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Documento BOE-A-2025-13454

Orden TES/683/2025, de 26 de junio, por la que se nombran vocales del grupo de representación de las organizaciones empresariales en la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 2 de julio de 2025, páginas 87085 a 87087 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2025-13454

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1362/2012, de 27 de septiembre, por el que se regula la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, establece en su artículo 4 su composición, así como la forma de llevar a cabo la designación de sus miembros.

En el «Boletín Oficial del Estado» de 29 de agosto de 2024 se publicó la Orden TES/904/2024, de 7 de agosto, por la que se desarrolla, en lo que se refiere al nombramiento de las vocalías de las organizaciones sindicales y empresariales, el Real Decreto 1362/2012, de 27 de septiembre, por el que se regula la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos.

El día 6 de septiembre de 2024 la organización empresarial Pequeña y Mediana Empresa de Cataluña (en adelante, PIMEC), ha solicitado formar parte de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, en su condición de organización más representativa de ámbito autonómico.

Instruido el oportuno expediente administrativo, este se ha resuelto mediante la Orden TES/343/2025, de 4 de abril, por la que se reconoce a la organización empresarial Pequeña y Mediana Empresa de Cataluña la legitimación para formar parte de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos y se dispone el cese de las vocalías del grupo de representación empresarial. En dicha orden se demora la eficacia de los ceses al momento en que se resuelva la nueva composición de la Comisión Consultiva de conformidad con el procedimiento regulado en la Orden TES/904/2024, de 7 de agosto.

Al no haberse alcanzado un acuerdo unánime respecto de la distribución de las vocalías entre todas las organizaciones interesadas, la Dirección General de Trabajo determinó su distribución e instó a dichas organizaciones a proponer las personas titulares y suplentes para su nombramiento. PIMEC ha propuesto personas para ocupar las vocalías titular y suplente que le corresponden. La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) han remitido una propuesta de nombramientos, suscrita conjuntamente por ambas organizaciones, que superan el número de vocalías que les corresponden; por lo tanto, en este caso, y de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del número 3 del artículo 4 de la Orden TES/904/2024, de 7 de agosto, se ha de proceder al nombramiento de las personas que cuenten con más antigüedad en el grupo de representación empresarial, hasta completar el número de vocalías que les corresponden.

Habida cuenta de que CEOE y CEPYME han atendido al requerimiento de forma conjunta, sin indicar qué representante corresponde a cada una de dichas organizaciones en particular, procede su nombramiento en representación de ambas organizaciones y en orden de antigüedad hasta el límite de las cinco vocalías titulares y cinco vocalías suplentes que les corresponden en conjunto, de conformidad con el procedimiento previsto.

En consecuencia, a la vista de cuanto antecede y en uso de las facultades conferidas por el artículo 4 del Real Decreto 1362/2012, de 27 de septiembre, y la Orden TES/904/2024, de 7 de agosto, que lo desarrolla, resuelvo:

Primero.

Nombrar a las siguientes personas como vocales titulares de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, por el grupo de representación de las organizaciones empresariales, como representantes de la organización que para cada persona se especifica:

a) En representación de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y de la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME):

1. Doña Ana Herráez Plaza.

2. Don Luis Méndez López.

3. Don José Manuel Ayesa Villar.

4. Don Diego Carril Rodríguez– Casanova.

5. Doña María José Leguina Leguina.

b) En representación de Pequeña y Mediana Empresa de Cataluña (PIMEC):

1. Don Josep Ginesta i Vicente.

Segundo.

Nombrar a las siguientes personas como vocales suplentes de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, por el grupo de representación de las organizaciones empresariales, como representantes de la organización que para cada persona se especifica:

a) En representación de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y de la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME):

1. Doña Teresa Díaz de Terán López.

2. Doña Beatriz Nogués Ortiz de Arce.

3. Don Arturo Cerveró Duato.

4. Don Miguel Carlos Canales Gutiérrez.

5. Doña Karina Pereira Bernal.

b) En representación de Pequeña y Mediana Empresa de Cataluña (PIMEC):

1. Doña Silvia Miró i Martín.

Tercero.

Dar por concluido el procedimiento para la nueva composición del grupo de representación de las organizaciones empresariales en la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos iniciado el 6 de septiembre de 2024. Ello tendrá el efecto dispuesto en el punto segundo de la Orden TES/343/2025, de 4 de abril, por la que se reconoce a la organización empresarial Pequeña y Mediana Empresa de Cataluña la legitimación para formar parte de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos y se dispone el cese de las vocalías del grupo de representación empresarial.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 27 de junio de 2025.–La Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez.

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