De conformidad con lo establecido en los artículos 326, 327, 329, 330, 334, 602 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial,
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 8 de julio de 2025, ha acordado anunciar concurso para la provisión de destinos en la Carrera Judicial, entre miembros de la misma con categoría de juez/a, con arreglo a las siguientes bases:
No podrán tomar parte en el concurso:
a) Los jueces/zas electos/as.
b) Los/as que se hallaren en condiciones legales para ser promovidos/as a la categoría de magistrado/a cuando se haya iniciado el trámite de promoción.
c) Los/as que se hallaren en situación administrativa de suspensión definitiva.
d) Los/as sancionados/as con traslado forzoso hasta que trascurra el plazo determinado en la resolución que ponga fin al proceso sancionador.
e) Los/as que hubieran sido designados/as a su instancia para cualquier cargo judicial de provisión reglada, hasta trascurridos dos años desde la fecha de nombramiento.
f) Los jueces/zas que hayan obtenido primer destino en tal categoría no podrán deducir petición hasta trascurrido un año desde el nombramiento, cualquiera que hubiera sido el sistema o el momento de su nombramiento.
g) Los jueces/zas de refuerzo, en expectativa de destino, en tanto no tomen posesión como jueces/zas titulares, cumplido lo dispuesto en el apartado anterior.
h) Quienes desempeñen destino por el mecanismo de provisión previsto en el artículo 355 bis.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial no podrán concursar hasta transcurrido un año desde la fecha de la orden de nombramiento, a menos que antes de que transcurra un año se encuentren en situación de adscripción.
Deberán participar en este concurso:
Quienes en situación administrativa de excedencia voluntaria hubieren solicitado el reingreso al servicio activo y obtenido, en su caso, la correspondiente declaración de aptitud, solicitando todas las plazas anunciadas en este concurso.
También deberán participar, en su caso, quienes, en situación administrativa de suspensión definitiva superior a seis meses, hubieren solicitado el reingreso al servicio activo, así como los/las jueces/zas rehabilitados, solicitando todas las plazas anunciadas en este concurso.
Los/as reingresados/as al servicio activo procedentes de excedencia voluntaria o suspensión definitiva que obtengan destino en este concurso, no podrán deducir nueva petición hasta trascurrido un año desde su nombramiento.
El concurso para la provisión de las plazas anunciadas se resolverá en favor de los jueces/zas solicitantes que ocupen el mejor puesto escalafonal, salvo previsión específica de la ley para determinados juzgados.
Salvo la estricta antigüedad escalafonal, en la categoría de que se trate, que será apreciada de oficio por el Consejo General del Poder Judicial, los jueces/zas y magistrados/as que pretendan acceder a cualesquiera destinos de la Carrera Judicial habrán de alegar y, en su caso, fundamentar la concurrencia de las condiciones, méritos y preferencias que pretendan hacer valer. Si no lo hicieren, no será tenido en cuenta más mérito que la antigüedad escalafonal y en el orden jurisdiccional.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 149 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, cuando las condiciones, méritos y preferencias alegados no consten documentalmente en los archivos del Consejo General del Poder Judicial, quien los alegue deberá acompañar a su solicitud la acreditación documental correspondiente.
Las solicitudes de destino se presentarán en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente concurso en el «Boletín Oficial del Estado», y contendrán los requisitos previstos en el artículo 149.2 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, debiendo utilizarse la presentación telemática que se ofrece en la extranet del portal del Consejo General del Poder Judicial (www.poderjudicial.es), debiendo rellenar el formulario asistido que garantiza el envío, hasta obtener un acuse de recibo electrónico y comprobante con los detalles de la participación en el concurso.
Las peticiones que se formulen en forma condicionada, o no aparezcan redactadas con claridad, carecerán de validez, al igual que las modificaciones o desistimientos efectuados transcurrido el plazo anterior. No obstante, en el supuesto de que dos jueces/zas o magistrados/as estén interesados en las vacantes que se anuncien en un determinado concurso, podrán condicionar sus peticiones, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos/as obtengan destino en dicho concurso, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada. Quienes se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su instancia e identificar la petición del otro interesado.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 327.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los/las magistrados/as que deduzcan petición para participar en este concurso, deberán expresar necesariamente en la misma el número de sentencias y autos pendientes de dictar a la fecha de la presentación de la instancia, pudiéndose aplazar la efectividad de la provisión de la plaza, cuando el que hubiese ganado el concurso deba dedicar atención preferente al órgano de procedencia atendidos los retrasos producidos por causa imputable al mismo.
El desistimiento o modificación de las peticiones está sujeta a las mismas condiciones y plazos que los establecidos para la presentación de las solicitudes.
No se admitirá solicitud alguna presentada de forma diferente de la reseñada en la presente base. De no hacerse así, la solicitud, desistimiento o modificación carecerán de validez, salvo causa debidamente justificada y previa autorización del Servicio de Personal Judicial.
Las dudas e incidencias sobre el procedimiento de solicitud podrán comunicarse al Servicio de Personal Judicial del Consejo General del Poder Judicial (telf. 91 700 61 80), y las incidencias técnicas relativas a la página y el uso del formulario on-line, ante el Centro de Atención al Usuario para la extranet (telf. 620 27 35 85).
En el supuesto de rectificación que afectara a alguna de las plazas anunciadas en el presente concurso, se iniciaría de nuevo el plazo señalado en la base quinta de esta convocatoria para la solicitud de las plazas afectadas por el error.
Podrá diferirse el cese de los/as jueces/zas que obtengan destino como consecuencia de la resolución del presente concurso, siempre que acrediten o justifiquen razones de conciliación de la vida laboral y familiar por motivos de escolarización, que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ponderará a la luz de las necesidades del servicio.
Con arreglo a lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en Materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, el 1 de julio de 2025, se han constituido parte de los Tribunales de Instancia, en concreto, los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en aquellos partidos judiciales donde no exista otro tipo de juzgados, que han pasado a ser, respectivamente, Secciones Civiles y de Instrucción Únicas y Secciones de Violencia sobre la Mujer. Por tal motivo, las plazas ofertadas que se han visto ya afectadas por tal transformación y han pasado a constituirse en Tribunales de Instancia, constan con la nueva denominación.
En el presente concurso será ya de aplicación lo establecido en el artículo 329.9 de la LOPJ respecto de aquellas plazas que se hayan constituido en Tribunales de Instancia el 1 de julio de 2025, de manera que, ningún juez/jueza que actualmente ocupe plaza en un Tribunal de Instancia ya constituido podrá solicitar en concurso otra plaza perteneciente a la misma sección en la que esté destinada, con la salvedad prevista en el artículo 96.2 de la LOPJ.
En todo lo no expresamente previsto en las bases del presente concurso regirá lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial.
Si en alguna de las plazas anunciadas en el presente concurso resultase de aplicación, con posterioridad al anuncio, lo dispuesto en el artículo 327.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Comisión Permanente podrá excluir dicha plaza del mismo, por la mencionada causa sobrevenida, publicando dicha exclusión en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra el presente acuerdo, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta disposición en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de julio de 2025.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial, María Isabel Perelló Doménech.
Andalucía
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Aracena. Plaza número 2.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Baena. Plaza número 1, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Berja. Plaza número 2, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de La Palma del Condado. Plaza número 4.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Puerto Real. Plaza número 1.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Roquetas de Mar. Plaza número 6.
Juez/a de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, provincia de Almería.
Juez/a de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, provincia de Málaga.
Juez/a de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, provincia de Málaga.
Aragón
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Barbastro. Plaza número 1, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Teruel.
Juzgado de lo Penal número 1 de Teruel, mientras su titular don Jorge Oswaldo Cañadas Santamaría se encuentre en la situación administrativa de servicios especiales en la Carrera Judicial.
Baleares
Juzgado de Primera Instancia número 3 de Inca.
Juzgado de Primera Instancia número 10 de Palma.
Juzgado de Primera Instancia número 18 de Palma.
Juzgado de Primera Instancia número 24 de Palma.
Canarias
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Puerto del Rosario.
Cantabria
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Reinosa. Plaza número 1, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santoña. Plaza número 2.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de San Vicente de la Barquera. Plaza número 1, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Castilla y León
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Almazán. Plaza número 1, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Aranda de Duero. Plaza número 2.
Juzgado de lo Social número 3 de Burgos.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Zamora.
Castilla-La Mancha
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Illescas. Plaza número 5.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Illescas. Plaza número 6.
Cataluña
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Amposta. Plaza número 2, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia número 4 de Badalona.
Juzgado de Primera Instancia número 5 de Badalona.
Juzgado de Primera Instancia número 11 de Barcelona, mientras su titular don Juan Ignacio Vaquerizas Pulido se encuentre en la situación administrativa de servicios especiales en la Carrera Judicial.
Juzgado de lo Penal número 2 de Figueres.
Juzgado de Primera Instancia número 1 de Lleida.
Juzgado de lo Social número 1 de Lleida.
Juzgado de Primera Instancia número 3 de Mataró.
Juzgado de Primera Instancia número 5 de Mataró.
Juzgado de Primera Instancia número 5 de Reus.
Juzgado de Primera Instancia número 1 de Sabadell.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santa Coloma de Farners. Plaza número 3.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Vic. Plaza número 6.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Vielha e Mijaran. Plaza número 1, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vilanova i la Geltrú.
Comunidad Valenciana
Juez/a de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, provincia de Alicante.
Extremadura
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Coria. Plaza número 2.
Galicia
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Betanzos. Plaza número 2.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Betanzos. Plaza número 4.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de O Carballiño. Plaza número 1.
Madrid
Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Alcobendas, mientras su titular doña Sonia Nuez Rivera se encuentre en la situación administrativa de servicios especiales en la Carrera Judicial.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Arganda del Rey. Plaza número 2.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Arganda del Rey. Plaza número 6.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Colmenar Viejo. Plaza número 1.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Majadahonda. Plaza número 1.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Majadahonda. Plaza número 3.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Navalcarnero. Plaza número 6.
Murcia
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Cieza. Plaza número 4.
País Vasco
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Getxo. Plaza número 6.
Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Irún. Plaza número 1.
Juzgado de Primera Instancia número 3 de Vitoria-Gasteiz.
La Rioja
Juez/a de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.
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