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Documento BOE-A-2025-14307

Sentencia de 13 de junio de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos contra el Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios, en el sentido de que se estima y se declara la nulidad del inciso «sujetos a prescripción» del artículo 2.2.a) y se desestima el resto.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 11 de julio de 2025, páginas 92505 a 92505 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2025-14307

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de la Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos contra el Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios, declarando que es contrario a Derecho y nulo el inciso «sujetos a prescripción» del artículo 2.2.a) del citado Real Decreto desestimando la demanda en todo lo demás, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia el 13 de junio de 2024 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:

Primero.

Que estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos contra el Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios, en el sentido de que se estima y se declara la nulidad del inciso «sujetos a prescripción» del artículo 2.2.a) y se desestima el resto.

Segundo.

De conformidad con el artículo 72.2 de la LJCA, se ordena la publicación del fallo de esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

No se hace imposición de las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.–Pablo Lucas Murillo de la Cueva, presidente.–Luis María Díez-Picazo Giménez.–María del Pilar Teso Gamella.–Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo.–José Luis Requero Ibáñez.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 13/06/2024
  • Fecha de publicación: 11/07/2025
Referencias anteriores
  • DECLARA la nulidad del inciso indicado del art. 2.2.a), y la desestimación de todo lo demás, del Real Decreto 666/2023, de 18 de julio (Ref. BOE-A-2023-16727).
Materias
  • Asistencia farmacéutica
  • Colegios Profesionales
  • Farmacia
  • Medicamentos veterinarios
  • Tribunal Supremo

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