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Documento BOE-A-2025-1655

Resolución de 24 de enero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 2025, páginas 13728 a 13735 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2025-1655

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1 b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y el artículo 8.1 del Reglamento de la Academia de España en Roma (aprobado por Real Decreto 813/2001, de 13 de julio),

Este Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación acuerda anunciar la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de Director/a de la Academia de España en Roma.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para igualdad de género en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca un proceso selectivo para cubrir la plaza de Director/a de la Academia de España en Roma.

1.2 La descripción de la plaza, funciones, retribución y demás características de la plaza se detallan en el anexo 1 de esta convocatoria.

1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de libre designación entre los candidatos/as que en este participen, auxiliado por las valoraciones y pruebas que se especifican en el anexo 2.

1.4 El proceso selectivo se iniciará a partir del mes de enero de 2025 y su duración máxima será de seis meses, contados a partir de la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los/las aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Tener la condición de funcionario de carrera de un cuerpo o escala del grupo A1, ya sea perteneciente a la Administración General del Estado o ya sea personal docente universitario.

2.1.2 Titulación: grado o equivalente o licenciatura universitaria. Los/las aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

2.1.3 Habilitación: no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo de solicitud que figura en el anexo 3 (solicitud de participación).

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, plaza de la Provincia, 1, 28012 Madrid, o en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o telemáticamente a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado https://administracion.gob.es en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria y se dirigirán a la persona titular de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Documentación acreditativa de la pertenencia a un cuerpo o escala grupo A1, perteneciente a la Administración General del Estado o personal docente universitario.

b) La documentación que acredite que están en posesión de los méritos que pretendan que se les valore, a tenor de lo establecido en el anexo 2 (fase de valoración de méritos).

c) Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de discapacidad.

d) Todos los documentos que acompañen a la solicitud deberán ser originales o copias auténticas.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.

En dicha resolución se señalará un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución, para subsanar el defecto que haya motivado, en su caso, la exclusión u omisión del aspirante.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

5. Órgano de valoración

5.1 La composición del órgano de valoración es la que figura en el anexo 4 de esta resolución.

5.2 La pertenencia al órgano de valoración será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

5.3 El órgano de valoración podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, tanto para la valoración de méritos, como para determinar el nivel de conocimiento de la lengua italiana de los candidatos.

5.4 El procedimiento de actuación del órgano de valoración se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones vigentes.

5.5 El órgano de valoración deberá velar por la aplicación de la normativa sobre igualdad de género y tenderá a la paridad entre mujeres y hombres en su designación, así como actuar conforme al principio de transparencia en la actuación de la Administración.

5.6 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del órgano de valoración cuando concurran las circunstancias previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.7 El órgano de valoración adoptará las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de análogas condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de las pruebas selectivas.

5.8 Todas las publicaciones referentes a la presente convocatoria se efectuarán en el punto de acceso general administracion.gob.es, portal web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y tablones de la sede del órgano de valoración.

A estos efectos y a los de comunicaciones y demás incidencias, el órgano de valoración tendrá su sede en el Ministerio de Asuntos Exteriores Unión Europea y Cooperación. Dirección, plaza de la Provincia 1, 28012 Madrid, teléfono 91 379 97 00.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El órgano de valoración publicará la relación que contenga la valoración provisional de méritos profesionales y formativos, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total obtenida por cada uno de los candidatos.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el órgano de valoración publicará la relación con la valoración definitiva de los méritos profesionales y formativos. En dicha relación se anunciará el lugar, fecha y hora de comienzo de la segunda prueba de la fase de valoración.

6.2 Una vez finalizada la fase anterior y publicada la valoración definitiva del proceso de valoración, auxiliar del proceso selectivo, el órgano de valoración elevará al Patronato de la Academia de España en Roma el resultado final del proceso de valoración. El Patronato de la Academia de España en Roma, a la vista de dicho resultado, presentará una terna a la persona titular de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional de entre los candidatos que hayan superado dicha fase, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 8.1 del Reglamento de la Academia de España en Roma (Real Decreto 813/2001, de 13 de julio), con objeto de que esta proponga un/a candidato/a a efectos de su nombramiento, en libre designación, por parte de la persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su comunidad (o provincia en su caso) o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a su elección, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó.

Madrid, 24 de enero de 2025.–El Subsecretario de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Xavier Martí Martí.

ANEXO 1
N Representación Puesto Nv. CE Localidad AD GR Observaciones
01 Misión Diplomática de España en Italia-Roma. Director/a de la Academia de España en Roma (3857985). 28 18.812,08 Roma. A4 A1

La permanencia en el puesto tendrá una duración de tres años prorrogable por otros dos, pudiéndose ampliar esa prórroga por un nuevo periodo hasta dos años, de acuerdo con el Real Decreto 813/2001, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Academia de España en Roma.

El Director/a está obligado a residir en la vivienda a él/ella destinada en la Academia.

Los principales cometidos y tareas del puesto de trabajo correspondiente a la plaza convocada son los siguientes:

– Dirección Académica y Cultural de la Academia. Establecimiento de criterios y líneas estratégicas de actuación relativa a los puntos que se describen a continuación:

• Becarios/as. Supervisión y seguimiento de los proyectos y actividades de los becarios/as de la institución. Establecer los criterios para su selección.

• Diseño y elaboración del proyecto científico e investigador de la Academia y de la programación anual de actividades.

• Planificación de las exposiciones temporales realizadas en la Academia.

• Estar en disposición de elaborar o encargar a profesionales solventes la redacción de textos científicos y divulgativos sobre la Academia y su historia.

– Programa de colaboración con los organismos educativos, culturales y artísticos existentes en Roma y otras ciudades italianas, principalmente instituciones españolas y otras Academias Nacionales presentes en Roma. Organización de proyectos compartidos de carácter científico, artístico, expositivo o formativo con otras instituciones nacionales o internacionales.

– Representación de España en el exterior, siguiendo para ello las directrices marcadas por la Embajada de España en Roma.

– Supervisión de los asuntos administrativos y del personal de la Academia.

– Remisión de informes trimestrales sobre las actividades de la Academia y los trabajos de los becarios/as, dirigidos a la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional.

– Presentación al Patronato de una memoria anual sobre las actividades de la Academia.

– Cuantos otros cometidos les puedan ser encomendados por la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas de AECID, con la finalidad de cumplir los objetivos descritos en este apartado.

El desempeño del puesto de trabajo precisa poseer las siguientes capacidades y conocimientos:

– Conocimiento de la historia y el funcionamiento de la Academia, así como de otros centros de investigación histórico-artística y de creación artística.

– Capacidad para el trabajo en equipo y para coordinar proyectos con alto grado de iniciativa personal.

– Amplia experiencia en la dirección de becarios/as, así como convocatoria de becas.

– Experiencia en gestión cultural y organización de actividades culturales.

– Capacidad demostrada para hacer seguimiento y supervisar obras de conservación y rehabilitación de patrimonio arquitectónico y artístico.

– Conocimiento de la lengua italiana. El Director/a tiene que estar en posesión de un alto conocimiento de esta lengua, imprescindible para llevar a cabo las misiones antes enunciadas y mantener un contacto fluido con instituciones culturales y científicas presentes en Roma.

ANEXO 2
Fase de valoración

Esta fase consta de dos pruebas eliminatorias, la segunda de las cuales tendrá carácter presencial.

I. Valoración de méritos profesionales y formativos

1. Méritos profesionales: máximo 20 puntos.

1.1 Experiencia profesional en el desempeño de cometidos similares a los que corresponden al puesto de trabajo de la plaza convocada en los que, a juicio del órgano de valoración, se hayan realizado actividades de igual nivel de responsabilidad a las propias del puesto de trabajo de la plaza convocada.

Puntación máxima: 15 puntos.

Forma de puntuación: 0,25 puntos por cada mes de desempeño.

Forma de acreditación: certificados expedidos por la correspondiente unidad de personal o unidad competente en la materia, en el que figure el trabajo desempeñado y su tiempo de duración o copia auténtica de los certificados.

1.2 Experiencia profesional en el desempeño de cometidos similares a los que corresponden a la plaza convocada en los que, a juicio del órgano de valoración, se hayan realizado actividades de inferior nivel de responsabilidad a las propias de la plaza convocada.

Puntación máxima: 5 puntos.

Forma de puntuación: 0,25 puntos por cada mes de desempeño.

Forma de acreditación: certificados expedidos por la correspondiente unidad de personal o unidad competente en la materia, en el que figure el trabajo desempeñado y su tiempo de duración o copia auténtica de los certificados.

2. Méritos formativos: máximo 18 puntos.

2.1 Se valorará estar en posesión de un título de doctorado o máster universitario oficial, siempre que, a juicio del órgano de valoración, esté relacionado con la plaza convocada. En el caso de titulaciones obtenidas fuera de la Unión Europea, éstas deberán estar homologadas.

Puntuación máxima: 4 puntos.

Forma de puntuación: 2 puntos por cada título.

Forma de acreditación: copia auténtica de los títulos oficiales o certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

2.2 Conocimientos de italiano: se valorará estar en posesión de títulos o certificados que acrediten el conocimiento de la lengua italiana.

Puntuación máxima: 3 puntos.

Forma de puntuación: título de nivel básico: 1 punto. Nivel intermedio: 2 puntos. Nivel superior: 3 puntos.

Forma de acreditación: copia auténtica de los títulos o certificados acreditativos.

2.3 Publicaciones, ponencias y conferencias, relacionadas, a juicio del órgano de valoración, con la plaza convocada.

Puntuación máxima: 7 puntos.

Forma de puntuación: 1 punto por cada libro publicado como autor único; 0,25 por cada colaboración en libros compartidos; 0,25 puntos por cada publicación o artículo en revistas científicas y de investigación de impacto y 0,10 puntos por cada publicación o artículo en otro tipo de revistas científicas y de investigación o por cada ponencia o conferencia impartida en seminarios y congresos de más de 45 minutos.

Forma de acreditación: copia de la cubierta e índice de las publicaciones o copia de documento que acredite la impartición de la ponencia o conferencia.

2.4 Estancias en centros de investigación o creación artística extranjeros.

Puntuación máxima: 4 puntos.

Forma de puntuación: 2 puntos por cada estancia en centro de investigación o creación artística extranjero para desarrollar proyectos equivalentes a los que se desarrollan en la Academia de España en Roma.

Forma de acreditación: copia auténtica del documento que acredite la participación.

La fase de valoración de méritos profesionales y formativos será eliminatoria. Para superar esta fase y pasar a la siguiente será necesario obtener, al menos, el 50 % de la puntuación máxima alcanzable por méritos profesionales (10 puntos) y, al menos, el 50 % de la puntuación máxima alcanzable en los méritos formativos (9 puntos).

II. Exposición y defensa de la memoria, conocimientos de italiano y defensa del currículo

Esta prueba, de carácter presencial, es eliminatoria y consta de tres partes: exposición y defensa de la memoria, conocimiento de la lengua italiana y defensa del currículo. La puntuación máxima para la exposición de la memoria será de 10 puntos, para los conocimientos de italiano 10 puntos y para la defensa del currículo 10 puntos.

1.1 Consistirá en la defensa de una memoria, que incluya un plan estratégico para los próximos tres años de actividad de la Academia de España en Roma (máximo 5.000 palabras).

1.2 Para ello, el candidato/a presentará ante el órgano de valoración la memoria escrita y justificará su contenido mediante exposición oral no superior a 45 minutos, durante la cual defenderá igualmente su currículo, exponiendo su trayectoria profesional y justificándolo y relacionándolo con la plaza que se convoca.

1.3 Al término de la exposición oral, el órgano de valoración debatirá con el candidato/a sobre la memoria y el currículo presentados durante un tiempo máximo de 50 minutos. Una parte de la conversación (máximo 10 minutos) se realizará en italiano para demostrar los conocimientos de dicho idioma. A tal efecto, el órgano de valoración podrá disponer la incorporación de asesores especialistas en lengua italiana.

1.4 Para la valoración de la memoria se tendrán en cuenta:

1.4.1 Los conocimientos históricos, técnicos y legislativos sobre la Academia.

1.4.2 Análisis de fortalezas y debilidades de la gestión de la Academia.

1.4.3 Claridad en la sistematización de procesos y procedimientos propuestos.

1.4.4 Innovación y viabilidad de las propuestas presentadas.

1.5 Finalizado el ejercicio, la memoria escrita quedará a disposición del órgano de valoración.

1.6 Para superar esta prueba será necesario obtener, al menos, el 50 % de la puntuación máxima alcanzable para la memoria (5 puntos), el 50 % de la puntuación máxima en italiano (5 puntos) y el 50 % de la puntuación máxima para la defensa del currículo (5 puntos).

ANEXO 3
Solicitud de participación en el proceso selectivo

Director/a de la Academia de España en Roma

Cuerpo o escala: ............................................................................................................

Datos personales.

Apellido 1.º: ....................................................................................................................

Apellido 2.º: ....................................................................................................................

Nombre: .........................................................................................................................

Número documento de identidad: .................................................................................

Domicilio:............................................................................, n.º: ......., piso: ..................

Localidad: .......................................................................................................................

Provincia:......................................................................, código postal: .........................

Teléfono: .........................................................................................................................

Correo electrónico: .........................................................................................................

Fecha de nacimiento: .....................................................................................................

Lugar, fecha y firma.

Política de protección de datos personales del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación:

El tratamiento de los datos personales recogidos en el presente formulario se realizará de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de datos, RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Se facilita a continuación la información básica sobre el tratamiento de sus datos personales.

La información más detallada del tratamiento de sus datos puede consultarla en la siguiente dirección: https://www.exteriores.gob.es/es/Paginas/Politica-de-privacidad.aspx.

Registro de Actividades de Tratamiento: Selección de Personal.

Responsable del Tratamiento: Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación con domicilio en la Plaza de la Provincia, 1, 28012, Madrid, España.

Finalidad del tratamiento: Tramitación del proceso selectivo convocado.

Legitimación para el tratamiento: Cumplimiento de una obligación legal [artículo 6.1.c) RGPD].

Sus derechos: puede acceder, rectificar o suprimir sus datos, así como ejercer el resto de los derechos que reconoce la normativa vigente en la forma en la que se señala en la siguiente página web: https://www.exteriores.gob.es/es/Paginas/Politica-de-privacidad.aspx.

ANEXO 4
Órgano de valoración

Presidente: don Santiago Sierra González del Castillo, Jefe del Departamento de Coordinación de Relaciones Culturales y Científicas de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Vocales:

Doña Nuria Pérez Llavero, Directora de Gabinete de la Secretaria de Estado de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Don Jaime Ramos Schlingmann, Subdirector General de Personal del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Doña Araceli Sánchez Garrido, Jefa Adjunta del Departamento de Promoción y Cooperación Cultural de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

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