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Documento BOE-A-2025-10679

Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Organización Nacional de Trasplantes, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica, para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 29 de mayo de 2025, páginas 70368 a 70370 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2025-10679

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 19 de mayo de 2025, la Adenda de prórroga del Convenio entre la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., y la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 20 de mayo de 2025.–La Directora de la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., Beatriz Domínguez-Gil González.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., y la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante

En Madrid, a 19 de mayo de 2025.

REUNIDOS

De una parte, doña Beatriz Domínguez-Gil González, en su condición de Directora de la Organización Nacional de Trasplantes, conforme a lo dispuesto por Real Decreto 501/2017, de 12 de mayo, y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 9.2.a) del Estatuto de la Organización, aprobado por Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre.

Y de otra parte, don Federico García García, Presidente de la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica (en adelante, SEIMC), en virtud del acuerdo adoptado en la reunión de la Junta Directiva del 14 de junio de 2023, según consta en el acta de la misma, y actuando en nombre y representación de la mencionada Sociedad, conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 16 de los Estatutos de la Sociedad, aprobados el día 27 de mayo de 2016, entidad inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, sección 1.ª, número nacional 42890, con NIF G78387057.

Las partes actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente capacidad legal necesaria para la formalización de la presente adenda y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

La Organización Nacional de Trasplantes (en adelante ONT) es un organismo autónomo dependiente de la Secretaría de Estado de Sanidad que tiene entre sus fines coordinar las actividades de donación, extracción, preservación, distribución, intercambio y trasplante de órganos, tejidos y células en el conjunto del sistema sanitario español, así como la docencia, la investigación, la gestión del conocimiento y la cooperación internacional en estas materias.

Segundo.

La Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica (en adelante SEIMC), es una sociedad científico-médica sin ánimo de lucro, integrada esencialmente por profesionales del ámbito sanitario y orientada a promover la mejora de la salud de la medicina en relación a las enfermedades infecciosas y la microbiología clínica, así como a la formación médica y el desarrollo profesional de sus miembros. Dentro de la Sociedad, la ONT colabora estrechamente con el Grupo de Estudio de SIDA (GESIDA), con el que se estudia el trasplante hepático en pacientes con VIH y la utilización de donantes con VIH; y con el Grupo de Estudio de Infección en el Trasplante y el Huésped Inmunocomprometido (GESITRA-IC), en el desarrollo de recomendaciones dirigidas a profesionales sanitarios sobre la valoración de donantes y receptores con respecto a diferentes tipos de enfermedades infecciosas y, en el contexto específico de la pandemia de COVID-19, la infección causada por SARS-CoV-2.

Tercero.

Con fecha 20 de mayo de 2021, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción el día 11 del mismo mes y año en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO) el convenio suscrito entre las partes, con objeto de establecer el marco de colaboración entre la ONT y la SEIMC para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante, surtiendo efectos éste desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarto.

Los profesionales que trabajan en las Unidades de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica de la SEIMC y el Grupo de Estudio de Infección en el Trasplante y el Huésped Inmunocomprometido intervienen de forma activa y decisiva en el proceso de donación, en particular en aquellos aspectos relacionados con la prevención de la transmisión de enfermedades infecciosas de donante a receptor, en la profilaxis de la infección del receptor y en el tratamiento de las infecciones del receptor de órganos, tejidos y células. Por ello, la colaboración institucional que ampara este convenio contribuye al desarrollo de la función social encomendada a las entidades firmantes, ya que las buenas prácticas y la generación de evidencia para la evaluación y selección de los donantes de órganos, tejidos y células con respecto a enfermedades potencialmente transmisibles y en la prevención y manejo de las infecciones en el paciente trasplantado son fundamentales para garantizar la protección de la salud en el sistema nacional de donación y trasplantes.

Quinto.

La cláusula séptima del convenio actualmente en vigor prevé la posibilidad de su prórroga, mediante acuerdo expreso, con un límite temporal de cuatro años adicionales.

Sexto.

Las partes coinciden en la conveniencia de seguir colaborando en el desarrollo objeto del convenio, a la luz de los buenos resultados obtenidos durante los cuatro años de vigencia del convenio.

Séptimo.

Por todo ello, estando vigente el compromiso de ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del convenio.

Se prorroga el convenio para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante de órganos y tejidos, inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 20 de mayo de 2021, en virtud de lo previsto en su cláusula séptima, por un periodo de cuatro años adicionales.

Segunda. Eficacia de la presente adenda.

La presente adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO), lo cual deberá llevarse a cabo en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40//2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercera. Impacto económico.

La presente prórroga del convenio no supone ninguna obligación económica para ninguna de las partes firmantes.

Cuarta. Subsistencia del resto del convenio.

En todo lo no previsto, ni expresamente modificado por la presente adenda, serán de aplicación las cláusulas contenidas en el convenio formalizado por las partes con fecha 30 de abril de 2021.

Y, en prueba de conformidad, suscriben el presente documento mediante firma electrónica, siendo la fecha de firma la de la última firma electrónica de la adenda o la de la firma del último de los firmantes de la adenda.–Por la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., la Directora, Beatriz Domínguez-Gil González.–Por la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica, el Presidente, Federico García García.

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