El Consejo de Seguridad Nacional, en su reunión de 24 de abril de 2025, ha aprobado un acuerdo por el que se corrige el error en el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional de 15 de octubre de 2024 por el que se crea y regula el Comité Especializado contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave.
Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente orden.
Madrid, 23 de mayo de 2025.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños García.
EXPOSICIÓN
En reunión del Consejo de Seguridad Nacional de 15 de octubre de 2024, fue aprobado el acuerdo por el que se crea y regula el Comité Especializado contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» por Orden PJC/1290/2024, de 13 de noviembre, del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Advertido error en el apartado quinto. Composición del acuerdo, punto c, del anexo, en concreto, en la referencia al Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad, que debería haber sido a la Dirección General de Coordinación y Estudios, de acuerdo con el Real Decreto 146/2021, de 9 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, se procede a modificar:
ACUERDO
En el apartado quinto.c.1, del anexo del acuerdo por el que se crea y regula el Comité Especializado contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave,
Donde dice:
«El Comité estará compuesto por las personas titulares de la Dirección del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado, del Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad, de la Comisaría General de Policía Judicial de la Policía Nacional, de la Jefatura de Policía Judicial de la Guardia Civil, así como por un vocal con rango mínimo de Subdirector General o asimilado u Oficial General de los siguientes ministerios y organismos ministeriales: Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Ministerio de Defensa, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, Centro Nacional de Inteligencia y Secretaría de Estado de Comunicación, que será designado por el titular del ministerio u organismo respectivo.»
Debe decir:
«El Comité estará compuesto por las personas titulares de la Dirección General de Coordinación y Estudios, de la Dirección del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado, de la Comisaría General de Policía Judicial de la Policía Nacional, de la Jefatura de Policía Judicial de la Guardia Civil, así como por un vocal con rango mínimo de Subdirector General o asimilado u Oficial General de los siguientes ministerios y organismos ministeriales: Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Ministerio de Defensa, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, Centro Nacional de Inteligencia y Secretaría de Estado de Comunicación, que será designado por el titular del ministerio u organismo respectivo.»
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