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Documento BOE-A-2025-18378

Acuerdo de 9 de septiembre de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo en la Escuela Judicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 17 de septiembre de 2025, páginas 120413 a 120416 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2025-18378

TEXTO ORIGINAL

Se encuentra dotado presupuestariamente y próximo a quedar vacante la dirección del Servicio de Selección y Formación Inicial de la Escuela Judicial.

Las características de este puesto se describen en el anexo I.

La provisión de ese puesto se considera conveniente para atender correctamente las funciones y competencias atribuidas a ese órgano técnico y por ello la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en virtud de la delegación efectuada por el Pleno en su reunión del 23 de octubre de 2024 (BOE del día 28 de octubre), en su reunión del día de la fecha, ha acordado convocar un concurso de méritos para su cobertura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 618 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

El concurso se regirá por las siguientes normas:

Primera.

Podrán tomar parte en el mismo los jueces y juezas, magistrados/as, letrados/as de la Administración de Justicia, abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto-legislativo 5/2015, de 30 de octubre, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Segunda.

Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el anexo II de este Acuerdo, a la Excelentísima señora Presidenta de este Consejo en que así lo manifiesten y a la que podrán acompañar una relación de los méritos y circunstancias que en ellos concurran, así como su justificación documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», de alguna de las siguientes maneras:

a) En el Registro General del propio Consejo,

b) En los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas,

c) En la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402 si se dispone del correspondiente certificado electrónico.

Tercera.

Con la solicitud se acompañará un curriculum vitae, en el que se harán constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia que se posea en las especificaciones que se reseñan en el anexo I, acompañando los documentos justificativos correspondientes.

La documentación se presentará sin grapar y sin encuadernar con el fin de evitar el posible deterioro de los documentos en el momento de que sean preparados para la preceptiva digitalización. En caso contrario, y según recoge el acuerdo de la Comisión Permanente sobre creación del registro electrónico, los documentos podrán ser desagrupados antes de proceder a su digitalización, con independencia de que se presenten unidos mediante grapas, encuadernaciones o cualquier otro medio.

Cuarta.

Quienes presenten su candidatura al puesto podrán ser requeridos/as para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal.

Quinta.

A la vista de las instancias y documentación presentada, el Pleno del Consejo, apreciando conjuntamente los méritos alegados, nombrará a la persona seleccionada para cubrir el puesto convocado. Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo podrá declarar la convocatoria desierta.

Sexta.

La persona a la que se adjudique el puesto convocado, prestará sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales y con un máximo de prestación de servicios de diez años y será declarada en situación de servicios especiales en su Administración de origen, de conformidad con lo previsto en el artículo 625 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Séptima.

Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el mismo medio. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 9 de septiembre de 2025.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló Doménech.

ANEXO I

Denominación del puesto: Dirección del Servicio de Selección y Formación Inicial.

Órgano Técnico: Escuela Judicial.

Número de puestos convocados: uno.

Localización: Barcelona.

Nivel de Complemento de Destino: 30.

Complemento específico: 63.376,04 euros anuales.

Adscripción: Jueces y juezas, magistrados y magistradas, letrados y letradas de la Administración de Justicia, abogados y abogadas del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y personal funcionario de las Administraciones públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto-legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Características del puesto:

Principales funciones: Las descritas en los artículos 15 y 17 del Reglamento 2/1995, de 7 de junio, de la Escuela Judicial (BOE de 13 de julio de 1995).

Méritos específicos:

– Magistrado o magistrada con una antigüedad de más de quince años en la carrera judicial.

– Amplios conocimientos de derecho orgánico judicial, de selección y organización de actividades formativas.

– Conocimientos de organización administrativa, emisión de informes, estudios, consultas y dictámenes.

– Dirección de equipos de trabajo.

ANEXO II
Solicitud de participación en el Concurso para la provisión de un puesto de trabajo en el Consejo General del Poder Judicial

Acuerdo de la Comisión Permanente de 9 de septiembre de 2025 (BOE: ....................)

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ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 09/09/2025
  • Fecha de publicación: 17/09/2025
  • Convocatoria. Dirección del Servicio de Selección y Formación Inicial de la Escuela Judicial.

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