicente Saz Pérez.
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