La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 25 de abril de 2023, emitió Resolución por la que se otorga a Proyecto Fotovoltaico Dos Hermanas, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Hipódromo de 169,728 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en término municipal de Dos Hermanas, en la provincia de Sevilla (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 113, de 12 de mayo de 2023.
Con fecha 17 de abril de 2024, la Dirección General de Política Energética y Minas emitió Resolución por la que se otorga a Proyecto Fotovoltaico Dos Hermanas, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Hipódromo, de 169,728 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en término municipal de Dos Hermanas, en la provincia de Sevilla.
Con fecha 29 de septiembre de 2021, Proyecto Fotovoltaico Dos Hermanas, SL, en adelante, el promotor, solicitó la declaración, en concreto, de utilidad pública de la línea eléctrica a 220 kV de evacuación con origen en la subestación eléctrica Entrenúcleos Promotores 220/30 kV y final en la subestación Entrenúcleos 220 kV (propiedad de Red Eléctrica de España, SAU), ubicadas en el término municipal de Dos Hermanas, provincia de Sevilla.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 11 de noviembre de 2021 en el «Boletín Oficial del Estado», el 20 de noviembre de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla», el 10 de noviembre de 2021 en el diario «ABC» y con la exposición al público en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Dos Hermanas
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla emitió informe en fecha 4 de marzo de 2022.
Con fecha 1 de septiembre de 2023, el promotor, solicitó que se sometiera a información pública y consultas la declaración, en concreto, de utilidad pública de la línea eléctrica a 220 kV de evacuación con origen en la subestación eléctrica Entrenúcleos Promotores 220/30 kV y final en la subestación Entrenúcleos 220 kV (propiedad de Red Eléctrica de España, SAU), ubicada en el término municipal de Dos Hermanas, provincia de Sevilla. Esta nueva solicitud viene motivada por diferencias en las superficies de determinadas parcelas de la relación de bienes y derechos afectados, sometida a información pública con fecha 11 de noviembre de 2021.
En concreto, la relación de bienes y derechos afectados sometida a información pública no incluye la parcela con referencia catastral 41038A001000150000HI y recoge modificaciones en los datos de afección en cuanto a longitud de canalización, servidumbre de paso subterránea y ocupación temporal, de todas las parcelas a excepción de la n.º 41038A001000060000HM, 41038A001000070000HO, 8735826TG3383N0001MK, 8735812TG3383N0001HK y una parcela sin referencia catastral.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestación de la Diputación Provincial de Sevilla de la que no se desprende oposición. Se ha dado traslado al promotor, el cual expresa su conformidad con la mismas.
Se han recibido contestaciones de la Delegación Territorial de Sevilla de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía, y del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Preguntados el Ayuntamiento de dos Hermanas, la Secretaría General de Energía de la Junta de Andalucía y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (en adelante, CHG), no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la línea y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 16 de septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», el 14 de septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla», el 19 de septiembre de 2023 en el Diario de Sevilla y con la exposición al público en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Dos Hermanas.
Durante el periodo de información pública se ha recibido una alegación de D. Nicolás Gil Blanco, en la que afirma que desconoce los motivos que han provocado la modificación del proyecto original aprobado en la autorización administrativa previa; alega indefensión, al considerar que, tras la modificación del proyecto, la línea de evacuación subterránea afecta a la superficie de una parcela de su propiedad (referencia catastral 7424303TG3372S0001TT) y determina que la línea de evacuación de 220kV debería instalarse sobre terrenos patrimoniales del Estado y, concretamente, sobre terrenos de titularidad de la CHG. Se ha dado traslado al promotor de esta alegación, el cual contesta que la modificación del trazado de la Línea Subterránea de Alta Tensión (en adelante, LSAT 220 kV) de evacuación en la Subestación Eléctrica Transformadora Entrenúcleos (en adelante, SET Entrenúcleos) obedece a las condiciones establecidas en la tramitación por la CHG para el paso de la instalación por terrenos de su titularidad; que el nuevo trazado transcurre íntegramente por terrenos cuya titularidad es de la CHG exclusivamente, entre los que se incluye la parcela con referencia catastral 7424302TG3372S0001LT; que sobre los bienes titularidad del alegante no hay proyectada ninguna afección para la instalación de la LSAT 220 kV; que cuenta con una concesión demanial de la CHG de aprovechamiento de paso de la LSAT 220 kV de evacuación en la SET Entrenúcleos (acuerdo de adjudicación del expediente SAP-2023-AYC-35) y que la CHG especifica que los terrenos objeto del expediente de concesión demanial de aprovechamiento fueron expropiados con motivo de la construcción del Canal del Bajo Guadalquivir y siguen afectos a la explotación del mismo. Se ha dado traslado de esta contestación al alegante, el cual muestra su disconformidad con el condicionado de la CHG y con la modificación del trazado de la LSAT 220 kV.
Otorgado trámite de audiencia al promotor sobre la propuesta de declaración de utilidad pública, en los términos solicitados se requiere que el promotor aclare cuestiones relativas a la tramitación. Quedan concretadas a continuación:
– En relación a la parcela 7424303TG3372S0001TT, cuyo titular es D. Nicolás Gil Blanco no queda afectada por el proyecto y el promotor, no obstante renuncia a la declaración, en concreto, de utilidad pública sobre dicha parcela.
– En relación a la parcela 7424302TG3372S0001LT, cuya titularidad corresponde a CHG, el promotor ha obtenido los títulos habilitantes de uso y renuncia a la declaración, en concreto, de utilidad pública sobre dicha parcela.
Sin perjuicio de lo anterior y previo a resolver, se ha requerido al promotor aclaración de aspectos relativos a la Relación de Bienes y Derechos Afectados, concretándose a continuación:
– En relación con la parcela n.º5 con referencia catastral 7421901TG3372S0001LT, titularidad de doña Rocío Noguera Espinosa, el promotor renuncia a la declaración, en concreto, de utilidad pública sobre dicha parcela.
– En relación con la parcela con número de afección 6 de la relación de bienes y derechos afectados, sometida a información pública con la publicación el 16 de septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», titularidad de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, el promotor ha obtenido los títulos habilitantes de uso y renuncia a la declaración, en concreto, de utilidad pública sobre dicha parcela.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla emitió informe en fecha 30 de noviembre de 2023.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la línea eléctrica a 220 kV de evacuación con origen en la subestación transformadora Entrenúcleos Promotores 30/220 kV y final en la subestación Entrenúcleos 220 kV (propiedad de Red Eléctrica de España, SAU), que forma parte del proyecto de instalación fotovoltaica Hipódromo de 169,728 MW de potencia instalada en el término municipal de Dos Hermanas, en la provincia de Sevilla, con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados por el promotor y publicada el 16 de septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 14 de septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla», a los efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. La declaración de utilidad púbica no será de aplicación a las parcelas con referencia catastral 7424303TG3372S0001TT, 7424302TG3372S0001LT, 7421901TG3372S0001LT, ni a la parcela con n.º de afección 6 de la relación de bienes y derechos afectados, sometida a información pública con la publicación el 16 de septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado».
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 18 de diciembre de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.
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