El 3 de abril de 2025 tuvo entrada en el registro de esta Fiscalía General del Estado oficio de la misma fecha de la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el que el Excmo. Sr. Fiscal Superior propone el nombramiento de la Ilma. Sra. doña Fátima Polvorosa Arriazu, como Fiscal Delegada de Medio Ambiente y Urbanismo en la Comunidad Autónoma.
Hechos
Mediante Decreto del Fiscal General del Estado de 24 de marzo de 2025 se dispuso el cese de la anterior Fiscal Delegada de Medio Ambiente y Urbanismo en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Para cubrir referido puesto, el Excmo. Sr. Fiscal Superior de dicha Comunidad procedió a incoar EG 14/25, y el 28 de marzo de 2025 comunicó a las/los miembros de la plantilla la convocatoria para solicitud de la mencionada delegación de la especialidad.
Durante el plazo concedido para solicitar la oportuna designación, presentó solicitud optando a mencionada delegación la Ilma. Sra. doña Fátima Polvorosa Arriazu, dictándose Decreto de 3 de abril de 2025 por el Excmo. Sr. Fiscal Superior proponiendo el nombramiento de doña Fátima Polvorosa Arriazu, única peticionaria, al estimar su idoneidad y reunir los méritos oportunos.
Dado traslado del tal Decreto a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, así como al Excmo. Sr. Fiscal de Sala de la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado, éste emitió informe en el sentido de no existir objeción alguna al nombramiento propuesto.
Asimismo, se ha dado traslado del presente expediente al Consejo Fiscal.
Fundamentos
El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscal delegada/o especialista, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe/a respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado/a (artículo 62.2).
Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre las/os Fiscales de la plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica. En el caso de los fiscales delegados especialistas autonómicos, la plaza se convocará entre los delegados especialistas provinciales de la comunidad autónoma.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe/a habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todas/os los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (artículo 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3 RMF).
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta del Excmo. Sr. Fiscal Superior está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a la Ilma. Sra. doña Fátima Polvorosa Arriazu, como Fiscal Delegada de Medio Ambiente y Urbanismo en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. Notifíquese lo acordado a la Excma. Fiscal Jefa Inspectora, al Excmo. Sr. Fiscal de Sala de Medio Ambiente y Urbanismo, y al Excmo. Sr. Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que trasladará copia del presente decreto a la Fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de toda/os los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny n.º 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12, 1, b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.
Madrid, 28 de abril de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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