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Documento BOE-A-2024-27549

Resolución de 26 de diciembre de 2024, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de Técnico Superior, nivel 2.

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 31 de diciembre de 2024, páginas 187374 a 187386 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2024-27549

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Rector de la Zona Especial Canaria, por acuerdo de 17 de febrero de 2021 (BOC núm. 52, de 11 de marzo), acordó la delegación en la Presidencia del Consorcio de la Zona Especial Canaria, la aprobación de cualquier acto necesario hasta la cobertura definitiva de las plazas vacantes.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a 2023, el Consorcio de la Zona Especial Canaria tiene reconocida una plaza de técnico superior para su cobertura por acceso libre.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases.

El desarrollo del proceso selectivo derivado de la presente convocatoria cumplirá con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como con el resto de principios establecidos en el artículo 55 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Visto el informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, resuelvo:

Primero. Convocatoria.

Convocar proceso selectivo para la provisión de una plaza de técnico superior, nivel 2, con funciones de administración, estudio, asesoramiento, de acuerdo con lo señalado en el anexo I de la presente resolución.

Segundo. Aprobación de las bases.

Aprobar las bases por las que se regirá el proceso selectivo convocada, que se acompañan a la presente resolución.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Presidencia del Consorcio de la Zona Especial Canaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o bien demanda, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Social, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Ha de tenerse en cuenta que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer demanda hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Canarias, 26 de diciembre de 2024.–El Presidente del Consorcio de la Zona Especial Canaria, Pablo Andrés Hernández González-Barreda.

Bases por las que se rige el proceso selectivo convocado en la presente resolución

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir la plaza descrita y con el destino señalado en el anexo I, conforme a lo establecido en el artículo 5 del convenio colectivo aplicable (BOC núm. 249, de 27 de diciembre de 2006), por el sistema de acceso libre.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso oposición en el que se garantizarán los principios de libre concurrencia, publicidad, mérito y capacidad, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones descritas en la base 7 de la presente convocatoria.

El programa o temario que ha de regir el proceso selectivo figura en el anexo II.

1.3 La presentación de solicitudes supone la plena aceptación de las bases por parte de las personas aspirantes, así como la declaración responsable de que todos los datos consignados son ciertos y comprobables a requerimiento del Consorcio de la Zona Especial Canaria.

1.4 Las bases de este proceso y cualesquiera otros actos relacionados con el mismo se encontrarán publicados, además de en el tablón de anuncios de ambas oficinas del Consorcio de la Zona Especial Canaria en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife, en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es, en el Portal Funciona (https://sede.funciona.gob.es/public/servicios) y en la página web del Consorcio, www.canariaszec.gob.es.

1.5 Concluido el proceso selectivo, la persona aspirante que lo hubiera superado y que haya acreditado cumplir los requisitos exigidos será contratada con carácter fijo, sin perjuicio del período de prueba.

1.6 Las funciones propias del puesto son las que se reflejan en el anexo I.

1.7 El desempeño quedará sometido a lo establecido en el Convenio colectivo para el personal laboral del Consorcio de la Zona Especial Canaria (BOC núm. 249, de 27 de diciembre de 2006) o el que lo sustituya, en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en lo que resulte aplicable al personal laboral, en el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, 23 de octubre, y demás disposiciones de derecho laboral que resulten de aplicación.

2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1 Para ser admitidas a la participación en el proceso selectivo por acceso libre, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de la formalización del contrato, los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Ser español o española.

b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

c) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

d) Finalmente, podrán participar, las personas extranjeras con residencia legal en España.

2.1.2 Capacidad legal: tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores. En concreto deberán tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.3 Titulación: estar en posesión o cumplir las condiciones necesarias para su obtención antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de un grado/licenciatura (nivel 2 o 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), en los términos señalados en el anexo I.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o, en su caso, del certificado de equivalencia, expedido por la autoridad española competente.

2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado o afectada por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso de selección deberán cumplimentar un modelo de solicitud incluido en el anexo IV.

3.2 De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, la presentación de solicitudes se realizará telemáticamente, a través del Registro Electrónico del Consorcio de la Zona Especial Canaria (https://canariaszec.sede.gob.es), del Registro General de la Administración General del Estado, http://administracion.gob.es > Registro Electrónico General; o en los lugares a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE y se dirigirá a la Presidencia del Consorcio de la Zona Especial Canaria.

3.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.4 A la solicitud se acompañará:

− Las personas incluidas en el apartado b) de la base 2.1.1., además de la copia auténtica del pasaporte, una copia auténtica del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

− Las personas incluidos en el apartado c) de la base 2.1.1, además de la copia auténtica del pasaporte en vigor, una copia auténtica del correspondiente permiso de residencia, o de trabajo y de residencia.

− Asimismo, además de la copia auténtica que acredite la titulación que da acceso a esta convocatoria, se deberá acompañar un curriculum vitae en formato «europass», y la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso, de acuerdo con lo recogido en la base 7 de esta convocatoria.

− Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que soliciten la adaptación del tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.

3.5 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones que resulten de aplicación. Los datos personales recogidos en las solicitudes de admisión serán tratados con la finalidad de la gestión del proceso selectivo y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.

4. Admisión de las personas aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante adoptará resolución declarando aprobada la lista de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, así como la fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición. Dicha resolución se publicará en los tablones de anuncios del Consorcio de la Zona Especial Canaria, en su página web www.canariaszec.gob.es, en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es y en el Portal Funciona (https://sede.funciona.gob.es/public/servicios).

4.2 Las personas excluidas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la fecha de la resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.

4.3 Transcurrido dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, la lista definitiva se publicará en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales. En caso de que no se produzcan alegaciones, la lista provisional se elevará a definitiva.

5. Tribunales de selección

5.1 Los Tribunales estarán compuestos por tres miembros titulares y tres suplentes, designados conforme a lo dispuesto en el artículo 12.5 del Convenio colectivo para el personal laboral del Consorcio de la Zona Especial Canaria. Las personas miembros del Tribunal, son las personas identificadas en el anexo III, respetando en su conjunto la presencia equilibrada de mujeres y hombres en su composición. Los Tribunales podrán contar con el asesoramiento de especialistas en las materias sobre las que versen las diferentes pruebas del proceso selectivo, quienes participarán en la calificación de las pruebas con voz, pero sin voto.

En cualquier caso, la pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. Con carácter previo a la realización de la primera de las pruebas se publicarán los currículum profesionales de los miembros del Tribunal.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, y demás disposiciones vigentes. El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos y hará efectivo lo dispuesto en la orden PRE/1822/2006, de 6 de junio, para la adaptación de tiempos adicionales para el acceso de personas con discapacidad.

5.2 Se faculta al Tribunal de selección para interpretar y aplicar cualesquiera dudas se susciten en relación con las presentes bases. Igualmente queda habilitado el Tribunal para establecer la isla o islas en cuyas capitales se realizarán las pruebas, en función de la lista final de personas admitidas.

5.3 Las personas aspirantes podrán recusar a las personas miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la oficina de Las Palmas de Gran Canaria del Consorcio de la Zona Especial Canaria, y en la dirección de correo electrónico convocatorias@canariaszec.com, debiéndose indicar en las comunicaciones dirigidas al mismo la referencia de la plaza correspondiente señalada en el anexo I.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 La presente convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación.

6.2 Toda la información que afecte a la presente convocatoria y al desarrollo del proceso selectivo se publicará en los tablones de anuncios de las oficinas del Consorcio en Santa Cruz de Tenerife y en Las Palmas de Gran Canaria y, asimismo, estará disponible en la sección Empleo público de la página web https:// canariaszec.gob.es, en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es y en el Portal Funciona, https://sede.funciona.gob.es/public/servicios. En los mismos puntos se publicará un cronograma orientativo del proceso selectivo. La información relativa a los aspirantes se publicará de forma pseudoanonimizada conforme a los criterios establecidos por la Agencia Española de Protección de Datos.

6.3 El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «V», según lo establecido en la Resolución de 25 de julio de 4 de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado («Boletín Oficial del Estado» núm. 184, de 31 de julio de 2024).

6.4 Las personas aspirantes serán convocadas a cada uno de los ejercicios en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

6.5 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública, en la forma descrita en la base 1.4 anterior, y con carácter provisional, la relación de personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. En el mismo acto se dará un plazo de cinco días hábiles para presentar alegaciones. Transcurrido dicho plazo, se elevará la lista provisional a definitiva o, si hubiera modificaciones, se publicará la lista definitiva incluyendo las mismas. En el mismo lugar se harán públicas la fecha, lugar y hora del siguiente ejercicio, con veinticuatro horas de antelación al menos a la señalada para su inicio.

6.6 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

6.7 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o de parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en cualquiera de sus fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal. En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

7. Proceso selectivo

7.1 Fase de oposición.

Estará formada por las pruebas que se exponen a continuación, que deberán realizarse en un plazo máximo de un año, salvo causa justificada, garantizando que no medien más de cuarenta y cinco días naturales entre los distintos ejercicios o pruebas.

Prueba 1: Prueba de inglés.

Consistirá en la evaluación del conocimiento que los aspirantes tengan de la lengua inglesa a través de la realización de las siguientes pruebas:

1. Contestación de un examen tipo test, en el que se evaluarán las destrezas lingüísticas en inglés, mediante preguntas relacionadas con la comprensión lectora y auditiva y la expresión escrita. El nivel de referencia de este examen será el B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). El formato de la prueba seguirá un esquema similar al empleado en el B1 Preliminary English Test de la Universidad de Cambridge (Cambridge English).

Esta prueba escrita se realizará simultáneamente en ambas capitales, en el caso de que el Tribunal haya descentralizado su realización.

En el plazo máximo de dos días hábiles, a contar desde la finalización de la prueba correspondiente, se harán públicas las plantillas correctoras de la prueba.

2. Breve exposición oral en inglés de un tema de actualidad propuesto por el Tribunal.

La prueba oral se efectuará con el mismo equipo de evaluación mediante llamamiento en días sucesivos en ambas islas.

La puntuación máxima de esta prueba, que tendrá carácter eliminatorio, será de diez (10) puntos en total, debiendo obtenerse para superarla un mínimo de cinco (5) puntos.

Tras la realización de la prueba se publicará la lista de candidatos y candidatas que la han superado, con su calificación, en el plazo máximo de diez días.

Prueba 2: Prueba general tipo test.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario sobre las materias de los temarios recogidos en el anexo II de estas bases, y que tendrá un máximo de cincuenta preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, no restando las respuestas no contestadas y restando las respuestas erróneas 1/3 del valor de cada pregunta. El cuestionario incluirá cuestiones de tipo práctico. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas y media.

La puntuación máxima de esta prueba, que tendrá carácter eliminatorio, será de veinte (20) puntos, debiendo obtenerse para superarla un mínimo de diez (10) puntos.

Tras la realización de la prueba se publicará la lista de candidatos y candidatas que la han superado, con su calificación, en el plazo máximo de diez (10) días, disponiendo de cinco (5) día para presentar alegaciones.

Las pruebas 1 y 2 tendrán un máximo de treinta (30). El total de calificaciones se publicará una vez transcurrido el plazo de alegaciones de la prueba teórica general. Asimismo, se publicará el lugar, fecha y hora de la celebración de la prueba de la siguiente fase.

Prueba 3: Prueba de capacidades analíticas.

Consistirá en una prueba psicotécnica y tendrá una puntuación máxima de diez (10) puntos. El Tribunal publicará veinticuatro horas antes de la prueba los parámetros de la evaluación.

Para superar la fase de oposición habrá que obtener al menos la mitad de los puntos totales máximos de la fase (veinte puntos). La calificación total de esta fase vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la oposición.

A la fase de concurso sólo se podrá acceder si se ha superado la fase de oposición.

7.2 Fase de concurso.

El Tribunal elaborará la relación nominal de aspirantes que hayan superado las pruebas anteriores, sumando a las calificaciones obtenidas en las mismas los puntos correspondientes a los méritos baremables hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, con un máximo de 20 puntos, de acuerdo con lo siguiente:

Experiencia profesional (máximo 10 puntos):

– 0,5 puntos por cada año completo de servicio realizando tareas exigibles bajo la categoría convocada o superior en el sector público en los últimos 20 años realizando tareas análogas a las exigidas para la plaza, según certificado de servicios emitido por el órgano competente en asuntos de personal de anteriores empleadores. En dicho certificado deberán hacerse constar las funciones desempeñadas en cada caso.

– 0,25 puntos por cada año completo de servicio realizando tareas análogas a las exigibles para la plaza convocada en el sector privado en los últimos 20 años, según certificado de servicios emitido por el órgano competente en asuntos de personal de anteriores empleadores.

Para la verificación de la experiencia profesional alegada, el Tribunal de Selección recabará de la Tesorería General de la Seguridad Social el informe de vida laboral del candidato, pudiendo éste oponerse únicamente en los supuestos expresamente permitidos en la legislación de protección de datos.

Titulación universitaria relacionada con las funciones de la plaza, diferente a la que se hubiera alegado como requisito para la admisión: Se valorará con 3 puntos la formación que se acredite con titulación de grado (nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) o superior.

Conforme a lo acreditado por los aspirantes, el Tribunal publicará con carácter provisional las puntuaciones correspondientes conforme a lo dispuesto en la base 1.3, otorgando un plazo de cinco (5) días hábiles para presentar alegaciones. Transcurrido este período, elevará las puntuaciones provisionales a definitivas, o en su caso, publicará las modificaciones en la puntuación definitiva. Esta fase no exigirá mínimo para su superación.

Una vez elevadas a definitivas las puntuaciones, publicará la lista definitiva con las valoraciones finales obtenidas en el proceso selectivo, con la suma de las puntuaciones obtenidas en todas las fases.

8. Superación del proceso selectivo

8.1 Concluido el proceso selectivo, la presidencia del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de puntuación.

En la lista se distinguirán, de manera priorizada de mayor a menor puntuación, las personas candidatas elegibles para la formalización de los contratos a que se refieren la presente convocatoria y las demás que hubiesen superado el proceso selectivo, que pasarán a la condición de elegibles, respetando su posición relativa en la lista, en el caso de que las personas seleccionadas en primer lugar no presenten la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumplan los requisitos exigidos, renuncien o no superen el periodo de prueba.

8.2 En caso de empate entre varios candidatos o candidatas, se aplicarán los siguientes criterios de desempate:

– Tendrá prioridad la persona candidata que hubiere tenido una puntuación más elevada en la prueba 2.

– En caso de que la puntuación en la prueba 2 fuera idéntica, se dará prioridad a quien tuviera mayor puntuación en la prueba 3.

– En el supuesto de idéntica puntuación en las anteriores, se dará prioridad al que tenga mayor puntuación en la fase de concurso.

8.3 La relación de aspirantes, con su puntuación correspondiente, se publicará en los medios citados en la base 6.2.

En ella se concederá a la persona seleccionada un plazo de siete días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

8.4 Ninguna persona podrá ser adjudicataria de otra plaza que no sea la convocada.

8.5 Con la persona seleccionada que resulte adjudicataria se formalizará contrato de trabajo laboral indefinido correspondiente a técnico/a superior, nivel 2.

8.6 Las personas contratadas tendrán que superar un período de prueba de seis meses durante el cual la persona responsable de administración evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.

8.7 En el caso de que el candidato no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie o la evaluación realizada por la Dirección respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará por el candidato inmediatamente siguiente en la lista de aprobados a que se refiere la base 8.1.

8.8 Se creará una relación de personas candidatas de cuya gestión estará encargada la persona titular de la Dirección de Régimen Interior, Supervisión y Control del Consorcio.

La relación estará integrada por aquellas personas que, habiendo participado en el proceso selectivo convocado, hayan obtenido la puntuación mínima exigida para la superación del proceso selectivo sin haber obtenido plaza. Dicha relación estará ordenada en orden descendente conforme a la puntuación total obtenida en el proceso. El orden establecido, en caso de empate, atenderá a los criterios de desempate indicados en la base 8.2.

La relación de personas candidatas estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.

Podrán ser contactados, los candidatos incluidos en la relación de personas candidatas que no hayan presentado fehacientemente su oposición a ser incorporados a ella en el orden que les corresponda.

Se les contactará a través de la dirección de correo electrónico facilitada en el modelo de solicitud de participación en el proceso selectivo que figura como anexo IV de estas bases, y deberán dar una contestación a la oferta en el plazo de cinco días hábiles.

En caso de no recibirse dicha contestación en el plazo señalado, la contratación será ofrecida a la siguiente persona de la relación, hasta la cobertura de las plazas autorizadas.

Una vez finalizado su contrato temporal, la persona contratada volverá a la relación de candidatos en el mismo puesto que tenía y le será ofertada, cuando surja una nueva necesidad, otra nueva contratación, siguiendo el mismo procedimiento, hasta completar seis meses en conjunto con los sucesivos contratos, pasando en ese momento a ocupar el último puesto de todas las relaciones en que figure, y siendo llamada para la próxima contratación la siguiente persona de la relación.

Son causas de exclusión y baja de la relación de personas candidatas las siguientes:

– La incapacidad sobrevenida que le inhabilite para el ejercicio de las funciones propias de la plaza vacante.

– El cumplimiento de la edad legal de jubilación.

– La baja voluntaria del trabajador durante la vigencia del contrato temporal.

Son causas justificadas de renuncia al contrato ofertado y, por tanto, que permiten que la persona afectada pueda acceder a la siguiente contratación que se genere, manteniendo el número de orden en la relación, las siguientes: encontrarse en el momento de ser convocado en situación de ILT o encontrarse ocupando un puesto de trabajo de carácter temporal en el momento del llamamiento.

Sin embargo, las personas que, en el momento del llamamiento, se encuentren en situación de maternidad o de embarazo de riesgo, serán llamadas en las mismas condiciones que el resto de las personas candidatas de la relación, haciéndose igualmente efectiva su contratación.

La relación de personas candidatas y del procedimiento de gestión se publicarán en el Punto de Acceso General electrónico (https://administracion.gob.es/).

9. Normativa aplicable

Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Convenio colectivo del personal laboral del Consorcio de la Zona Especial Canaria o el que lo sustituya, el resto de normativa vigente aplicable y lo dispuesto en la presente convocatoria.

ANEXO I
Plaza a convocar
Referencia OEP Turno Categoría Nivel Centro de trabajo
ZECTSup-23/GC. 2023 Libre. Técnico Superior. 2 Las Palmas de Gran Canaria.

Funciones

Tipo de plaza Funciones Titulación
Técnico Superior. Realización de tareas propias técnico superior: informe y asesoramiento jurídico y económico de cualquier tipo que le sean solicitado, dirección y gestión, en su caso, de expedientes propios del organismo, así como cualesquiera otras que puedan ser encomendadas relacionadas con las titulaciones de acceso. En particular, y sin exclusión de otras por necesidades de organización o servicio, contabilidad, presupuestos, recursos humanos y contratación, todas ellas ajustadas a las previsiones que para los trabajadores del grupo profesional 1 se describen en el Convenio Colectivo aplicable, bajo la dirección y supervisión de los órganos de gobierno y administración del Consorcio de la Zona Especial Canaria, del personal directivo y de las personas responsables de las áreas correspondientes. Grado (o licenciatura) o superior en economía, empresariales, administración y dirección de empresas o derecho.
ANEXO II

Temario general

Tema 1. La Constitución. Deberes y Derechos. El derecho a la igualdad de género.

Tema 2. El sistema de fuentes: La Ley, los decretos-leyes, la delegación legislativa y el reglamento y sus clases. Los actos administrativos generales, circulares e instrucciones.

Tema 3. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación.

Tema 4. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión, anulación y revocación.

Tema 5. Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: Objeto, ámbito de aplicación y principios.

Tema 6. Las fases del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

Tema 7. Los procedimientos especiales. Los recursos administrativos.

Tema 8. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. Objeto y ámbito de aplicación. Principios generales.

Tema 9. Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. Organización Central. Órganos Superiores y Directivos. Los Ministerios y su estructura interna.

Tema 10. La Organización territorial de la Administración General del Estado. Las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Organización y competencias del Ministerio de Transformación Digital y de la Función Pública y del Ministerio de Hacienda.

Tema 11. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias, Estatutos de autonomía. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas.

Tema 12. La Administración Local.

Tema 13. El Estatuto de Autonomía de Canarias: Estructura, contenido y naturaleza jurídica. Disposiciones Generales (título Preliminar) y principios rectores de los poderes públicos canarios.

Tema 14. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. La organización administrativa de Canarias. El Consejo de Gobierno: Consideración administrativa y atribuciones. Las Consejerías: estructura. Las Viceconsejerías. Las Secretarías Generales Técnicas. Las Direcciones Generales.

Tema 15. La integración diferenciada del Archipiélago en el acta de adhesión de España a la Unión Europea: El protocolo número 2. El reconocimiento comunitario de la ultraperiferia. El artículo 349 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

Tema 16. El Régimen Económico y Fiscal de Canarias. La Ley 19/1994, de 6 de julio: Principios, estructura y contenido. Aspectos económicos incluidos en esta ley.

Tema 17. La Zona Especial Canaria. Requisitos. Contenido del régimen.

Tema 18. El Consorcio de la Zona Especial Canaria. Estructura. Órganos de Gobierno y Directivos. Funciones y competencias. Instrucción de organización y servicios.

Tema 19. La Unión Europea: Instituciones y Orden jurídico. Los tratados de la Unión Europea.

Tema 20. El mercado interior. El principio de libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales. La política de competencia.

Temario específico

Temario de recursos humanos

Tema 1. El Estatuto de los trabajadores. Disposiciones generales. Contenido del contrato de trabajo. Duración.

Tema 2. Derechos y deberes derivados del contrato de trabajo. Salario y garantías salariales. Tiempo de trabajo.

Tema 3. El Estatuto de los trabajadores. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Faltas y sanciones de los trabajadores.

Tema 4. Derechos de representación colectiva y de reunión de los trabajadores en la empresa.

Tema 5. Objeto y ámbito de aplicación del Estatuto Básico del Empleado Público. Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 6. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Tema 7. Adquisición y pérdida de la relación de servicio de los empleados públicos. Incompatibilidades de los empleados públicos.

Tema 8. Régimen general de la Seguridad Social. Inscripción de empresas y afiliación de trabajadores en el régimen general de la Seguridad Social.

Tema 9. Normas generales de cotización. Normas generales de recaudación en período voluntario

Temario de contabilidad y presupuestos

Tema 1. Ámbito de aplicación y organización del sector público estatal en la Ley General Presupuestaria.

Tema 2. Derechos y obligaciones de la Hacienda Pública estatal.

Tema 3. Anticipos de Caja Fija y los pagos a justificar. Criterios de ordenación de pagos.

Tema 4. Competencias en materia contable de la Intervención General de la Administración del Estado.

Tema 5. Las cuentas anuales: formulación y contenido. Cuadro de cuentas.

Tema 6. Rendición de cuentas de los entes públicos cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo

Tema 7. Principios contables y normas de reconocimiento y valoración.

Tema 8. Aplicación y adaptación del Plan General de Contabilidad Pública en los entes públicos con presupuesto estimativo.

Tema 9. Indemnizaciones por razón del servicio. Clases y devengos.

Temario de contratación

Tema 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Tema 2. Tipología de contratos del sector público. Régimen jurídico del contrato de obra.

Tema 3. Régimen jurídico de los contratos de suministro y de servicios.

Tema 4. Competencia para contratar, responsable del contrato, perfil del contratante y lucha contra la corrupción.

Tema 5. Capacidad y solvencia del empresario. Acreditación de la aptitud para contratar.

Tema 6. Objeto del contrato, presupuesto base de licitación, valor estimado del contrato y precio.

Tema 7. Garantías exigibles en la contratación del sector público.

Tema 8. Expediente de contratación Pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas

Tema 9. Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas. Clasificación de los tipos de procedimientos de adjudicación.

Tema 10. Plazos presentación de las solicitudes de participación y de las proposiciones; Información a interesados; Proposiciones de los interesados.

Tema 11. Los contratos menores.

Tema 12. Plataforma de contratación del sector Publico en la Ley 9/2017.

ANEXO III
Composición del Tribunal de Selección

Tribunal titular

Cargo Identificación Grupo/cuerpo
Presidencia. Don Alejandro Cañeque Martínez. Director de Promoción y Servicio a Entidades de la ZEC.
Vocalía. Doña Fernanda Franchy del Río. Funcionaria de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Secretaría. Don José Antonio Blázquez Múrez. Responsable de Administración del Consorcio de la ZEC.

Tribunal suplente

Cargo Identificación Grupo/cuerpo
Presidencia suplente. Doña María Ravina Cortés. Administradora General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Vocalía suplente. Doña Sabita Jagtani Jagtani. Técnica Superior, nivel 1 del Consorcio de la ZEC.
Secretaría suplente. Doña Soledad Peraza Martín. Técnica del Consorcio de la ZEC.
ANEXO IV
Solicitud

A la Presidencia del Consorcio de la Zona Especial Canaria.

Datos personales:

Nombre: .......................................................... Apellidos: ........................................... NIF/NIE: ................................ Sexo: ............ Fecha de nacimiento: ....................................

Dirección: ..................................................................................................... Núm.: ....... Esc.: ........ Pta.: …..... Código Postal: ................... Localidad: ......................................... Provincia: ................................................

Teléfono: ...................... e-mail: ............................ Nacionalidad: ..................................

Solicitud de adaptación (para las personas con discapacidad): SI ☐ NO ☐

Documentos que se adjuntan:

Documentos previstos en la base 3.4:

DNI ☐

Titulación acceso a la convocatoria ☐

Curriculum vitae Europass ☐

Dictamen técnico facultativo (discapacidad) ☐

Acreditación de méritos ☐

SOLICITO ser admitido/a al proceso selectivo a que se refiere esta solicitud, y DECLARO que son ciertos los datos que constan y que reúno las condiciones exigidas en esta convocatoria. Así mismo, me comprometo a probar documentalmente todos los datos de la solicitud.

Firma:

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/12/2024
  • Fecha de publicación: 31/12/2024
  • Convocatoria.

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