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Documento BOE-A-2025-16329

Decreto de 14 de julio de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se acepta la renuncia de doña Adoración Peñín González como Fiscal Delegada de Seguridad Vial en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 7 de agosto de 2025, páginas 106690 a 106691 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2025-16329

TEXTO ORIGINAL

El 13 de junio de 2025 el Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, remitió escrito a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado en el que la Ilma. Sra. doña Adoración Peñín González, renuncia voluntariamente al cargo de Fiscal Delegada de Seguridad Vial de dicha Fiscalía.

Hechos

Único.

Doña Adoración Peñín González, fue nombrada Fiscal Delegada de Seguridad Vial de dicha Fiscalía por Decreto del Fiscal General del Estado de 30 de octubre de 2007. En el escrito presentado se justifica la renuncia al cargo por estar desempeñando sus funciones en la especialidad de Derecho Civil y Familia de dicha Fiscalía, lo que le resta el tiempo de dedicación adecuado a la especialidad de Seguridad Vial.

El 18 de junio de 2025 se dio traslado de la renuncia al Fiscal de Sala Coordinador de la Unidad Especializada de Seguridad Vial de la Fiscalía General del Estado, no formulándose objeción a la misma por informe de 2 de julio.

Fundamentos

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal prevé la posibilidad de creación de Secciones especializadas en las Fiscalías Territoriales, cuando se requiera una organización específica por su singularidad o por el volumen de actuaciones que generen. Esas Secciones podrán estar dirigidas por un Fiscal Decano, y a ellas serán adscritos uno o varios fiscales pertenecientes a la plantilla de la Fiscalía (artículo 18.3, párrafo II).

Por su parte el Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que los Fiscales Delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (artículo 62.2). El nombramiento y cese será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 63.3).

La Instrucción 5/2008, de la Fiscalía General del Estado, sobre adaptación del sistema de nombramiento y estatus de los delegados de las secciones especializadas de las Fiscalías y del régimen interno de comunicación y relación con las áreas de especialización delegadas tras la reforma del EOMF operada por Ley 24/2007, de 9 de octubre, complementa las anteriores disposiciones al establecer que el nombramiento y cese de un Delegado provincial de una especialidad seguirá el mismo trámite que el de los Fiscales Decanos, y que el cargo de Delegado no está sujeto a límite temporal, pero será renunciable por razones justificadas que expondrá por escrito el interesado, requiriendo la aprobación del Fiscal General del Estado previo informe del Fiscal de Sala Coordinador. El Delegado provincial que presente la renuncia continuará desempeñando sus funciones hasta tanto no sea aprobada por el Fiscal General del Estado. La efectividad de la renuncia podrá aplazarse para evitar perjuicios al interés general por el que debe velar el Ministerio Fiscal.

Segundo.

En el presente caso, se han cumplido todos los trámites establecidos para aceptar la renuncia, cuya efectividad debe aplazarse hasta el nombramiento de nuevo Fiscal Delegado/a para asegurar la debida continuidad del servicio que se presta.

En consecuencia, vista la renuncia formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, se acuerda:

1. Aceptar la renuncia de la Ilma. Sra. doña Adoración Peñín González al cargo de Fiscal Delegada de Seguridad Vial en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, con efectos del día en que se nombre nuevo Fiscal Delegado/a.

2. Notificar el presente decreto mediante traslado de copia del mismo, al Fiscal de Sala Coordinador de la Unidad Especializada de Seguridad Vial de la Fiscalía General del Estado, al Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias que lo trasladará a la fiscal interesada y a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia.

3. Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010), en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en los artículos 10.1.b) y 14.1 regla 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.

Madrid, 14 de julio de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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