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De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1 b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, con el alcance establecido en la disposición final cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en relación con el capítulo III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, a propuesta de la Directora del Departamento de Coordinación Técnica y Jurídica (Secretaría General de la Presidencia del Gobierno) e iniciativa de la Unidad de adscripción de los puestos,
Esta Subsecretaría acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes bases:
Los puestos de trabajo a proveer mediante libre designación entre funcionarios/as públicos/as, a los que se refiere la convocatoria, se detallan en el anexo I, que podrán ser solicitados por el personal funcionario que reúna los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos en la relación de puestos de trabajo aprobada para este Ministerio.
Los/as funcionarios/as dirigirán sus solicitudes, que habrán de ajustarse al modelo que figura como anexo II, a la Dirección General de Servicios (Subdirección General de Recursos Humanos), en la Subsecretaría de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Las solicitudes se presentarán en el modelo de solicitud que figura como anexo II y se dirigirán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del Ministerio, edificio INIA, Complejo de la Moncloa, o por cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También se podrá presentar por vía telemática a través de la dirección electrónica https://mpr.sede.gob.es/procedimientos/index/categoria/1273, sede electrónica del Ministerio.
Además de los datos personales y número de Registro de Personal, los/as aspirantes acompañarán junto con la solicitud su curriculum vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto de trabajo que vinieran desempeñando. El personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de las Fuerzas Armadas tendrá que adjuntar el título de empleo correspondiente.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad (o provincia en su caso) o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a su elección, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.
Madrid, 3 de julio de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Directora General de Servicios, M.ª Rosario Gálvez Vicente.
Nº orden | Puestos de trabajo | Nivel |
Complemento específico – Euros |
Localidad | Adscripción | Especificaciones | ||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Admón. | Grupo/Subgrupo | Exclusión | ||||||
1 |
Presidencia del Gobierno A.P. Gabinete de la Presidencia del Gobierno A.P. Departamento de Seguridad Nacional A.P. Dirección Operativa del Departamento de Seguridad Nacional A.P. Técnico/Técnica Especialista Sistemas Comunicaciones. Código de puesto: 1562752. |
22 | 9.065,56 | Madrid. | A5 | A2/C1 | – |
Administración de Sistemas de Comunicaciones e Informática. Gestión, instalación y configuración de infraestructuras de Red. Sistemas de videoconferencias y telefonía. Diseño de soluciones y configuración de equipos de seguridad perimetral y seguridad en Redes. Gestión de incidencias y atención al usuario. Formación en ciberseguridad. Conocimiento del idioma inglés. Poseer o estar en situación de poder tramitar la Habilitación Personal de Seguridad. Formación en materias de telecomunicaciones o informática. (Personal de las Fuerzas Armadas pertenecer a Especialidad equivalente). |
2 |
Presidencia del Gobierno A.P. Gabinete de la Presidencia del Gobierno A.P. Departamento de Seguridad Nacional A.P. Dirección Operativa del Departamento de Seguridad Nacional A.P. Administrador/Administradora Sistemas COMSEC. Código de puesto: 5676930. |
22 | 10.732,68 | Madrid. | A5 | A2/C1 | – |
Conocimiento y experiencia en manejo de sistemas de videoconferencia profesional, de sistemas de presentación, de sistemas de control de acceso y contraincendios. Capacidad de trabajo en grupo, iniciativa y de innovación en el ámbito del puesto de trabajo. Conocimiento del idioma inglés. Poseer o estar en situación de poder tramitar la Habilitación Personal de Seguridad. Formación en materias de telecomunicaciones y tecnologías de la información. (Personal de las Fuerzas Armadas pertenecer a Especialidad equivalente). |
3 |
Presidencia del Gobierno A.P. Gabinete de la Presidencia del Gobierno A.P. Departamento de Seguridad Nacional A.P. Dirección Operativa del Departamento de Seguridad Nacional A.P. Puesto de Trabajo N16. Código de puesto: 3735710. |
16 | 4.681,60 | Madrid. | A5 | C1/C2 | – |
Gestión, resolución y escalado de incidencias TIC. Gestión de Equipos informáticos y periféricos. Configuración de herramientas ofimáticas. Soporte a usuarios. Poseer o estar en situación de poder tramitar la Habilitación Personal de Seguridad. |
A5-Funcionarios Civiles del Estado, Personal Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Personal de las Fuerzas Armadas. |
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