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Documento BOE-A-2025-11945

Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Volateo Solar, SL, la declaración, en concreto, de utilidad pública, para la instalación fotovoltaica «PFV Volateo Solar», de 138,23 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Antequera, Campillos, Valle de Abdalajís y Álora (Málaga).

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 13 de junio de 2025, páginas 77494 a 77502 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2025-11945

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Política Energética y Minas emitió, con fecha 20 de abril de 2023, resolución por la que se otorga a Volateo Solar, SL autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica «PFV Volateo Solar» de 139,04 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Antequera, Campillos, Valle de Abdalajís y Álora, en la provincia de Málaga (en adelante, resolución de autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 112, de 11 de mayo de 2023.

La Dirección General de Política Energética y Minas emitió, con fecha 22 de julio de 2024, resolución por la que se otorga a Volateo Solar, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica «PFV Volateo Solar», de 138,23 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Antequera, Campillos, Valle de Abdalajís y Álora, en la provincia de Málaga.

En relación a la solicitud de la declaración, en concreto, de utilidad pública, con fecha 5 de febrero de 2024, subsanada posteriormente en fecha 27 de agosto de 2024, se recibe, en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Málaga, escrito del promotor para la activación del trámite de declaración de utilidad pública de la instalación solar fotovoltaica «PFV Volateo Solar», de 138,23 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en los términos municipales de Antequera, Campillos, Valle de Abdalajís y Álora, en la provincia de Málaga.

El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Málaga y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.

Se ha recibido contestación de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía, de la Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía, del Servicio de Bienes Culturales de la Delegación Territorial de Málaga de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, de la Diputación Provincial de Málaga, de Red Eléctrica de España, SAU y de Telefónica de España, SAU, en las que se establecen condicionados técnicos y/o consideraciones y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.

Se ha recibido contestación del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), que solicita documentación adicional para comprobar el cumplimiento de la normativa sectorial, y de la Oficina Española de Cambio Climático, que no considera justificada la utilidad pública en la ocupación de los terrenos destinados a la planta fotovoltaica y realiza diversas consideraciones de carácter medioambiental. Se ha dado traslado al promotor, el cual responde a ADIF, indicando que el proyecto aprobado en la tramitación de Autorización Administrativa de Construcción ya fue informado favorablemente por el organismo tras estudiar las distancias reglamentarias y que se está tramitando la autorización sectorial correspondiente para dichos cruzamientos, y a la Oficina Española de Cambio Climático indicando que la utilidad pública viene fundamentada legalmente por el beneficio o interés colectivo de la actividad, bien o servicio prestado, como es el caso de este proyecto, y que, en relación con las consideraciones de carácter medioambiental, el proyecto cuenta con declaración de impacto ambiental favorable. Se ha dado traslado a los organismos de las respuestas del promotor, los cuales no emiten nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 147.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Preguntados los Ayuntamientos de Álora, Antequera, Campillos y Valle de Abdalajís, la Dirección General de Movilidad y Transportes de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Andalucía, el Servicio de Industria y Minas y el Servicio de Energía de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, E-Distribución Redes Digitales, SAU, Ecologistas en Acción Andalucía y SEO Birdlife, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 11 de octubre de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado», el 18 de octubre de 2024 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Málaga» y el 10 de octubre de 2024 en el diario Sur, y con la exposición al público en el tablón de edictos de los ayuntamientos de Campillos, Antequera, Valle de Abdalajís y Álora, así como en la web de la Delegación del Gobierno en Andalucía desde el 7 de octubre de 2024 hasta el 7 de enero de 2025. Se han recibido alegaciones que fueron contestadas por el promotor.

La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Málaga emitió informe con fecha de 10 de marzo de 2025.

La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.

El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha respondido al mismo expresando conformidad.

Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra, según lo previsto en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y el artículo 120.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,

Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

Único.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación solar fotovoltaica «PFV Volateo Solar», de 138,23 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Antequera, Campillos, Valle de Abdalajís y Álora, en la provincia de Málaga, para la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados detallados por el promotor en sus escritos de 10 de abril y 14 de mayo de 2025, que aparece recogida en el anexo de la presente resolución y se encuentra en la información publicada el 11 de octubre de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 18 de octubre de 2024 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Málaga», a los efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución, el último que se produzca.

Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 29 de mayo de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.

ANEXO
Instalación generadora «Volateo Solar»
N.º Polígono Parcela Referencia catastral Término municipal
7 98 25 29015A09800025 Antequera.
16 23 11 29032A02300011 Campillos.

Línea Aéreo-soterrada de Alta Tensión 220 kV SET Antequera 220/30 kV-SET Promotores Tajo 400/220 kV

Tramo aéreo

N.º Polígono Parcela Referencia catastral Término municipal
7 100 15 29015A10000015 Antequera.
9 100 13 29015A10000013 Antequera.
10 100 10 29015A10000010 Antequera.
12 100 6 29015A10000006 Antequera.
13 100 27 29015A10000027 Antequera.
14 100 28 29015A10000028 Antequera.
16 100 29 29015A10000029 Antequera.
17 100 4 29015A10000004 Antequera.
19 2 670 29012A00200670 Álora.
21 2 675 29012A00200675 Álora.
22 2 646 29012A00200646 Álora.

Tramo soterrado

N.º Polígono Parcela Referencia catastral Término municipal
S258 2 646 29012A00200646 Álora.
S7 98 11 29015A09800011 Antequera.
S10 100 4 29015A10000004 Antequera.
S20 101 19 29015A10100019 Antequera.
S22 135 2 29015A13500002 Antequera.
S26 101 13 29015A10100013 Antequera.
S27 101 26 29015A10100026 Antequera.
S30 101 23 29015A10100023 Antequera.
S31 101 24 29015A10100024 Antequera.
S33 135 7 29015A13500007 Antequera.
S36 102 4 29015A10200004 Antequera.
S37 102 5 29015A10200005 Antequera.
S40 102 7 29015A10200007 Antequera.
S41 134 60 29015A13400060 Antequera.
S42 102 10 29015A10200010 Antequera.
S44 102 11 29015A10200011 Antequera.
S46 134 1 29015A13400001 Antequera.
S47 134 57 29015A13400057 Antequera.
S48 134 54 29015A13400054 Antequera.
S49 134 53 29015A13400053 Antequera.
S51 134 50 29015A13400050 Antequera.
S54 134 6 29015A13400006 Antequera.
S57 133 89 29015A13300089 Antequera.
S59 134 43 29015A13400043 Antequera.
S61 134 40 29015A13400040 Antequera.
S62 133 86 29015A13300086 Antequera.
S63 134 92 29015A13400092 Antequera.
S64 133 91 29015A13300091 Antequera.
S66 134 39 29015A13400039 Antequera.
S67 133 92 29015A13300092 Antequera.
S68 134 38 29015A13400038 Antequera.
S69 133 116 29015A13300116 Antequera.
S70 133 90 29015A13300090 Antequera.
S71 134 88 29015A13400088 Antequera.
S72 133 96 29015A13300096 Antequera.
S74 149 17 29015A14900017 Antequera.
S76 149 16 29015A14900016 Antequera.
S78 149 39 29015A14900039 Antequera.
S79 149 19 29015A14900019 Antequera.
S80 149 20 29015A14900020 Antequera.
S81 149 18 29015A14900018 Antequera.
S82 149 33 29015A14900033 Antequera.
S83 149 32 29015A14900032 Antequera.
S84 149 35 29015A14900035 Antequera.
S85 149 34 29015A14900034 Antequera.
S86 150 57 29015A15000057 Antequera.
S88 149 38 29015A14900038 Antequera.
S89 4 32 29093A00400032 Valle de Abdalajis.
S91 3 3 29093A00300003 Valle de Abdalajis.
S92 4 30 29093A00400030 Valle de Abdalajis.
S93 3 38 29093A00300038 Valle de Abdalajis.
S95 4 63 29093A00400063 Valle de Abdalajis.
S96 3 4 29093A00300004 Valle de Abdalajis.
S97 4 11 29093A00400011 Valle de Abdalajis.
S98 4 12 29093A00400012 Valle de Abdalajis.
S99 4 26 29093A00400026 Valle de Abdalajis.
S100 4 13 29093A00400013 Valle de Abdalajis.
S101 4 14 29093A00400014 Valle de Abdalajis.
S102 4 64 29093A00400064 Valle de Abdalajis.
S104 4 18 29093A00400018 Valle de Abdalajis.
S105 4 19 29093A00400019 Valle de Abdalajis.
S106 4 25 29093A00400025 Valle de Abdalajis.
S107 4 23 29093A00400023 Valle de Abdalajis.
S108 4 22 29093A00400022 Valle de Abdalajis.
S109 4 20 29093A00400020 Valle de Abdalajis.
S110 4 24 29093A00400024 Valle de Abdalajis.
S111 4 21 29093A00400021 Valle de Abdalajis.
S113 5 152 29093A00500152 Valle de Abdalajis.
S114 5 151 29093A00500151 Valle de Abdalajis.
S115 5 153 29093A00500153 Valle de Abdalajis.
S117 5 150 29093A00500150 Valle de Abdalajis.
S118 5 103 29093A00500103 Valle de Abdalajis.
S119 5 102 29093A00500102 Valle de Abdalajis.
S120 5 99 29093A00500099 Valle de Abdalajis.
S121 5 154 29093A00500154 Valle de Abdalajis.
S123 5 158 29093A00500158 Valle de Abdalajis.
S124 5 157 29093A00500157 Valle de Abdalajis.
S127 5 159 29093A00500159 Valle de Abdalajis.
S130 5 59 29093A00500059 Valle de Abdalajis.
S131 5 63 29093A00500063 Valle de Abdalajis.
S132 5 64 29093A00500064 Valle de Abdalajis.
S133 5 66 29093A00500066 Valle de Abdalajis.
S135 5 68 29093A00500068 Valle de Abdalajis.
S137 5 54 29093A00500054 Valle de Abdalajis.
S138 5 71 29093A00500071 Valle de Abdalajis.
S139 5 53 29093A00500053 Valle de Abdalajis.
S140 5 73 29093A00500073 Valle de Abdalajis.
S141 5 74 29093A00500074 Valle de Abdalajis.
S142 5 72 29093A00500072 Valle de Abdalajis.
S144 6 13 29093A00600013 Valle de Abdalajis.
S145 6 14 29093A00600014 Valle de Abdalajis.
S146 6 12 29093A00600012 Valle de Abdalajis.
S147 6 15 29093A00600015 Valle de Abdalajis.
S148 6 38 29093A00600038 Valle de Abdalajis.
S149 6 79 29093A00600079 Valle de Abdalajis.
S150 6 80 29093A00600080 Valle de Abdalajis.
S151 6 81 29093A00600081 Valle de Abdalajis.
S153 6 82 29093A00600082 Valle de Abdalajis.
S154 6 83 29093A00600083 Valle de Abdalajis.
S155 6 88 29093A00600088 Valle de Abdalajis.
S156 6 87 29093A00600087 Valle de Abdalajis.
S157 6 89 29093A00600089 Valle de Abdalajis.
S158 6 90 29093A00600090 Valle de Abdalajis.
S159 6 91 29093A00600091 Valle de Abdalajis.
S160 6 92 29093A00600092 Valle de Abdalajis.
S161 6 5 29093A00600005 Valle de Abdalajis.
S162 7 40 29093A00700040 Valle de Abdalajis.
S165 6 86 29093A00600086 Valle de Abdalajis.
S166 7 49 29093A00700049 Valle de Abdalajis.
S167 7 41 29093A00700041 Valle de Abdalajis.
S168 7 42 29093A00700042 Valle de Abdalajis.
S169 7 43 29093A00700043 Valle de Abdalajis.
S170 7 44 29093A00700044 Valle de Abdalajis.
S173 7 47 29093A00700047 Valle de Abdalajis.
S175 8 12 29093A00800012 Valle de Abdalajis.
S176 8 13 29093A00800013 Valle de Abdalajis.
S177 8 16 29093A00800016 Valle de Abdalajis.
S178 8 18 29093A00800018 Valle de Abdalajis.
S180 9 39 29093A00900039 Valle de Abdalajis.
S181 9 40 29093A00900040 Valle de Abdalajis.
S182 9 44 29093A00900044 Valle de Abdalajis.
S183 9 41 29093A00900041 Valle de Abdalajis.
S184 9 38 29093A00900038 Valle de Abdalajis.
S186 9 37 29093A00900037 Valle de Abdalajis.
S187 9 31 29093A00900031 Valle de Abdalajis.
S188 9 55 000100100UF58E Valle de Abdalajis.
S189 9 36 29093A00900036 Valle de Abdalajis.
S191 9 34 29093A00900034 Valle de Abdalajis.
S192 3 11 29012A00300011 Álora.
S193 147 110 29015A14700110 Antequera.
S194 147 109 29015A14700109 Antequera.
S195 147 108 29015A14700108 Antequera.
S196 147 107 29015A14700107 Antequera.
S197 3 7 29012A00300007 Álora.
S200 3 8 29012A00300008 Álora.
S202 3 24 29012A00300024 Álora.
S203 3 22 29012A00300022 Álora.
S204 3 260 29012A00300260 Álora.
S205 3 47 29012A00300047 Álora.
S206 3 259 29012A00300259 Álora.
S207 3 27 29012A00300027 Álora.
S208 3 44 29012A00300044 Álora.
S209 3 29 29012A00300029 Álora.
S211 3 30 29012A00300030 Álora.
S212 3 40 29012A00300040 Álora.
S213 3 41 29012A00300041 Álora.
S214 3 39 29012A00300039 Álora.
S215 3 36 29012A00300036 Álora.
S216 3 73 29012A00300073 Álora.
S217 3 75 29012A00300075 Álora.
S218 3 234 29012A00300234 Álora.
S219 3 74 29012A00300074 Álora.
S220 3 235 29012A00300235 Álora.
S221 3 72 29012A00300072 Álora.
S222 3 81 29012A00300081 Álora.
S224 3 236 29012A00300236 Álora.
S225 3 82 29012A00300082 Álora.
S226 3 265 29012A00300265 Álora.
S227 3 237 29012A00300237 Álora.
S228 3 85 29012A00300085 Álora.
S229 3 251 29012A00300251 Álora.
S231 2 478 29012A00200478 Álora.
S232 2 479 29012A00200479 Álora.
S233 2 482 29012A00200482 Álora.
S234 2 664 29012A00200664 Álora.
S235 001900300UF48F0001HK Álora.
S236 2 672 29012A00200672 Álora.
S237 2 487 29012A00200487 Álora.
S239 2 476 29012A00200476 Álora.
S241 2 722 29012A00200722 Álora.
S242 2 490 29012A00200490 Álora.
S243 2 725 29012A00200725 Álora.
S244 2 726 29012A00200726 Álora.
S245 2 492 29012A00200492 Álora.
S246 2 519 29012A00200519 Álora.
S247 2 590 29012A00200590 Álora.
S248 2 516 29012A00200516 Álora.
S249 2 515 29012A00200515 Álora.
S250 2 514 29012A00200514 Álora.
S254 2 508 29012A00200508 Álora.
S255 2 507 29012A00200507 Álora.
S259 2 289 29012A00200289 Álora.
S260 2 288 29012A00200288 Álora.
S263 2 642 29012A00200642 Álora.
S264 2 175 29012A00200175 Álora.
S267 2 173 29012A00200173 Álora.
S269 2 154 29012A00200154 Álora.
S271 2 152 29012A00200152 Álora.

SET Promotores Tajo 400/220 kV

N.º Polígono Parcela Referencia catastral Término municipal
1 2 624 29012A00200624 Álora.

Línea Soterrada de Alta Tensión 400 kV SET Promotores Tajo 400/220 kV-SET Tajo de la Encantada 400 REE

N.º Polígono Parcela Referencia catastral Término municipal
S2 2 9000 29012A00209000 Álora.
S3 24 78 29012A02400078 Álora.

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