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Documento BOE-A-2024-3024

Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracciones graves impuestas a Miolo Desarrollos, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 16 de febrero de 2024, páginas 19171 a 19172 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2024-3024

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose renunciado por la interesada a la interposición de recursos en vía administrativa y deviniendo, en consecuencia, firmes en dicha vía las sanciones impuestas a Miolo Desarrollos, SL, por la comisión de cuatro infracciones graves, tipificadas en el artículo 292.4 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en su redacción vigente al tiempo de los hechos, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 335 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, las sanciones impuestas mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, de 20 de diciembre de 2023, que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:

– Imponer a Miolo Desarrollos, SL, por la comisión de dos infracciones graves tipificadas en el artículo 292.4 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el artículo 240 bis, ambos del mismo texto legal, por el incumplimiento de las medidas de control administrativo de la publicidad de criptomonedas establecidas en la Norma 5 de la Circular 1/2022, de 10 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión, por no incorporar la información y advertencias sobre los riesgos de criptoactivos en las campañas publicitarias masivas realizadas en La Voz De Galicia los días 7 y 8 de septiembre de 2022 y en El Mundo los días 10 y 17 de noviembre de 2022 en la versión impresa del diario, el día 10 de noviembre en su versión digital y del 14 al 22 de noviembre de 2022 en sus redes sociales; dos multas por importe de diez mil euros (10.000 €) cada una. En la determinación del importe de la sanción se ha tenido en cuenta que se trata de una empresa de reciente creación y se ha considerado como circunstancia atenuante la solidez financiera de la entidad infractora.

– Imponer a Miolo Desarrollos, SL, por la comisión de dos infracciones graves tipificadas en el artículo 292.4 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el artículo 240 bis, ambos del mismo texto legal, por el incumplimiento de las medidas de control administrativo de la publicidad de criptomonedas establecidas en la Norma 7 de la Circular 1/2022, de 10 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión, por no presentar comunicación previa a las campañas publicitarias masivas realizadas en La Voz De Galicia los días 7 y 8 de septiembre de 2022 y en El Mundo los días 10 y 17 de noviembre de 2022 en la versión impresa del diario, el día 10 de noviembre en su versión digital y del 14 al 22 de noviembre de 2022 en sus redes sociales; dos multas por importe de cinco mil euros (5.000 €) cada una. En la determinación del importe de la sanción se ha tenido en cuenta que se trata de una empresa de reciente creación y se ha considerado como circunstancia atenuante la solidez financiera de la entidad infractora.

Habiéndose renunciado por la interesada a la interposición de recursos en vía administrativa, la resolución que impone las sanciones, antes citadas, únicamente ha devenido firme en dicha vía, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 5 de febrero de 2024.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.

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