Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el artículo 52 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado y, de acuerdo con las especialidades previstas en el artículo 127 Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo y en la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo,
Esta Secretaría de Estado en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes
Bases
El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por el personal funcionario de carrera perteneciente al subgrupo A1, que reúna los requisitos establecidos para su desempeño y que se relacionan en el anexo I de la presente resolución y en el cual se consigna el perfil del puesto de trabajo, la antigüedad mínima requerida en el subgrupo A1, conocimientos, competencias profesionales y directivas y sus criterios objetivos de valoración.
Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Secretaria de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, encaminándose a la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios, paseo de la Castellana, 67 (Nuevos Ministerios) 28071 Madrid, ajustándose al modelo publicado como anexo II a esta resolución, y se presentarán en el plazo de diez días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» a través del Portal Funciona, Mis servicios de RR.HH. (SIGP) –Convocatoria libre designación– Solicitud de convocatoria de libre designación, https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de la aplicación informática correspondiente.
Las solicitudes deberán incluir:
Curriculum vitae, en formato normalizado, en el que consten los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas, y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y de las competencias profesionales. Los aspirantes podrán valerse de estándares europeos: https://europass.europa.eu/es/créate-europass-cv.
Justificación por escrito de la idoneidad para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
Informe obtenido tras cumplimentar el cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las competencias para el ejercicio de las funciones directivas, al que se accede por medio del siguiente enlace: https://cuestionariodirectivosautoevaluacion.inap.es.
Expediente personal obtenido del Portal Funciona y/o certificado acreditativo en el que consten las anotaciones relativas a las relaciones de servicios, situación administrativa, puestos desempeñados, titulación y formación, asimismo se podrán aportar documentos acreditativos de las competencias evaluables que se considere oportuno poner de manifiesto.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para el puesto, la presente convocatoria incluye la celebración de entrevistas a las personas candidatas que cumplan con los requisitos establecidos para ocupar el puesto de trabajo.
La selección se realizará con base en criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia. Para la valoración de las competencias profesionales evaluables, este órgano convocante actuará asesorado, al menos, por dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de directivos públicos, que estarán presentes en las entrevistas y deberán emitir un informe de valoración de las candidaturas presentadas.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, 10 de septiembre de 2025.–El Secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, Francisco David Lucas Parrón.
N.º de orden | Centro directivo/puesto de trabajo |
N.º plazas |
Nivel |
Complemento específico |
Localidad | Admón. | Grupo | Experiencia, conocimientos y competencias | Observaciones |
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S. DE E. DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA | |||||||||
D.G. DE PLANIFICACION Y EVALUACION | |||||||||
S.G. DE PLANIFICACION Y EVALUACION | |||||||||
1 | SUBDIRECTOR / SUBDIRECTORA GENERAL-5771408- | 1 | 30 | 29.254,82 | MADRID. | AE | A1 |
Experiencia profesional acreditada de al menos seis años en funciones de dirección y coordinación de equipos en puestos de nivel 28 o superior. Experiencia en la implementación y puesta en marcha del Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, a través del diseño funcional de herramientas para facilitar labores de inspección y control. Experiencia en la evaluación de los efectos derivados de la entrada en vigor de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, a través de técnicas cuantitativas. Experiencia en liderar equipos encargados de diseñar, desarrollar y mantener modelos y soluciones analíticas estandarizadas y automatizadas, basadas en técnicas estadísticas y de aprendizaje automático, implementadas en entornos productivos. Experiencia en análisis, evaluación y gestión de datos mediante técnicas estadísticas y herramientas computacionales para el procesamiento de información, así como en la redacción de informes de análisis crítico sobre la vivienda. Experiencia en labores divulgativas mediante la impartición de cursos formativos sobre estadística y programación informática en el ámbito universitario y Administración Pública, así como la coautoría de trabajos de investigación en el campo de la estadística. Experiencia en la utilización de programas econométricos y de series temporales, y en el proceso de producción de operaciones estadísticas de población. Experiencia en el desarrollo de aplicaciones web con Shiny y conocimientos de análisis de datos espaciales. Conocimientos avanzados y amplia experiencia en programación en R y SAS. Formación en el ámbito de las matemáticas o la estadística. Capacidad de liderazgo para la consecución de objetivos. Capacidad de negociación y resolución de conflictos. Capacidad para incorporar proceso de innovación en la gestión pública. Capacidad de planificación y visión estratégica. |
Antigüedad mínima como personal funcionario de carrera del subgrupo A1 de siete años a la fecha de finalización de presentación de instancias. La experiencia se valorará en función del tiempo durante el que se hayan realizado funciones que permitan haberla adquirido, debidamente acreditada en la documentación presentada junto a la solicitud. Los conocimientos y formación se valorarán mediante titulaciones y cursos recibidos e impartidos. Las competencias directivas se valorarán conforme al informe obtenido del cuestionario de autoevaluación. |
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