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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, las cartas de servicios son documentos que constituyen el instrumento a través del cual los órganos, organismos y entidades de la Administración General del Estado informan a los ciudadanos y usuarios sobre los servicios que tienen encomendados, sobre los derechos que les asisten en relación con aquellos y sobre los compromisos de calidad en su prestación.
En el artículo 11.1 de la citada disposición se establece que las cartas de servicios y sus posteriores actualizaciones serán aprobadas por Resolución del Subsecretario del Departamento al que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo proponente, previo informe favorable de la Dirección General de Gobernanza Pública del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Esta competencia ha sido delegada en el Director General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la Orden TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el citado real decreto, la Delegación del Gobierno en Canarias, Subdelegación del Gobierno en Las Palmas y Direcciones Insulares de la AGE en Fuerteventura y Lanzarote han propuesto la aprobación de su Carta de Servicios.
Visto el informe favorable de la Dirección General de Gobernanza Pública, de 4 de diciembre de 2024, en virtud de las competencias que le asigna la normativa vigente en relación con el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para mejora de la calidad en la Administración General del Estado,
Esta Subsecretaría resuelve lo siguiente:
Aprobar la Carta de Servicios de la Delegación del Gobierno en Canarias, Subdelegación del Gobierno en Las Palmas y Direcciones Insulares de la AGE en Fuerteventura y Lanzarote para el periodo 2024-2027, que tendrá vigencia desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
La citada Carta de Servicios estará disponible en la mencionada Delegación del Gobierno, así como en la Subdelegación del Gobierno y en las Direcciones Insulares, en el Portal Web del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y en el Portal de la Transparencia de la Administración General del Estado. Se podrá también acceder a la misma a través de la sede electrónica del Departamento y del punto de acceso general: http://administracion.gob.es/.
Madrid, 17 de diciembre de 2024.–La Subsecretaria de Política Territorial y Memoria Democrática, P.D. (Orden TMD/605/2024, de 12 de junio), el Director General de la Administración General del Estado en el Territorio, Agustín Torres Herrero.
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