Mediante Nota Verbal de 30 de mayo de 2025, el Secretario General de la Organización Marítima Internacional (OMI) ha comunicado que se ha detectado un error de redacción en el texto español del Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974, enmendado (Convenio SOLAS) y que se ha procedido a la correspondiente corrección en el sentido que se indica a continuación:
1. En el párrafo 40, la palabra «o» se sustituye por «y». El texto actualizado figura a continuación:
40. El apartado.2 del párrafo 1.3 se sustituye por el siguiente:
«.2 a menos que las balsas salvavidas prescritas en el párrafo 1.3.1 tengan una masa inferior a 185 kg y vayan estibadas en un emplazamiento que permita su fácil traslado de una banda a otra en el mismo nivel de la cubierta expuesta, se proveerán balsas salvavidas adicionales de modo que la capacidad total disponible en cada banda baste para dar cabida al 150 % del número total de personas que vayan a bordo;»
Como el error mencionado aparecía en las Enmiendas de 2006 (capítulos II-1, II-2, III, XII) al Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974, enmendado, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número 186, del 3 de agosto de 2009, es necesario publicar la correspondiente rectificación.
En consecuencia, en la página 66048, párrafo 40, el texto del apartado.2 del párrafo 1.3 debe ser sustituido por el indicado anteriormente como correcto.
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