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Documento BOE-A-2025-16991

Orden APA/918/2025, de 4 de agosto, por la que se concede el Premio Alimentos de España, año 2025.

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 18 de agosto de 2025, páginas 112543 a 112544 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2025-16991

TEXTO ORIGINAL

Por Orden APA/379/2023, de 8 de abril, se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Alimentos de España.

Por Orden de 3 de febrero de 2025, se convoca el Premio «Alimentos de España, año 2025».

Vista la propuesta de resolución del Premio Alimentos de España, año 2025, presentada por el órgano instructor según lo previsto en el artículo 7.5 de la Orden APA/379/2023, de 8 de abril.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto y al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.6 de la Orden APA/379/2023, de 8 de abril, dispongo:

Primero.

Conceder los galardones que se relacionan a continuación:

Premio «Alimentos de España, año 2025»:

Modalidad Industria Alimentaria: Mahou, SA, Madrid.

Modalidad Innovación: Remolonas Foods, SL, de Valladolid.

Modalidad Iniciativa Emprendedora: Ex-aequo.

Panduru Economía Circular, SLL, de Gijón, Asturias.

Vacum Carnes de Lujo, SL, de Loriguilla, Valencia.

Modalidad Producción Ecológica: Komvida Kombucha, SL, de Fregenal de la Sierra, Badajoz.

Modalidad Internacionalización Alimentaria: Consorcio Español Conservero, SA, de Santoña, Cantabria.

Modalidad Producción de la Pesca y de la Acuicultura: Organización Interprofesional de la Pesca de España, (Interfish-España).

Modalidad Comunicación: José María Montero Sandoval, Director del programa «Tierra y Mar» de Canal Sur Televisión.

Modalidad Promoción: Asociación Interprofesional Agroalimentaria del Porcino de Capa Blanca-Interporc.

Modalidad Restauración: Viena Repostería Capellanes, SA, Madrid.

Modalidad Iniciativa para la Reducción del Desperdicio Alimentario: Formacio i Treball, Fundacio Privada de Sant Adrià de Besòs, Barcelona.

Premio Extraordinario: Colectivo de Cocineras y Cocineros Rurales, en la figura representativa de don Luis Alberto Lera.

Segundo.

Desestimar el resto de las solicitudes admitidas al concurso.

Tercero.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse, potestativamente, en reposición ante el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si hubiese recaído resolución expresa. Si el acto no fuere expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que, se produzca el acto presunto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, podrá ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, si hubiese recaído resolución expresa, o de seis, si el acto no fuere expreso, también contados desde el día siguiente al de su publicación. No podrán simultanearse ambas vías de recurso.

Madrid, 4 de agosto de 2025.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.

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