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Documento BOE-A-2025-15611

Resolución de 20 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2025 a efectos del cómputo de plazos de concursos convocados en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 28 de julio de 2025, páginas 101151 a 101151 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-A-2025-15611

TEXTO ORIGINAL

Actualmente se están tramitando varios procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario mediante concurso en el ámbito de este departamento.

Durante el mes de agosto puede verse comprometida la normal continuidad en la resolución de los mencionados procesos.

Esta circunstancia tiene especial importancia en relación con el cumplimiento de los plazos establecidos en las diferentes convocatorias con carácter general y en los exigidos en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.

Por ello, esta Subsecretaría, en uso de las competencias que tiene atribuidas, resuelve:

Declarar inhábil el mes de agosto de 2025 a efectos del cómputo de plazos de los siguientes concursos que se relacionan a continuación:

– Resolución de 29 de abril de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Tesorería General de la Seguridad Social («Boletín Oficial del Estado» de 14 de mayo).

– Resolución de 9 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de la Seguridad Social («Boletín Oficial del Estado» de 18 de julio).

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 20 de julio de 2025.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Cristina Navarro Enterría.

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