Está Vd. en

Documento BOE-A-2024-4954

Orden ECM/232/2024, de 4 de marzo, de extinción y cancelación de la sucursal MBIA Insurance Corporation Entidad Asegura Norteamericana, Delegación General en España, en el Registro administrativo de entidades aseguradoras.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 13 de marzo de 2024, páginas 29900 a 29900 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2024-4954

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 29 de junio de 2017 se dictó Orden Ministerial por la que se acordó revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en España a la sucursal de la entidad MBIA Insurance Corporation, en virtud de lo dispuesto en el artículo 169.3.a) de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Con fecha 27 de marzo de 2023 se otorgó la correspondiente escritura de formalización de cierre de MBIA Insurance Corporation, Entidad Aseguradora Norteamericana, Delegación General en España, sucursal en España de la entidad MBIA Insurance Corporation, dándose por finalizada su liquidación.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Declarar, conforme a lo dispuesto en el artículo 181.6 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, la extinción de la sucursal MBIA Insurance Corporation, Entidad Aseguradora Norteamericana, Delegación General en España, inscrita en el Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave E0124, y la cancelación de los asientos correspondientes a esta sucursal en el Registro administrativo previsto en el artículo 40 de la Ley 20/2015, de 14 de julio.

Segundo.

La presente Orden Ministerial se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Orden Ministerial que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 4 de marzo de 2024.–El Ministro de Economía, Comercio y Empresa, P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre de 2021), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Israel Arroyo Martínez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid