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Documento BOE-A-2025-11176

Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, sobre proyectos tipo de las empresas distribuidoras de energía eléctrica Viesgo Distribución Eléctrica, SL, Barras Eléctricas Galaico Asturianas, SA, e Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, SAU.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 4 de junio de 2025, páginas 73367 a 73369 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Turismo
Referencia:
BOE-A-2025-11176

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, recoge la posibilidad de que las empresas distribuidoras de energía eléctrica propongan al Ministerio de Industria y Turismo, para su aprobación, en aquellos casos en los que vayan a ser de aplicación en más de una comunidad autónoma, proyectos tipo para sus instalaciones, o parte de las mismas, de carácter repetitivo, que requieran proyecto.

En base a lo anterior, las empresas de distribución de energía eléctrica Viesgo Distribución Eléctrica, SL (en adelante Viesgo), Barras Eléctricas Galaico Asturianas, SA (en adelante, BEGASA) e Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, SAU (en adelante, EREDES) presentaron, a fecha de 7 de enero de 2025, solicitud de aprobación de los siguientes proyectos tipo:

I. Viesgo:

a) PT-LBTA.VI: Proyecto Tipo de Líneas de Baja Tensión Aéreas (Anula NT-AEDE.01). Ed. 1 junio 2024.

b) PT-LBTS.VI: Proyecto Tipo de Líneas de Baja Tensión Subterráneas (Anula NT-ASDS.01). Ed. 1 junio 2024.

II. BEGASA:

a) PT-LBTA.BE: Proyecto Tipo de Líneas de Baja Tensión Aéreas. Ed. 1 junio 2024.

b) PT-LBTS.BE: Proyecto Tipo de Líneas de Baja Tensión Subterráneas. Ed. 1 junio 2024.

III. EREDES:

a) PT-LBTA.ER: Proyecto Tipo de Líneas de Baja Tensión Aéreas. Ed. 1 junio 2024.

b) PT-LBTS.ER: Proyecto Tipo de Líneas de Baja Tensión Subterráneas. Ed. 1 junio 2024.

Junto con los citados documentos, se presentaron los correspondientes certificados de técnico titulado competente, los informes técnicos emitidos por organismo cualificado y el listado de las Comunidades Autónomas donde las empresas de distribución llevan a cabo su actividad.

Realizado el trámite de audiencia pública sin que se recibieran alegaciones, se solicitaron los informes preceptivos recogidos en el apartado 4 del artículo 14 del Reglamento electrotécnico para baja tensión.

De acuerdo con lo indicado en el artículo 22.1d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, al tratarse de informes preceptivos solicitados tanto a otros órganos de la Administración General del Estado, como a las distintas Comunidades Autónomas donde las empresas distribuidoras llevan a cabo su actividad, se procedió a suspender el procedimiento administrativo hasta la recepción de los informes solicitados, sin que dicha suspensión pueda exceder de 3 meses.

Transcurrido el plazo máximo de suspensión de 3 meses indicado en el mencionado artículo y habiendo recibido informes de conformidad emitidos por la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio del Gobierno del Principado de Asturias, por el Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Cataluña, por el Departamento de Presidencia, Economía y Justicia del Gobierno de Aragón y por la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se continúa con el procedimiento de aprobación.

Por tanto, y de acuerdo con lo anterior, resuelvo:

Primero.

Aprobar los siguientes proyectos tipo, en la edición y fecha indicadas:

Empresa Código Título Edición
Viesgo. PT-LBTA.VI Proyecto Tipo de Líneas de Baja Tensión Aéreas. Ed. 1 junio 2024.
Viesgo. PT-LBTS.VI Proyecto Tipo de Líneas de Baja Tensión Subterráneas. Ed. 1 junio 2024.
BEGASA. PT-LBTA.BE Proyecto Tipo de Líneas de Baja Tensión Aéreas. Ed. 1 junio 2024.
BEGASA. PT-LBTS.BE Proyecto Tipo de Líneas de Baja Tensión Subterráneas. Ed. 1 junio 2024.
EREDES. PT-LBTA.ER Proyecto Tipo de Líneas de Baja Tensión Aéreas. Ed. 1 junio 2024.
EREDES. PT-LBTS.ER Proyecto Tipo de Líneas de Baja Tensión Subterráneas. Ed. 1 junio 2024.
Segundo.

Anular los siguientes proyectos tipo en la edición indicada aplicables a Viesgo:

Código Título Edición
NT-AEDE.01 Normas Técnica de Acometida Aérea y Elementos de Red de Distribución Aérea de Baja Tensión. Ed. 3 mayo 2018.
NT-ASDS.01 Normas Técnica de Acometida Subterránea y Elementos de Red de Distribución Subterránea de Baja Tensión. Ed. 3 mayo 2018.
Tercero.

Los proyectos tipo aprobados serán de aplicación para las instalaciones de distribución de energía eléctrica de Viesgo, BEGASA y EREDES, según corresponda, que se construyan a partir de la entrada en vigor de la presente resolución, todo ello sin perjuicio de la prevalencia de la legislación en materia eléctrica y de seguridad industrial vigente en cada momento.

Cuarto.

Con independencia de la difusión que de los proyectos tipo aprobados mediante la presente resolución pudiera llevar a cabo las empresas distribuidoras, se podrá acceder libremente al contenido de los mismos en la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo.

Quinto.

Esta aprobación tendrá los siguientes considerandos:

– No se puede entender contenida en esta aprobación cualesquiera norma o documento referenciado en el documento aprobado.

– La aplicación de estos documentos está sujeto a lo indicado en el artículo 14 del Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Esta aprobación no supondrá un inconveniente a futuros desarrollos tecnológicos que impliquen la utilización de otras soluciones técnicas, siempre y cuando quede justificada la necesidad y conveniencia del mencionado cambio en el correspondiente proyecto tipo a presentar. Igualmente, esta aprobación se realiza sin perjuicio de que la compañía deba adaptar estos proyectos tipo a los posibles requerimientos de la autoridad competente con objeto de armonizar las especificaciones particulares y proyectos tipo de las compañías eléctricas.

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», estableciéndose un periodo transitorio de 6 meses desde la entrada en vigor en el que se podrán seguir aplicando las especificaciones particulares anteriormente vigentes.

Esta resolución no será de aplicación a las solicitudes de puesta en servicio de instalaciones presentadas antes de su entrada en vigor en la administración competente o en las empresas distribuidoras Viesgo, BEGASA y EREDES, respectivamente. Para la puesta en servicio de estas instalaciones, así como de aquellas que durante el periodo transitorio establecido en el párrafo anterior hubieran iniciado el procedimiento de solicitud de nuevo suministro o ampliación de uno existente ante la citada distribuidora, o en su caso, el procedimiento de autorización establecido por la legislación sectorial, podrán seguir aplicándose los proyectos tipo anteriormente vigentes.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Industria en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Nota: Para interponer recurso de alzada deberá acceder al siguiente enlace: https://sede.minetur.gob.es/es-es/procedimientoselectronicos/Paginas/detalle-procedimientos.aspx?IdProcedimiento=157.

Madrid, 23 de mayo de 2025.–El Director General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, Jordi García Brustenga.

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