De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1 b), párrafo segundo, y c), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, con el alcance establecido en la disposición final cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con el capítulo III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, se efectúa convocatoria para proveer puestos de trabajo por el sistema de libre designación.
Este Consejo de Estado acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo de la presente resolución, con arreglo a las siguientes
Bases
El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los/as funcionarios/as públicos que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.
Los interesados dirigirán su solicitud al Excmo. Sr. Secretario General Accidental del Consejo de Estado (calle Mayor, 79, C.P. 28013), dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Además de los datos personales, número de registro de personal y destino actual, los aspirantes deberán acompañar a su escrito un currículo vitae en el que harán constar:
a) Títulos académicos.
b) Años de servicio y puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, en su caso.
c) Estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y otros méritos que los aspirantes estimen oportuno poner de manifiesto.
Harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando.
A la citada solicitud podrán acompañar, en todo caso, aquellas publicaciones, informes o cualquier otra documentación que permita apreciar los requisitos exigidos.
Contra la presente resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con el artículo 1 de la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, modificada por la Ley Orgánica 3/2004, de 28 de diciembre, del Consejo de Estado.
Madrid, 21 de mayo de 2025.–La Presidenta del Consejo de Estado, Carmen Calvo Poyato.
47.1449.37642.28001.15
1. Denominación del puesto: Jefe/a de la Secretaría del Consejero de la Sección Octava. Nivel: 18. Subgrupo C1/C2. Forma de provisión: N L. Complemento específico: 13.923,00 euros. Localidad: Madrid. Requisitos: Experiencia en puestos de secretarías de altos cargos y competencia profesional completa de inglés hablado y escrito.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid