Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública y, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, (BOE de 3 de julio), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024 en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar dos procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo Superior de interventores y Auditores del Estado.
Resultará de aplicación a la presente convocatoria el libro segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en todo lo que no se oponga a las anteriores normas, el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, (BOE de 3 de julio), la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se establece un modelo común de convocatoria que regirá los procesos selectivos para el ingreso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y el resto de normativa vigente en la materia, incluyendo aquellas normas especiales que resulten de aplicación y que gozarán de prevalencia respecto de la normativa general.
Asimismo, esta convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como el acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y, en su caso, se adecuará a lo establecido en el acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
La presente convocatoria se desarrollará de conformidad con los siguientes apartados y anexos:
1. Publicación
1.1 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán en el punto de Acceso General (http://administracion.gob.es), en el portal de internet del Ministerio www.hacienda.gob.es y en el Portal Funciona, así como en aquellos lugares que se estime conveniente.
2. Descripción de las plazas
2.1 Las plazas convocadas se ajustan a lo dispuesto en los siguientes cuadros:
Turno libre
Número de plazas convocadas
Acceso general | Discapacidad | Total |
---|---|---|
17 | 1 | 18 |
Reales decretos de oferta por los que se autorizan las plazas de turno libre
Año del real decreto | Acceso general | Discapacidad | Total |
---|---|---|---|
2024 | 17 | 1 | 18 |
Promoción interna
Número de plazas convocadas
Acceso general | Discapacidad | Total |
---|---|---|
23 | 2 | 25 |
Reales decretos de oferta por los que se autorizan las plazas de promoción interna
Año del real decreto | Acceso general | Discapacidad | Total |
---|---|---|---|
2024 | 23 | 2 | 25 |
2.2 En concreto, se convoca proceso selectivo para cubrir dieciocho plazas de acceso libre y veinticinco plazas por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado, código 0012.
2.3 Del total de las plazas convocadas por el sistema de acceso libre se reservará una plaza para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
Del total de las plazas convocadas por el sistema de promoción interna se reservarán dos plazas para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
2.4 Las personas aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas de ingreso, bien acceso libre o bien promoción interna.
3. Requisitos de las personas aspirantes
3.1 Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los requisitos exigidos.
Requisitos generales de participación
3.2 Nacionalidad: Sólo podrán participar las personas candidatas de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
3.3 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3.4 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios de carrera, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3.6 El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder al empleo público siempre que posea la titulación requerida y supere los correspondientes procesos selectivos.
Este personal tiene derecho a solicitar a la Comisión Permanente de Homologación la exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen. Esta petición deberá efectuarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso correspondiente y se acompañará de la acreditación de convocatorias, programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y escalas de la Administración General del Estado.
Titulación
3.7 Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado o Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.
3.8 A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a aquellas personas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Las personas aspirantes que concurran por promoción interna deberán cumplir, además de todos los anteriores, los siguientes requisitos específicos:
3.9 Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguno de los siguientes colectivos:
a) De los cuerpos o escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2.
b) De los cuerpos o escalas postales y telegráficos, adscritos al subgrupo A2.
c) De los cuerpos o escalas del subgrupo A2 de las demás Administraciones públicas incluidas en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público que estén desempeñando como personal funcionario de carrera un puesto de trabajo en la Administración General del Estado y hayan obtenido destino definitivo en la misma.
3.10 Antigüedad: haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como personal funcionario de carrera en los cuerpos o escalas del subgrupo A2 mencionados en el punto 3.10 y en los términos previstos en el mismo.
La acreditación de los anteriores requisitos se realizará mediante el certificado recogido en el anexo III de la convocatoria.
4. Solicitudes
Presentación por medios electrónicos
4.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de este proceso selectivo por medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del punto de Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indican en el anexo II. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero.
4.2 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).
– Anexar documentos a la solicitud (opcional).
– El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).
– El registro electrónico de la solicitud (obligatorio).
– La modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada (opcional).
– La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos relacionados con la causa de exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
4.3 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio de IPS.
4.4 En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán rellenar el siguiente formulario https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS o dirigirse al teléfono 060.
4.5 Únicamente se tendrá en cuenta una solicitud por persona aspirante. En el supuesto de que se presentara más de una solicitud, se tendrá en cuenta a todos los efectos la última solicitud presentada.
Plazo de presentación
4.6 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que haya de subsanarse la presentación electrónica de la solicitud, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
4.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos consignados en su solicitud registrada telemáticamente, que podrán modificar dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
4.8 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4.9 De acuerdo con el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes, siempre y cuando este no hubiera vencido, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo acordada.
Pago de las tasas
4.10 El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros para el sistema general de acceso libre y de 15,55 euros para el sistema de promoción interna. El importe reducido para familias numerosas será de 15,55 euros y de 7,78 euros respectivamente.
4.11 El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.
4.12 En el caso de que el pago de la tasa de derechos de examen se abone en el extranjero, se realizará en la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962, código BIC BBVAESMM, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de Tesoro Público. Derechos de examen. Este sistema solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
4.13 Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que deberán acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de tal condición. No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Serán requisitos para el disfrute de la exención:
– Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
– Que carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al último ejercicio en el que el plazo de presentación de la declaración del IRPF haya finalizado o, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
4.14 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. La falta de justificación del abono de las tasas por derechos de examen o de encontrarse exento del pago determinará la exclusión del aspirante.
4.15 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
4.16 No procederá la devolución de la tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada ni en caso de inasistencia al ejercicio.
Protección de datos personales
4.17 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.
4.18 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
4.19 El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando la seudoanonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
4.20 El órgano convocante es responsable del tratamiento de esos datos y publica su política de protección de datos en https://www.hacienda.gob.es.
4.21 Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica a través de la sede electrónica señalada o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros.
4.22 En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.
5. Admisión de aspirantes
5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en el apartado 1.1, se indicará la relación de personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
5.2 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles computados desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión.
5.3 Finalizado dicho plazo, se expondrá la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
6. Proceso selectivo
6.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para las personas aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de concurso–oposición para aquellas que lo hagan por el turno de acceso por promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y calificaciones que se especifican en este apartado.
6.2 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo, cuyo contenido y desarrollo diferirá de lo valorado en las fases previas. Para la realización de este curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición y, en su caso, la de concurso serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad convocante.
6.3 Fase de oposición.
La fase de oposición constará de seis ejercicios, todos ellos eliminatorios.
Las personas aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan al Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad estarán exentas de la realización de los ejercicios primero y segundo.
Las personas aspirantes incluidas, con la calificación de «apto consolidado», en la relación de opositores que han superado el primer ejercicio, publicada por resolución de 1 de julio de 2024, del Tribunal calificador de la convocatoria aprobada por resolución de 5 de abril de 2024, estarán exentos de la realización del primer ejercicio de la presente convocatoria, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
Las personas aspirantes incluidas, con la calificación de «apto consolidado», en la relación de aprobados del segundo ejercicio, publicada por resolución de 29 de julio de 2024, del Tribunal calificador de la convocatoria aprobada por resolución de 5 de abril de 2024, estarán exentos de la realización del segundo ejercicio de la presente convocatoria, siempre y cuando el contenido y la forma de calificación sean análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
Las personas aspirantes que hubieran obtenido una calificación igual o superior a 30 puntos en el tercer ejercicio, de la convocatoria aprobada por resolución de 5 de abril de 2024, estarán exentas de la realización del tercer ejercicio de la presente convocatoria, siempre y cuando, el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota, sean análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
Perderán este derecho aquellas personas aspirantes que, en esta convocatoria, opten por una forma de acceso distinta de la elegida en la que se obtuvo la exención.
Primer ejercicio
Consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cinco horas, de un cuestionario de 30 preguntas que el Tribunal propondrá sobre el temario de Derecho y Economía que figura en el anexo I.
Este ejercicio se considera idóneo a efectos de valorar los conocimientos teóricos necesarios para el correcto desempeño del puesto de trabajo.
En este ejercicio se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.
Se calificará como «apto», «apto consolidado» o «no apto», siendo necesaria la calificación de «apto» o «apto consolidado» para acceder al ejercicio siguiente. El ejercicio se valorará de 0 a 50, otorgándose la calificación de «apto» cuando se alcancen un mínimo de 25 puntos, y la de «apto consolidado» cuando se alcancen 30 puntos o más.
Se distribuirán los 50 puntos de puntuación máxima directa de la forma siguiente:
a) Formación y conocimientos generales, de 0 a 30 puntos.
b) Claridad y orden de ideas, de 0 a 10 puntos.
c) Capacidad de expresión de 0 a 10 puntos.
Se entiende por calificación la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.
Quienes habiendo obtenido la calificación de «apto consolidado» en esta convocatoria no superen todas las pruebas de la fase de oposición, quedarán exentos de la realización del primer ejercicio en la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sean análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
Segundo ejercicio
Consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, de un caso práctico de Contabilidad y Matemáticas Financieras, según temario que figura en el anexo I.
Este ejercicio se considera idóneo a efectos de valorar los conocimientos teóricos necesarios para el correcto desempeño del puesto de trabajo.
En este ejercicio se valorará la calidad técnica de la solución propuesta, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión del aspirante.
Se calificará como «apto», «apto consolidado» o «no apto», siendo necesaria la calificación de «apto» o «apto consolidado» para acceder al ejercicio siguiente. El ejercicio se valorará de 0 a 50, otorgándose la calificación de «apto» cuando se alcancen un mínimo de 25 puntos, y la de «apto consolidado» cuando se alcancen 30 puntos o más.
Se distribuirán los 50 puntos de puntuación máxima directa de la forma siguiente:
a) Calidad técnica de la solución propuesta, de 0 a 30 puntos.
b) Sistemática, de 0 a 5 puntos.
c) Capacidad de análisis, de 0 a 10 puntos.
d) Capacidad de expresión de 0 a 5 puntos.
Se entiende por calificación la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.
Quienes habiendo obtenido la calificación de «apto consolidado» en esta convocatoria no superen todas las pruebas de la fase de oposición, quedarán exentos de la realización del segundo ejercicio en la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sean análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
Tercer ejercicio
Consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de un caso práctico de Contabilidad Superior, según temario que figura en el anexo I.
Este ejercicio se considera idóneo a efectos de valorar los conocimientos teóricos necesarios para el correcto desempeño del puesto de trabajo.
En este ejercicio se valorará la calidad técnica de la solución propuesta, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión del aspirante.
Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar un mínimo de 25 puntos. La persona opositora que en este ejercicio obtenga una calificación igual o superior a 30 puntos quedará exenta de la realización del tercer ejercicio de la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
Se distribuirán los 50 puntos de puntuación máxima directa de la forma siguiente:
a) Calidad técnica de la solución propuesta, de 0 a 30 puntos.
b) Sistemática, de 0 a 5 puntos.
c) Capacidad de análisis, de 0 a 10 puntos.
d) Capacidad de expresión de 0 a 5 puntos.
Se entiende por calificación la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.
Cuarto ejercicio
Se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la cual las personas candidatas podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés equivalente a B2 o superior, de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).
Este ejercicio se considera idóneo a efectos de valorar los conocimientos teóricos necesarios para el correcto desempeño del puesto de trabajo.
En la modalidad presencial, el ejercicio consistirá en una traducción directa, ejercicios de gramática y de comprensión escrita respondiendo a preguntas sobre un texto.
Tendrá una duración máxima de una hora y se realizará por escrito y sin diccionario.
En este ejercicio se valorará el conocimiento de los idiomas extranjeros, la capacidad de comprensión y síntesis y la calidad de la versión en castellano.
En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa de la anterior, las personas aspirantes que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo V, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que corresponda con un nivel B2 o superior del idioma escogido, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias.
Aquellas personas aspirantes que se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en el modelo 790 deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento de inglés o francés.
En la modalidad presencial, se calificará como «apto» o «no apto». El ejercicio se valorará de 0 a 50 y la calificación de «apto» se otorgará cuando se alcance, al menos, el 50 por ciento de la valoración total del ejercicio.
Se distribuirán los 50 puntos de puntuación máxima directa de la forma siguiente:
a) Conocimiento de los idiomas extranjeros, de 0 a 30 puntos.
b) Capacidad de comprensión y síntesis, de 0 a 10 puntos.
c) Calidad de la versión en castellano, 0 a 10 puntos.
En la modalidad de acreditación de conocimientos mediante titulación, alternativa de la anterior, la calificación será «apto» para las personas aspirantes que presenten alguno de los títulos que se recogen en el anexo V conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que corresponda con un nivel B2 o superior del idioma escogido, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias y «no apto» en caso contrario. Los niveles inferiores a B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo V no darán acceso al siguiente ejercicio.
El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, se perderá el acceso al siguiente ejercicio o al curso selectivo.
En el caso de que el Tribunal detectase que la titulación presentada no cumple con los requisitos establecidos en estas Bases para la acreditación de un nivel B2 o superior, lo acordará en una resolución en la que se relacionará a las personas aspirantes que, debido a este motivo, deberán realizar el cuarto ejercicio en la modalidad presencial. Dicha resolución se publicará con antelación suficiente a la fecha de realización del cuarto ejercicio.
En ambas modalidades, será necesario obtener la calificación de «apto» para superar el ejercicio.
Quinto ejercicio
Consistirá en resolver por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, 10 preguntas que propondrá el Tribunal, sobre las siguientes materias: Derecho Comunitario y Laboral, Hacienda Pública, Teoría y Técnica Presupuestaria y de la Gestión Pública y Contabilidad de Empresas y Sistema Financiero Español, según el temario que figura en el anexo I. Estas preguntas serán de carácter multidisciplinar.
Este ejercicio se considera idóneo a efectos de valorar los conocimientos teóricos necesarios para el correcto desempeño del puesto de trabajo.
En este ejercicio se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.
Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar un mínimo de 15 puntos.
Se distribuirán los 30 puntos de puntuación máxima directa de la forma siguiente:
a) Formación y conocimientos generales, de 0 a 20 puntos.
b) Claridad y orden de ideas, de 0 a 5 puntos.
c) Capacidad de expresión de 0 a 5 puntos.
Sexto ejercicio
Consistirá en exponer de forma oral y por el orden que figura en el programa, cuatro temas diferentes extraídos al azar, durante un tiempo máximo de sesenta minutos. Uno de los temas corresponderá al programa de Derecho Constitucional y Administrativo, dos al programa de Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad Pública y uno al programa de Derecho Tributario, según el temario del anexo I.
Este ejercicio se considera idóneo a efectos de valorar los conocimientos teóricos necesarios para el correcto desempeño del puesto de trabajo.
En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.
Con carácter previo a la exposición, y después de la extracción de los temas, se concederá a la persona aspirante un tiempo máximo de diez minutos para que elabore, en presencia del Tribunal, un guion que podrá utilizar en el desarrollo de su exposición, consultando para ello exclusivamente el programa de la oposición.
El Tribunal podrá realizar preguntas a la persona aspirante que versen sobre el contenido de los temas expuestos.
Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar un mínimo de 20 puntos.
Se distribuirán los 40 puntos de puntuación máxima directa de la forma siguiente:
a) Amplitud y comprensión de los conocimientos, de 0 a 20 puntos.
b) Claridad de exposición, de 0 a 10 puntos.
c) Capacidad de expresión oral de 0 a 10 puntos.
El Tribunal expondrá la relación de aprobados de cada ejercicio, especificándose la puntuación que hubieran obtenido. Los que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
El Tribunal no podrá declarar aprobados en el último ejercicio a un número de opositores superior al de plazas convocadas.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
6.4 Fase de concurso.
La fase de concurso para las personas que participen por el turno de acceso por promoción interna, de carácter no eliminatorio, consistirá en la valoración de los siguientes méritos:
a) Servicios prestados:
1. Se valorarán los servicios prestados en Cuerpos y Escalas del subgrupo A2 de la Administración General del Estado, en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos o en Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
Se otorgarán, de acuerdo con los criterios señalados a continuación, hasta un máximo de 9 puntos:
– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 18, 19 o 20: 0,05 puntos.
– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 21 o 22: 0,06 puntos.
– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 23 o 24: 0,07 puntos.
– Por cada mes completo de servicio prestado en un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 25 o 26: 0,08 puntos.
2. Se valorará la experiencia acreditada por las personas candidatas que, con carácter interino o temporal hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado, hasta la fecha de publicación de esta Convocatoria. Se valorará a razón de 0,08 puntos por cada vez completo de servicios, hasta un máximo de 3 puntos.
3. La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.
A los funcionarios/as en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios/as en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del subgrupo A2.
A los/as funcionarios/as que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u órganos constitucionales, y a los funcionarios/as en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado u órganos constitucionales el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería efectuar el reingreso.
A los/as funcionarios/as que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en la situación de servicio activo en órganos constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.
b) Grado personal consolidado:
Se otorgará la siguiente puntuación al grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y formalizado, a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, a la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado del anexo III de esta resolución:
– Hasta el grado 18: 0,80 puntos.
– Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,40 puntos.
– Puntuación máxima en la valoración del grado personal consolidado: 4 puntos.
c) Cursos de formación:
Los cursos de formación se valorarán hasta un máximo de 4 puntos.
Los cursos susceptibles de valoración serán los recibidos en el marco de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas.
No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares, así como aquellos que no acrediten una duración mínima de quince horas.
Además, respecto de los cursos recibidos, únicamente serán objeto de valoración cuando aparezcan reflejados en el anexo III. En caso de que no figure la duración de los cursos y la fecha de realización no podrán ser objeto de valoración.
Por la realización como asistente de los cursos de formación con una duración mínima acreditada de quince horas, siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, hasta 4 puntos, con la siguiente distribución:
– Para cursos de formación con una duración de quince a veinticinco horas: 1 puntos.
– Para cursos de formación con una duración superior a veinticinco horas: 1,25 puntos.
Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de veces que se haya realizado, en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que le pueda corresponder.
El plazo máximo de validez de los cursos será de diez años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria para aquellos cursos cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado, y cinco años para el resto de los cursos.
6.5 Curso selectivo y periodo de prácticas.
Todas las personas aspirantes del sistema general de acceso libre que superen la fase de oposición y las del sistema de promoción interna que superen las fases de concurso y oposición, realizarán un curso selectivo en el Instituto de Estudios Fiscales que deberán superar con aprovechamiento.
El curso selectivo será común a ambas convocatorias y comenzará en el plazo máximo de dos meses a partir de la finalización del plazo fijado para la presentación de la documentación requerida en la resolución por la que se publicará en el BOE la lista de personas aprobados.
El curso tendrá una duración máxima de seis meses y medio, tratándose en el mismo las materias que correspondan en el desarrollo del programa de estudios diseñado por el Instituto de Estudios Fiscales en colaboración con la Intervención General de la Administración del Estado y que abarcará los aspectos básicos del Sistema Presupuestario del Estado, Control, Auditoria y Contabilidad Pública, así como los de carácter complementario útiles para el desempeño de las funciones encomendadas al Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado, incluyendo un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo de éste será obligatoria. El incumplimiento de este requisito podrá dar lugar a la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado personal funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia corresponderá al Instituto de Estudios Fiscales.
Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las vacaciones de estos funcionarios, por necesidades del servicio y de acuerdo con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, abarcarán del 1 al 31 de agosto del año en que se realice el curso selectivo.
Las personas aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.
El curso selectivo se calificará de 0 a 100 puntos por el total de materias, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 50 puntos y no haber obtenido en ninguna asignatura una puntuación inferior a 5 puntos sobre 10. Las personas aspirantes que no superen inicialmente el curso realizarán, en el plazo máximo de dos meses, una nueva prueba sobre las asignaturas no aprobadas, que en ningún caso se calificará con más de 5 puntos. De no superar dicha prueba, perderán todos sus derechos al nombramiento como funcionarios de carrera.
7. Duración del proceso selectivo
7.1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, esta convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, las respectivas fases de oposición, en un año.
El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en un plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
7.2 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las distintas pruebas del proceso selectivo.
8. Desarrollo del proceso selectivo
8.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellas cuyo apellido comience por la letra «V» según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024 (BOE del 31).
8.2 En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V» el orden de actuación se iniciará por aquéllas cuyo primer apellido empiece por la letra inmediata siguiente en el abecedario y así sucesivamente.
8.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en los lugares previstos en el apartado 1.1, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.
8.4 Entre la total conclusión de un ejercicio o prueba y el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
8.5 Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de este proceso selectivo, se posibilita la realización de pruebas coincidentes en el tiempo.
8.6 Asimismo, el desarrollo de este proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo con el desarrollo de otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la celebración o lectura de ejercicios, realización de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera.
8.7 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 14.
8.8 Las consultas sobre el proceso se podrán realizar a través del correo electrónico oposiciones.funcionarios@hacienda.gob.es. sin que este correo tenga la consideración de registro telemático.
9. Acceso por promoción interna
9.1 A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, se consideran independientes ambos sistemas de selección por lo que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna que, en su caso, queden vacantes, no podrán acumularse a las del sistema de acceso libre.
9.2 Las personas aspirantes que superen la fase de oposición deberán presentar, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de las listas de aprobados de la fase de oposición, el certificado de requisitos y méritos según el modelo que figura como anexo III.
9.3 Los certificados de requisitos y méritos deberán ser cumplimentados electrónicamente por los servicios centrales de personal o equivalentes del ministerio u organismo donde presten o hayan prestado servicios a través del Sistema Integrado de Gestión de Personal (SIGP), previa petición de las personas aspirantes. Excepcionalmente, en aquellos supuestos en los que la solicitud electrónica no resulte posible o si el organismo que debe expedir dicha certificación no se encuentra en el ámbito del SIGP, el certificado deberá ser cumplimentado por la máxima autoridad de gestión de recursos humanos.
El órgano de selección verificará la información recibida y la cotejará con los datos obrantes en el Registro Central de Personal, considerándose éstos últimos como prevalentes en caso de discrepancia.
9.4 La aportación de este certificado podrá ser suplida por la consulta por parte de la Administración de los datos obrantes en el Registro Central de Personal en el caso de que los participantes que sean funcionarios en servicio activo en la Administración del Estado no insten la valoración de otros méritos diferentes a los que figuren inscritos en dicho Registro, que serán los que se tengan en cuenta en la valoración de la fase de concurso. En el plazo señalado en el punto 10.2, la persona candidata deberá dar su conformidad con la información que consta de su expediente en el Registro Central de Personal, mediante la cumplimentación y presentación del anexo IV dirigido al órgano de selección. La persona candidata puede consultar la información de su expediente mediante la extracción automática de un informe sobre su expediente personal en el Portal Funciona.
9.5 La no presentación del certificado de requisitos y méritos previsto en el anexo III o del modelo de conformidad recogido en el anexo IV, según corresponda, en el plazo señalado en el apartado 9.2 supondrá que la fase de concurso se valore con cero puntos.
9.6 Los méritos a valorar se deben poseer a fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
9.7 El órgano de selección publicará en la página web del organismo convocante, en la sede del órgano de selección, así como en cuantos lugares estime convenientes, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total.
9.8 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo, el órgano de selección publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso,
9.9 Las personas aspirantes que ingresen por promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
10. Superación del proceso selectivo y nombramiento
10.1 Finalizada la fase de oposición y, en su caso, de concurso-oposición, el órgano de selección hará pública la relación de personas aspirantes que la hayan superado, por riguroso orden de puntuación y con indicación expresa de la misma, en la página web del organismo, en la sede del órgano de selección, así como en aquellos lugares que se estimen convenientes.
10.2 La relación de personas aspirantes que han superado la fase de oposición y, en su caso, la fase de concurso-oposición se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
10.3 De acuerdo con lo establecido en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de selección no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.
10.4 No obstante lo anterior, siempre que el órgano de selección haya propuesto el nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas en el proceso, y siempre que se produzcan renuncias expresas de las personas seleccionadas con antelación a su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir, por una sola vez, al citado órgano de selección una relación complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.
10.5 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
10.6 A las personas aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria se les nombrará personal funcionario en prácticas y realizarán un curso selectivo en la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales.
10.7 Finalizado el curso selectivo, las personas aspirantes continuarán en la situación de funcionarios/as en prácticas hasta la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de los nombramientos como personal funcionario de carrera del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. Las personas aspirantes que participen por el turno de ingreso libre continuarán realizando las prácticas en las unidades asignadas hasta que se produzca dicho nombramiento. Las personas aspirantes que accedan por el turno de promoción interna y que hubieran optado por percibir las retribuciones del puesto de origen, regresarán a su puesto de origen a prestar servicios hasta la publicación de los nombramientos. De no ser éste el caso, continuarán realizando las prácticas en las unidades asignadas hasta que se produzca dicho nombramiento. El período de prácticas tendrá una duración máxima de mes y medio.
10.8 La adjudicación de los puestos entre las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, a excepción de lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada:
– Para las personas aspirantes del sistema de promoción interna: por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases de oposición, concurso y curso selectivo, y determinará la prioridad para la elección de destino.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a la mayor antigüedad global (servicios prestados y reconocidos) de la persona aspirante y, en caso de persistir el empate, prevalecerá la puntuación de la fase de oposición. A igual puntuación en la fase de oposición prevalecerá la puntuación obtenida en el sexto ejercicio. En caso de mantenerse el empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
– Para las personas aspirantes del sistema general de acceso libre: por la suma de la calificación de la fase de oposición y curso selectivo y determinará la prioridad en la elección de destino, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995 y en el apartado decimonoveno de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.º Prevalecerá la puntuación de la fase de oposición.
2.º A igual puntuación en la fase de oposición prevalecerá la puntuación obtenida en el sexto ejercicio. En caso de mantenerse el empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
10.9 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
10.10 La persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública nombrará personal funcionario de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y acreditado, en los términos indicados en la convocatoria, cumplir los requisitos exigidos.
10.11 Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
11. Programas
11.1 El programa que ha de regir los procesos selectivos se incluye como anexo I de esta convocatoria.
12. Órgano de selección
12.1 El órgano de selección común a ambos procesos selectivos, es el que figura en el presente apartado.
12.2 Se publicará un breve currículum profesional de las personas que forman parte de este órgano de selección en la sede electrónica del órgano convocante.
12.3 El órgano de selección actuará conforme a los principios de agilidad y eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos, sin perjuicio del cumplimiento de los principios de actuación de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
12.4 El procedimiento de actuación del órgano de selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en el artículo 112 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre y en las demás disposiciones vigentes. Sus competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios. En particular, los miembros del órgano de selección deberán abstenerse y podrán ser recusados de conformidad con lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
12.5 En el acta de la sesión de constitución del órgano de selección podrá acordarse que los miembros titulares y suplentes de los mismos actúen de forma indistinta.
12.6 El órgano de selección, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
12.7 El órgano de selección adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el mismo, sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los autores.
12.8 Sin perjuicio de que a la finalización del proceso selectivo se requiera a quienes hayan superado el mismo la acreditación documental del cumplimiento de los requisitos de participación, si en cualquier momento del proceso selectivo, el órgano de selección tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de dichos requisitos o resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo o Escala correspondiente en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al órgano convocante, para que este resuelva al respecto.
12.9 Corresponderá al órgano de selección la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, y adoptará al respecto las decisiones que estime pertinentes.
12.10 El órgano de selección actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio.
12.11 Se difundirán, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios generales y aspectos a considerar en la valoración que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria y en el caso de ejercicios con respuestas alternativas, la penalización que suponga cada respuesta errónea.
12.12 Igualmente, en las actas del órgano de selección deberá quedar constancia del cálculo y del desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes por cada uno de los criterios de valoración establecidos para los ejercicios de la convocatoria.
12.13 Se habilita al órgano de selección para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases. Del mismo modo, se le habilita para el desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas, de la lectura de los ejercicios o de alguna de las fases del proceso selectivo, incluyendo el uso de medios electrónicos o telemáticos, entre ellos los audiovisuales. También podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea necesario.
12.14 Asimismo, se habilita al órgano de selección para establecer la forma y procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para la digitalización, encriptación, almacenamiento y custodia, por medios electrónicos, de los exámenes realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento el secreto de aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.
12.15 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el órgano de selección tendrá su sede en el Instituto de Estudios Fiscales, teléfono, 91.339.88.00 dirección de correo electrónico oposiciones.funcionarios@hacienda.gob.es.
12.16 El órgano de selección estará conformado por las siguientes personas:
Tribunal Titular
Presidente:
Don Víctor Nicolás Bravo, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
Vocales:
Don Mario Garcés Sanagustín, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
Don David Ucar Rivases, del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Don Raúl López Fernández, Cuerpo de Abogados del Estado.
Doña Mary Antoinette Musilek Álvarez, Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.
Doña M.ª Antonia Bonet Rolloso, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Secretario:
Don José María Conesa Ródenas, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
Tribunal Suplente
Presidenta:
Doña Amparo Dolores Sebastia Casado, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
Vocales:
Don Gorka Eukeni López González, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
Doña M.ª del Pilar Nieto Jiménez, del Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.
Don Alejandro Domenech Natal, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
Doña María Vanessa González San Julián, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.
Doña María Bueyo Díez Jalón, Cuerpo de Abogados del Estado.
Secretaria:
Doña Sara Amorós Garrido, Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
13. Acceso de personas con discapacidad
13.1 El órgano de selección adoptará las medidas oportunas que permitan participar a las personas aspirantes con discapacidad en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que así lo hubieran indicado expresamente en la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
13.2 Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento podrán participar bien por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de personas con discapacidad, debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.
13.3 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en las pruebas del proceso selectivo.
13.4 Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los ejercicios del proceso selectivo. Para que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar necesariamente, en el plazo de presentación de solicitudes, copia auténtica del dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma fehaciente la o las deficiencias permanentes que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento. El órgano de selección aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad e informará a los opositores afectados sobre la concesión de tiempos y medios otorgada en su caso.
13.5 A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad se les conservará la nota de los ejercicios, siempre que supere como mínimo el 50 por ciento de la calificación prevista para el correspondiente ejercicio. La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, cuando el contenido del temario y su forma de calificación sean análogos.
Se entiende por nota la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.
13.6 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes que se haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
13.7 De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en el caso de acceso libre no se podrán acumular al turno general. En el caso de la promoción interna, las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las del turno general.
14. Embarazo de riesgo o parto
14.1 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto, alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano de selección. En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
15. Pie de recurso
15.1 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria de Hacienda en el plazo de un mes desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Madrid, 17 de diciembre de 2024.–La Subsecretaria de Hacienda, Lidia Sánchez Milán.
Primer ejercicio
Derecho
Tema 1. Las fuentes del Derecho en general y, en especial, en el sistema jurídico positivo español. Aplicación de las normas jurídicas. Eficacia general y límites en el tiempo y en el espacio. Eficacia constitutiva del derecho.
Tema 2. La persona, concepto y clases. Persona individual. Capacidad. Persona jurídica. Representación. Derecho de familia: los regímenes económicos del matrimonio.
Tema 3. El objeto del Derecho. Hecho, acto y negocio jurídico. Elementos esenciales.
Tema 4. Los derechos reales. Concepto, caracteres y clases. El derecho de propiedad. Contenido. Adquisición y pérdida del dominio. El Registro de la propiedad.
Tema 5. La posesión. La comunidad de bienes. El usufructo. Derechos reales de garantía. Hipoteca. La prenda. Hipoteca mobiliaria. Prenda sin desplazamiento.
Tema 6. La obligación. Concepto, fuentes y estructura. Clasificaciones. Cumplimiento normal de las obligaciones: el pago. Cumplimiento anormal. Prueba de las obligaciones.
Tema 7. El Contrato. Elementos y requisitos. Sistemas de contratación. Clasificaciones. Generación, perfección y consumación del contrato. Contrato preliminar. Contrato de opción. Ineficacia de los contratos. Confirmación. Interpretación de los contratos.
Tema 8. Contrato de compraventa. El arrendamiento. El préstamo. El precario. El depósito. El secuestro. La fianza.
Tema 9. La sucesión mortis causa. La herencia. Heredero y legatario. Aceptación y repudiación de la herencia. La sucesión testamentaria. El testamento: clases. Institución de herederos. La sucesión intestada. Sustitución. Legados.
Tema 10. Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas. Prescripción y caducidad.
Tema 11. El derecho Mercantil. Los actos de comercio. Las fuentes del derecho Mercantil. La Empresa mercantil. Naturaleza jurídica. El empresario individual. Capacidad de obrar mercantil. La contabilidad mercantil.
Tema 12. Las Sociedades mercantiles. El contrato de sociedad. La sociedad irregular. Nacionalidad de las sociedades.
Tema 13. La sociedad regular colectiva. La sociedad comanditaria simple. Las sociedades de capital (I). Clases y naturaleza. Régimen legal. Capital social. Denominación, nacionalidad y domicilio. La sociedad unipersonal. Los grupos de sociedades.
Tema 14. Sociedades de capital (II). Escritura y registro La nulidad de la sociedad. Las aportaciones sociales. Participaciones sociales y acciones.
Tema 15. Sociedades de capital (III). La junta general. Competencia. Clases. Adopción de acuerdo. Impugnación de acuerdos. La administración de la sociedad de capital. Los administradores: deberes y responsabilidad. Modificación de los estatutos sociales. Aumento y reducción de capital.
Tema 16. Sociedades de capital (IV). Las cuentas anuales. La memoria. El informe de gestión. Verificación, aprobación, depósito y publicidad de las cuentas anuales.
Tema 17. Sociedad anónima europea. Sociedades anónimas cotizadas. La unión o concentración de empresas. Las sociedades cooperativas.
Tema 18. El proceso extintivo de las sociedades mercantiles. Régimen de las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles. Transformación. Fusión. Escisión. Cesión global de activo y pasivo.
Tema 19. Las obligaciones y los contratos mercantiles. La prescripción en Derecho Mercantil. La representación mercantil. La cesión del contrato. Contrato de comisión. El contrato de agencia.
Tema 20. El concurso (I). Presupuesto subjetivo y objetivo. El auto de declaración de concurso. Efectos sobre los acreedores, los créditos y los contratos. Determinación de la masa activa. Las acciones de reintegración patrimonial.
Tema 21. El concurso (II). La masa pasiva y los créditos contra la masa: clasificación y pago. El convenio: contenido y sus efectos. Efectos de la apertura de la fase de liquidación. Las causas de conclusión del concurso y su reapertura: efectos. La calificación del concurso.
Tema 22. Valores mobiliarios. Valores negociables. Títulos valores. La letra de cambio. Concepto y función económica. Creación de la letra: capacidad cambiaria y representación; requisitos formales. La aceptación. El endoso. El aval. Vencimiento y pago de la letra. Acciones y excepciones cambiarias. El cheque. El pagaré.
Tema 23. La propiedad industrial. Patentes y Marcas. La protección de la propiedad industrial. La Oficina de Patentes y Marcas. La protección internacional.
Economía
Tema 1. Evolución de la economía española. La convergencia nacional y el ingreso en la Unión Europea. El proceso de consolidación fiscal previo y posterior al ingreso de España en la Unión Monetaria Europea. Perspectivas actuales y convergencia real.
Tema 2. El sector primario español. La política agrícola de la Unión Europea y España. Sector pesquero. Política comunitaria de pesca y sus repercusiones.
Tema 3. El sector industrial. Evolución de la industria española. Política industrial de la Unión Europea y su incidencia sectorial: siderurgia, naval, etc. El sector energético.
Tema 4. Sector servicios. Evolución de los servicios en España. La infraestructura de transporte y las redes transeuropeas. El comercio interior.
Tema 5. El sector exterior. La balanza de pagos: concepto y componentes, funcionamiento y saldos.
Tema 6. Instituciones económicas internacionales: FMI, Organización Mundial de Mercados, OCDE, Banco Mundial, Bancos Regionales de Desarrollo.
Tema 7. Fuentes estadísticas españolas. Características, limitaciones y armonización en el ámbito comunitario.
Tema 8. Estructura regional. Comunidades Autónomas. Desarrollo regional. La solidaridad interregional. Política regional de la Unión Europea.
Tema 9. Magnitudes agregadas básicas: Producto nacional, consumo e inversión, gasto nacional. Producto nacional bruto y producto nacional neto. Renta nacional y renta disponible. El flujo circular de la renta y el producto. Contabilidad de la renta nacional en una economía abierta.
Tema 10. Modelos de determinación de la renta en una economía cerrada. El modelo clásico: Neutralidad. El modelo keynesiano: comportamiento a corto y largo plazo. La nueva macroeconomía clásica: expectativas racionales y vaciado continuo de los mercados.
Tema 11. Un modelo de determinación de la renta en una economía abierta: La cuenta corriente y el equilibrio del mercado productivo. La cuenta del capital y el equilibrio de la balanza de pagos. El ajuste de la balanza de pagos y la política monetaria. Plan de acción para ajustar la balanza de pagos.
Tema 12. La política monetaria y la política fiscal ante las situaciones de desequilibrio en una economía abierta. Retardo y coordinación.
Tema 13. La inflación. Conceptos y clases. La inflación de demanda. La inflación de costes. El proceso inflacionista. Efectos de la inflación.
Tema 14. Economía del bienestar: óptimo económico, bienes públicos y externalidades. Teoría de la elección colectiva. Teoría de la regulación, la liberalización de sectores económicos.
Tema 15. Teoría de los ciclos económicos: ciclos nominales y reales.
Tema 16. La empresa y su marco institucional La empresa y el mercado: La actividad comercial en la empresa y el sistema económico. La planificación en la empresa. Establecimiento de objetivos. La dimensión de la planificación. El proceso de planificación.
Tema 17. Sistemas de control en la Empresa. Concepto y elementos. Los principales sistemas de control. La integración de la planificación y el control.
Tema 18. La estructura económico-financiera de la empresa. Las fuentes de financiación de la empresa. Equilibrio entre inversiones y financiaciones. El fondo de maniobra.
Tema 19. Los métodos clásicos de valoración y selección de proyectos de inversión. El período de maduración: Concepto y cálculo. Método de valor capital. Método de la tasa de retorno.
Tema 20. La financiación interna o autofinanciación. La amortización. Causas de la depreciación. La función financiera de las amortizaciones. Métodos de amortización. La financiación de la empresa. La emisión de valores. El crédito a largo, medio y corto plazo. El endeudamiento permanente.
Tema 21. La estructura financiera óptima de la empresa y la política de dividendos. Endeudamiento y rentabilidad financiera. La valoración externa de la empresa. Método para determinar el valor global de la empresa.
Tema 22. Los grupos empresariales. Modelos de organización, gestión y control. Las empresas multinacionales. Evolución y causas de aparición. Estructura de las mismas. Características fundamentales de su gestión.
Tema 23. La empresa pública. Concepto. Objetivos de la empresa pública. Efectos macroeconómicos. Características fundamentales de su gestión. El sistema de control de la empresa pública. La financiación de la empresa pública. Metodología. Las fuentes de financiación externas. La estructura financiera.
Segundo ejercicio
1. Contabilidad:
Plan General de Contabilidad y Normas Internacionales de Contabilidad. Operaciones del ejercicio y cálculo contable del resultado. Marco Conceptual. Normas de registro y valoración. Cuentas anuales.
Constitución, distribución de beneficios, aumento y reducción de capital, financiación y transformación de sociedades. Combinaciones de negocios, negocios conjuntos y operaciones entre empresas del grupo. Fusión, absorción, escisión y disolución de empresas individuales y sociales. El procedimiento concursal.
2. Matemáticas financieras:
Capitalización simple y compuesta. Rentas, préstamos y empréstitos. Operaciones con valores mobiliarios.
Tercer ejercicio
Contabilidad superior: Análisis patrimonial, económico y de los estados financieros. Agregación y consolidación de estados financieros.
Contabilidad analítica y de gestión.
Cuarto ejercicio
Prueba de idiomas.
Quinto ejercicio
Derecho de la Unión Europea y Laboral
Tema 1. El derecho de la Unión Europea. Las fuentes del ordenamiento de la Unión Europea y su aplicación. El Tratado de la Unión Europea. El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. L Carta de Derechos Fundamentales. Aplicación y eficacia del derecho de la Unión Europea en España.
Tema 2. Estructura institucional de la Unión Europea. El Parlamento Europeo. El Consejo Europeo. La Comisión. El Tribunal de Justicia. El Banco Central Europeo. El Tribunal de Cuentas. Órganos de la Unión Europea: El Comité Económico y Social; el Comité de las Regiones de Europa y el Defensor del Pueblo. El Banco Europeo de Inversiones.
Tema 3. La Administración electrónica. Legislación sectorial tributaria y financiera. La firma electrónica. Uso de la firma electrónica en la Administración Pública. El acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Tema 4. El Derecho del trabajo. Características. Principios constitucionales. Las fuentes del ordenamiento laboral. Especial referencia a los convenios colectivos. El convenio único de la AGE.
Tema 5. El contrato de trabajo. Partes. Capacidad para contratar. Contenido. Las prestaciones del trabajador y del empresario. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Modalidades del contrato de trabajo.
Tema 6. La negociación colectiva y el procedimiento negocial. Participación y régimen de representación del personal. Las peculiaridades en la Administración General del Estado con especial referencia a los requisitos para la determinación o modificación de las retribuciones del personal laboral.
Tema 7. La Seguridad Social. El régimen general y los regímenes especiales. La acción protectora de la Seguridad Social. La Seguridad Social de los funcionarios.
Tema 8. El Régimen de clases pasivas. Ámbito de cobertura. Procedimiento de jubilación. Procedimiento de reconocimiento de la pensión. Clases de pensiones. Determinación del importe de las pensiones y límite máximo.
Tema 9. Políticas de Igualdad. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género Políticas dirigidas a la atención de personas discapacitadas. La protección a la dependencia. Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
Hacienda Pública, Teoría y Técnica Presupuestaria y de la Gestión Pública
Tema 1. El sector público: delimitación, análisis cuantitativo y comparaciones internacionales. Causas del crecimiento del gasto público. El debate sobre el tamaño del sector público.
Tema 2. La actividad financiera del sector público: fines del sector público: La asignación de recursos. La redistribución de la renta. La estabilidad y crecimiento económico.
Tema 3. Provisión de bienes públicos indivisibles: los gastos públicos en España en políticas de Defensa, Seguridad Ciudadana, Justicia y Relaciones Exteriores. Comparaciones internacionales.
Tema 4. Las nuevas formas de redistribución de la renta. Los gastos públicos en España en políticas de Sanidad y Educación. Los gastos públicos en España en infraestructuras e I+D+i. Comparaciones internacionales.
Tema 5. Las políticas públicas. Las políticas del bienestar social: los gastos del Sistema de la Seguridad Social: prestaciones contributivas y no contributivas. La protección del desempleo. Las demás políticas de protección social: dependencia, familia y sectores de especial protección, El tratamiento de la igualdad y la violencia de género en España.
Tema 6. El gasto público en España: Análisis funcional y cuantitativo del gasto en los Presupuestos Generales del Estado: Servicios públicos básicos. Actuaciones de protección y promoción social y producción de bienes públicos de carácter preferente. Actuaciones de carácter económico. Actuaciones de carácter general.
Tema 7. Teoría del Presupuesto: Justificación, concepto y naturaleza. Tipos de presupuestos. El presupuesto clásico: Principios políticos, económicos y contables. Crisis del presupuesto clásico.
Tema 8. El presupuesto como elemento compensador de la actividad económica. Efectos discrecionales y automáticos del presupuesto: los estabilizadores automáticos, definición y funcionamiento.
Tema 9. El informe económico. El presupuesto consolidado del sector público. El presupuesto en términos de contabilidad nacional. El presupuesto monetario.
Tema 10. Nuevos sistemas presupuestarios. Problemática actual. Insuficiencia del presupuesto tradicional. La gestión presupuestaria por objetivos: Metodologías, modelos presupuestarios y derecho positivo.
Tema 11. Selección de proyectos de gasto público. Fundamentos de la evaluación de proyectos. Costes, beneficios, tasas y reglas de decisión. Los aspectos distributivos en la selección de proyectos.
Tema 12. Distribución formal y material de los costes públicos. Principios generales de la imposición. Beneficio y capacidad de pago como criterios de distribución. La incidencia impositiva. Costes implícitos de la imposición: Imposición óptima. Exceso de gravamen e imposición óptima.
Tema 13. Los ingresos públicos y la imposición. Criterios de clasificación de los ingresos públicos. El impuesto: Concepto y elementos integrantes. Principales figuras impositivas.
Tema 14. Imposición sobre la renta de las personas físicas: Concepto y naturaleza. Capacidad de pago, concepto fiscal de renta y base imponible. Unidad contribuyente y alternativas en su configuración. Las tarifas y sus problemas.
Tema 15. Imposición sobre el patrimonio y la riqueza. Imposición sobre el patrimonio neto. Imposición sobre sucesiones y donaciones. Imposición sobre transmisiones patrimoniales onerosas.
Tema 16. Imposición sobre sociedades: Concepto y características de esta imposición. Base imponible: problemas y alternativas de determinación. Tipos de gravamen, integración e incidencia.
Tema 17. Imposición personal sobre el gasto: Concepto y antecedentes. Elementos esenciales de esta imposición. La imposición general sobre ventas: Concepto y clasificación. Impuestos plurifásicos o monofásicos sobre ventas. La imposición sobre el valor añadido.
Tema 18. Imposición sobre consumos específicos. Asignación y distribución en las accisas. Valoración actual de estos impuestos. Impuestos medioambientales. Imposición sobre el comercio exterior.
Tema 19. Precios, tasas y contribuciones especiales. Empresa pública y fijación pública de precios. Las tasas: Concepto y clasificación. Las contribuciones especiales.
Tema 20. La Deuda Pública y la creación de dinero. Concepto, clases y naturaleza de la Deuda Pública. Administración de la Deuda Pública y análisis de su incidencia. Creación de dinero y señoreaje.
Tema 21. Los distintos niveles de la Hacienda Pública. Distribución de competencias y modelos de financiación. Las subvenciones intergubernamentales. La Hacienda Pública internacional.
Tema 22. El Déficit presupuestario y sus clases. Impacto económico de su financiación. Déficit y superávit primario. Déficit estructural y déficit observado: sus interrelaciones. Privatización de activos públicos. La inflación como una forma de imposición.
Tema 23. Cambios en la gestión pública: de la dirección por objetivos al concepto de calidad total de los servicios públicos. El modelo europeo de calidad total. Sistemas de información para la dirección y la gestión.
Tema 24. Requerimientos para la formulación de una política pública: estrategia, objetivos, indicadores y sistema de seguimiento. Concepto de resultado: impacto y efectividad, cualidades que lo definen. Evaluación previa y asignación recursos. Auditoría pública y evaluación de resultados en el marco de la asignación de recursos.
Tema 25. La cultura administrativa. La ética pública. El Código del Buen Gobierno de los miembros del Gobierno y Altos Cargos de la Administración del Estado. La transparencia en la gestión pública.
Tema 26. El control de la gestión financiera. Clases de control. Control administrativo: Idea general del mismo. Clases y sistemas de control administrativo. Los órganos personales del control administrativo. Las funciones interventoras de relación: Asesoría e información financiera y representación. Control externo o jurisdiccional. Control político o parlamentario.
Tema 27. El control interno de la gestión financiera. El control de ingresos. El control de los gastos: sus fases. Controles de legalidad y de oportunidad. El control sobre programas y realizaciones. La contabilidad en el control interno: su misión e importancia.
Contabilidad de Empresas y Sistema Financiero Español
Tema 1. La Contabilidad como ciencia. Activos, pasivos, gastos e ingresos. El concepto de patrimonio y los equilibrios patrimoniales. El resultado del ejercicio.
Tema 2. La normalización contable en España: Antecedentes. Las Normas Internacionales de Información Financiera. Órganos emisores de normas contables en España. El Plan general de contabilidad y el Plan general de contabilidad de PYMES.
Tema 3. El Marco conceptual del Plan general de contabilidad.
Tema 4. Las Normas de registro y valoración en el Plan general de contabilidad. Inmovilizado material. Inmovilizado intangible. Arrendamientos. Instrumentos financieros. Otros elementos de las cuentas anuales.
Tema 5. Las cuentas anuales en el Plan general de contabilidad (I). Normas de elaboración de las cuentas anuales. El balance de situación. La cuenta de pérdidas y ganancias.
Tema 6. Las cuentas anuales en el Plan general de contabilidad (II). Estado de cambios en el patrimonio neto. Estado de flujos de efectivo. Memoria.
Tema 7. Las Normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas. Sujetos de la consolidación. Obligación de consolidar, métodos de consolidación y procedimiento de puesta en equivalencia. Cuentas anuales consolidadas.
Tema 8. La contabilidad analítica. Concepto de coste. Clasificación de los costes. Sistemas de cálculo de costes.
Tema 9. La estructura institucional del sistema financiero español. La autoridad monetaria. Intermediarios financieros. Mercados financieros. Banco de España: órganos rectores y funciones. Supervisión prudencial de las Entidades de crédito. La política monetaria. El Sistema Europeo de Bancos Centrales y el Banco Central Europeo. Instrumentos de la política monetaria.
Tema 10. Entidades de crédito. El ejercicio de la actividad de las Entidades de Crédito en el ámbito de la U.E. El mecanismo único de supervisión. El coeficiente de solvencia. Otras normas de solvencia y normas de control. El mecanismo único de resolución. El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB). El fondo de Garantía de Depósitos.
Tema 11. La Ley del Mercado de Valores: Ámbito de aplicación. Concepto de valor negociable. Valores representados por medio de anotaciones en cuenta. Mercado primario. Emisión de valores. La Comisión Nacional del Mercado de Valores. Empresas de servicios de inversión. Las sociedades y agencias de valores. Las sociedades gestoras de cartera. El Fondo de Garantía de Inversiones.
Tema 12. Mercados monetarios. Los mercados interbancarios. El mercado primario de deuda pública. El mercado secundario: el AIAF Importancia económica. Instrumentos negociados. Organización. Operativa. El mercado hipotecario: Títulos hipotecarios.
Tema 13. Mercados de capitales. Renta variable y renta fija. El mercado primario. Las ofertas públicas de venta de acciones. El mercado secundario: La Bolsa de Valores. Sistemas de contratación. El segundo mercado. Los mercados derivados. Contratos de opciones y futuros negociados.
Tema 14. Los mercados financieros internacionales. Los mercados de divisas. El tipo de cambio. Teorías explicativas de la determinación del tipo de cambio. Tipos de operaciones en el mercado de divisas: transacciones al contado, a plazo, permutas. Mercados crediticios internacionales: Bonos y préstamos sindicados. Otras emisiones y colocaciones internacionales. Las inversiones extranjeras en España. Inversiones españolas en el exterior. Régimen común a ambos tipos de inversiones.
Tema 15. El sector asegurador. La empresa de seguros. Condiciones para el acceso y para el ejercicio de la actividad aseguradora. Las provisiones técnicas. El capital de solvencia obligatorio y el capital mínimo obligatorio. El control administrativo de la actividad aseguradora. La supervisión de grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras a nivel de la Unión Europea. El consorcio de compensación de seguros.
Tema 16. Los elementos principales de la operación de seguros. El contrato de seguro: Disposiciones generales. El seguro contra daños. El seguro de personas. Los planes de pensiones: Modalidades, principios básicos y régimen.
Sexto ejercicio
Derecho Constitucional y Administrativo
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características. Estructura. La reforma constitucional. Las Cortes Generales. Composición y funciones. La Corona. El Gobierno: composición y funciones.
Tema 2. El poder judicial. Los derechos y libertades públicas. El Tribunal Constitucional: Organización y Funciones. Recursos y procesos ante el Tribunal Constitucional.
Tema 3. La Administración y el Derecho Administrativo Las fuentes de Derecho Administrativo. La Constitución. La ley. Los decretos-leyes. La delegación legislativa.
Tema 4. La potestad reglamentaria: titularidad, límites y control. El reglamento. Clases. Eficacia de los reglamentos. Actos Administrativos generales, circulares e instrucciones.
Tema 5. Los ordenamientos de las Comunidades Autónomas. Concepto y naturaleza de los Estatutos de Autonomía. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Las entidades municipales. Las entidades provinciales. Relación del ordenamiento local con el autonómico y el estatal.
Tema 6. Los diversos entes públicos y su personificación. Organización y funcionamiento del sector público institucional. La administración corporativa. Control de eficacia y supervisión continua.
Tema 7. Las potestades administrativas. El principio de legalidad. La actividad administrativa discrecional. La autotutela administrativa.
Tema 8. Los actos jurídicos de la Administración General del Estado. El acto administrativo. Elementos. Forma. Clases. La notificación y publicación de los actos administrativos.
Tema 9. Eficacia de los actos administrativos. La suspensión de efectos del acto administrativo. La ejecución forzosa y especial referencia a la vía de apremio. El silencio administrativo. La invalidez de los actos administrativos. La revisión de oficio de los actos administrativos.
Tema 10. El procedimiento administrativo común: concepto y clases. Las partes en el procedimiento. Instrucción. La terminación del procedimiento: formas.
Tema 11. Los recursos administrativos: concepto y clases. Procedimiento de tramitación y resolución de los recursos administrativos. La Jurisdicción Contencioso-administrativa. Extensión y límites. Las partes del procedimiento. La sentencia. Recursos.
Tema 12. La posición jurídica del administrado. Las situaciones favorables y desfavorables del administrado. El interesado. Los derechos del interesado. Las sanciones administrativas y las especialidades en el procedimiento sancionador.
Tema 13. La organización administrativa estatal. Los principios. La organización administrativa central y periférica. Órganos colegiados. La administración consultiva.
Tema 14. La responsabilidad de la Administración y sus agentes. Plazos de reclamación y procedimientos.
Tema 15. Contratación administrativa (I). Ámbito subjetivo de la Ley de Contratos del Sector Público: sector público, Administraciones públicas y poderes y adjudicadores. Ámbito objetivo de aplicación: contratos administrativos y contratos sujetos a regulación armonizada. Órganos competentes en materia de contratación: órganos de contratación y órganos de asistencia. El Contratista: capacidad, solvencia y prohibiciones para contratar. La clasificación. Garantías en la contratación del sector público.
Tema 16. Contratación administrativa (II). El expediente de contratación y su tramitación. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas. La parte financiera del expediente de contratación. El precio. El valor estimado. Especialidades del expediente de contratación en el contrato de obras: el proyecto.
Tema 17. Contratación administrativa (III). La adjudicación del contrato: procedimientos y criterios de adjudicación. La publicidad de las licitaciones: Publicidad en el BOE y en DOUE, la Plataforma de Contratación y el Perfil del Contratante. La adjudicación y la formalización del contrato. La racionalización técnica de la contratación: Acuerdos marco, sistemas dinámicos de adquisición, las centrales de contratación. El recurso especial en materia de contratación.
Tema 18. Contratación administrativa (IV). Los efectos del contrato. El pago del precio: el procedimiento para el reconocimiento de obligaciones en la contratación de las Administraciones Públicas. La revisión de precios. Las prerrogativas de la Administración en los contratos administrativos. La modificación de los contratos. Extinción del contrato: recepción y resolución de los contratos administrativos. Especialidades del contrato de obras, de suministros y de servicios. Breve referencia a los contratos privados de la administración.
Tema 19. La noción de servicio público. Los modos de gestión de servicio público. El contrato de concesión de obra pública. El contrato de concesión de servicio público.
Tema 20. Subvenciones (I). Concepto, naturaleza y clasificación de las subvenciones. Gastos de transferencias. Reparto de competencias para regular y conceder subvenciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
Tema 21. Subvenciones (II). El procedimiento de concesión y pago. Justificación. Reintegro. Infracciones administrativas en materia de subvenciones. El delito subvencional.
Tema 22. Los Reglamentos de la Unión Europea y la gestión de los Fondos Europeos. Plan de Recuperación Europeo (Next Generation EU).
Tema 23. Patrimonio de las Administraciones Públicas: concepto y clasificación. Bienes de dominio público y bienes patrimoniales: Concepto legal y principio relativos a los mismos. El Patrimonio del Estado: Concepto y competencias. Adquisición y enajenación de bienes y derechos del Patrimonio del Estado.
Tema 24. Régimen de facultades y prerrogativas administrativas para la protección y defensa del Patrimonio del Estado. Régimen patrimonial de los organismos públicos. El patrimonio empresarial de la Administración general del Estado. La SEPI.
Tema 25. La expropiación forzosa. La potestad expropiatoria de la administración. El procedimiento general de la expropiación forzosa. Garantías jurisdiccionales. Los procedimientos especiales.
Tema 26. La Administración pública y la justicia: Conflictos jurisdiccionales, conflictos y cuestiones de competencia y conflictos de atribuciones. Conflictos constitucionales de competencia y de atribuciones. Conflictos de atribuciones en la Administración.
Tema 27. La función pública. Naturaleza de la relación funcionarial. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones. Derechos y deberes. El régimen disciplinario de la función pública. El régimen de incompatibilidades.
Tema 28. Retribuciones de los Altos Cargos. El Régimen retributivo de los funcionarios; Conceptos retributivos. Procedimiento para determinación de las retribuciones complementarias: La CECIR y las relaciones de puestos de trabajo. Devengo de las retribuciones. La nómina. El procedimiento de pago de las retribuciones. Las indemnizaciones por razón del servicio.
Tema 29. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.
Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad Pública
Tema 1. El derecho financiero. Concepto, autonomía y contenido. La Hacienda Pública en la Constitución Española.
Tema 2. El derecho presupuestario. Concepto y contenido. La Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria.
Tema 3. La Ley General Presupuestaria. Ámbito de aplicación. La Hacienda pública estatal: Derechos y obligaciones. Relaciones financieras con la Unión Europea, con las Comunidades Autónomas y con las Corporaciones Locales.
Tema 4. Los Presupuestos Generales del Estado en España (I). Principios y reglas de programación y de gestión presupuestaria. Programación presupuestaria y objetivo de estabilidad.
Tema 5. Los Presupuestos Generales del Estado en España (II). Contenido, elaboración y estructura.
Tema 6. Los Presupuestos Generales del Estado en España (III). Tramitación parlamentaria.
Tema 7. Los Presupuestos Generales del Estado en España (IV) Especialidad y especificación de los créditos. Limitación de los compromisos de gasto. Compromisos de gasto de carácter plurianual. Temporalidad de los créditos. Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria. Disponibilidades líquidas de los organismos autónomos y otras entidades integrantes del sector público estatal.
Tema 8. Los Presupuestos Generales del Estado en España (V). Las modificaciones presupuestarias: Tipología, requisitos y competencias para su autorización. Tramitación de las mismas. El control de las modificaciones presupuestarias.
Tema 9. Los Presupuestos Generales del Estado en España (VI). Especificidades presupuestarias del sector público empresarial, del sector público fundacional y otros entes con presupuesto estimativo.
Tema 10. El concepto de gasto público. Nacimiento y exigibilidad de las obligaciones. El acto administrativo de gasto: elementos, requisitos para su validez. Los sujetos en el acto administrativo de gasto: La administración pública y el ejercicio de la competencia. Nulidad y anulabilidad: especial referencia a la nulidad por falta de crédito.
Tema 11. Gestión de los Presupuestos Generales del Estado (I): Fases del procedimiento de la gestión de los gastos. Competencias en materia de gestión de gastos. Ordenación de pagos y pago material.
Tema 12. Gestión de los Presupuestos Generales del Estado (II): Anticipos de caja fija y fondos de maniobra. Pagos a justificar. Embargo de derechos de cobro. Pagos indebidos y demás reintegros. Gestión de Presupuestos de Ingresos. Devoluciones de ingresos.
Tema 13. El Tesoro Público: Funciones y competencias. La financiación de los Presupuestos Generales del Estado. El régimen jurídico del endeudamiento del sector público y de los avales del Tesoro Público.
Tema 14. La normalización de la contabilidad pública en España: Antecedentes. Las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público. Órganos competentes de regulación de la contabilidad pública en el ámbito estatal, autonómico y local.
Tema 15. El Plan general de contabilidad pública. Marco conceptual. Normas de reconocimiento y valoración. Cuentas anuales. Especial referencia a los criterios presupuestarios y estados con información presupuestaria de las cuentas anuales.
Tema 16. El sistema Integrado de contabilidad de la Seguridad Social: Modelo de contabilidad. Contabilidad y seguimiento del presupuesto de gastos e ingresos, fases y documentos contables. Criterios de imputación. Liquidación del Presupuesto. Cuentas anuales. Actuaciones de la Intervención General de la Seguridad Social respecto a las cuentas anuales.
Tema 17. Procedimiento de registro contable de las fases de ejecución del presupuesto. La Cuenta General del Estado: Formación, remisión y tramitación por las Cortes. La rendición de cuentas.
Tema 18. La Contabilidad Pública en las Administraciones Territoriales: Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
Tema 19. La Contabilidad Nacional (I). Aspectos generales. Cuentas de flujos y de sectores: saldos y agregados.
Tema 20. La Contabilidad Nacional (II). Contabilidad del sector Administraciones Públicas: Su delimitación. La contabilidad y las cuentas económicas de las Administraciones Públicas.
Tema 21. La Contabilidad Nacional (III). El sector Administraciones Públicas. Determinación de los equilibrios presupuestarios básicos: ahorro bruto y ahorro neto, capacidad y necesidad de financiación, capacidad y necesidad de endeudamiento. Las relaciones entre la contabilidad pública y la contabilidad nacional: criterios de ajuste.
Tema 22. El control interno de la actividad económico-financiera del Sector público estatal (I). Concepto de control. Clases de control. Naturaleza, fundamento y ámbito de aplicación del control. La IGAE. Organización y funciones. El estatuto del personal controlador: derechos y deberes.
Tema 23. El control interno de la actividad económico-financiera del Sector público estatal (II). La función interventora. Modalidades de ejercicio. Reparos. Omisión de la intervención.
Tema 24. El control interno de la actividad económico-financiera del Sector público estatal (III). El control financiero permanente. Concepto. Regulación y principios generales. Ámbito de aplicación. Informes de control financiero permanente. Planes de acción y seguimiento de medidas correctoras.
Tema 25. El control interno de la actividad económico-financiera del Sector Público estatal (IV). La auditoría pública. Formas de ejercicio. Plan anual de auditorías. Auditoría de las cuentas anuales. Auditorías públicas específicas. Normas de auditoría del sector público.
Tema 26. El control interno de la actividad económico-financiera del Sector público estatal (V). El control de derechos e ingresos. Fiscalización de los derechos e ingresos. La Agencia Estatal de Administración Tributaria. El control financiero de la gestión tributaria. Auditoría de las cuentas de los tributos estatales.
Tema 27. El control financiero de subvenciones y ayudas nacionales. El control de las subvenciones de la unión europea: órganos competentes y normativa.
Tema 28. La auditoría de Cuentas La normativa estatal en materia de auditoría de cuentas Concepto de auditoría de cuentas. Requisitos de las auditorías y de los informes. Los auditores: Requisitos para el ejercicio de la auditoría y responsabilidades. Entidades sometidas a auditorías anuales de cuentas y balances. La auditoría de cuentas en entidades de interés público. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas: Funciones.
Tema 29. La auditoría informática. Auditoría de fiabilidad de los sistemas de información. Auditoría de seguridad de los sistemas de información. Auditoria de sistemas automatizados a realizar por la IGAE. La evaluación de políticas públicas en el marco de la Ley General Presupuestaria y de la Ley General de Subvenciones.
Tema 30. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público (I). El control parlamentario. El control del Tribunal de Cuentas. El Tribunal de Cuentas: competencias y funciones. La función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas. Los órganos de control externo en las CC.AA.
Tema 31. El control externo (II). La función jurisdiccional del Tribunal de Cuentas. La responsabilidad contable por el manejo de fondos públicos. Los procedimientos para la exigencia de responsabilidad contable.
Tema 32. El presupuesto de la Unión Europea. El marco Financiero Plurianual. Estructura del presupuesto. Los recursos propios y los gastos de la Unión Europea. El procedimiento de aprobación del presupuesto. La relación entre el presupuesto de la Unión Europea y el presupuesto del Estado. La presupuestación, gestión y ejecución de las actuaciones financiables con fondos europeos. El concepto de saldo presupuestario.
Tema 33. La ejecución del presupuesto de la Unión Europea. Poderes de la Comisión como ejecutivo presupuestario. Formas de ejecución del presupuesto. Agentes financieros. La ejecución de ingresos y de gastos Las actividades de la Unión Europea no integradas en el presupuesto general. El control interno del presupuesto de la Unión Europea. El Tribunal de Cuentas de la Unión Europea.
Tema 34. El Presupuesto de la Seguridad Social. Concepto y contenido. Elaboración, tramitación y aprobación. Los créditos presupuestarios en el Presupuesto de la Seguridad Social. Modificaciones en los presupuestos de Entidades Gestoras y Tesorería General. El control interno de la Seguridad Social.
Tema 35. El Presupuesto General de las Comunidades Autónomas: contenido y aprobación. Ejecución del gasto. Control Interno. Control externo.
Tema 36. La financiación de las comunidades autónomas. Principios y recursos financieros. Régimen de tributos cedidos y de la corresponsabilidad fiscal. Las operaciones de crédito. El fondo de garantía de servicios públicos fundamentales. Los fondos de compensación interterritorial. Otras operaciones de financiación: subvenciones gestionadas. La financiación de las comunidades autónomas de régimen foral: país vasco y navarra. El régimen económico fiscal de canarias.
Tema 37. El Presupuesto General de las entidades locales: contenido y aprobación. Los créditos y sus modificaciones. La ejecución y liquidación del Presupuesto: especial referencia a las fases de ejecución del gasto, al resultado presupuestario y al remanente de tesorería. La contabilidad local. El control interno y externo de la actividad económico-financiera de las entidades locales.
Tema 38. Los recursos de las Haciendas locales: enumeración y régimen jurídico. La Participación en los tributos del Estado. Los impuestos municipales. Las Tasas, los Precios públicos y las Contribuciones especiales. Las operaciones de crédito. Los ingresos de derecho privado.
Derecho Tributario
Tema 1. El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Los principios del ordenamiento tributario español. Las fuentes del Derecho Tributario. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias.
Tema 2. Ingresos de derecho público y de derecho privado. Los tributos. Impuestos, tasas y contribuciones especiales. La relación jurídico-tributaria. Las obligaciones tributarias. Los obligados tributarios El hecho imponible y el devengo. Exenciones.
Tema 3. Base imponible y base liquidable. Regímenes de determinación o estimación de la base imponible. Cuota y deuda tributaria. Garantía del crédito tributario.
Tema 4. El procedimiento de gestión tributaria. Formas de iniciación de la gestión tributaria. La prueba. Las liquidaciones tributarias. La comprobación de valores. La consulta tributaria. El número de identificación fiscal. La gestión censal.
Tema 5. La gestión recaudatoria (I). Órganos de recaudación del Estado. Obligados al pago. Garantía de pago. Extinción de las deudas tributarias. Procedimiento de recaudación en periodo voluntario. Aplazamientos y fraccionamientos de pago.
Tema 6. La gestión recaudatoria (II). Procedimiento de recaudación en vía de apremio. El embargo de bienes. La Hacienda Pública y los procesos concursales. Las Tercerías. Créditos incobrables e insolvencias.
Tema 7. Procedimiento de inspección tributaria. Infracciones y sanciones tributarias. Delito fiscal. Derechos y garantías de los contribuyentes.
Tema 8. La revisión de los actos en vía administrativa: el recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. Suspensión de los actos impugnados. Procedimientos especiales.
Tema 9. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Sujeción al impuesto: aspectos materiales, personales y temporales. Determinación de la capacidad económica sometida a gravamen: rendimientos y ganancias y pérdidas patrimoniales.
Tema 10. El impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (II). Integración y compensación de rentas. Mínimo personal y familiar. Base imponible y base liquidable. Cuota íntegra estatal y autonómica. Deducciones. Cuota diferencial. Tributación familiar. Gestión del impuesto. Impuesto sobre la renta de No Residentes: Elementos personales y sujeción al impuesto.
Tema 11. El Impuesto de Sociedades (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible. Contribuyente. Base Imponible. Imputación temporal de ingresos y gastos. Período impositivo y devengo. Tipos de gravamen.
Tema 12. El Impuesto de Sociedades (II). Deducciones para evitar la doble imposición. Bonificaciones y deducciones para incentivar determinadas actividades. Pago fraccionado. Retenciones e ingresos a cuenta. Obligaciones contables y registrales. Declaraciones, liquidaciones y devoluciones. Regímenes especiales.
Tema 13. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Deuda tributaria.
Tema 14. El Impuesto sobre el Valor Añadido (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. Entrega de bienes y prestaciones de servicios. Operaciones no sujetas. Adquisiciones intracomunitarias de bienes. Importaciones de bienes. Exenciones. Lugar de realización del hecho imponible. El IVA en las Administraciones Públicas.
Tema 15. Impuesto sobre el Valor Añadido (II). Devengo del impuesto. Base imponible. Sujeto pasivo. Repercusión del impuesto y tipos impositivos. Deducciones. Regla de prorrata. Devoluciones. Regímenes especiales. Gestión del Impuesto. Infracciones y sanciones.
Tema 16. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Transmisiones patrimoniales onerosas: Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible y deuda tributaria. Actos Jurídicos Documentados: Tributación. Exacción del impuesto.
Tema 17. Los Impuestos Especiales. Los impuestos especiales de fabricación. Elementos estructurales de cada impuesto. Gestión de los mismos. Impuesto sobre el carbón. Impuesto sobre la electricidad. El Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte.
Tema 18. La introducción de mercancías en el territorio aduanero. El Código Aduanero de la Unión. El arancel aduanero común. El origen de las mercancías. El valor en aduana. Los recursos propios de la Unión Europea. La deuda aduanera. La devolución o condonación de los derechos de importación o exportación.
Tema 19. Las tasas: Concepto, ámbito de aplicación, hecho imponible, sujeto pasivo, responsables, devengo, gestión y liquidación. Principales tasas establecidas. Los precios públicos. Los aranceles de los funcionarios públicos.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará con arreglo a las siguientes claves:
«L» Libre/Nuevo Ingreso.
«R» Promoción interna.
«G» Promoción interna (aspirantes pertenecientes al Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad).
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Hacienda».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», las personas aspirantes indicarán una entre las provincias ofrecidas.
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 22, «Reserva», las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo señalando la opción «Sí, general». En caso de que no quieran participar por dicho cupo, deberán señalar la opción «No».
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o Grado, al finalizar el plazo de presentación de instancias.
En el recuadro 27, apartado A, se consignará «el idioma elegido para el «cuarto ejercicio».
En el recuadro 27, apartado B, se consignará la opción de evaluación del conocimiento de idioma, escribiendo «PRESENCIAL», si se va a realizar la prueba escrita o, «TITULACIÓN» si se va a presentar alguno de los títulos recogidos en el anexo VII que acredite el nivel de idioma.
En el recuadro 27, apartado C, los aspirantes por el turno de promoción interna consignarán el cuerpo o escala de pertenencia.
Yo, ................................................... (nombre y apellidos), con NIF ............................
Presto mi conformidad con los datos obrantes en el Registro Central de Personal a los efectos de lo previsto en la resolución de ……… de ………….………... de ……….., por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores, como únicos méritos a valorar en la fase de concurso de dicho proceso.
Fecha y firma.
Para la modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:
– Escuela Oficial de Idiomas:
Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.
– Certificados de Cambridge University:
First Certificate of English: B2.
Advanced: C1.
Proficiency: C2.
Linguaskill B2: B2.
Linguaskill C1: C1.
IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.
IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.
IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.
– Education Testing Service (ETS):
TOEFL Ibt Calificación total 72-94: B2.
TOEFL Ibt Calificación total 95-120: C1.
TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344, B2.
TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345, C1.
– APTIS (four skills), certificación del British Council:
Overall CEFR Grade B2, B2.
Overall CEFR Grade C, C1.
Aptis advanced: overall CEFR B2, B2.
Aptis advanced: overall CEFR C1, C1.
– Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:
Certificado B2, B2.
Certificado C1, C1.
– Oxford Test of English B: Certificado B2, B2.
– Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Sup’erieur (CLES), Inglés:
CLES 2, B2.
CLES 3, C1.
– The European Language Certificates (TELC):
TELC B2, B2.
TELC C1, C1.
– University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments):
Certificate of Competency in English (ECCE), B2.
Certificate of Proficiency in English (ECPE), C2.
– Trinity College de Londres:
Integrated Skills in English II, B2.
Integrated Skills in English III, C1.
Integrated Skills in English IV, C2.
– London Test of English (LTE):
Nivel 3, B2.
Nivel 4, C1.
Nivel 5, C2.
– Pearson Test of English:
General, Level 3, B2.
General, Level 4, C1.
General, Level 5, C2.
Edexcel certificate in ESOL International, Level 1, B2.
Edexcel certificate in ESOL International, Level 2, C1.
Edexcel certificate in ESOL International, Level 3, C2.
– Learning Resource Network:
Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1, B2.
Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2, C1.
Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3, C2.
IELCA General CEF B2, B2.
IELCA General CEF C1, C1.
IELCA General CEF C2, C2.
– Anglia ESOL Examinations General:
Advanced, B2.
AcCEPT/Proficiency, C1.
Masters, C2.
– LanguageCert International ESOL:
Communicator B2, B2.
Expert C1, C1.
Mastery C2, C2.
Para la modalidad acreditación de conocimiento de francés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:
– Escuela Oficial de Idiomas:
Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.
– Centre International d’Études Pédagogiques:
DELF B2, B2.
DALF C1, C1.
DALF C2, C2.
– Alliance Française:
Diplôme de Langue Française (DLS), B2.
Diplôme Supérieur d’Études Françaises Modernes (DS), C1.
Diplôme de Hautes Études Françaises (DHEF), C2.
– The European Language Certificates (TELC):
TELC B2, B2.
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