Con fecha del 31 de julio de 2025 fue suscrita, previa tramitación reglamentaria, la Adenda al Convenio entre la Consejería de Fomento y el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, para la recuperación y mejora geométrica de líneas límite jurisdiccionales de términos municipales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el período 2025-2027.
Y en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público sobre Convenios suscritos por la Administración General de Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 27 de agosto de 2025.–El Presidente del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, Lorenzo García Asensio.
31 de julio de 2025.
INTERVIENEN
De una parte, don Ignacio Hernando Serrano, Consejero de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, nombrado por el Decreto 88/2023, de 9 de julio, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 23 de la Ley 11/2003, 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, y de conformidad con el ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto 31/2025, de 29 de abril, de estructura y competencias de la Consejería de Fomento.
Y de otra parte, don Lorenzo García Asensio, Presidente del O.A. Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional (IGN), en virtud de lo establecido en el artículo 3.º del Estatuto del CNIG, aprobado por Real Decreto 310/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica (BOE núm. 121, de 21 de mayo de 2021) y de su nombramiento como Director General del Instituto Geográfico Nacional por Real Decreto 980/2018, de 27 de julio (BOE núm. 182, de 28 de julio de 2018).
Ambas partes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada uno interviene, la capacidad legal necesaria para suscribir esta adenda, y a tal efecto,
EXPONEN
Que en fecha 15 de julio de 2024 se suscribió convenio entre la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el O.A. Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, para la recuperación y mejora geométrica de líneas límite jurisdiccionales de términos municipales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el período 2025-2027.
Que, en su cláusula séptima, relativa a la valoración y financiación del Convenio no se contemplaron las obligaciones para ambas partes a efectos de cofinanciación con el programa FEDER de CLM 2021-2027, por no haberse comunicado la elegibilidad en el momento de la firma del convenio.
Habiéndose confirmado por la Dirección General de Fondos Europeos la posibilidad de cofinanciación con fecha 24 de octubre de 2024, las partes acuerdan la suscripción de la presente adenda al mismo con sujeción a la siguiente
CLÁUSULA
Se incorpora al convenio la siguiente cláusula:
La Consejería de Fomento de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha se compromete, entre otras:
a) A realizar los trámites administrativos necesarios para la obtención de la financiación FEDER (solicitud de financiación/memoria de la operación/informe de género/declaraciones responsables de la operación y del cumplimiento del principio "No Causar Perjuicio Significativo" –DNSH–, y de las Orientaciones Técnicas sobre la protección de las infraestructuras frente al cambio climático en el periodo 2021-2027 –Climate Proofing–), antes de que la operación finalice.
b) Cumplir con la normativa europea en materia de gestión, justificación, publicidad y control de fondos europeos que le resulten de aplicación y a las indicaciones del Organismo Intermedio del FEDER; entre ellas, en materia de planificación, gestión y control del FEDER resultan de aplicación los Reglamentos (UE) 2021/1060 y 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, ambos del 24 de junio de 2021.
c) Cumplir con los requisitos horizontales, transversales y los propios del objetivo específico en el que se encuadra esta operación.
d) Informar al Centro Nacional de Información Geográfica de todas las actuaciones que sean necesarias llevar a cabo, dentro de su correspondiente ámbito de actuación y de acuerdo con los requerimientos, obligaciones y compromisos necesarios para la obtención de la ayuda FEDER.
e) La justificación de los fondos FEDER se ajustarán a los previsto en el Reglamento (UE) 2021/1060, la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027 y por el resto de normativa europea, nacional y autonómica que pueda resultar de aplicación.
Por su parte, el Centro Nacional de Información Geográfica se compromete a cumplir, en el marco de sus competencias, con todos los requerimientos de la Consejería de Fomento respecto al cumplimiento de aquellas obligaciones que den como resultado la concesión de la ayuda.»
Y, de conformidad con todo lo que se ha expuesto anteriormente, las Partes, mediante representante debidamente autorizado, firman la presente adenda.–Por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el Consejero de Fomento, Ignacio Hernando Serrano.–Por el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, el Presidente, Lorenzo García Asensio.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid