Hechos
El 17 de junio de 2025 se recibió en la FGE un oficio de la Ilma. Sra. Fiscal Jefa Provincial de Madrid, con el que remitió a la Inspección Fiscal un escrito proponiendo el nombramiento de la Ilma. Sra. Fiscal doña Rocío Durán Bollo como delegada de la Fiscalía Especial Antidroga en esa Fiscalía Provincial. La propuesta se hace en régimen de exclusividad.
El escrito venía complementado por la justificación de que la Fiscal Jefa Provincial había comunicado a toda la plantilla la oferta de la plaza, a la que ha concurrido una sola interesada. El informe favorable de la Fiscal Jefa se acompaña también de la solicitud y el currículum profesional de la única candidata, mostrando su parecer favorable a la designación de la Ilma. Sra. doña Rocío Durán Bollo, ponderando la propuesta los méritos que posee para desempeñar el cargo de delegada de la Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico de Drogas.
Del mismo modo, en el expediente obra un escrito de renuncia a su cargo de la anterior Fiscal Delegada de la especialidad en la Fiscalía Provincial de Madrid, la Ilma. Sra. doña Antonia Guijarro Guijarro. La razón es que se encuentra destinada en comisión de servicios en esa Fiscalía Especial.
Como consecuencia de esa renuncia, el escrito de la Fiscal Jefa Provincial de Madrid venía complementado por la justificación de que había comunicado a toda la plantilla la oferta de la plaza, a la que ha concurrido una sola interesada, la Ilma. Sra. doña Rocío Durán Bollo. La propuesta se acompaña también de la solicitud y el currículo profesional de la única candidata, mostrando su parecer favorable a la designación ponderando los méritos que posee para desempeñar el cargo.
El 24 de junio pasado la Excma. Sra. Fiscal Jefa de la Fiscalía Antidroga remitió a la Inspección Fiscal un informe favorable a aceptar la renuncia de doña Antonia Guijarro Guijarro y otro asimismo favorable al nombramiento de doña Rocío Durán Bollo como delegada de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial, poniendo de relieve los méritos que posee la candidata para desempeñar el cargo. La propuesta se hace en régimen de exclusividad.
Por tanto, constan el informe favorable y la propuesta de la Excma. Sra. Fiscal de Sala, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal (artículo 3.d del Real Decreto 437/1983).
Fundamentos de Derecho
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los fiscales decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. El mismo precepto exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los fiscales de la plantilla, así como que la propuesta se acompañe de una relación de todos los que lo hayan solicitado, con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4).
Por su parte, el artículo 62.1 del Reglamento del Ministerio Fiscal (Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo), establece que los fiscales delegados de las Fiscalías Especiales serán nombrados, tras convocatoria pública, mediante Decreto de la persona titular de la Fiscalía General del Estado previa propuesta motivada, acompañada del correspondiente informe del Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial, e informe del Fiscal Jefe de la Fiscalía correspondiente, oído el Consejo Fiscal. En las solicitudes informadas, los solicitantes tendrán que acreditar la formación específica y la experiencia práctica en la materia propia de la Fiscalía Especial, valorándose especialmente el tiempo que se haya formado parte de la sección especializada en la misma o distinta Fiscalía, los cursos de especialización, las publicaciones y la docencia impartida sobre la misma. Todo ello ha sido cumplido en este expediente, destacando los méritos de la peticionaria como idónea para esta plaza.
La Instrucción de 1 de agosto de 2008, de la Inspección de la Fiscalía General del Estado, establece reglas para unificar criterios en las propuestas, con especificaciones para los delegados provinciales de las Fiscalías Anticorrupción y Antidroga. Establece que los nombramientos y ceses de los delegados provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala Coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.
Se han llevado a cabo, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefa Antidroga está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata propuesta, al igual que el informe previo de la Fiscal Jefa Provincial.
En consecuencia, vistas las propuestas formuladas, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y del RMF, y haciendo propia la fundamentación de la propuesta,
ACUERDO
1. Aprobar la renuncia de la Ilma. Sra. Fiscal doña Antonia Guijarro Guijarro como Fiscal Delegada Antidroga en la Fiscalía Provincial de Madrid.
2. Nombrar, con dedicación exclusiva, a la Ilma. Sra. doña Rocío Durán Bollo como delegada de la Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico de Drogas en la Fiscalía Provincial de Madrid.
3. Notificar el presente Decreto a la Excma. Sra. Fiscal de Sala Jefa de la Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico de Drogas y a la Ilma. Sra. Fiscal Jefa Provincial de Madrid, que lo trasladarán respectivamente a las dos fiscales interesadas. La segunda lo comunicará al resto de fiscales de la plantilla.
4. Notificar este decreto al Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, con entrega de copia de la resolución.
5. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
6. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su publicación ante la Fiscalía General del Estado (C/Fortuny no 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esa misma Ley.
Madrid, 26 de junio de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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