De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública y en el artículo 40.1 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, previa la aprobación de la Secretaría de Estado Función Pública, dispongo convocar concurso específico (Referencia 2E-2025 APA) para cubrir las vacantes, dotadas presupuestariamente, que se relacionan en los anexos correspondientes de esta resolución, con arreglo a las siguientes bases.
Estas bases han sido negociadas en el ámbito de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, de materias específicas para personal funcionario del artículo 34.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
El presente concurso tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva 2006/54/CE, de 5 de julio de 2006, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 por el que se aprueba III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.
Bases
De acuerdo con lo dispuesto en los apartados a) y c) del artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, así como el art 41.1 del RD 364/1995, de 10 de marzo, podrá participar en el presente concurso el personal funcionario de carrera cualquiera que sea su situación administrativa, excepto el suspenso en firme mientras dure la suspensión, siempre que reúna el resto de los requisitos exigidos en la convocatoria en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación. Estos requisitos habrán de mantenerse hasta la fecha de toma de posesión en el puesto adjudicado.
Los funcionarios y las funcionarias que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos.
Los funcionarios y las funcionarias, aun perteneciendo a Cuerpos o Escalas de determinados sectores afectados de exclusiones, podrán participar en aquellos puestos que tengan clave de exclusión en la relación de puestos de trabajo, siempre y cuando se les permita en virtud de alguna resolución o acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR).
Los funcionarios y las funcionarias de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados puestos en exclusiva no podrán participar en este concurso para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos los indicados Cuerpos o Escalas.
Cuando los puestos convocados dependan del propio Departamento al que estén adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos en exclusiva, corresponderá a ese Departamento conceder la referida autorización.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuatro.5 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad del personal funcionario que desempeñe puestos de trabajo en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y que pertenezca a especialidades o escalas adscritas a ella, para la cobertura de puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará sometida a la condición de la previa autorización de aquella, que podrá denegarla en atención a las necesidades del servicio.
1. Los funcionarios y las funcionarias deberán permanecer en cada puesto de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en los concursos de provisión de puestos, salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado o de un Departamento ministerial, en defecto de aquélla, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública y en el de supresión de su puesto de trabajo.
2. Los funcionarios y las funcionarias en situación de servicio en otras Administraciones Públicas, artículo 88 Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que después de transcurridos dos años desde su transferencia o traslado, hayan tomado posesión en un ulterior destino definitivo obtenido voluntariamente, no podrán participar hasta que hayan transcurrido dos años desde su incorporación al mismo; todo ello sin perjuicio de eventuales excepciones a causa de remoción, cese o supresión acaecidas en ese ulterior puesto.
3. Los funcionarios y las funcionarias en excedencia voluntaria por interés particular (artículo 89.2. del Estatuto Básico del Empleado Público) y en excedencia voluntaria por agrupación familiar (artículo 89.3 del citado Estatuto), solo podrán participar si al término del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido al menos dos años desde el inicio en dicha situación.
4. Los funcionarios y las funcionarias en situación de excedencia por cuidado de familiares y en servicios especiales con derecho a reserva de puesto (artículos 89.4 y 87 del Estatuto Básico del Empleado Público) solo podrán participar si a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde la fecha de toma de posesión en el último destino definitivo obtenido, salvo en los supuestos contemplados en el artículo 20.1.f de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
5. Los funcionarios y las funcionarias que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo o Escala de procedencia, a efectos exclusivos de la permanencia de dos años en destino definitivo para poder concursar.
6. Los funcionarios y las funcionarias en servicio activo que se encuentren ocupando puestos en adscripción provisional, estarán obligados a participar en este concurso en el caso de que se convoque dicho puesto, solicitando, al menos, el puesto que ocupan en adscripción provisional, de acuerdo con lo establecido en los artículos 62.2 y 72.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Los funcionarios y las funcionarias sin destino definitivo que habiendo solicitado el puesto que ocupan provisionalmente no obtengan una de las plazas convocadas, podrán ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma localidad. En el caso de que no soliciten el puesto que ocupan en adscripción provisional, y este fuera adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles un puesto de trabajo en la misma localidad.
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas que procedan de la situación administrativa de suspensión firme de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado el periodo de suspensión.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, ajustándose a los modelos publicados como anexos a esta resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las instancias se presentarán través del Portal Funciona, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de la aplicación informática correspondiente.
Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.
La forma de presentación no telemática será admitida únicamente en los casos expresamente previstos en esta base.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
– Anexo II: Solicitud de participación.
– Anexo III: Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de gestión de personal.
– Anexo IV: Méritos alegados por el candidato.
– Anexo V: Certificado/s de méritos específicos expedido/s por el/los Centro/s de trabajo donde el candidato o candidata haya prestado sus servicios.
Los modelos de los anexos II, III, IV y V para imprimir y cumplimentar se encuentran disponibles en la página web del Departamento:https://www.mapa.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/personal-funcionario.aspx
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que en ellos se contienen.
El incumplimiento de lo dispuesto en los párrafos anteriores podrá ser causa de exclusión de la participación en el concurso.
2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad reconocida podrán pedir la adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando vigente el resto de sus solicitudes.
Los funcionarios y las funcionarias que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su solicitud y aportar una copia de la petición de la otra persona solicitante.
No podrán solicitarse plazas condicionadas respecto a la localidad en la que ya se encuentre destinada con carácter definitivo alguna de las personas peticionarias.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos podrá aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el justificante de su solicitud formulada en plazo.
La valoración de los puestos de trabajo que hayan sido reclasificados en su nivel de complemento de destino durante la tramitación de este concurso se realizará teniendo en cuenta las características del puesto a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, independientemente de la fecha de su reclasificación o de los posibles efectos retroactivos que se reconozcan en la misma.
El presente concurso consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán los méritos generales y en la segunda los méritos específicos adecuados a las características del puesto. Para poder obtener un puesto de trabajo en el concurso habrá de alcanzarse una valoración mínima de 16 puntos en la primera fase y de 12,5 puntos en la segunda.
La puntuación de cada uno de los méritos enunciados a continuación no podrá exceder en ningún caso del 40 por 100 de la puntuación máxima total ni ser inferior al 10 por 100 de la misma.
La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
I. Primera fase: Méritos generales
1. Valoración del grado personal consolidado.
El grado personal consolidado como personal funcionario de carrera, en el Cuerpo o Escala desde el que se participa, se valorará en sentido positivo en función de su posición en el intervalo del Cuerpo o Escala correspondiente hasta un máximo de 10 puntos de la siguiente forma:
– Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: 10 puntos.
– Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: 8 puntos.
– Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 6 puntos.
– Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 4 puntos.
En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido como personal funcionario de carrera en otras Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, en el Cuerpo o Escala desde el que participa el funcionario o funcionaria de carrera, cuando se halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para el subgrupo de titulación en el que se encuentra clasificado el mismo.
En el supuesto de que el grado reconocido en el ámbito de otras Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos exceda del máximo establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del reglamento mencionado en el punto anterior, para el subgrupo de titulación a que pertenezca el funcionario o la funcionaria de carrera, deberá valorársele el grado máximo correspondiente al intervalo de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la Administración General del Estado.
El funcionario o la funcionaria de carrera que considere tener un grado personal consolidado, o que pueda ser consolidado durante el periodo de presentación de instancias, deberá recabar del órgano o unidad a que se refiere el apartado 1 de la base quinta, que dicha circunstancia quede expresamente reflejada en el anexo correspondiente al certificado de méritos.
2. Valoración del trabajo desarrollado.
Por el desempeño de puestos de trabajo, como personal funcionario de carrera, en el Cuerpo o Escala desde el que se participa durante los últimos cinco años (60 meses) inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con los criterios señalados a continuación, se valorará hasta un máximo de 25 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino igual o superior al del puesto al que se concursa: 0,4 puntos por mes trabajado.
– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,3 puntos por mes trabajado.
– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,2 puntos por mes trabajado.
Por el desempeño de puestos de trabajo en la misma área funcional que aquella a la que se encuentra adscrita la plaza o plazas solicitadas, se otorgará una puntuación adicional de 1 punto. A estos efectos, se considerará mismo área funcional el ámbito de una Subdirección General o en su defecto Unidades asimiladas.
A efectos de la valoración del mérito trabajo desarrollado:
– Al personal funcionario de carrera cesado en puestos de libre designación, removido de puestos obtenidos por concurso o cuyo puesto haya sido suprimido, que se encuentre pendiente de asignación de puesto de trabajo, se le valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a su grado personal consolidado.
– A los funcionarios y las funcionarias de carrera que se encuentren en la situación de servicio en otras Administraciones Públicas (artículo 88 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público), se les considerará, durante el tiempo de permanencia en dicha situación, el nivel de complemento de destino de los puestos de trabajo que hayan desempeñado en el periodo objeto de valoración. Si el nivel de complemento de destino de estos puestos fuera superior o inferior al intervalo de niveles correspondiente al subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala desde el que participa, se les valorará el nivel máximo o mínimo del intervalo en la Administración General del Estado. Estos límites máximo y mínimo se aplicarán igualmente a los funcionarios y funcionarias destinados en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.
– El tiempo de permanencia en la situación administrativa de excedencia por cuidado de familiares regulado en el artículo 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios efectivos.
3. Cursos de formación o perfeccionamiento.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta un máximo de 10 puntos, independientemente del grupo o subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala en el que se hayan impartido o recibido.
El número mínimo de cursos a valorar en cada puesto de trabajo será de 3 cursos y el máximo de 6.
Únicamente se podrán valorar los cursos que previamente figuren incluidos en el listado anual de cursos publicado por el Departamento, y en el perfil formativo que corresponda al puesto objeto de valoración, en la página web:
https://www.mapa.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/concursos/meritos_funcionarios/2025/meritos_funcionarios_2025.aspx
Teniendo en cuenta lo anterior, los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas, así como los que estén incluidos en los Planes o Programas de Formación interna de los Departamentos u Organismos, no pudiéndose valorar los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.
Además, respecto de los cursos impartidos y recibidos, únicamente serán objeto de valoración cuando aparezcan reflejados en el certificado de méritos generales. En caso de que no figure la duración de los cursos y la fecha de realización no podrán ser objeto de valoración.
Se otorgará, por la realización como asistente de los cursos de formación y perfeccionamiento con una duración mínima acreditada de 15 horas, siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento: 3 puntos por curso. Se podrá otorgar una puntuación adicional de 0.25 puntos a los cursos con una duración superior a 25 horas.
Por la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento con una duración mínima acreditada de 2 horas: 3 puntos por curso.
La puntuación máxima por los cursos impartidos y recibidos no podrá superar los 9 puntos.
Por cada materia de las especificadas en el perfil formativo solo podrá ser valorado un curso, independientemente del número de cursos que sobre ella se hayan recibido o impartido.
En el caso de haberse recibido o impartido más de un curso sobre una misma materia se valorará el que otorgue mayor puntuación a la persona participante.
Dada la naturaleza transversal de la formación en materia de igualdad entre mujeres y hombres, se otorgará para todos los puestos que se incluyen en la convocatoria, una valoración de 1 punto a los cursos de formación en esta materia, siempre que su duración sea de 15 o más horas.
El plazo máximo de validez de los cursos será de 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4. Antigüedad.
La antigüedad se valorará de la forma que se expresa a continuación, independientemente del grupo u subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala en el que se haya adquirido: 0,67 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 20 puntos.
Computarán a estos efectos los servicios prestados con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario o funcionaria de carrera, siempre que los tuviera reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y siempre que estén certificados en el anexo correspondiente al certificado de méritos. La antigüedad que no conste en dicho anexo no se considerará a efectos de su valoración.
No se tendrán en cuenta los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
5. Supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Para la valoración de estos méritos se atenderá a los siguientes criterios:
Los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral solo serán objeto de valoración cuando el funcionario o funcionaria se encuentre en situación de servicio activo o en una situación que conlleve la reserva del puesto de trabajo o de localidad, en el Cuerpo o Escala desde el que participa, y lo haya indicado expresamente en la solicitud de participación.
Solamente se otorgará puntuación por este mérito en el caso de que el puesto solicitado sea de nivel igual o inferior al desempeñado por el funcionario o al que, en su caso, tenga reservado.
A efectos de valoración de los supuestos contemplados en este apartado no se otorgará puntuación en aquellos casos en los que la persona participante ocupe ya un puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o comisión de servicios) en el municipio donde residan los menores o familiares objeto de cuidado, o de destino definitivo del cónyuge.
Será necesario que la persona participante resida en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo.
Los supuestos relativos a esta materia se valorarán, como máximo con 10 puntos, que supone el 10 % del total de la puntuación de los méritos valorados en el concurso.
5.1 Destino previo del cónyuge funcionario de carrera o de la cónyuge funcionaria de carrera.
Cuando el cónyuge funcionario o la cónyuge funcionaria haya obtenido destino definitivo mediante convocatoria pública en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se acceda desde municipio distinto, se valorará en sentido positivo en función del tiempo de separación de los cónyuges, con un máximo de 5 puntos de la siguiente forma:
– Si han transcurrido 2 o más años desde la obtención del destino definitivo por el cónyuge funcionario o por la cónyuge funcionaria, se valorará con 5 puntos.
– Si han transcurrido menos de 2 años desde la obtención del destino definitivo por el cónyuge funcionario o por la cónyuge funcionaria, se valorará con 3 puntos.
En el caso de que el destino definitivo del cónyuge funcionario o de la cónyuge funcionaria se haya obtenido con anterioridad a la fecha del matrimonio, se computará desde la fecha de éste.
5.2 Cuidado de hijos e hijas o de familiares.
a) Cuidado de hijos e hijas, tanto cuando lo sean por naturaleza o por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo o la hija cumpla doce años, incluido, siempre que se acredite fehacientemente que el puesto o puestos solicitados permiten una mejor atención del menor, se valorará con una puntuación máxima de 5 puntos, de la siguiente forma:
La valoración de los 3 supuestos siguientes es excluyente entre sí:
1. Se valorarán con el 60 % de la puntuación total a otorgar por este supuesto, aquellos casos en que la plaza por la que se opta esté ubicada en la misma provincia en la que reside el menor o menores objeto de cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede esté ubicado en distinta provincia.
2. Se valorarán con el 40 % de la puntuación total a otorgar por este supuesto aquellos casos en que la plaza por la que se opta esté ubicada en el mismo municipio en el que reside el menor o menores objeto de cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede esté ubicado en distinto municipio de la misma provincia.
3. Se valorarán con un 20 % de la puntuación total a otorgar por este supuesto, el resto de los supuestos no incluidos en los apartados anteriores cuando permita una mejor atención del menor o menores objeto de cuidado, comparada con la que permite el puesto de trabajo desde el que se accede.
Se otorgará una valoración adicional en los siguientes casos, siempre sin superar el límite máximo establecido para la valoración del cuidado de hijos e hijas, siendo los siguientes supuestos compatibles entre sí:
– Cuando el hijo o la hija menor objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 50 %: 20 % de la puntuación total a otorgar por este supuesto.
– Cuando se trate de una familia monoparental o se trate de una familia numerosa: 20 % de la puntuación total a otorgar por este supuesto.
La valoración del supuesto de cuidado de hijos o hijas será incompatible con la otorgada por el cuidado de un familiar.
b) El cuidado de un familiar; Se valorará con un máximo de 5 puntos el cuidado de un familiar hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad que no pueda valerse por sí mismo, no desempeñe actividad retribuida y siempre que se acceda desde un municipio distinto y el puesto que se solicita esté ubicado en el mismo municipio en el que resida el familiar. Deberá acreditarse fehacientemente que el puesto o puestos que se solicitan permiten una mejor atención del familiar.
Se aplicará el siguiente baremo:
– Primer grado de consanguineidad o afinidad: 80 % de la puntuación total a otorgar por este supuesto.
– Segundo grado de consanguineidad o afinidad: 40 % de la puntuación total a otorgar por este supuesto.
Se otorgará una valoración adicional del 20 % de la puntuación total a otorgar por este supuesto, cuando el familiar objeto de cuidado ostente un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65 %.
La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de hijos e hijas.
II. Segunda fase: Méritos específicos adecuados a las características del puesto
Se valorarán, con hasta un máximo de 25 puntos, los méritos específicos para cada puesto de la convocatoria alcanzados como funcionario de carrera independientemente del grupo u subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala en el que se haya adquirido dicho mérito.
En este apartado se tendrán en cuenta los conocimientos profesionales, estudios, experiencia necesaria, titulación, en su caso, y demás condiciones que garanticen la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, adquiridos al servicio de cualquier Administración Pública.
A estos efectos, se valorarán como méritos específicos los conocimientos y/o experiencia adquiridos en el desarrollo de tareas o funciones propias de uno o varios puestos de trabajo únicamente cuando se hayan estado realizando durante seis meses o más.
En relación con los puestos ubicados en Comunidades Autónomas con lengua cooficial, se valorará, además de los méritos aludidos anteriormente, el conocimiento de dicha lengua cuando el contenido de los puestos se ajuste a lo establecido en el apartado Tercero de la Orden de 20 de julio de 1990 (BOE del 24) y este conocimiento figure recogido en el correspondiente anexo. La puntuación otorgada a este mérito deberá quedar reflejada en el anexo de puestos correspondiente y se graduará en función del nivel de conocimiento de la misma.
En la columna correspondiente del anexo de puestos, se indican aquellos que requieren realización de entrevista.
La certificación de los méritos de los funcionarios y funcionarias que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes al Cuerpo o Escala desde el que participa.
Para la certificación de los méritos y funciones descritos en los apartados anteriores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, según el cual en las bases de los concursos para la provisión de puestos de trabajo se computará, a los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos, el tiempo que las personas candidatas hayan permanecido en las situaciones a que se refiere el artículo 56 de esta Ley Orgánica.
De acuerdo con el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. No obstante, cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, se podrán solicitar copias auténticas de acuerdo con el artículo 27 de dicha ley.
1. Acreditación de los méritos generales y de la lengua cooficial.
Los méritos generales y el conocimiento de las lenguas cooficiales se acreditarán en el certificado de méritos, que recogerá aquellos méritos, requisitos y datos imprescindibles que en él se señalan y deberá ser expedido de acuerdo con los siguientes supuestos:
a) La Subdirección General competente en materia de personal de los Departamentos ministeriales, o el Órgano competente en los Organismos, si se trata de funcionarios y funcionarias destinados en servicios centrales.
b) Las Secretarías Generales de las Delegaciones, Subdelegaciones y Direcciones Insulares del Gobierno, cuando se trate de funcionarios y funcionarias destinados en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial.
c) La Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa cuando se trate de los funcionarios y de las funcionarias destinados en Madrid en ese Departamento Ministerial, y por los Delegados de Defensa cuando dichos funcionarios y funcionarias estén destinados en los servicios periféricos del Ministerio de Defensa.
d) El órgano competente en materia de personal de la Administración Pública que corresponda cuando se trate de los funcionarios y de las funcionarias que se encuentren en servicio en otras Administraciones Públicas.
e) La Unidad de personal que corresponda en función del puesto de reserva del funcionario o funcionaria, cuando se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo con derecho a reserva de puesto de trabajo.
f) La Dirección General de la Función Pública, para funcionarios y funcionarias pertenecientes a Cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, cuando se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo, teniendo en cuenta que los servicios que se hayan prestado en otras Administraciones Públicas mientras el funcionario o funcionaria se encontrase en dicha situación administrativa serán acreditados por el órgano competente de la Administración Pública en la que se prestasen los servicios.
g) El Ministerio al que esté adscrito el cuerpo o escala, siempre que sea distinto al de la Secretaría de Estado de Función Pública, en el caso de funcionarios y funcionarias que se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo.
h) La Unidad de personal de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos SA, en el caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos que se encuentren en servicio activo destinados en esa Sociedad Estatal o que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa y que hayan ocupado su último destino en servicio activo en la misma.
i) La Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en el caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa, cuyo último destino en servicio activo fue en la Caja Postal de Ahorros.
En el certificado de méritos generales la persona responsable de la emisión del mismo deberá incluir todos los cursos que consten en el Registro Central de Personal, en la base de datos del Ministerio u Organismo o aquellos que en ese momento aporte la persona que solicita el certificado, siempre que cumplan los requisitos para su valoración en el concurso.
Asimismo, se deberá hacer constar en el certificado de méritos el conocimiento de las lenguas cooficiales, previa acreditación por parte de la persona que solicita el certificado, que deberá aportar a la Unidad que debe expedir el mismo, una copia del título, diploma o certificación expedido por centro público competente o por institución privada oficialmente homologada, expresivo del grado de conocimiento, de conformidad con los dispuesto en la Orden de 1990.
Acreditación de los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
La documentación a aportar, que deberá contener información actualizada que permita comprobar que a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes concurren las circunstancias alegadas, será la siguiente:
a) Los funcionarios y funcionarias que aleguen como supuesto a valorar el destino previo del cónyuge funcionario o funcionaria, deberán aportar la siguiente documentación:
– Copia del Libro de Familia o certificación actualizada del Registro Civil de inscripción matrimonial.
– Certificación de la Unidad de personal que acredite la relación de servicios del cónyuge, su localidad de destino, el puesto que desempeña y la forma y fecha en que lo obtuvo.
– Documentación acreditativa de que tanto el funcionario o funcionaria que alega este supuesto de conciliación como su cónyuge, se encuentran residiendo en el mismo municipio en el que están ubicados sus respectivos puestos de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento.
b) Los funcionarios y funcionarias que aleguen como supuesto objeto de valoración el cuidado de hijos e hijas deberán aportar la siguiente documentación:
– Copia del Libro de Familia o de la resolución administrativa o judicial de la adopción, acogimiento permanente o preadoptivo.
– Para los supuestos contemplados en el apartado I.5.2 a) de la base cuarta, consentimiento fehaciente de la persona que concursa, en representación de su hijo o de su hija menor, para realizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que los datos de empadronamiento, exclusivamente en relación al hijo o la hija menor, sean recabados de oficio, mediante la cumplimentación del anexo. No será necesaria aportar este consentimiento si el mismo ya se ha recabado en el modelo de solicitud de participación en el concurso.
Para la consulta de los datos mencionados en el párrafo anterior, será necesario consignar el DNI del menor, si lo tuviera, o su nombre y apellidos, así como fecha y lugar de nacimiento.
Si no prestara tal consentimiento o se produjeran otros supuestos que se detallan en la normativa reguladora (Real Decreto 523/2006, de 28 de abril, y la Orden PRE/4008/2006, de 27 de diciembre,) la persona solicitante deberá aportar el certificado de empadronamiento actualizado acreditativo del lugar de residencia de los menores.
– Asimismo, se habrá de aportar certificado de escolarización, emitido por el Centro escolar donde curse estudios el menor o la menor, cuando se encuentre dentro del tramo de edad obligatoria de escolarización.
– Para el supuesto contemplado en el apartado I.5.2 a) 3. de la base cuarta, documentación acreditativa de que el puesto solicitado permite una mejor atención del menor o menores objeto de cuidado, comparada con la que permite el puesto de trabajo desde el que se accede.
– Documentación acreditativa de que el funcionario o funcionaria que alega este supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento.
– Cuando se alegue una discapacidad del hijo o de la hija menor de doce años a fin de obtener una puntuación adicional por este supuesto, deberá aportarse copia de la resolución o documento acreditativo del grado de discapacidad expedido por la Administración Pública competente en la materia.
– Cuando se alegue la pertenencia a una familia numerosa o monoparental, a fin de obtener la puntuación adicional por esta circunstancia, deberá aportarse copia libro de familia o título de familia numerosa, así como certificado de empadronamiento de la unidad familiar.
c) Los funcionarios y las funcionarias que aleguen como mérito el cuidado de un familiar deberán aportar la siguiente documentación:
– Copia del Libro de Familia y/o de otros documentos públicos que acrediten la relación de consanguinidad o afinidad.
– Copia de la resolución o documento acreditativo del grado de dependencia y/o discapacidad, expedido por la Administración Pública competente en la materia, en el que conste la necesidad de la asistencia de una tercera persona. En su defecto, certificado médico oficial actualizado en el que conste expresamente que la situación de dependencia por edad, accidente o discapacidad del familiar objeto de cuidado no le permite valerse por sí mismo y necesita de la asistencia de una tercera persona.
– Consentimiento fehaciente del familiar dependiente para realizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que sus datos de empadronamiento sean recabados de oficio, cumplimentando el anexo II de esta convocatoria. Si no prestara tal consentimiento o se produjeran otros supuestos que se detallan en la normativa reguladora, la persona solicitante deberá aportar el certificado de empadronamiento actualizado del familiar dependiente.
– Certificado que acredite que el familiar objeto de cuidado no está de alta en ningún Régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo por cuenta propia o ajena.
– Declaración de la persona dependiente de que no desempeña actividad retribuida alguna.
– Documentación acreditativa de que el funcionario o funcionaria que alega este supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento.
Toda la documentación recogida en este apartado deberá ser aportada junto con la solicitud de participación en el plazo de los 15 días hábiles establecidos al efecto. La documentación presentada fuera de este plazo no será tenida en cuenta.
2. Acreditación de los Méritos específicos.
El Certificado para la valoración de los Méritos Específicos, habrá de ser expedido en el modelo que se adjunta a esta convocatoria por la persona responsable o titular de la Unidad administrativa en la que se hayan realizado las funciones que han permitido adquirir los conocimientos o experiencia que se certifican, debiendo aparecer reflejado en el mismo el cargo de la persona que lo expide.
1. Los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos alegados por las personas solicitantes, deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
2. La valoración de los méritos se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 44 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El resultado de su aplicación determinará el orden de prioridad de los concursantes para la adjudicación de las plazas.
3. La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido mayor puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases.
4. En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a lo dispuesto en el artículo 44.4 del citado reglamento.
5. La valoración de los méritos se referirá a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.
6. La Comisión de Valoración en cualquier momento del proceso, podrá contrastar los datos alegados por los interesados con los existentes en el Registro Central de Personal y solicitar las aclaraciones y la documentación adicional que estime necesaria para comprobar los méritos, requisitos o datos alegados, realizar una ajustada valoración y, consecuentemente, modificar la puntuación otorgada.
En caso de discrepancia entre los datos aportados por la persona solicitante y los que constan en el Registro Central de Personal, prevalecerán los del Registro.
7. En el caso de que se requiera la adaptación, por razón de discapacidad, del puesto o puestos de trabajo solicitados, la Comisión de Valoración podrá recabar del interesado la información complementaria que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada. Previamente, la Presidencia de la Comisión de Valoración pedirá informe a los Centros directivos de los que dependan los puestos solicitados sobre la posibilidad de la adaptación.
De darse este supuesto, la resolución del concurso, en los puestos afectados directa o indirectamente, se producirá una vez recibidos, analizados y evaluados por la Comisión de Valoración los informes pertinentes.
8. Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán declararse desiertos cuando existan concursantes que hayan obtenido las puntuaciones mínimas exigidas en cada caso. Por el contrario, se declararán desiertos cuando antes de la resolución de adjudicación se hubieran amortizado o modificado sus características funcionales, orgánicas o retributivas por acuerdo de la Comisión Interministerial de Retribuciones, salvo lo establecido en la base cuarta para la reclasificación del nivel de los puestos convocados.
1. Los méritos serán valorados por una Comisión, cuya composición se ajustará al principio de composición equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa vigente en materia de igualdad y que constará de un Presidente, un Secretario y tres Vocales, de los cuales, al menos dos serán designados a propuesta del Centro Directivo al que figuren adscritos los puestos de trabajo convocados.
El Presidente, el Secretario y uno de los Vocales, estarán destinados en la Subsecretaría del Departamento.
Asimismo, tiene derecho a formar parte de la Comisión de Valoración un miembro en representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales más representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.
El número de los representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
En el caso de los representantes de las Organizaciones Sindicales, se designarán a propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de designación por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en su opción.
Los miembros titulares de la Comisión y los suplentes, que les sustituirán con voz y voto en caso de ausencia, deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados y, además, poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los convocados, a tenor de lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere oportuno, expertos en calidad de asesores, con voz pero sin voto, de acuerdo con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas y la valoración final deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante a fin de proceder a su exclusión. En caso de que el órgano convocante tenga conocimiento de la toma posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en distinta Secretaría de Estado o en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1 f) de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, el órgano convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria, abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter mínimo, su publicación en las páginas web de este Departamento/Organismo www.mapa.gob.es.
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos solicitados, se admitirán hasta 2 días antes de la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de valoración publicará en la página web del Departamento u Organismo los listados provisionales de valoración de los méritos para cada puesto. En dichos listados se establecerá un periodo de alegaciones de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se hubieran presentado alegaciones.
1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación en un plazo máximo de 6 meses, desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la base tercera punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias.
2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de trabajo, localidad, Órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando participen desde una situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en licencia por enfermedad, se llevará a efecto el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades del servicio debidamente motivadas, hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad a la que haya sido destinado el funcionario o la funcionaria.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado Función Pública podrá aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior. Para su concesión será necesario que el Departamento que lo solicita emita informe motivado de la necesidad de dicho aplazamiento.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, el Subsecretario del Departamento donde haya obtenido nuevo destino el funcionario o la funcionaria podrá conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita la persona interesada por razones justificadas.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión de este concurso, se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública y la persona adjudicataria hubiese tomado posesión en el mismo, en cuyo caso deberá comunicarlo en el plazo de 3 días hábiles por escrito al órgano convocante. El diferimiento del cese, así como los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados no supondrán una ampliación del plazo para la opción de destino prevista en este apartado, y en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, debiéndose tener en cuenta a estos efectos los plazos establecidos en la base décima 3.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a funcionario en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Aquellos participantes que desde el cierre del plazo de presentación de solicitudes del concurso hasta la resolución de adjudicación hayan sido nombrados o sean nombrados, por promoción interna, funcionarios de carrera de Cuerpos o Escalas pertenecientes al subgrupo inmediato superior al Cuerpo o Escala desde el que han concursado y hayan obtenido un puesto de doble adscripción a subgrupo en la resolución del presente concurso tomarán posesión del mismo desde el Cuerpo o Escala desde el que participan.
La publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado», con adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados.
En el caso de los puestos adjudicados los plazos establecidos para que los Ministerios y Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes comenzarán a contarse desde el día siguiente a su publicación.
Contra la presente resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 25 de agosto de 2025.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, Ernesto Abati García-Manso.
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
1 | 1 | 1443508 | JEFE / JEFA DE SERVICIO DE SISTEMAS INFORMATICOS |
- MADRID - MADRID |
26 | 13.292,58 |
A1 A2 |
AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Seguimiento y coordinación de proyectos de desarrollo informático. - Función 2: Gestión de proyectos de desarrollo de aplicaciones web en lenguaje JAVA. - Función 3: Gestión de equipos de trabajo. - Función 4: Preparación y seguimiento de contratos del sector público. Perfil formativo/Cursos de formación: - Tecnologías de la información y las comunicaciones Méritos específicos: 1. Experiencia en funciones similares a la Función 1 (máx: 10,00 pts.). 2. Experiencia en funciones similares a la Función 2 (máx: 6,00 pts.). 3. Experiencia en funciones similares a la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en funciones similares a la Función 4 (máx: 4,00 pts.). |
E |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
2 | 1 | 4703732 | JEFE / JEFA DE AREA |
- MADRID - MADRID |
28 | 16.429,42 | A1 | AE | EX18 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Gestión presupuestaria, financiera, contable y tributaria. Elaboración de expedientes en Sorolla2. Declaración de la ejecución presupuestaria a la Comisión a través de la generación y carga de ficheros. - Función 2: Elaboración, liquidación y rendición de las cuentas de un organismo pagador. - Función 3: Gestión de las deudas y de las garantías asociadas a los pagos de anticipos y otros servicios. - Función 4: Interlocución con la Intervención Delegada en el marco de la fiscalización previa. - Función 5: Seguimiento de los resultados de las auditorías y controles financieros. Perfil formativo/Cursos de formación: - Gestión Económico - Presupuestaria Méritos específicos: 1. Experiencia en funciones similares a la Función 1 (máx: 8,00 pts.). 2. Experiencia en funciones similares a la Función 2 (máx: 7,00 pts.). 3. Experiencia en funciones similares a la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en funciones similares a la Función 4 (máx: 3,00 pts.). 5. Experiencia en funciones similares a la Función 5 (máx: 2,00 pts.). |
||||
3 | 1 | 1503960 | SECRETARIO / SECRETARIA DE SUBDIRECTOR GENERAL |
- MADRID - MADRID |
16 | 7.296,94 |
C1 C2 |
AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Recepción de llamadas y gestión del correo electrónico, agenda y calendario de grupos de trabajo. - Función 2: Tramitación de la documentación necesaria para viajes y/o grupos de trabajo. - Función 3: Uso del registro electrónico. Distribución y archivo de documentación. - Función 4: Manejo de aplicaciones informáticas (procesador de texto, hoja de cálculo, correo electrónico). Perfil formativo/Cursos de formación: - Secretaría Méritos específicos: 1. Experiencia en funciones similares a la Función 1 (máx: 6,00 pts.). 2. Experiencia en funciones similares a la Función 2 (máx: 6,00 pts.). 3. Experiencia en funciones similares a la Función 3 (máx: 6,00 pts.). 4. Experiencia en funciones similares a la Función 4 (máx: 7,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
4 | 1 | 4704482 | JEFE / JEFA DE AREA DE INFORMES Y RELACIONES CON LAS CC.AA. |
- MADRID - MADRID |
28 | 16.429,42 | A1 | AE | EX18 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Coordinación con las Comunidades Autónomas en la gestión de ayudas directas, la definición de requisitos mínimos y el diseño de especificaciones funcionales de las bases de datos. - Función 2: Apoyo técnico a los servicios jurídicos en sus relaciones con los tribunales de justicia. Gestión y resolución de los procedimientos administrativos derivados de modificaciones y ajustes a sistemas de derechos de pago. Apoyo a la IGAE en los procesos de fiscalización sobre la asignación de derechos de pago. - Función 3: Tareas de coordinación, participación y seguimiento de las auditorías de la Comisión Europea y el Tribunal de Cuentas. - Función 4: Coordinación de la gestión de la consulta pública de derechos de pago y supervisión de las respuestas a consultas sobre ayudas directas. Perfil formativo/Cursos de formación: - Agricultura y Ganadería Méritos específicos: 1. Experiencia en funciones similares a la Función 1 (máx: 7,00 pts.). 2. Experiencia en funciones similares a la Función 2 (máx: 6,00 pts.). 3. Experiencia en funciones similares a la Función 3 (máx: 6,00 pts.). 4. Experiencia en funciones similares a la Función 4 (máx: 6,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
5 | 1 | 3980947 | JEFE / JEFA DE SERVICIO DE RELACIONES INSTITUCIONALES |
- MADRID - MADRID |
26 | 13.292,58 |
A1 A2 |
AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Elaboración de normativa en materia de seguros, preferentemente en asuntos agrarios. Participación en grupos de trabajo y grupos de normativa. - Función 2: Elaboración de pliegos para contratos y su seguimiento. Gestión de encargos. - Función 3: Actualización de bases de datos relacionadas con el desempeño de las tareas del puesto. - Función 4: Utilización de herramientas específicas de información geográfica o de análisis de estadísticas. Manejo de indicadores técnico económicos. Perfil formativo/Cursos de formación: - Agricultura y Ganadería Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 7,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 4,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 7,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 5,00 pts.). 5. Formación universitaria en Agronomía (máx: 2,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
6 | 1 | 2419490 | JEFE / JEFA DE SERVICIO DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR E INFORMES DE REC. |
- MADRID - MADRID |
26 | 12.721,10 |
A1 A2 |
AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Desarrollo de propuestas y participación en la elaboración de iniciativas legislativas. - Función 2: Desarrollo de informes técnicos y análisis del impacto de la aplicación de la normativa nacional y comunitaria. - Función 3: Preparación y participación en grupos de trabajo, internacionales y nacionales con las Comunidades Autónomas y organizaciones representativas sectoriales. - Función 4: Apoyo en la preparación y formalización de convenios u otros instrumentos de colaboración entre distintas administraciones públicas. Perfil formativo/Cursos de formación: - Agricultura y Ganadería - Gestión - Área Jurídica Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 6,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 6,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 6,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 3,00 pts.). 5. Conocimientos del idioma inglés (máx: 4,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
7 | 1 | 2526061 | JEFE / JEFA DE AREA DE COORDINACION DE LA GESTION |
- MADRID - MADRID |
28 | 16.429,42 | A1 | AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Coordinación de trabajo en red entre administraciones, organizaciones y grupos de acción local, así como actuaciones para la promoción de políticas públicas en el territorio, en especial en el ámbito de agricultura y desarrollo rural. - Función 2: Diseño de redes nacionales y sus sistemas de gobernanza para la implantación de políticas públicas, así como coordinación y dirección de encargos para el desarrollo de actividades de dichas redes en el territorio. - Función 3: Participación en grupos de trabajo y actividades de redes europeas, representación ante sus asambleas, y colaboración con las redes de otros estados miembros de la UE. - Función 4: Coordinación de trabajos para la divulgación de políticas públicas: desarrollo de publicaciones y talleres formativos, implementación de jornadas, y generación de contenidos para web y redes sociales. Perfil formativo/Cursos de formación: - Agricultura y Ganadería Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 5,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 6,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 6,00 pts.). 5. Conocimiento del idioma inglés y francés (máx: 3,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
8 | 1 | 5478210 | JEFE / JEFA DE AREA TECNICO |
- MADRID - MADRID |
28 | 18.904,20 | A1 | AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Seguimiento de la Organización Común de Mercados Agrarios (OCMA). - Función 2: Participación en grupos de trabajo, comités y grupos de expertos de la UE en la línea de ayudas basada en los programas operativos de las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH). - Función 3: Elaboración y aplicación de la normativa comunitaria y nacional en materia de las organizaciones de productores (OP). - Función 4: Coordinación con Comunidades Autónomas, grupos de trabajo y reuniones sectoriales en la materia. - Función 5: Contratación y seguimiento de encargos a medios propios de la AGE. Perfil formativo/Cursos de formación: - Agricultura y Ganadería Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 6,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 4,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 6,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 5,00 pts.). 5. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 4,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
9 | 1 | 4607200 | JEFE / JEFA DE EQUIPO RED ALERTA SANITARIA VETERINARIA |
- MADRID - MADRID |
26 | 9.257,50 | A1 | AE | EX18 | 1160 | M8FA |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Elaboración de estudios, informes y actas en materia de sectores ganaderos. - Función 2: Participación en la elaboración de normativa. - Función 3: Asistencia a grupos de trabajo nacionales o internacionales. - Función 4: Coordinación y seguimiento de expedientes administrativos y contables. - Función 5: Manejo de aplicaciones informáticas/bases de datos similares a las necesarias para el desempeño del puesto de trabajo. Perfil formativo/Cursos de formación: - Agricultura y Ganadería Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 6,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 6,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 4,00 pts.). 5. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 4,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
10 | 1 | 1464845 | DIRECTOR / DIRECTORA DEL LABORATORIO DE SANIDAD ANIMAL |
- GRANADA - SANTA FE |
28 | 16.429,42 | A1 | AE | EX23 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Dirección técnica de laboratorios oficiales o laboratorios de referencia nacional. - Función 2: Funciones de dirección administrativa y de calidad implantada en laboratorio. - Función 3: Responsable de seguridad biológica y biocustodia del laboratorio. - Función 4: Coordinación con los laboratorios de referencia de la Unión Europea en el ámbito de las competencias del laboratorio. - Función 5: Asesoramiento científico-técnico a distintas unidades en materia de análisis y diagnóstico de laboratorio. Perfil formativo/Cursos de formación: - Laboratorios Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 10,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 3,00 pts.). 5. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 2,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
11 | 1 | 2175308 | JEFE / JEFA DE SERVICIO TECNICO |
- MADRID - MADRID |
26 | 13.292,58 |
A1 A2 |
AE | EX18 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Elaboración de normas, procedimientos e informes relacionados con el fomento de la integración cooperativa y asociativa, especialmente en materia agroalimentaria. - Función 2: Tramitación de reconocimiento, control y seguimiento de Entidades Asociativas Prioritarias. - Función 3: Programación de medidas en planes o programas de políticas comunitarias, especialmente en el sector agroalimentario. - Función 4: Gestión de subvenciones. - Función 5: Gestion presupuestaria. Perfil formativo/Cursos de formación: - Alimentación Méritos específicos: 1. Experiencia y/o conocimiento en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 6,00 pts.). 2. Experiencia y/o conocimiento en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia y/o conocimiento en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia y/o conocimiento en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 6,00 pts.). 5. Experiencia y/o conocimiento en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 3,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
12 | 1 | 4857004 | JEFE / JEFA DE SERVICIO |
- MADRID - MADRID |
26 | 12.721,10 | A1 | AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Apoyo en la elaboración de normativa nacional o internacional en materia de calidad, producción ecológica y sostenibilidad. - Función 2: Elaboración de notas de prensa, publicaciones y propuestas de respuesta a preguntas parlamentarias. - Función 3: Relaciones con sectores implicados y con otras administraciones, especialmente en materia de normativa de calidad alimentaria, producción ecológica y desperdicio alimentario. - Función 4: Participación en grupos de trabajo con instituciones europeas y otros organismos internacionales. Perfil formativo/Cursos de formación: - Alimentación Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 6,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 6,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 6,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 5,00 pts.). 5. Conocimientos de inglés (máx: 2,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
13 | 1 | 4713871 | JEFE / JEFA DE SERVICIO DE NORMATIVA AGROALIMENTARIA |
- MADRID - MADRID |
26 | 12.721,10 |
A1 A2 |
AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Elaboración de informes jurídicos, especialmente en materia de calidad agroalimentaria y de propiedad intelectual. - Función 2: Elaboración, tramitación y gestión de normativa. - Función 3: Tramitación de expedientes administrativos sancionadores, no sancionadores y recursos de alzada. - Función 4: Tramitación de expedientes de contratación pública y encargos a medios propios. Perfil formativo/Cursos de formación: - Gestión - Área Jurídica Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 5,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 3,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 2,00 pts.). 5. Formación universitaria en Derecho (máx: 10,00 pts.). |
||||
14 | 1 | 3826161 | INSPECTOR / INSPECTORA |
- MADRID - MADRID |
24 | 9.750,72 |
A1 A2 |
AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Coordinación y control técnico de las actividades del área de análisis físico-químico y polínico de miel, alimentos azucarados y estimulantes. - Función 2: Supervisión y realización de análisis físico-químico y polínico de miel, alimentos azucarados y estimulantes. Puesta a punto y validación de los métodos y técnicas analíticas de estos productos. - Función 3: Implantación, seguimiento y control del sistema de gestión de la calidad adaptado a la Norma UNE/EN/ISO 17025 para miel y alimentos azucarados y estimulantes. - Función 4: Apoyo a la organización, desarrollo y evaluación de los ensayos intercomparativos de parámetros físico-químicos y polínico en miel. - Función 5: Participación en grupos de trabajo nacionales e internacionales del sector de la miel para el establecimiento de métodos oficiales de análisis. Participación en la elaboración del banco de datos nacional de características físico-químicas y polínicas de mieles. Perfil formativo/Cursos de formación: - Laboratorios Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 6,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 4,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 4,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 6,00 pts.). 5. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 5,00 pts.). |
||||
15 | 1 | 4057600 | JEFE / JEFA DE SECCION TECNICA |
- MADRID - MADRID |
24 | 7.296,94 |
A1 A2 |
AE | EX23 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Coordinación y control técnico del área de productos fitosanitarios. - Función 2: Supervisión y realización de análisis físico-químicos a productos fitosanitarios. Puesta a punto y validación de los métodos y técnicas analíticas de estos productos. - Función 3: Implantación, seguimiento y control del sistema de gestión de la calidad adaptado a la Norma UNE/EN/ISO 17025 para productos fitosanitarios. - Función 4: Organización, desarrollo y evaluación de ensayos de intercomparación de parámetros físico-químicos en productos fitosanitarios. - Función 5: Colaboración con organismos nacionales e internacionales en el ámbito de los productos fitosanitarios. Perfil formativo/Cursos de formación: - Laboratorios Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 6,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 4,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 4,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 6,00 pts.). 5. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 5,00 pts.). |
||||
16 | 1 | 4267290 | JEFE / JEFA DE SECCION TECNICA |
- MADRID - MADRID |
24 | 7.296,94 |
A1 A2 |
AE | EX23 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Apoyo a las actividades analíticas y de gestión del área de microbiología y a la preparación de muestras para análisis sensorial de aceite de oliva virgen. - Función 2: Análisis microbiológico de alimentos, piensos y fertilizantes. Apoyo a la puesta a punto y validación de métodos analíticos de estos productos. - Función 3: Apoyo a la implantación, seguimiento y control del sistema de gestión de la calidad adaptado a la Norma UNE/EN ISO 17025 para el análisis microbiológico de muestras. - Función 4: Apoyo a la evaluación de los ensayos intercomparativos de parámetros microbiológicos en muestras. - Función 5: Apoyo en la participación en ensayos colaborativos para la validación de nuevos métodos oficiales de análisis microbiológicos a nivel nacional e internacional. Perfil formativo/Cursos de formación: - Laboratorios Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 6,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 4,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 4,00 pts.). 5. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 6,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
17 | 1 | 5053178 | JEFE / JEFA DE SERVICIO |
- MADRID - MADRID |
26 | 12.721,10 |
A1 A2 |
AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Gestión y tramitación de expedientes de contratación y encargos a medios propios. - Función 2: Gestión y tramitación de expedientes de convenios de colaboración. - Función 3: Control, gestión y ejecución presupuestaria. - Función 4: Gestión y tramitación de expedientes de recursos humanos. - Función 5: Manejo de aplicaciones informáticas/bases de datos similares a las necesarias para el desempeño del puesto de trabajo. Perfil formativo/Cursos de formación: - Contratación Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 5,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 5,00 pts.). 5. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 5,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
18 | 1 | 5059910 | JEFE / JEFA DE AREA |
- MADRID - MADRID |
28 | 16.429,42 | A1 | AE | EX18 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Gestión y aplicación de la normativa comunitaria y nacional, especialmente en materia de pesca sostenible en el Caladero Nacional y Aguas de la UE. Participación en grupos de trabajo con la Comisión Europea en materia de gestión pesquera. - Función 2: Participación en grupos de trabajo en el ámbito de organizaciones intergubernamentales de gestión pesquera de la FAO. - Función 3: Participación en grupos de trabajo con Comunidades Autónomas, sector pesquero y otros organismos, sobre asuntos en materia de gestión pesquera. Participación en grupos de trabajo de órganos consultivos y grupos de cooperación regionales de gobernanza pesquera. - Función 4: Elaboración y tramitación de proyectos normativos y resoluciones, especialmente en materia de pesca sostenible en el Caldero Nacional y Aguas de la UE. Perfil formativo/Cursos de formación: - Pesca Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 6,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 6,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 6,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 5,00 pts.). 5. Conocimientos de Inglés (nivel C1 o superior. y de Francés (nivel B1 o superior. (máx: 2,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
19 | 1 | 4729361 | JEFE / JEFA DE SERVICIO TECNICO |
- MADRID - MADRID |
26 | 12.721,10 |
A1 A2 |
AE | EX18 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Seguimiento y gestión de ayudas, derivadas de la preparación y aplicación de los Planes de Producción y Comercialización de las Organizaciones de Productores, especialmente en los sectores de la pesca y la acuicultura. - Función 2: Elaboración de normativa relativa a las Organizaciones de Productores, especialmente en los sectores de la pesca y la acuicultura, y de las ayudas destinadas a las mismas. - Función 3: Participación en grupos de trabajo de organismos internacionales relacionados con la comercialización en el sector de la pesca y la acuicultura. - Función 4: Planificación, coordinación e impulso de actuaciones en materia de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura. Perfil formativo/Cursos de formación: - Pesca Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 8,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 7,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 5,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
20 | 1 | 1917275 | INSPECTOR / INSPECTORA |
- JAEN - JAEN |
24 | 9.750,72 |
A1 A2 |
AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Tramitación y gestión de expedientes sancionadores. - Función 2: Elaboración de informes jurídicos para recursos de alzada. Experiencia en la tramitación de expedientes en vía jurisdiccional. - Función 3: Estudio, elaboración de informes y otros documentos de carácter administrativo. - Función 4: Elaborar, revisar y actualizar bases de datos y formularios. - Función 5: Experiencia en la tramitación de expedientes ante los órganos judiciales correspondientes (Juzgados y Tribunales). Perfil formativo/Cursos de formación: - Gestión - Área Jurídica Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 7,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 7,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 3,00 pts.). 5. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 3,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
21 | 1 | 1296309 | CONSEJERO TECNICO / CONSEJERA TECNICA DE INFORMES Y DISPOSICIONES |
- MADRID - MADRID |
28 | 18.904,20 | A1 | AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Coordinación del procedimiento de tramitación de anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones de carácter general. - Función 2: Elaboración de informes jurídicos de los asuntos incluidos en la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios y en el Consejo de Ministros. - Función 3: Elaboración de notas e informes jurídicos especialmente en materia agraria y de alimentación. - Función 4: Examen de la transposición de directivas comunitarias. Perfil formativo/Cursos de formación: - Gestión - Área Jurídica Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 5,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2. (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3. (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4. (máx: 5,00 pts.). 5. Formación jurídica (máx: 5,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
22 | 1 | 4729339 | CONSEJERO TECNICO / CONSEJERA TECNICA |
- MADRID - MADRID |
28 | 16.429,42 | A1 | AE | EX11 | 1100 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Elaboración de propuestas de resolución de recursos administrativos y de expedientes de revisión de oficio. - Función 2: Elaboración de propuestas de resolución de las reclamaciones en materia de responsabilidad patrimonial. - Función 3: Elaboración de informes jurídicos. Perfil formativo/Cursos de formación: - Gestión - Área Jurídica Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 10,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en la utilización de bases de datos jurídicas y demás aplicaciones informáticas relacionadas con el puesto (máx: 5,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
23 | 1 | 3990948 | JEFE / JEFA DE SERVICIO |
- MADRID - MADRID |
26 | 12.721,10 |
A1 A2 |
AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Elaboración de las fichas de presupuestos, fichas numéricas y de objetivos, memorias y presupuestos horizontales. Labores de asesoría en materia de elaboración presupuestaria. - Función 2: Tramitación de expedientes de modificación presupuestaria conforme a la Ley General Presupuestaria y la normativa conexa. Apoyo y asesoramiento en estas materias. - Función 3: Realización de informes en materia presupuestaria. - Función 4: Conocimiento de las aplicaciones necesarias para el desempeño del puesto (Quanto, Atenea, Cinconet, PEGnet, Adenda, Frieda, Financia). Perfil formativo/Cursos de formación: - Gestión Económica - Presupuestaria Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 8,00 pts.). 2. Experiencia y/o conocimientos similares a las de la Función 2 (máx: 7,00 pts.). 3. Experiencia y/o conocimientos similares a las de la Función 3 (máx: 6,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 4,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
24 | 1 | 4710971 | JEFE / JEFA DE SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS |
- MADRID - MADRID |
26 | 12.721,10 |
A1 A2 |
AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Tramitación y gestión de las convocatorias de concursos de méritos de funcionarios y apoyo a la tramitación de Función Pública en traslados de funcionarios de laborales. Elaboración de actas. - Función 2: Elaboración de informes jurídicos para recursos administrativos y contencioso-administrativos. - Función 3: Revisión de certificados de méritos expedidos por el órgano competente en materia de gestión de personal. - Función 4: Gestión y manejo de las aplicaciones de SIGP y RCP para Recursos Humanos. Perfil formativo/Cursos de formación: - Gestión de Recursos Humanos Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 10,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 3,00 pts.). 5. Formación universitaria en Derecho (máx: 2,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
25 | 1 | 3191705 | JEFE / JEFA DE AREA DE SISTEMAS APOYO A LA GESTION |
- MADRID - MADRID |
28 | 18.904,20 | A1 | AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Desarrollo de soluciones verticales para información sectorial, tramitación administrativa y apoyo a la decisión, con tecnologías Java. - Función 2: Coordinación de equipos TIC, con planificación, asignación de tareas y seguimiento mediante hitos y OKRs. - Función 3: Participación en la definición de soluciones técnicas y funcionales, apoyando la toma de decisiones estratégicas. - Función 4: Coordinación técnica en proyectos de migración de aplicaciones a nuevas infraestructuras, garantizando continuidad y adaptación tecnológica. - Función 5: Redacción de pliegos y supervisión de contratos TIC en el marco de la contratación pública, asegurando cumplimiento normativo y calidad de ejecución. Perfil formativo/Cursos de formación: - Tecnologías de la información y de las comunicaciones Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 5,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 5,00 pts.). 5. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 5,00 pts.). |
||||
26 | 1 | 1408073 | JEFE / JEFA DE SERVICIO DE DESARROLLO SISTEMAS |
- MADRID - MADRID |
26 | 13.292,58 |
A1 A2 |
AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Adecuación y preauditoria del Esquema Nacional de Seguridad (ENS), revisando la arquitectura desde el punto de vista de seguridad. - Función 2: Revisión y redacción del cuerpo normativo en materia TIC que afecta a la organización. - Función 3: Gestión de respuesta ante incidentes de seguridad. - Función 4: Formación y concienciación al usuario en cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad (ENS). - Función 5: Definición de guías basadas en buenas prácticas estableciendo criterios de configuración segura y asegurando el cumplimiento normativo en sistemas TIC. Perfil formativo/Cursos de formación: - Tecnologías de la información y de las comunicaciones Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 5,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 5,00 pts.). 5. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 5,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
27 | 1 | 1064606 | CONSEJERO TECNICO / CONSEJERA TECNICA |
- MADRID - MADRID |
28 | 16.429,42 | A1 | AE | EX18 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Seguimiento y gestión de los aspectos relacionados con la financiación de políticas públicas, especialmente del sector agrario y pesquero. Elaboración de estudios relacionados con dicho ámbito. - Función 2: Seguimiento de los aspectos relacionados con la fiscalidad, especialmente del sector agrario y pesquero. Elaboración de estudios relacionados con dicho ámbito. - Función 3: Seguimiento de los aspectos relacionados con el empleo, especialmente en el sector agrario y pesquero. Elaboración de estudios relacionados con dicho ámbito. - Función 4: Seguimiento y elaboración de informes sobre el precio de los combustibles y de los aspectos relacionados con la regulación del sector eléctrico y gasista, especialmente en el ámbito agrario y pesquero. - Función 5: Coordinación y elaboración de documentación relacionada con la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Perfil formativo/Cursos de formación: - Agricultura y Ganadería Méritos específicos: 1. Experiencia en funciones similares a la Función 1 (máx: 6,00 pts.). 2. Experiencia en funciones similares a la Función 2 (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia en funciones similares a la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en funciones similares a la Función 4 (máx: 5,00 pts.). 5. Experiencia en funciones similares a la Función 5 (máx: 4,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
28 | 1 | 3505027 | CONSEJERO TECNICO / CONSEJERA TECNICA |
- MADRID - MADRID |
28 | 16.429,42 | A1 | AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Coordinación de contenidos de memorias o informes anuales de actuación departamental. - Función 2: Coordinar las aportaciones a los planes e informes anuales de publicidad y comunicación institucional de la Administración General del Estado. - Función 3: Coordinación de informes para control parlamentario y del Defensor del Pueblo, y para solicitudes a través del Portal de la Transparencia. - Función 4: Coordinación de informes y recopilación de documentación a petición de la Intervención Delegada, la Intervención General del Estado y el Tribunal de Cuentas. - Función 5: Apoyo a la difusión de información y coordinación de la comunicación institucional sobre el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Perfil formativo/Cursos de formación: - Gestión – Servicios Comunes Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 7,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 6,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 4,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 4,00 pts.). 5. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 4,00 pts.). |
||||
29 | 1 | 5255181 | SECRETARIO / SECRETARIA DE SUBDIRECTOR GENERAL |
- MADRID - MADRID |
16 | 7.296,94 |
C1 C2 |
AE |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Recepción de llamadas y gestión del correo electrónico, agenda y calendario de grupos de trabajo. - Función 2: Tramitación de la documentación necesaria para viajes y/o grupos de trabajo. - Función 3: Uso del registro electrónico. Distribución y archivo de documentación. - Función 4: Manejo de aplicaciones informáticas (procesador de texto, hoja de cálculo, correo electrónico). Perfil formativo/Cursos de formación: - Secretaría Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 7,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 8,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
30 | 1 | 1823598 | JEFE / JEFA DE AREA DE SUPERVISION DE PROYECTO |
- MADRID - MADRID |
28 | 18.904,20 | A1 | AE | EX11 | A010 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Supervisión de proyectos de regadíos y caminos naturales. - Función 2: Inspección y dirección facultativa de obras de regadíos. - Función 3: Dirección de redacción de proyectos de regadíos. - Función 4: Asistencia a órganos de representación en Confederaciones Hidrográficas (Junta de Gobierno, Consejo del Agua de la Demarcación, etc.). - Función 5: Organización y coordinación de jornadas de formación, especialmente relacionadas con el regadío. Perfil formativo/Cursos de formación: - Agricultura y Ganadería Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 10,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 3,00 pts.). 5. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 2,00 pts.). |
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31 | 1 | 3677491 | JEFE / JEFA DE SERVICIO |
- MADRID - MADRID |
26 | 12.721,10 |
A1 A2 |
AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Gestión administrativa y presupuestaria. - Función 2: Conocimientos y experiencia en tramitación administrativa de contratos o encargos. - Función 3: Gestión de medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. - Función 4: Gestión de fondos comunitarios estructurales. - Función 5: Coordinación y colaboración con otros órganos de la Administración General del Estado. Perfil formativo/Cursos de formación: - Gestión - Servicios Comunes Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 7,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 6,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 4 (máx: 5,00 pts.). 5. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 5 (máx: 2,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
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32 | 1 | 4403780 | JEFE / JEFA DE SERVICIO |
- MADRID - MADRID |
26 | 12.721,10 |
A1 A2 |
AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Apoyo, seguimiento y coordinación de los programas e intervenciones cofinanciados por fondos europeos, especialmente en materia de desarrollo rural. Apoyo técnico en consultas de responsables regionales. - Función 2: Organización y participación en grupos de trabajo de coordinación técnica entre organismos de gestión y organismo coordinador de organismos pagadores, en el contexto de fondos europeos, especialmente en materia de desarrollo rural. - Función 3: Seguimiento, recopilación y análisis de la normativa comunitaria, nacional y regional. Elaboración de informes en el ámbito del desarrollo rural. Perfil formativo/Cursos de formación: - Agricultura y Ganadería Méritos específicos: 1. Experiencia y/o conocimientos similares a las de la Función 1 (máx: 10,00 pts.). 2. Experiencia y/o conocimientos similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.). 3. Experiencia y/o conocimientos similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.). 4. Conocimientos de inglés (máx: 2,00 pts.). 5. Formación universitaria en Agronomía (máx: 3,00 pts.). |
N.º Orden | N.º Plazas | Código puesto | Denominación del puesto de trabajo | Provincia/Localidad |
Nv/ CD |
CE |
GR/ SB |
ADM | Cuerpo | Tit. req. | Form. req. | Observ. | Información relacionada con el puesto de trabajo | M/E |
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33 | 1 | 4704064 | JEFE / JEFA DE AREA DE FORMACION Y TECNOLOGIA |
- MADRID - MADRID |
28 | 16.429,42 | A1 | AE | EX11 |
Descripción del puesto de trabajo: - Función 1: Ejecución de proyectos europeos Horizonte Europa relacionados con la innovación y el conocimiento, especialmente en el sector agroalimentario y forestal. - Función 2: Gestión de subvenciones supraautonómicas de asesoramiento para la transformación digital y de intercambio de conocimiento, información y formación, especialmente en el sector agroalimentario y forestal. - Función 3: Tramitación administrativa, seguimiento de las actuaciones y tramitación del pago de subvenciones, expedientes de encargos a medios propios, convenios a entidades colaboradoras y contratos menores. Perfil formativo/Cursos de formación: - Gestión - Servicios Comunes Méritos específicos: 1. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 1 (máx: 6,00 pts.). 2. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 2 (máx: 6,00 pts.). 3. Experiencia en el desempeño de tareas similares a las de la Función 3 (máx: 6,00 pts.). 4. Conocimientos de inglés (máx: 3,00 pts.). 5. Formación universitaria en Agronomía o Montes (máx: 4,00 pts.). |
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CUERPOS O ESCALAS: * EX11: EX12+EX13+EX14+EX15 (HASTA 27/07/2007)+EX16+EX17 - EXCEPTO SECTOR DOCENCIA, EXCEPTO SECTOR INVESTIGACION, EXCEPTO SECTOR SANIDAD. NO AFECTA AL PERS.ESTAT.DE FUNC.ADMIN.REGULADO ART.12.3 EST.PERS.NO SANI.SS, EXCEPTO SECTOR INSTITUCIONES PENITENCIARIAS, EXCEPTO SECTOR TRANSPORTE AEREO Y METEOROLOGIA * EX18: EX12+EX13+EX15 (HASTA 27/07/2007)+EX16+EX17 - EXCEPTO SECTOR DOCENCIA, EXCEPTO SECTOR INVESTIGACION, EXCEPTO SECTOR INSTITUCIONES PENITENCIARIAS, EXCEPTO SECTOR TRANSPORTE AEREO Y METEOROLOGIA * EX23: EX15 (HASTA 27/07/2007)+EX16+EX17 - EXCEPTO SECTOR INSTITUCIONES PENITENCIARIAS, EXCEPTO SECTOR TRANSPORTE AEREO Y METEOROLOGIA ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD): * AE: ADMINISTRACION DEL ESTADO TITULACIONES: * 1160: LICENCIADO/A EN VETERINARIA * 1100: LICENCIADO/A EN DERECHO * A010: INGENIERO SUPERIOR FORMACIÓN: OBSERVACIONES: * M8FA: MEDIDA 8 FONDOS ADICIONALES 2018-2020 |
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid