Por la Resolución CLT/432/2025, de 12 de febrero (DOGC número 9352, de 17 de febrero de 2025), se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de lugar histórico, a favor de la Casa Vallmanya, en Alcarràs (Segrià), y de delimitación de su entorno de protección.
Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.
En el expediente, constan los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Institut d'Estudis Catalans.
Durante la tramitación de este expediente se han presentado alegaciones que han sido analizadas y contestadas por la Dirección General del Patrimonio Cultural.
Por todo ello, a propuesta de la consejera de Cultura, el Gobierno, acuerda:
1. Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de lugar histórico, la Casa Vallmanya, en Alcarràs (Segrià), según la ubicación y la descripción que constan en el anexo 1 de este acuerdo.
2. Delimitar el entorno de protección de este bien inmueble. Dicho entorno se grafía en el plano que se publica con este acuerdo y según la justificación que consta en el anexo 2.
3. Publicar íntegramente este acuerdo en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y notificarlo a las personas interesadas y al ayuntamiento del municipio donde radica el bien.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalitat de Catalunya, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en ambos casos, desde su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» o desde la notificación correspondiente.
Barcelona, 8 de julio de 2025.–El Secretario del Gobierno, Javier Villamayor Caamaño.
La Casa Vallmanya está situada a unos 15 km al noreste del núcleo de Alcarràs, en la comarca de Segrià.
Se trata de los restos de un edificio principal rectangular de planta baja, un piso y buhardilla que era la residencia habitual de veraneo de la familia del presidente Francesc Macià. A este edificio, se le adjuntan dos cuerpos anexos en la fachada sur que conforman entre ellos el patio del inmueble. Probablemente, estos dos anexos se destinaron a uso de establo y de iglesia.
El valor patrimonial de la Casa Vallmanya reside no tanto en su arquitectura como en el hecho de que, más allá de ser la residencia habitual de veraneo del presidente, fue un lugar de toma de decisiones políticas trascendentales para la historia contemporánea de Cataluña, como el complot de Prats de Molló o la fundación del partido Estat Català, entre otras.
Así pues, sus aposentos son el testimonio de reuniones con políticos y estancias oficiales como presidente de la Generalitat con personajes relevantes y la prensa de su momento. Por eso, en muchas ocasiones la Casa Vallmanya se convirtió en un lugar institucional, como si fuera una segunda residencia del Palacio de la Generalitat en época de la Generalitat republicana. Desde aquí, Macià impulsó medidas pioneras en el ámbito de la educación, la cultura y la justicia social. La Casa Vallmanya se puede entender como un laboratorio donde se forjaron muchas decisiones vinculadas a recuperar la identidad de la cultura catalana.
Cabe remarcar también el papel de Francesc Macià, como ingeniero, en la historia agraria, económica y social de Les Terres de Ponent, ya que en 1923, siendo presidente de la Comunidad de Regantes, desde la Casa Vallmanya se gestionó la finalización del canal de riego, lo que cambió para siempre el paisaje, transformándolo en campos de cultivo fértiles e impulsando la economía de la comarca.
En este sentido, la declaración sitúa como elemento central y protagonista del bien cultural de interés cultural la casa solariega como espacio no solo de residencia y descanso del presidente y su familia, sino como lugar de reflexión y gestión de estrategias políticas, como muy probablemente habría sido la preparación del levantamiento de Prats de Molló.
Los encuentros, reuniones y contactos con republicanos, nacionalistas, periodistas y políticos catalanes se celebraron en su residencia de la Casa Vallmanya, considerada durante un tiempo como sinónimo de la residencia presidencial. Así, en la casa solariega se tomaron decisiones tanto desde el punto de vista del territorio, con la construcción del canal de Aragón-Cataluña, como desde el punto de vista político, como centro y laboratorio de gestación del ideario de hechos y decisiones políticas trascendentales para Cataluña.
Por todo lo anterior, la Casa Vallmanya merece gozar de la protección de bien cultural de interés nacional, en la categoría de lugar histórico, ya que a este inmueble se vinculan sucesos de la Generalitat republicana y recuerdos de la figura del presidente Macià, primer presidente de la Generalitat en época moderna.
La definición de un entorno de protección alrededor de la Casa Vallmanya, en Alcarràs, se presenta como el mejor instrumento para garantizar la pervivencia de sus múltiples valores culturales en las mejores condiciones posibles, así como un instrumento que garantice la conservación del lugar y su entorno cercano.
Se trata de evitar que la alteración de este entorno, entendido como el espacio que da soporte ambiental al bien, pueda afectar a los valores, la contemplación o el estudio del inmueble. Por ello, y como criterio principal, es necesario que en este ámbito se vele por la visualización correcta del bien, desde su exterior hacia el inmueble, y por la integración armónica de las posibles edificaciones, instalaciones o usos que puedan establecerse en el futuro en un entorno cercano a este.
Se pretende alcanzar el equilibrio entre la necesidad de crear esta área de protección en torno al bien, que garantice suficientemente su preservación, y la voluntad de no afectar a más espacios de los estrictamente necesarios para su correcta visualización desde el exterior.
La Casa Vallmanya se sitúa sobre una pequeña colina que hace de mirador hacia el paisaje tan característico del territorio, donde proliferan las grandes extensiones de cultivo. Por eso, el entorno de protección propuesto tiene la voluntad de preservar este punto estratégico visual donde se ubica la casa, respetando estas preexistencias paisajísticas que la rodean. En consecuencia, el entorno incluye este espacio definido por la colina en la parte sur de la Casa Vallmanya y que está ligado intrínsecamente al inmueble.
En concreto, el ámbito delimitado incluye una pequeña parte de la propia parcela catastral donde se ubica el inmueble (parcela 1 del polígono 11) y la parcela catastral adyacente (parcela 16 del polígono 10) situada al este del inmueble. Esta delimitación confronta directamente con la parte sur de la Casa Vallmanya, formando parte del espacio inmediato exterior del inmueble. Por tanto, dichos espacios tienen una afectación directa sobre la visualización del elemento y del paisaje que lo rodea. Por la parte norte, el entorno sigue el camino de Vallmanya.
Además, este espacio exterior de la Casa Vallmanya es susceptible de ser transformado y adaptado para su visita, en una musealización futura del inmueble, con la instalación de rótulos informativos, iluminación o zona de aparcamiento para los visitantes. En este sentido, la figura del entorno de protección se presenta como la mejor herramienta para asegurar una integración correcta de estas posibles actuaciones en el entorno cercano de Vallmanya y su armonización con el paisaje.
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