La Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por Orden de 25 de enero de 2021 («Boletín Oficial de la Región de Murcia» del 29), convocó procedimientos selectivos para el ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño a celebrar en el año 2021, y la elaboración de la lista de interinos para el curso 2021-2022.
Concluidas todas las fases de los citados procedimientos selectivos, la Consejería de Educación, por Orden de 24 de octubre de 2022 («Boletín Oficial de la Región de Murcia» del 31), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en los mismos a los aspirantes seleccionados, nombrados funcionarios en prácticas por Orden de 30 de septiembre 2021 («Boletín Oficial de la Región de Murcia» de 6 de octubre).
Por Orden de 9 de abril de 2025 de la ahora Consejería de Educación y Formación Profesional de la citada Comunidad Autónoma, en ejecución de firmeza de la sentencia 350/2024, de 16 de julio, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1, del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, derivada del procedimiento ordinario 230/2022, se incluye a doña Elia Berdala Gil en el listado de seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 25 de enero de 2021, proponiendo a su vez, su nombramiento como funcionaria de carrera en el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, en la especialidad de Violín.
Con anterioridad a que se dictara la citada sentencia, doña Elia Berdala Gil había superado el proceso selectivo convocado por Resolución de 14 de noviembre de 2022 de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Comunidad autónoma de Andalucía («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 18), y fue nombrada funcionaria de carrera del citado cuerpo y especialidad, por Orden EFD/966/2024, de 22 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 17).
Por todo lo que antecede y, teniendo en cuenta que el nombramiento como funcionario de carrera en un mismo cuerpo docente debe ser único, se debe proceder a la retroacción en el nombramiento de doña Elia Berdala Gil. Así mismo, según el artículo 10.d del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, los aspirantes que superen los procedimientos selectivos, estarán obligados a obtener su primer destino definitivo por la Administración educativa convocante, en este caso, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
Este Ministerio ha dispuesto:
Retrotraer al 1 de septiembre de 2022 los efectos del nombramiento como funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad Violín, de doña Elia Berdala Gil, con Documento Nacional de Identidad ***1719**, Número de Registro Personal ***1719*13 A0594 y una puntuación total de 8,8399 puntos.
La señora Berdala Gil, se considerará ingresada como funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2022, por ser esta la fecha de efectos del nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que resultaron seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 25 de enero de 2021.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 15 de mayo de 2025.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P. D. (Orden EFD/335/2025, de 3 de abril), el Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
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