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Documento BOE-A-2025-12993

Resolución de 19 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación provisional de personas admitidas y excluidas, se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio, se modifica la composición del órgano de selección y se corrigen errores en el Anexo I del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Navales, convocado por Resolución de 1 de mayo de 2025.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 26 de junio de 2025, páginas 84513 a 84515 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-A-2025-12993

TEXTO ORIGINAL

Finalizado el plazo de presentación de instancias para participar en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Navales, convocado por Resolución de 1 de mayo de 2025 (BOE del 16) y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril) y en el apartado decimoquinto.1 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22),

Esta Subsecretaría ha resuelto lo siguiente:

Primero.

Declarar aprobada la relación provisional de las personas admitidas y excluidas del citado proceso selectivo.

Segundo.

Publicar la relación de las personas excluidas del proceso selectivo de referencia, que figura como anexo de esta resolución, con expresión de las causas de exclusión.

La relación completa de las personas admitidas y excluidas se expondrá en el punto de acceso general (www.administracion.gob.es) en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (www.transportes.gob.es).

Tercero.

Las personas opositoras omitidas por no figurar en las relaciones publicadas y las personas excluidas disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos que hayan motivado su omisión o exclusión. Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas, o no subsanen el motivo de exclusión, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.

Transcurrido el plazo citado, si no se hubieran realizado alegaciones o estas no hubieran sido tenidas en cuenta, la relación provisional de las personas admitidas y excluidas adquirirá carácter definitivo.

Cuarto.

Se convoca a todas las personas aspirantes admitidas para la celebración del primer ejercicio, que tendrá lugar el día 24 de julio, a las 9:00 horas, en las instalaciones de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Navales, de la Universidad Politécnica de Madrid, avda. de la Memoria, 4, 28040 Madrid.

Para la práctica de este ejercicio las personas opositoras deberán ir provistas del documento nacional de identidad o documento equivalente que acredite de forma indudable su identidad.

Las personas aspirantes deberán acudir al centro asignado el día del examen, provistos de bolígrafos de color azul o negro.

Quinto.

Con fecha 26 de mayo de 2025, presenta su renuncia a participar en el proceso doña María Fe Bueno Rodríguez, como vocal suplente del órgano de selección.

En consecuencia, esta Subsecretaría, en virtud de las facultades que tiene conferidas, ha resuelto:

Aceptar la renuncia de doña María Fe Bueno Rodríguez, vocal suplente, designando en su lugar a, doña Elena Pinazo Martínez, del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, como vocal suplente del órgano de selección.

Sexto.

Advertido error en la Resolución de 1 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Navales y conforme al artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se formula la oportuna rectificación:

En el anexo I de la resolución, donde dice:

«– 22. Estabilidad (5): Real Decreto 1861/2004, de 6 de septiembre sobre «Prescripciones específicas de estabilidad aplicables a los buques de pasaje de trasbordo rodado». Orden FOM/191/2006, de 24 de enero, por la que se actualizan los anexos del Real Decreto 1861/2004.»

Debe decir:

«– 22. Estabilidad (5): Real Decreto 587/2024, de 25 de junio, sobre prescripciones específicas de estabilidad aplicables a los buques de pasaje de transbordo rodado.»

En el anexo I de la resolución, donde dice:

«– 64. Salvamento y lucha contra la contaminación (1): La Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima. Plan nacional de servicios especiales de salvamento de la vida humana en la mar y de lucha contra la contaminación del medio marino 2021-2024.»

Debe decir:

«– 64. Salvamento y lucha contra la contaminación (1): La Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima. Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento de la Vida Humana en la Mar y de Lucha contra la Contaminación del Medio Marino para el período 2025-2027.»

Madrid, 19 de junio de 2025.–El Subsecretario de Transportes y Movilidad Sostenible, Rafael Guerra Posadas.

ANEXO
Relación provisional de personas aspirantes excluidas del proceso selectivo

Acceso libre

NIF Apellidos y nombre Causa de exclusión
***6307** ERANO ESTORPE, MAYCO. A/C/E/J/K
***6669** GARCIA MORA, MARIA DEL MAR. E
***3976** GARCÍA HERNÁNDEZ, JAVIER. B/E
***7561** RODRIGUEZ ROMERAL, JUAN JULIAN. B

Causas de exclusión:

A: Los días de permanencia en inscripción en los Servicios Públicos de Empleo son inferiores a los establecidos en el punto 4.14.b) sobre exención del pago de las tasas, de las bases de convocatoria.

B: No ha sido posible verificar que percibe rentas inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.

C: No acredita percibir rentas inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.

D: No ha sido posible verificar la titulación académica.

E: Está en posesión de una titulación académica distinta de las recogidas en punto 3.7, sobre titulación de las bases de la convocatoria.

F: No procede la exención del pago de la tasa por familia numerosa especial, sino la reducción por familia numerosa general.

G: No ha sido posible verificar la condición de familia numerosa general o especial.

H: No ha sido posible verificar la condición de discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.

I: Se opone a la verificación de los datos expresados en la solicitud (titulación académica y DNI) y no aporta la misma.

J: No autoriza la verificación de la documentación para la exención del pago de la tasa y no aporta la misma.

K: No aporta la documentación de nacionalidad a que hace referencia el apartado décimo, 1.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/06/2025
  • Fecha de publicación: 26/06/2025
Referencias anteriores
  • PUBLICA la relación provisional de personas admitidas y excluidas, se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio, se modifica la composición del órgano de selección y se corrigen errores en el Anexo I del proceso selectivo convocado por Resolución de 1 de mayo de 2025 (Ref. BOE-A-2025-9655).

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