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Documento BOE-A-2024-8041

Resolución 420/38112/2024, de 12 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Universidad de Alcalá, para la utilización con fines docentes y de investigación del Hospital Central de la Defensa "Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza".

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 22 de abril de 2024, páginas 44782 a 44784 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2024-8041

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 9 de abril de 2024 la Adenda de modificación al Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Alcalá para la utilización con fines docentes y de investigación del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza», en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 12 de abril de 2024.–El Secretario General Técnico, José Luis García Castell.

ANEXO
Adenda de modificación al Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Alcalá para la utilización con fines docentes y de investigación del Hospital Central de La Defensa «Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza»

En Madrid, a 9 de abril de 2024.

REUNIDOS

De una parte, doña Adoración Mateos Tejada, Subsecretaria de Defensa, según nombramiento efectuado por Real Decreto 361/2022, de 10 de mayo, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, por delegación de la señora Ministra de Defensa, de conformidad con el apartado tercero de la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

De otra parte, don José Vicente Saz Pérez, Rector de la Universidad de Alcalá, nombrado por Decreto 12/2022, de 23 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 71, de 24 de marzo, en nombre y representación de la misma, en virtud de la competencia establecida en el artículo 21.i) de los Estatutos de la citada Universidad aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 260, de 31 de octubre, y modificados por Decreto 18/2012, de 26 de enero, del citado Consejo de Gobierno, publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 35, de 10 de febrero.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Defensa y la Universidad de Alcalá suscribieron con fecha 21 de marzo de 2023, un convenio para la utilización con fines docentes y de investigación del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza».

Segundo.

Que en relación con la cláusula séptima relativa a la Comisión Mixta de Seguimiento, la Universidad de Alcalá considera necesario modificar el nombramiento de uno de sus representantes, de manera que pueda nombrarse a un profesor de los cuerpos docentes de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud.

Tercero.

Que de acuerdo con lo establecido en la citada cláusula séptima, las modificaciones acordadas requerirán la formalización mediante adenda conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir esta adenda que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Alcalá para la utilización con fines docentes y de investigación del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza».

El punto 2 de la cláusula séptima del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Alcalá para la utilización con fines docentes y de investigación del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza», queda modificado como sigue:

«2. La Comisión Mixta tendrá carácter paritario y estará constituida de la siguiente forma:

Representantes del MINISDEF:

– La persona titular de la Subsecretaría de Defensa, o persona en quien delegue.

– El Inspector General de Sanidad.

– El Subdirector General de Enseñanza Militar.

– El Director del HCDGU-CSVE.

– El Jefe de Docencia e Investigación del HCDGU-CSVE.

– El Jefe de Enfermería del HCDGU-CSVE.

Representantes de la UAH:

– El Rector o persona en quien delegue.

– El Vicerrector con competencias en profesorado.

– El Decano de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud.

– El Delegado de la Universidad para el CUD y asuntos del MINISDEF.

– Un Profesor de los cuerpos docentes nombrado por el Rector.

– Un profesor de los cuerpos docentes de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud que ocupe plaza vinculada en el HCDGU-CSVE o esté adscrito al CUD-ACD, nombrado por el Rector. En su defecto, podrá nombrarse a un profesor de los cuerpos docentes de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud.»

Segunda. Eficacia de la adenda.

Con arreglo a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda de modificación, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio de Defensa, la Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada.–Por la Universidad de Alcalá, el Rector, José Vicente Saz Pérez.

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