El 11 de febrero de 2025 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado la solicitud del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga proponiendo el nombramiento de don Antonio González Fernández como Fiscal Delegado en la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores. La recepción del escrito dio lugar a la incoación del Expediente Gubernativo arriba referenciado.
El día 4 de junio se recibió en la Inspección Fiscal copias de los siguientes documentos: diligencia de constancia de la Fiscalía Provincial de Málaga de 5 de febrero de 2025 en la que se expone que se remitió correo electrónico a todos los Fiscales de la plantilla ofertando la plaza señalada y de la petición formulada por don Antonio González Fernández.
Hechos
Con motivo del oficio remitido por la Fiscal de Sala Coordinadora de la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores sobre la necesidad de formalizar el nombramiento de delegado de la especialidad, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado en la delegación debería formular la correspondiente petición. El único peticionario fue don Antonio González Fernández que tiene acreditada experiencia y formación al haber realizado de facto la coordinación de especialidad.
La propuesta ha sido elevada, con fecha 10 de febrero de 2025, por el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga a la Fiscalía General del Estado, destacando los méritos que le hacen idóneo para desempeñar el cargo.
Mediante escrito de fecha 10 de junio de 2025 la Fiscal de Sala Coordinadora de la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores no formuló objeción a su designación (artículo 62. 2. párrafo tercero RMF). El Consejo Fiscal informó en igual sentido (artículo 62. 2. párrafo tercero RMF).
Fundamentos
El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscal delegado especialista, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (artículo 62.2).
Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (artículo 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3 RMF).
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga avala la idoneidad del candidato.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a don Antonio González Fernández como Fiscal Delegado en la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores en la Fiscalía Provincial de Málaga.
2. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal de Sala Coordinadora de la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores, a la Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Andalucía y al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga, que trasladará copia del presente Decreto al Fiscal interesado, poniéndolo en conocimiento de todos los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el nombramiento en el Boletín Oficial del Estado.
4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (artículo 12.1.b) LJCA), en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la misma. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejo Fiscal, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. En este último caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta que sea resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 20 de junio de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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