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Documento BOE-A-2025-10278

Decreto de 5 de mayo de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada de Trata de Personas y Extranjería de la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria a doña Montserrat Benito Fernández.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 24 de mayo de 2025, páginas 68636 a 68637 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2025-10278

TEXTO ORIGINAL

El 3 de abril de 2025 el Excmo. Sr. Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria remitió a la Inspección Fiscal propuesta de nombramiento de doña Montserrat Benito Fernández como Fiscal delegada en materia de Trata de Personas y Extranjería, tras el cese por renuncia de doña Carolina Santos Mena acordado por Decreto del Excmo. Sr. Fiscal General del Estado de fecha 24 de marzo de 2025.

En la documentación adjunta consta que, renunciada la referida fiscal y abierta la convocatoria a toda la plantilla de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se presentó una única peticionaria: Doña Montserrat Benito Fernández, quien viene asumiendo el lote de trabajo correspondiente a la materia desde el mes de diciembre de 2024, siendo valorada como idónea para el cargo por el Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Recibido el escrito se procedió a la apertura de expediente gubernativo.

Mediante escrito de fecha de 23 de abril de 2025 la Excma. Sra. Fiscal de Sala Coordinadora de Trata de Personas y Extranjería de la Fiscalía General del Estado informó que considera pertinente el nombramiento de doña Montserrat Benito Fernández, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal (artículo 3.4. Real Decreto 437/1983).

Fundamentos

Primero.

El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscal delegado especialista, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo, y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (artículo 62.2 RMF).

Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.

La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (artículo 62.2 RMF)

Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3 RMF).

Segundo.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria está suficientemente motivada.

En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

1. Nombrar a doña Montserrat Benito Fernández como Fiscal Delegada de Trata de Personas y Extranjería de la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2. Notifíquese lo acordado a la Excma. Sra. Fiscal Jefe Inspectora, a la Excma. Sra. Fiscal de Sala Coordinadora de Trata de Personas y Extranjería, al Excmo. Sr. Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que trasladará copia del presente Decreto a la fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de todas/os los Fiscales de la plantilla.

3. Publíquese el nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12, 1, b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 5 de mayo de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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