Por medio de las correspondientes órdenes de la Vicepresidenta y Consejera del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia del Gobierno de Aragón se aprobaron las Relaciones de Puestos de Trabajo de las Oficinas Generales del Registro Civil y de las Oficinas Judiciales de los partidos judiciales de Huesca, Teruel y Zaragoza en los que, con fecha de 31 de diciembre de 2025, se constituirán sus Tribunales de Instancia.
Y, por resolución del Director General de Justicia se han establecido los criterios y el desarrollo del proceso de acoplamiento para la adscripción del personal funcionario de los cuerpos generales al servicio de la Administración de Justicia a los nuevos puestos de trabajo de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, las unidades en que se estructuran las Oficinas Judiciales de Huesca, Teruel y Zaragoza, las Oficinas Generales del Registro Civil de Huesca, Teruel y Zaragoza y las Agrupaciones de Oficinas de Justicia en el Municipio de los Partidos Judiciales de Huesca, Teruel y Zaragoza y ulterior confirmación, en su caso, del desempeño temporal de dichos puestos por el personal funcionario titular en comisión de servicio o sustitución y del personal funcionario interino.
Así, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por el artículo 2 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como en los artículos 49 y siguientes del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, procede convocar concurso específico para cubrir los puestos de trabajo vacantes que se relacionan en los anexos I a III de la citada Orden, de acuerdo con el catálogo de méritos del anexo IV de la misma.
Por ello y para establecer las bases del citado proceso, dispongo:
1.1 De acuerdo con lo dispuesto en la referida disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, al tratarse de un proceso de acoplamiento, podrán participar en exclusiva y por una sola vez los funcionarios titulares de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial destinados con carácter definitivo en el municipio donde deban desempeñarse los puestos de trabajo ofertados.
1.2 Además, para poder participar, los funcionarios deberán encontrarse situación de servicio activo u otra situación administrativa que comporte reserva de puesto de trabajo.
1.3 No podrán participar en el presente concurso, al tratarse de un proceso de acoplamiento, los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia, sin derecho a reserva de puesto de trabajo, los suspensos en firme, mientras dure la suspensión, y los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.
1.4 En cuanto al tiempo mínimo para participar en el presente concurso específico, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no regirá la limitación establecida en el artículo 46.1 del mismo.
Los puestos a proveer mediante el presente concurso, son los que figuran como singularizados a cubrir mediante concurso específico en los anexos I a III de la Orden de la Vicepresidenta y Consejera del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de las Oficinas Judiciales de los partidos judiciales en que se constituirán los Tribunales de Instancia el 31 de diciembre de 2025, de acuerdo con la descripción de funciones y catálogo de méritos establecidos en el anexo IV de la misma, y en el anexo I de la Orden de la Vicepresidenta y Consejera del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de las Oficinas Generales del Registro Civil de los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Aragón, en que se constituirán los Tribunales de Instancia el 31 de diciembre de 2025, de acuerdo con la descripción de funciones y catálogo de méritos establecidos en el anexo II de la misma.
3.1 El presente concurso específico consta de dos fases.
3.2 En la primera fase se procederá a la comprobación y valoración de los méritos generales.
3.3 En la segunda fase, la valoración de los méritos específicos se efectuará mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos, la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas en cada apartado del baremo, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.
3.4 La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos se referirá a la fecha de publicación de la presente convocatoria, inclusive, y se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
3.4.1 Primera fase: valoración de los méritos generales: Antigüedad.
Por los servicios efectivos en el cuerpo desde el que se participa, se otorgarán 2 puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los periodos inferiores por meses o, en su caso, por días. A estos efectos, los meses se considerarán de 30 días. La puntuación máxima por este concepto será de 60 puntos. La puntuación correspondiente por día es de 0,00555556.
De manera que la puntuación correspondiente se calculará del siguiente modo:
a) Años completos: 2 puntos por año.
b) Exceso de meses completos que no alcancen un año: 0,16666666 por mes.
c) Exceso de días que no alcancen 30 días: 0,00555556 por día.
3.4.2 Segunda fase: valoración de los méritos específicos, adecuados a las características y contenido del puesto de trabajo descrito en el anexo I, y conforme al baremo establecido en el anexo II.
La puntuación máxima por este concepto será de 40 puntos.
Se valorarán aptitudes concretas, a través de conocimientos, experiencia y aquellos otros elementos que garanticen la adecuación del aspirante para el desempeño del puesto.
La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los concursantes, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o valoración.
3.5 Los méritos alegados por las personas participantes deberán acreditarse de la siguiente forma:
3.5.1 Titulaciones oficiales: la verificación de las titulaciones oficiales se realizará de oficio mediante consulta al departamento ministerial competente en materia de Educación.
3.5.2 Superación de asignaturas: aportación de certificado expedido por el centro universitario en el que fueron cursadas.
3.5.3 Cursos, másteres propios y otras titulaciones propias de posgrado: aportación de copia del diploma, título o certificación correspondiente. La fecha de expedición no podrá ser posterior al día de publicación de la presente convocatoria.
3.5.4 Impartición de cursos y realización de ponencias: aportación de certificado emitido por la autoridad competente.
3.5.5 Experiencia en manejo y puesta en funcionamiento de los medios audiovisuales: aportación de certificado expedido por Letrado/a de la Administración de Justicia.
3.5.6 Experiencia en órdenes jurisdiccionales:
a) En la Comunidad Autónoma de Aragón: la experiencia alegada se comprobará de oficio por la Dirección General de Justicia.
b) En otras Comunidades Autónomas: aportación de certificado de servicios prestados emitido por la autoridad competente.
3.5.7 Experiencia en Registros Civiles:
a) En el Registro Civil Exclusivo de Zaragoza: la experiencia alegada se comprobará de oficio por la Dirección General de Justicia.
b) En otros órganos de la Comunidad Autónoma de Aragón: aportación de certificado de Letrado/a de la Administración de Justicia de que se han realizado exclusivamente funciones de Registro Civil.
c) En otras Comunidades Autónomas: aportación de certificado de servicios prestados emitido por la autoridad competente haciendo constar que se han realizado exclusivamente funciones de Registro Civil.
3.5.8 Experiencia en ejecución: aportación de certificado de Letrado/a de la Administración de justicia de que se han realizado funciones de ejecución en un determinado orden jurisdiccional o materia.
4.1 Los interesados deberán presentar sus solicitudes en la aplicación informática dispuesta para el proceso de acoplamiento a la nueva estructura de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, las Unidades en que se estructuran las Oficinas Judiciales de Huesca, Teruel y Zaragoza, las Oficinas Generales del Registro Civil de Huesca, Teruel y Zaragoza y las Agrupaciones de Oficinas de Justicia en el Municipio de los partidos judiciales de Huesca, Teruel y Zaragoza, en el plazo que se establezca por resolución de la Dirección General de Justicia que será publicada en el sitio web del Gobierno de Aragón y en la Intranet de Justicia del Gobierno de Aragón.
4.2 Los concursantes deberán adjuntar a la solicitud los méritos alegados, así como los documentos acreditativos de los mismos, en la forma dispuesta en la plataforma informática.
4.3 La Dirección General de Justicia valorará de oficio la correspondiente antigüedad en el Cuerpo, de conformidad con lo establecido en el punto 3.4.1, así como la puntuación correspondiente.
4.4 Los méritos a que hace referencia el apartado 3.4.2, deberán relacionarse por los concursantes mediante la cumplimentación de los apartados correspondientes de la aplicación informática.
En todo caso, para poder ser valorados, deberán ser acreditados de manera documental mediante las correspondientes certificaciones, títulos, justificantes o cualquier otro medio documental. En el caso de no poder aportar el certificado del Letrado de la Administración de Justicia con la instancia en el plazo establecido, se deberá acompañar una justificación de su solicitud al citado Letrado de la Administración de Justicia, debiendo aportarlo en el momento que se le expida y, en todo caso, dentro de los diez días hábiles siguientes al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, a través de la herramienta de administración electrónica de gestión del expediente electrónico generado con la presentación de la solicitud.
La falta de acreditación documental de cualquier mérito alegado que la requiera comportará que el mismo no se tome en consideración.
4.5 Ningún participante podrá anular o modificar su solicitud una vez remitida a través de la correspondiente aplicación informática.
4.6 Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, las formuladas serán vinculantes para la persona interesada, aunque podrán aceptarse por la Comisión de Valoración las renuncias que se presenten hasta la víspera de la fecha en que se adjudique la plaza solicitada, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.1 Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración compuesta por los siguientes miembros:
– Presidente/a: Jefe/a del Servicio de Personal de la Dirección General de Justicia del Gobierno de Aragón.
– Secretario/a: Jefe/a de la Sección de Régimen Jurídico y Eficiencia Organizativa del Servicio de Personal de la Dirección General de Justicia del Gobierno de Aragón.
– Cuatro vocales, de los cuales uno será el Jefe/a de la Sección de Personal del Servicio de Personal de la Dirección General de Justicia, y otro el Secretario Coordinador Provincial de Zaragoza del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
Podrán formar parte de la Comisión, como vocales, dos miembros en representación y a propuesta de las organizaciones sindicales más representativas y las que cuenten con más del 10 % de representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.
Los representantes de las organizaciones sindicales se designarán a propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de designación por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el plazo de diez días hábiles, se entenderá que renuncia a la propuesta, procediendo en su caso la persona titular de la Dirección General de Justicia a designar los sustitutos.
5.2 A cada miembro titular de la Comisión de Valoración podrá asignársele un suplente que, en caso de ausencia justificada, le sustituirá con voz y voto.
5.3 Una vez recibida la propuesta de las organizaciones sindicales, la Autoridad convocante designará a los miembros titulares de esta Comisión y a los suplentes.
5.4 La Comisión de Valoración podrá solicitar de la Autoridad convocante la designación de expertos que, en calidad de asesores, actuarán con voz, pero sin voto. Tanto la solicitud como la designación de expertos han de constar por escrito en el expediente. Fuera de este supuesto, no podrán participar en la Comisión de Valoración más representantes que los indicados en los párrafos anteriores, sin perjuicio de que a dicha comisión pueda asistir el personal de apoyo administrativo necesario.
5.5 Los miembros titulares de la Comisión, así como los suplentes que, en caso de ausencia justificada, les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos para cuyo ingreso se exija una titulación igual o superior a la requerida para los puestos convocados.
5.6 La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración se regirá por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.7 La Comisión de Valoración resolverá cuantas dudas o cuestiones puedan plantearse en la interpretación y aplicación de estas normas.
5.8 La Comisión de Valoración propondrá, para cada puesto de trabajo ofertado en el presente concurso, al candidato que haya obtenido mayor puntuación, sumados los resultados finales de ambas fases y, en caso de empate, al candidato con mayor antigüedad en el Cuerpo.
Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán declararse desiertos cuando existan concursantes que los hayan solicitado, salvo en los supuestos en que, como consecuencia de una reestructuración o modificación de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, se hayan amortizado o modificado en sus características funcionales, orgánicas o retributivas.
7.1 Los destinos adjudicados se considerarán obtenidos con carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
7.2 Los destinos adjudicados serán irrenunciables. No obstante, aquellos funcionarios que hubieran obtenido un puesto de trabajo por concurso especifico podrán renunciar a este si antes de la fecha de toma de posesión hubieren obtenido otro destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a comunicarlo al órgano convocante. De incumplir este deber de comunicación, deberá el funcionario tomar posesión en el primero de los destinos adjudicados.
7.3 Si en la fecha de entrada en funcionamiento de la Oficina Judicial, estuviera convocado y pendiente de adjudicar un concurso genérico ordinario, el personal funcionario afectado deberá tomar posesión del destino obtenido en el concurso específico, no teniendo ya opción para el concurso ordinario.
8.1 El presente concurso se resolverá en el plazo máximo de 6 meses, contados desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 51.3 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y la resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se motivará de acuerdo con lo previsto en el artículo 51.4 del citado Reglamento.
8.2 La resolución deberá expresar el puesto de origen de los interesados a quienes se les adjudique destino y su localidad, así como su situación administrativa, si ésta es distinta a la de activo, y el puesto adjudicado a cada funcionario.
8.3 La toma de posesión se producirá en el momento de la entrada en funcionamiento de la Oficina Judicial en el municipio al que corresponde cada centro de destino.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Presidencia, Economía y Justicia en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y en el artículo 64.1 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de organización y régimen jurídico del sector público autonómico de Aragón.
Zaragoza, 17 de septiembre de 2025.–El Director General de Justicia, Jorge Oswaldo Cañadas Santamaría.
N.º | Puesto | Localidad | N.º de Plazas | C.G.P. €/Año | C.E. €/Año | Cuerpo | Funciones | Méritos* | Puntos | Observaciones |
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1 | AUXILIO JUDICIAL – SCG – JEFE DE EQUIPO. | Huesca. | 1 | 2.695,68 | 10.143,84 | AUXILIO JUDICIAL. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 12 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 6 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 12 | |||||||||
Experiencia en Manejo y puesta en funcionamiento de los medios audiovisuales. | 10 | |||||||||
2 | AUXILIO JUDICIAL – SCG – JEFE DE EQUIPO. | Teruel. | 1 | 2.695,68 | 10.143,84 | AUXILIO JUDICIAL. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 12 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 6 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 12 | |||||||||
Experiencia en Manejo y puesta en funcionamiento de los medios audiovisuales. | 10 | |||||||||
3 | AUXILIO JUDICIAL – SCG – ÁREA SER. GRALES. JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 2.695,68 | 10.143,84 | AUXILIO JUDICIAL. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 12 | GUARDIA PENAL. |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 6 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 12 | |||||||||
Experiencia en Manejo y puesta en funcionamiento de los medios audiovisuales. | 10 | |||||||||
4 | AUXILIO JUDICIAL – SCG – ÁREA SER. GRALES. JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 2.695,68 | 10.143,84 | AUXILIO JUDICIAL. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 12 | GUARDIA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER. |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 6 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 12 | |||||||||
Experiencia en Manejo y puesta en funcionamiento de los medios audiovisuales. | 10 | |||||||||
5 | AUXILIO JUDICIAL – SCG – ÁREA SER. GRALES. JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 3 | 2.695,68 | 10.143,84 | AUXILIO JUDICIAL. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 12 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 6 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 12 | |||||||||
Experiencia en Manejo y puesta en funcionamiento de los medios audiovisuales. | 10 | |||||||||
6 | AUXILIO JUDICIAL – SCG – ÁREA ACTOS COMUNICACIÓN. JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 2.695,68 | 10.143,84 | AUXILIO JUDICIAL. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 12 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 6 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 12 | |||||||||
Experiencia en Manejo y puesta en funcionamiento de los medios audiovisuales. | 10 | |||||||||
7 | GESTIÓN – SCT TSJA JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 4.409,16 | 12.817,56 | GESTIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Civil. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Penal. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Contencioso-Administrativo. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Social. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho de Familia. | 1 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Foral Aragonés. | 1 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Civil. | 4 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Penal. | 4 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo. | 4 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Social. | 4 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 4 | |||||||||
8 | GESTIÓN – SCT AP JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 4.409,16 | 12.817,56 | GESTIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Civil. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Penal. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Mercantil. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho de Familia. | 1,5 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Foral Aragonés. | 1,5 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Civil. | 6 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Penal. | 6 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Mercantil. | 3 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 4 | |||||||||
9 | GESTIÓN – SCT TI – ÁREA CIVIL JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 4.409,16 | 12.817,56 | GESTIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizarán en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Civil. | 6 | |||||||||
Conocimientos en Derecho de Familia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Foral Aragonés. | 2 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Civil. | 13 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad. | 6 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 4 | |||||||||
10 | TRAMITACIÓN – SCT TI – ÁREA CIVIL JEFE DE EQUIPO. |
Zaragoza. |
1 | 3.777,24 | 11.401,20 | TRAMITACIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizarán en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Civil. | 6 | |||||||||
Conocimientos en Derecho de Familia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Foral Aragonés. | 2 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Civil. | 13 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad. | 6 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 4 | |||||||||
11 | GESTIÓN – SCT TI – ÁREA PENAL JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 4.409,16 | 12.817,56 | GESTIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizarán en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Penal. | 10 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Penal. | 19 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 4 | |||||||||
12 | TRAMITACIÓN – SCT TI – ÁREA PENAL JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 3.777,24 | 11.401,20 | TRAMITACIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizarán en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Penal. | 10 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Penal. | 19 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 4 | |||||||||
13 | GESTIÓN – SCT TI – ÁREA C-A, SOCIAL Y MERC. JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 4.409,16 | 12.817,56 | GESTIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Contencioso-Administrativo. | 4 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Social. | 4 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Mercantil. | 2 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo. | 8 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Social. | 8 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Mercantil. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 4 | |||||||||
14 | TRAMITACIÓN – SCT TI –ÁREA C-A, SOCIAL Y MERC. JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 3.777,24 | 11.401,20 | TRAMITACIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizarán en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Contencioso-Administrativo. | 4 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Social. | 4 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Mercantil. | 2 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo. | 8 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Social. | 8 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Mercantil. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Informática. | 4 | |||||||||
15 | GESTIÓN – SCE – ÁREA PENAL JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 4.409,16 | 12.817,56 | GESTIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizarán en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Penal. | 6 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Penal. | 13 | |||||||||
Experiencia en Ejecución Penal. | 10 | |||||||||
Conocimientos en informática. | 4 | |||||||||
16 | TRAMITACIÓN – SCE – ÁREA PENAL JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 3.777,24 | 11.401,20 | TRAMITACIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizarán en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Penal. | 6 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Penal. | 13 | |||||||||
Experiencia en Ejecución Penal. | 10 | |||||||||
Conocimientos en informática. | 4 | |||||||||
17 | GESTIÓN – SCE – ÁREA RESTO DE JURISDICCIONES JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 4.409,16 | 12.817,56 | GESTIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizarán en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Civil. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Contencioso-Administrativo. | 1 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Social. | 1 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Civil. | 4 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo. | 2 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Social. | 2 | |||||||||
Experiencia en Ejecución Civil. | 7 | |||||||||
Experiencia en Ejecución Contencioso-Administrativa. | 5 | |||||||||
Experiencia en Ejecución Social. | 5 | |||||||||
Conocimientos en informática. | 4 | |||||||||
18 | TRAMITACIÓN – SCE – ÁREA RESTO DE JURISDICCIONES JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 3.777,24 | 11.401,20 | TRAMITACIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Civil. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Contencioso-Administrativo. | 1 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Social. | 1 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Civil. | 4 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo. | 2 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Social. | 2 | |||||||||
Experiencia en Ejecución Civil. | 7 | |||||||||
Experiencia en Ejecución Contencioso-Administrativa. | 5 | |||||||||
Experiencia en Ejecución Social. | 5 | |||||||||
Conocimientos en informática. | 4 | |||||||||
19 | TRAMITACIÓN – SCT TI JEFE DE EQUIPO. | Huesca. | 1 | 3.587,64 | 11.129,76 | TRAMITACIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Civil. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Penal. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Mercantil. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho de Familia. | 1,5 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Foral Aragonés. | 1,5 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Civil. | 6 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Penal. | 6 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Mercantil. | 3 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad. | 3 | |||||||||
Conocimientos en informática. | 4 | |||||||||
20 | GESTIÓN – SCE JEFE DE EQUIPO. | Huesca. | 1 | 4.219,80 | 12.817,56 | GESTIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Civil. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Penal. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Mercantil. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho de Familia. | 2 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Civil. | 3 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Penal. | 3 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Mercantil. | 2 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad. | 2 | |||||||||
Experiencia en Ejecución Civil. | 5 | |||||||||
Experiencia en Ejecución Penal. | 5 | |||||||||
Conocimientos en informática. | 3 | |||||||||
21 | TRAMITACIÓN – SCT TI JEFE DE EQUIPO. | Teruel. | 1 | 3.587,64 | 11.129,76 | TRAMITACIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Civil. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Penal. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Mercantil. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho de Familia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Foral Aragonés. | 1 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Civil. | 6 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Penal. | 6 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Mercantil. | 3 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad. | 3 | |||||||||
Conocimientos en informática. | 4 | |||||||||
22 | GESTIÓN – SCE JEFE DE EQUIPO. | Teruel. | 1 | 4.219,80 | 12.817,56 | GESTIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Civil. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Procesal Penal. | 3 | |||||||||
Conocimientos en Derecho Mercantil. | 2 | |||||||||
Conocimientos en Derecho de Familia. | 2 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Civil. | 3 | |||||||||
Experiencia en Orden Jurisdiccional Penal. | 3 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Mercantil. | 2 | |||||||||
Experiencia en Orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad. | 2 | |||||||||
Experiencia en Ejecución Civil. | 5 | |||||||||
Experiencia en Ejecución Penal. | 5 | |||||||||
Conocimientos en informática. | 3 | |||||||||
23 | GESTIÓN – REGISTRO CIVIL JEFE DE EQUIPO. | Zaragoza. | 1 | 4.409,16 | 12.817,56 | GESTIÓN P.A. |
Los jefes o jefas de equipo realizarán las funciones de organización, gestión, inspección y coordinación de todo el personal destinado en ese equipo, ya sea sobre ellos directamente o a través de la coordinación de los diferentes grupos de trabajo funcionales que determinen los protocolos de actuación o a través de las instrucciones dictadas por los puestos de dirección o jefatura que determine el correspondiente protocolo de actuación. Igualmente, realizaran en el ámbito procesal las funciones que legalmente correspondan a los Cuerpos de los que sean miembros. |
Titulaciones generales en Derecho. | 5 | |
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia. | 2 | |||||||||
Conocimientos de Registro Civil. | 10 | |||||||||
Experiencia en Registros Civiles. | 19 | |||||||||
Conocimientos en informática. | 4 | |||||||||
*Los méritos de experiencia en órdenes jurisdiccionales y en ejecución se valorarán únicamente respecto a los últimos 10 años. |
Puesto: Auxilio Judicial – SCG – Jefe de equipo (Huesca y Teruel); Puesto: Auxilio Judicial – SCG – Área Ser. Grales. Jefe de equipo (Zaragoza); Puesto: Auxilio Judicial – SCG – Área actos comunicación. Jefe de equipo (Zaragoza)
Titulaciones generales en Derecho: 12 puntos.
– Doctorado en Derecho: 4 puntos.
– Otras titulaciones oficiales de posgrado en Derecho: 3 puntos.
– Licenciatura o Grado en Derecho: 8 puntos.
– Diplomatura en Derecho: 4 puntos.
No se valorará la Diplomatura en Derecho en caso de que se valore la Licenciatura o Grado en Derecho.
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia: 6 puntos.
– Licenciatura o Grado: 6 puntos.
– Diplomatura: 3 puntos.
En caso de concurrir Licenciatura o Grado y Diplomatura en la misma materia, únicamente se valorará la titulación de mayor nivel que se alegue y esté debidamente acreditada.
Conocimientos en Informática: 12 puntos.
– Licenciatura o Grado en informática: 6 puntos.
– Diplomatura en informática: 4 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico Superior, especialidad informática: 3 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico, especialidad informática: 2,5 puntos.
– Curso de más 100 horas lectivas: 1,5 puntos.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 1 punto.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,25 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,60 puntos; sin aprovechamiento: 0,50 puntos).
Cursos de Transformación Digital y Ciberseguridad: se incrementa puntuación indicada anteriormente en un cincuenta por ciento (ejemplo: curso de transformación digital de 70 horas sin aprovechamiento: 1,5 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de informática de 75 horas lectivas, 2 puntos).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
Experiencia en manejo y puesta en funcionamiento de los medios audiovisuales: 10 puntos.
Puesto: Gestión – SCT TSJA. Jefe de equipo (Zaragoza)
Titulaciones generales en Derecho: 5 puntos.
– Doctorado en Derecho: 2 puntos.
– Otras titulaciones oficiales de posgrado en Derecho: 1 punto.
– Licenciatura o Grado en Derecho: 3 puntos.
– Diplomatura en Derecho: 1,5 puntos.
No se valorará la Diplomatura en Derecho en caso de que se valore la Licenciatura o Grado en Derecho.
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia: 2 puntos.
– Licenciatura o Grado: 2 puntos.
– Diplomatura: 1 punto.
En caso de concurrir Licenciatura o Grado y Diplomatura en la misma materia, únicamente se valorará la titulación de mayor nivel que se alegue y esté debidamente acreditada.
Conocimientos en Derecho Procesal Civil: 2 puntos.
– Master u otras titulaciones de posgrado relacionadas con el Derecho Procesal Civil: 1 punto.
– Haber superado asignaturas de Derecho Procesal Civil: 0,70 puntos.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,70 puntos.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,40 punto.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,30 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
– Realización de ponencias en materia de Derecho Procesal Civil: 0,15 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,50 puntos; sin aprovechamiento: 0,40 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de Derecho Procesal Civil de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
No se puntuará la superación de asignaturas de Derecho Procesal Civil en caso de puntuar por el mérito de Titulaciones generales en Derecho.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho de Familia.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Foral Aragonés.
Conocimientos en Derecho Procesal Penal: 2 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Procesal Penal.
Conocimientos en Derecho Procesal Contencioso-Administrativo: 2 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Procesal Contencioso-Administrativo.
Conocimientos en Derecho Procesal Social: 2 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Procesal Social.
Conocimientos en Derecho de Familia: 1 punto.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho de Familia.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Foral Aragonés.
Conocimientos en Derecho Foral Aragonés: 1 punto.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Foral Aragonés.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho de Familia.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años: 4 puntos.
Se puntuará a razón de 0,00555556 puntos por día.
Los servicios prestados en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción sólo se valorarán en uno de los siguientes méritos: experiencia en el orden jurisdiccional civil o experiencia en el orden jurisdiccional penal. No obstante, en caso de superarse la puntuación máxima posible en uno de los dos méritos, el exceso se valorará en el otro.
Los servicios prestados en la Sección Civil, Social y Contencioso-Administrativa de los Servicios Comunes Procesales de Ordenación del Procedimiento o de Ejecución solo se valorarán en uno de los siguientes méritos: experiencia en el orden jurisdiccional civil, experiencia en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, experiencia en el orden jurisdiccional social o experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad. No obstante, en caso de superarse la puntuación máxima posible en uno de los méritos, el exceso se valorará en los siguientes de forma sucesiva.
No se puntuarán los servicios prestados que ya se hayan utilizado para puntuar en el mérito de Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia de Familia y Capacidad, en los últimos diez años.
Experiencia en el orden jurisdiccional penal en los últimos diez años: 4 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional penal.
Experiencia en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en los últimos diez años: 4 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Experiencia en el orden jurisdiccional social en los últimos diez años: 4 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional social.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia de Familia y Capacidad en los últimos diez años: 3 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito experiencia en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional civil, materia de Familia y Capacidad.
No se puntuarán los servicios prestados que ya se hayan utilizado para puntuar en el mérito de Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años.
Conocimientos en Informática: 4 puntos.
– Licenciatura o Grado en informática: 2,5 puntos.
– Diplomatura en informática: 2 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico Superior, especialidad informática: 1,5 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico, especialidad informática: 1 punto.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,75 puntos.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,25 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,15 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,35 puntos; sin aprovechamiento: 0,35 puntos).
Cursos de Transformación Digital y Ciberseguridad: se incrementa puntuación indicada anteriormente en un cincuenta por ciento (ejemplo: curso de transformación digital de 70 horas sin aprovechamiento: 0,75 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de informática de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
Puesto: Gestión – SCT AP. Jefe de equipo (Zaragoza)
Titulaciones generales en Derecho: 5 puntos.
– Doctorado en Derecho: 2 puntos.
– Otras titulaciones oficiales de posgrado en Derecho: 1 punto.
– Licenciatura o Grado en Derecho: 3 puntos.
– Diplomatura en Derecho: 1,5 puntos.
No se valorará la Diplomatura en Derecho en caso de que se valore la Licenciatura o Grado en Derecho.
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia: 2 puntos.
– Licenciatura o Grado: 2 puntos.
– Diplomatura: 1 punto.
En caso de concurrir Licenciatura o Grado y Diplomatura en la misma materia, únicamente se valorará la titulación de mayor nivel que se alegue y esté debidamente acreditada.
Conocimientos en Derecho Procesal Civil: 3 puntos.
– Master u otras titulaciones de posgrado relacionadas con el Derecho Procesal Civil: 1 punto.
– Haber superado asignaturas de Derecho Procesal Civil: 0,70 puntos.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,70 puntos.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,40 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,30 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
– Realización de ponencias en materia de Derecho Procesal Civil: 0,15 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,50 puntos; sin aprovechamiento: 0,40 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de Derecho Procesal Civil de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
No se puntuará la superación de asignaturas de Derecho Procesal Civil en caso de puntuar por el mérito de Titulaciones generales en Derecho.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Mercantil.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho de Familia.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Foral Aragonés.
Conocimientos en Derecho Procesal Penal: 3 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Procesal Penal.
Conocimientos en Derecho Mercantil: 2 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Mercantil.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil.
Conocimientos en Derecho de Familia: 1,5 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho de Familia.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Foral Aragonés.
Conocimientos en Derecho Foral Aragonés: 1,5 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Foral Aragonés.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho de Familia.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años: 6 puntos.
Se puntuará a razón de 0,00555556 puntos por día.
Los servicios prestados en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción sólo se valorarán en uno de los siguientes méritos: experiencia en el orden jurisdiccional civil o experiencia en el orden jurisdiccional penal. No obstante, en caso de superarse la puntuación máxima posible en uno de los dos méritos, el exceso se valorará en el otro.
Los servicios prestados en la Sección Civil, Social y Contencioso-Administrativa de los Servicios Comunes Procesales de Ordenación del Procedimiento o de Ejecución solo se valorarán en uno de los siguientes méritos: experiencia en el orden jurisdiccional civil, experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Mercantil o experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad. No obstante, en caso de superarse la puntuación máxima posible en uno de los méritos, el exceso se valorará en los siguientes de forma sucesiva.
No se puntuarán los servicios prestados que ya se hayan utilizado para puntuar en el mérito de Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Mercantil, en los últimos diez años, o en el mérito de Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad, en los últimos diez años.
Experiencia en el orden jurisdiccional penal en los últimos diez años: 6 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el Orden Jurisdiccional Penal.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Mercantil, en los últimos diez años: 3 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional civil, materia Mercantil.
No se puntuarán los servicios prestados que ya se hayan utilizado para puntuar en el mérito de Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad, en los últimos diez años: 3 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad.
No se puntuarán los servicios prestados que ya se hayan utilizado para puntuar en el mérito de Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años.
Conocimientos en Informática: 4 puntos.
– Licenciatura o Grado en informática: 2,5 puntos.
– Diplomatura en informática: 2 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico Superior, especialidad informática: 1,5 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico, especialidad informática: 1 punto.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,75 punto.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,25 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,15 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,35 puntos; sin aprovechamiento: 0,35 puntos).
Cursos de Transformación Digital y Ciberseguridad: se incrementa puntuación indicada anteriormente en un cincuenta por ciento (ejemplo: curso de transformación digital de 70 horas sin aprovechamiento: 0,75 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de informática de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
Puesto: Tramitación – SCT TI. Jefe de equipo (Huesca y Teruel)
Titulaciones generales en Derecho: 5 puntos.
– Doctorado en Derecho: 2 puntos.
– Otras titulaciones oficiales de posgrado en Derecho: 1 punto.
– Licenciatura o Grado en Derecho: 3 puntos.
– Diplomatura en Derecho: 1,5 puntos.
No se valorará la Diplomatura en Derecho en caso de que se valore la Licenciatura o Grado en Derecho.
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia: 2 puntos.
– Licenciatura o Grado: 2 puntos.
– Diplomatura: 1 punto.
Conocimientos en Derecho Procesal Civil: 3 puntos.
– Master u otras titulaciones de posgrado relacionadas con el Derecho Procesal Civil: 1 punto.
– Haber superado asignaturas de Derecho Procesal Civil: 0,70 puntos.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,70 puntos.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,40 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,30 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
– Realización de ponencias en materia de Derecho Procesal Civil: 0,15 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,50 puntos; sin aprovechamiento: 0,40 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de Derecho Procesal Civil de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
No se puntuará la superación de asignaturas de Derecho Procesal Civil en caso de puntuar por el mérito de Titulaciones generales en Derecho.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho de Familia.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Foral Aragonés.
Conocimientos en Derecho Procesal Penal: 3 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Procesal Penal.
Conocimientos en Derecho Mercantil: 2 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Mercantil.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil.
Conocimientos en Derecho de Familia: 1,5 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho de Familia.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Foral Aragonés.
Conocimientos en Derecho Foral Aragonés: 1,5 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Foral Aragonés.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho de Familia.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años: 6 puntos.
Se puntuará a razón de 0,00555556 puntos por día.
Los servicios prestados en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción sólo se valorarán en uno de los siguientes méritos: experiencia en el orden jurisdiccional civil o experiencia en el orden jurisdiccional penal. No obstante, en caso de superarse la puntuación máxima posible en uno de los dos méritos, el exceso se valorará en el otro.
Los servicios prestados en la Sección Civil, Social y Contencioso-Administrativa de los Servicios Comunes Procesales de Ordenación del Procedimiento o de Ejecución solo se valorarán en uno de los siguientes méritos: experiencia en el orden jurisdiccional civil, experiencia en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, experiencia en el orden jurisdiccional social o experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad. No obstante, en caso de superarse la puntuación máxima posible en uno de los méritos, el exceso se valorará en los siguientes de forma sucesiva.
No se puntuarán los servicios prestados que ya se hayan utilizado para puntuar en el mérito de Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia de Familia y Capacidad, en los últimos diez años.
Experiencia en el orden jurisdiccional penal en los últimos diez años: 6 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional penal.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Mercantil, en los últimos diez años: 3 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional civil, materia Mercantil.
No se puntuarán los servicios prestados que ya se hayan utilizado para puntuar en el mérito de Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia de Familia y Capacidad en los últimos diez años: 3 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito experiencia en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional civil, materia de Familia y Capacidad.
No se puntuarán los servicios prestados que ya se hayan utilizado para puntuar en el mérito de Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años.
Conocimientos en Informática: 4 puntos.
– Licenciatura o Grado en informática: 2,5 puntos.
– Diplomatura en informática: 2 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico Superior, especialidad informática: 1,5 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico, especialidad informática: 1 punto.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,75 punto.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,25 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,15 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,35 puntos; sin aprovechamiento: 0,35 puntos).
Cursos de Transformación Digital y Ciberseguridad: se incrementa puntuación indicada anteriormente en un cincuenta por ciento (ejemplo: curso de transformación digital de 70 horas sin aprovechamiento: 0,75 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de informática de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
Puesto: Gestión – SCT TI – Área civil. Jefe de equipo (Zaragoza): Puesto: Tramitación – SCT TI – Área civil. Jefe de equipo (Zargoza)
Titulaciones generales en Derecho: 5 puntos.
– Doctorado en Derecho: 2 puntos.
– Otras titulaciones oficiales de posgrado en Derecho: 1 punto.
– Licenciatura o Grado en Derecho: 3 puntos.
– Diplomatura en Derecho: 1,5 puntos.
No se valorará la Diplomatura en Derecho en caso de que se valore la Licenciatura o Grado en Derecho.
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia: 2 puntos.
– Licenciatura o Grado: 2 puntos.
– Diplomatura: 1 punto.
En caso de concurrir Licenciatura o Grado y Diplomatura en la misma materia, únicamente se valorará la titulación de mayor nivel que se alegue y esté debidamente acreditada.
Conocimientos en Derecho Procesal Civil: 6 puntos.
– Master u otras titulaciones de posgrado relacionadas con el Derecho Procesal Civil: 1 punto.
– Haber superado asignaturas de Derecho Procesal Civil: 0,70 puntos.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,70 puntos.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,40 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,30 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
– Realización de ponencias en materia de Derecho Procesal Civil: 0,15 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,50 puntos; sin aprovechamiento: 0,40 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de Derecho Procesal Civil de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
No se puntuará la superación de asignaturas de Derecho Procesal Civil en caso de puntuar por el mérito de Titulaciones generales en Derecho.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho de Familia.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Foral Aragonés.
Conocimientos en Derecho de Familia: 2 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho de Familia.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Foral Aragonés.
Conocimientos en Derecho Foral Aragonés: 2 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Foral Aragonés.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho de Familia.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años: 13 puntos.
Se puntuará a razón de 0,00555556 puntos por día.
Los servicios prestados en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción sólo se valorarán en el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil.
Los servicios prestados en la Sección Civil, Social y Contencioso-Administrativa de los Servicios Comunes Procesales de Ordenación del Procedimiento o de Ejecución solo se valorarán en uno de los siguientes méritos: experiencia en el orden jurisdiccional civil o experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad. No obstante, en caso de superarse la puntuación máxima posible en uno de los dos méritos, el exceso se valorará en el otro.
No se puntuarán los servicios prestados que ya se hayan utilizado para puntuar en el mérito de Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia de Familia y Capacidad, en los últimos diez años.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad, en los últimos diez años: 6 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional civil, materia Familia y Capacidad.
No se puntuarán los servicios prestados que ya se hayan utilizado para puntuar en el mérito de Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años.
Conocimientos en Informática: 4 puntos.
– Licenciatura o Grado en informática: 2,5 puntos.
– Diplomatura en informática: 2 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico Superior, especialidad informática: 1,5 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico, especialidad informática: 1 punto.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,75 punto.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,25 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,15 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,35 puntos; sin aprovechamiento: 0,35 puntos).
Cursos de Transformación Digital y Ciberseguridad: se incrementa puntuación indicada anteriormente en un cincuenta por ciento (ejemplo: curso de transformación digital de 70 horas sin aprovechamiento: 0,75 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de informática de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
Puesto: Gestión – SCT TI – Área penal. Jefe de equipo (Zaragoza); Puesto: Tramitación – SCT TI – Área penal. Jefe de equipo (Zaragoza)
Titulaciones generales en Derecho: 5 puntos.
– Doctorado en Derecho: 2 puntos.
– Otras titulaciones oficiales de posgrado en Derecho: 1 punto.
– Licenciatura o Grado en Derecho: 3 puntos.
– Diplomatura en Derecho: 1,5 puntos.
No se valorará la Diplomatura en Derecho en caso de que se valore la Licenciatura o Grado en Derecho.
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia: 2 puntos.
– Licenciatura o Grado: 2 puntos.
– Diplomatura: 1 punto.
En caso de concurrir Licenciatura o Grado y Diplomatura en la misma materia, únicamente se valorará la titulación de mayor nivel que se alegue y esté debidamente acreditada.
Conocimientos en Derecho Procesal Penal: 10 puntos.
– Master u otras titulaciones de posgrado relacionadas con el Derecho Procesal Penal: 1 punto.
– Haber superado asignaturas de Derecho Procesal Penal: 0,70 puntos.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,70 puntos.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,40 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,30 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acredite las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
– Realización de ponencias en materia de Derecho Procesal Penal: 0,15 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,50 puntos; sin aprovechamiento: 0,40 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de Derecho Procesal Penal de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
No se puntuará la superación de asignaturas de Derecho Procesal Penal en caso de puntuar por el mérito de Titulaciones generales en Derecho.
Experiencia en el orden jurisdiccional penal en los últimos diez años: 19 puntos.
Se puntuará a razón de 0,00555556 puntos por día.
Conocimientos en Informática: 4 puntos.
– Licenciatura o Grado en informática: 2,5 puntos.
– Diplomatura en informática: 2 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico Superior, especialidad informática: 1,5 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico, especialidad informática: 1 punto.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,75 punto.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,25 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,15 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,35 puntos; sin aprovechamiento: 0,35 puntos).
Cursos de Transformación Digital y Ciberseguridad: se incrementa puntuación indicada anteriormente en un cincuenta por ciento (ejemplo: curso de transformación digital de 70 horas sin aprovechamiento: 0,75 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de informática de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
Puesto: Gestión – SCT TI – Área Contencioso-Adva., Social y Mercantil. Jefe de equipo (Zaragoza); Puesto: Tramitación – SCT TI – Área Contencioso-Adva., Social y Mercantil. jefe de equipo (Zaragoza)
Titulaciones generales en Derecho: 5 puntos.
– Doctorado en Derecho: 2 puntos.
– Otras titulaciones oficiales de posgrado en Derecho: 1 punto.
– Licenciatura o Grado en Derecho: 3 puntos.
– Diplomatura en Derecho: 1,5 puntos.
No se valorará la Diplomatura en Derecho en caso de que se valore la Licenciatura o Grado en Derecho.
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia: 2 puntos.
– Licenciatura o Grado: 2 puntos.
– Diplomatura: 1 punto.
En caso de concurrir Licenciatura o Grado y Diplomatura en la misma materia, únicamente se valorará la titulación de mayor nivel que se alegue y esté debidamente acreditada.
Conocimientos en Derecho Procesal Contencioso-Administrativo: 4 puntos.
– Master u otras titulaciones de posgrado relacionadas con el Derecho Procesal Contencioso-Administrativo: 1 punto.
– Haber superado asignaturas de Derecho Procesal Contencioso-Administrativo: 0,70 puntos.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,70 puntos.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,40 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,30 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acredite las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
– Realización de ponencias en materia de Derecho Procesal Contencioso-Administrativo: 0,15 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,50 puntos; sin aprovechamiento: 0,40 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de Derecho Procesal Contencioso-Administrativo de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
No se puntuará la superación de asignaturas de Derecho Procesal Contencioso-Administrativo en caso de puntuar por el mérito de Titulaciones generales en Derecho.
Conocimientos en Derecho Procesal Social: 4 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito Conocimientos en Derecho Procesal Contencioso-Administrativo, pero en Derecho Procesal Social.
Conocimientos en Derecho Mercantil: 2 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito Conocimientos en Derecho Procesal Contencioso-Administrativo, pero en Derecho Mercantil.
Experiencia en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en los últimos diez años: 8 puntos.
Se puntuará a razón de 0,00555556 puntos por día.
Los servicios prestados en la Sección Civil, Social y Contencioso-Administrativa de los Servicios Comunes Procesales de Ordenación del Procedimiento o de Ejecución solo se valorarán en uno de los siguientes méritos: experiencia en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, experiencia en el orden jurisdiccional social o experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Mercantil. No obstante, en caso de superarse la puntuación máxima posible en uno de los méritos, el exceso se valorará en los siguientes de forma sucesiva.
Experiencia en el orden jurisdiccional social en los últimos diez años: 8 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional social.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Mercantil, en los últimos diez años: 3 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional civil, materia Mercantil.
Conocimientos en Informática: 4 puntos.
– Licenciatura o Grado en informática: 2,5 puntos.
– Diplomatura en informática: 2 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico Superior, especialidad informática: 1,5 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico, especialidad informática: 1 puntos.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,75 punto.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,25 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,15 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,35 puntos; sin aprovechamiento: 0,35 puntos).
Cursos de Transformación Digital y Ciberseguridad: se incrementa puntuación indicada anteriormente en un cincuenta por ciento (ejemplo: curso de transformación digital de 70 horas sin aprovechamiento: 0,75 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de informática de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
Puesto: Gestión – SCE – Jefe de equipo (Huesca y Teruel)
Titulaciones generales en Derecho: 5 puntos.
– Doctorado en Derecho: 2 puntos.
– Otras titulaciones oficiales de posgrado en Derecho: 1 punto.
– Licenciatura o Grado en Derecho: 3 puntos.
– Diplomatura en Derecho: 1,5 puntos.
No se valorará la Diplomatura en Derecho en caso de que se valore la Licenciatura o Grado en Derecho.
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia: 2 puntos.
– Licenciatura o Grado: 2 puntos.
– Diplomatura: 1 punto.
En caso de concurrir Licenciatura o Grado y Diplomatura en la misma materia, únicamente se valorará la titulación de mayor nivel que se alegue y esté debidamente acreditada.
Conocimientos en Derecho Procesal Civil: 3 puntos.
– Master u otras titulaciones de posgrado relacionadas con el Derecho Procesal Civil: 1 punto.
– Haber superado asignaturas de Derecho Procesal Civil: 0,70 puntos.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,70 puntos.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,40 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,30 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
– Realización de ponencias en materia de Derecho Procesal Civil: 0,15 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,50 puntos; sin aprovechamiento: 0,40 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de Derecho Procesal Civil de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
No se puntuará la superación de asignaturas de Derecho Procesal Civil en caso de puntuar por el mérito de Titulaciones generales en Derecho.
Conocimientos en Derecho Procesal Penal: 3 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Procesal Penal.
Conocimientos en Derecho Mercantil: 2 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Mercantil.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil.
Conocimientos en Derecho de Familia: 2 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho de Familia.
No se puntuarán los méritos que ya hayan sido puntuados en el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años: 4 puntos.
Se puntuará a razón de 0,00555556 puntos por día.
Los servicios prestados en la Sección Civil, Social y Contencioso-Administrativa de los Servicios Comunes Procesales de Ordenación del Procedimiento solo se valorarán en uno de los siguientes méritos: experiencia en el orden jurisdiccional civil, experiencia en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y experiencia en el orden jurisdiccional social. No obstante, en caso de superarse la puntuación máxima posible en uno de los méritos, el exceso se valorará en los siguientes de forma sucesiva.
Los servicios prestados en la Sección Civil, Social y Contencioso-Administrativa de los Servicios Comunes Procesales de Ejecución solo se valorarán en uno de los siguientes méritos: experiencia en Ejecución Civil, experiencia en Ejecución Contencioso-Administrativa y experiencia en Ejecución Social. No obstante, en caso de superarse la puntuación máxima posible en uno de los méritos, el exceso se valorará en los siguientes de forma sucesiva.
Experiencia en el orden jurisdiccional penal en los últimos diez años: 2 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional penal.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia Mercantil, en los últimos diez años: 3 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional civil, materia Mercantil.
No se puntuarán los servicios prestados que ya se hayan utilizado para puntuar en el mérito de Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil, materia de Familia y Capacidad en los últimos diez años: 3 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito experiencia en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional civil, materia de Familia y Capacidad.
No se puntuarán los servicios prestados que ya se hayan utilizado para puntuar en el mérito de Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años.
Experiencia en Ejecución Civil en los últimos diez años: 5 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional social.
Experiencia en Ejecución Penal en los últimos diez años: 5 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en Ejecución Penal.
Conocimientos en Informática: 3 puntos.
– Licenciatura o Grado en informática: 2,5 puntos.
– Diplomatura en informática: 2 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico Superior, especialidad informática: 1,5 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico, especialidad informática: 1 punto.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,75 puntos.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,25 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,15 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,35 puntos; sin aprovechamiento: 0,35 puntos).
Cursos de Transformación Digital y Ciberseguridad: se incrementa puntuación indicada anteriormente en un cincuenta por ciento (ejemplo: curso de transformación digital de 70 horas sin aprovechamiento: 0,75 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de informática de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
Puesto: Gestión – SCE – Área penal. Jefe de equipo (Zaragoza); Puesto: Tramitación – SCE – Área penal. Jefe de equipo (Zaragoza)
Titulaciones generales en Derecho: 5 puntos.
– Doctorado en Derecho: 2 puntos.
– Otras titulaciones oficiales de posgrado en Derecho: 1 punto.
– Licenciatura o Grado en Derecho: 3 puntos.
– Diplomatura en Derecho: 1,5 puntos.
No se valorará la Diplomatura en Derecho en caso de que se valore la Licenciatura o Grado en Derecho.
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia: 2 puntos.
– Licenciatura o Grado: 2 puntos.
– Diplomatura: 1 punto.
En caso de concurrir Licenciatura o Grado y Diplomatura en la misma materia, únicamente se valorará la titulación de mayor nivel que se alegue y esté debidamente acreditada.
Conocimientos en Derecho Procesal Penal: 6 puntos.
– Master u otras titulaciones de posgrado relacionadas con el Derecho Procesal Penal: 1 punto.
– Haber superado asignaturas de Derecho Procesal Penal: 0,70 puntos.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,70 puntos.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,40 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,30 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acredite las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
– Realización de ponencias en materia de Derecho Procesal Penal: 0,15 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,50 puntos; sin aprovechamiento: 0,40 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de Derecho Procesal Penal de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
No se puntuará la superación de asignaturas de Derecho Procesal Penal en caso de puntuar por el mérito de Titulaciones generales en Derecho.
Experiencia en el orden jurisdiccional penal en los últimos diez años: 13 puntos.
Se puntuará a razón de 0,00555556 puntos por día.
Experiencia en ejecución penal en los últimos diez años: 10 puntos.
Se puntuará a razón de 0,00555556 puntos por día.
Conocimientos en Informática: 4 puntos.
– Licenciatura o Grado en informática: 2,5 puntos.
– Diplomatura en informática: 2 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico Superior, especialidad informática: 1,5 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico, especialidad informática: 1 punto.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,75 puntos.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,25 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,15 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,35 puntos; sin aprovechamiento: 0,35 puntos).
Cursos de Transformación Digital y Ciberseguridad: se incrementa puntuación indicada anteriormente en un cincuenta por ciento (ejemplo: curso de transformación digital de 70 horas sin aprovechamiento: 0,75 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de informática de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
Puesto: Gestión – SCE – Área resto de jurisdicciones. Jefe de equipo (Zaragoza); Puesto: Tramitación – SCE – Área resto de jurisdicciones. Jefe de equipo (Zaragoza)
Titulaciones generales en Derecho: 5 puntos.
– Doctorado en Derecho: 2 puntos.
– Otras titulaciones oficiales de posgrado en Derecho: 1 punto.
– Licenciatura o Grado en Derecho: 3 puntos.
– Diplomatura en Derecho: 1,5 puntos.
No se valorará la Diplomatura en Derecho en caso de que se valore la Licenciatura o Grado en Derecho.
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia: 2 puntos.
– Licenciatura o Grado: 2 puntos.
– Diplomatura: 1 punto.
En caso de concurrir Licenciatura o Grado y Diplomatura en la misma materia, únicamente se valorará la titulación de mayor nivel que se alegue y esté debidamente acreditada.
Conocimientos en Derecho Procesal Civil: 2 puntos.
– Master u otras titulaciones de posgrado relacionadas con el Derecho Procesal Civil: 1 punto.
– Haber superado asignaturas de Derecho Procesal Civil: 0,70 puntos.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,70 puntos.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,40 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,30 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
– Realización de ponencias en materia de Derecho Procesal Civil: 0,15 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,50 puntos; sin aprovechamiento: 0,40 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de Derecho Procesal Civil de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
No se puntuará la superación de asignaturas de Derecho Procesal Civil en caso de puntuar por el mérito de Titulaciones generales en Derecho.
Conocimientos en Derecho Procesal Contencioso-Administrativo: 1 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Procesal Contencioso-Administrativo.
Conocimientos en Derecho Procesal Social: 1 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de conocimientos en Derecho Procesal Civil, pero en Derecho Procesal Social.
Experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años: 4 puntos.
Se puntuará a razón de 0,00555556 puntos por día.
Los servicios prestados en la Sección Civil, Social y Contencioso-Administrativa de los Servicios Comunes Procesales de Ordenación del Procedimiento solo se valorarán en uno de los siguientes méritos: experiencia en el orden jurisdiccional civil, experiencia en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y experiencia en el orden jurisdiccional social. No obstante, en caso de superarse la puntuación máxima posible en uno de los méritos, el exceso se valorará en los siguientes de forma sucesiva.
Los servicios prestados en la Sección Civil, Social y Contencioso-Administrativa de los Servicios Comunes Procesales de Ejecución solo se valorarán en uno de los siguientes méritos: experiencia en Ejecución Civil, experiencia en Ejecución Contencioso-Administrativa y experiencia en Ejecución Social. No obstante, en caso de superarse la puntuación máxima posible en uno de los méritos, el exceso se valorará en los siguientes de forma sucesiva.
Experiencia en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en los últimos diez años: 2 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Experiencia en el orden jurisdiccional social en los últimos diez años: 2 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional social.
Experiencia en Ejecución Civil en los últimos diez años: 7 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en el orden jurisdiccional social.
Experiencia en Ejecución Contencioso-Administrativa en los últimos diez años: 5 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en Ejecución Contencioso-Administrativa.
Experiencia en Ejecución Social en los últimos diez años: 5 puntos.
Se valorará del mismo modo que el mérito de experiencia en el orden jurisdiccional civil en los últimos diez años, pero en Ejecución Social.
Conocimientos en Informática: 4 puntos.
– Licenciatura o Grado en informática: 2,5 puntos.
– Diplomatura en informática: 2 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico Superior, especialidad informática: 1,5 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico, especialidad informática: 1 punto.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,75 punto.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,25 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,15 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,35 puntos; sin aprovechamiento: 0,35 puntos).
Cursos de Transformación Digital y Ciberseguridad: se incrementa puntuación indicada anteriormente en un cincuenta por ciento (ejemplo: curso de transformación digital de 70 horas sin aprovechamiento: 0,75 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de informática de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
Puesto: Gestión – Registro civil. Jefe de equipo (Zaragoza)
Titulaciones generales en Derecho: 5 puntos.
– Doctorado en Derecho: 2 puntos.
– Otras titulaciones oficiales de posgrado en Derecho: 1 punto.
– Licenciatura o Grado en Derecho: 3 puntos.
– Diplomatura en Derecho: 1,5 puntos.
No se valorará la Diplomatura en Derecho en caso de que se valore la Licenciatura o Grado en Derecho.
Otras titulaciones relacionadas con la Administración de Justicia: 2 puntos.
– Licenciatura o Grado: 2 puntos.
– Diplomatura: 1 punto.
En caso de concurrir Licenciatura o Grado y Diplomatura en la misma materia, únicamente se valorará la titulación de mayor nivel que se alegue y esté debidamente acreditada.
Conocimientos de Registro Civil: 2 puntos.
– Master u otras titulaciones de posgrado relacionadas con el Derecho Civil: 1 punto.
– Haber superado asignaturas de Derecho Civil: 0,70 puntos.
– Curso de Registro Civil de más 100 horas lectivas: 0,70 puntos.
– Curso de Registro Civil de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de Registro Civil de 40 a 59 horas lectivas: 0,40 punto.
– Curso de Registro Civil de 15 a 39 horas lectivas: 0,30 puntos.
– Cursos de Registro Civil inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
– Realización de ponencias en materia de Registro Civil: 0,15 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,50 puntos; sin aprovechamiento: 0,40 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de Registro Civil de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
No se puntuará la superación de asignaturas de Derecho Civil en caso de puntuar por el mérito de Titulaciones generales en Derecho.
Experiencia en Registros Civiles en los últimos diez años: 4 puntos.
Se puntuará a razón de 0,00555556 puntos por día.
Conocimientos en Informática: 4 puntos.
– Licenciatura o Grado en informática: 2,5 puntos.
– Diplomatura en informática: 2 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico Superior, especialidad informática: 1,5 puntos.
– Título de Formación Profesional de Técnico, especialidad informática: 1 punto.
– Curso de más 100 horas lectivas: 0,75 punto.
– Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,25 puntos.
– Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,15 puntos.
– Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que no se acrediten las horas de duración, se valorarán con 0,10 puntos.
Cursos con aprovechamiento: añadir 0,10 a cada curso (ejemplo: curso de 40 horas con aprovechamiento: 0,35 puntos; sin aprovechamiento: 0,35 puntos).
Cursos de Transformación Digital y Ciberseguridad: se incrementa puntuación indicada anteriormente en un cincuenta por ciento (ejemplo: curso de transformación digital de 70 horas sin aprovechamiento: 0,75 puntos).
Impartición del curso: se incrementa la puntuación correspondiente en un 100 % (ejemplo: por impartir un curso de informática de 75 horas lectivas, 1 punto).
Únicamente se valorarán los cursos convocados y organizados por las Administraciones Públicas, Universidades, institutos o escuelas oficiales, u otras entidades siempre y cuando hubiesen sido homologados por una Administración Pública.
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