Antecedentes de hecho
Con fecha 2 de junio de 2023, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parques fotovoltaicos Tania de 49,52 MWp/41,25 MWn, Ursa de 49,52 MWp/41,25 MWn, Tarpeya de 20,87 MWp/17,37 MWn, Tarquecio de 38,52 MWp/32,08 MWn y Yukiko de 49,52 MWp/41,25 MWn, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Zaragoza, Teruel, Castellón y Valencia», remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas de este Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), en su calidad de órgano sustantivo y respecto del que los promotores son Energía Inagotable de Tania SL, Energía Inagotable de Ursa SL, Energía Inagotable de Tarpeya SL, Energía Inagotable de Tarquecio SL y Energía Inagotable de Yukiko SL, (en adelante promotor).
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor para el proyecto «Parques fotovoltaicos Tania de 49,52 MWp/41,25 MWn, Ursa de 49,52 MWp/41,25 MWn, Tarpeya de 20,87 MWp/17,37 MWn, Tarquecio de 38,52 MWp/32,08 MWn y Yukiko de 49,52 MWp/41,25 MWn, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Zaragoza, Teruel, Castellón y Valencia» y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto. Se incluye asimismo en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.
No comprende el ámbito de la evaluación de seguridad y salud en el trabajo, ni de seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.
1. Descripción y localización del proyecto
El proyecto tiene como objeto la construcción de cinco plantas solares fotovoltaicas (PFVs) en la provincia de Zaragoza, las cuales evacúan la energía generada en una subestación (SET), ubicada en la provincia de Valencia, por lo que el presente proyecto afecta a la Comunidad Autónoma de Aragón y a la Comunidad Valenciana.
Como resultado del procedimiento de evaluación ambiental, el promotor modifica los proyectos respecto a su configuración original. El proyecto descrito a continuación se corresponde con la última propuesta del promotor, remitida a esta Dirección General, con fecha 24 de noviembre de 2023, sobre la que versa esta resolución:
– Cinco plantas fotovoltaicas con una superficie total prevista, delimitada por el vallado perimetral, de 357,32 ha en el término municipal (TM) de Tauste, en la provincia de Zaragoza. Presenta una potencia total conjunta de 207,95 MWp. La instalación está compuesta por los siguientes elementos:
● PFV Tania, de potencia total de módulos fotovoltaicos de 49,52 MWp y potencia nominal de 41,25 MWn, con una superficie de vallado de 46,45 ha y su infraestructura de evacuación soterrada de media tensión 30 kV de 8,48 km de longitud.
● PFV Tarpeya, de potencia total de módulos fotovoltaicos de 20,87 MWp y potencia nominal de 17,37 MWn, con una superficie de vallado de 39,41 ha y su infraestructura de e vacuación soterrada de media tensión 30 kV de 8,47 km de longitud.
● PFV Tarquecio, de potencia total de módulos fotovoltaicos de 38,52 MWp y potencia nominal de 32,08 MWn, con una superficie de vallado de 94,39 ha y su infraestructura de evacuación soterrada de media tensión 30 kV de 5,45 km de longitud.
● PFV Ursa, de potencia total de módulos fotovoltaicos de 49,52 MWp y potencia nominal de 41,25 MWn, con una superficie de vallado de 80,61 ha y su infraestructura de evacuación soterrada de media tensión 30 kV de 4,69 km de longitud.
● PFV Yukiko, de potencia total de módulos fotovoltaicos de 49,52 MWp y potencia nominal de 41,25 MWn, con una superficie de vallado de 96,51 ha y su infraestructura de evacuación soterrada de media tensión 30 kV de 6,13 km de longitud.
– Las infraestructuras de evacuación de la energía:
● En la Comunidad Autónoma de Aragón:
○ Línea aérea de alta tensión (LAAT) a 132 kV, de 0,45 km de longitud, entre la SET Tauste G4 FV y el Apoyo 2 de la LAAT Jundiz, ubicada en el TM de Tauste.
○ SET Tauste G4 FV 30/132 kV de 0,24 ha, ubicada en el TM de Tauste.
○ SET Tauste G4 400/132 kV, de 0,48 ha, ubicada en el TM de Tauste.
o LAAT a 132 kV y 400 kV entre la SET Tauste G4-Vértice Ojos Negros, con una longitud total de 137,69 km. Atraviesa los TTMM de Tauste, Luceni, Pedrola, Rueda de Jaló○ n, Plasencia de Jalón, Lumpiaque, Épila, Lucena de Jalón, Calatorao, Alfamén, Almonacid de la Sierra, Cosuenda, Aguarón, Cariñena, Encinacorba, Mainar, Villarreal de Huerva, Villadoz, Badules y Romanos, en la provincia de Zaragoza; y Villahermosa del Campo, Cucalón, Ferreruela de Huerva, Calamocha, Fuentes Claras, Caminreal, Torrijo del Campo, Monreal del Campo y Ojos Negros, en la provincia de Teruel.
● En la Comunidad Valenciana:
○ LAAT a 400 kV Vértice Sacañet – SET Gaussa (REE), con una longitud total de 58,65 km. Discurre por los TTMM de Barracas, Pina de Montalgrao, Benafer, Viver, Jérica, Altura y Segorbe, en la provincia de Castellón; y Algar de Palància, Alfara de la Baronia, Algímia d’Alfara, Torres Torres, Estivella, Albalat dels Tarongers, Sagunt, Petrés y Gilet, en la provincia de Valencia.
○ SET Promotores Gaussa 400/30 kV, de 1,64 ha, ubicada en el TM de Sagunt.
2. Tramitación del procedimiento
La Dirección General de Política Energética y Minas del MITECO, con fecha 15 de marzo de 2022, dicta acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización administrativa para las PFVs Tania, Ursa, Tarpeya y Yukiko, y sus infraestructuras de evacuación.
El trámite de información pública se inicia en junio de 2022 mediante la publicación del anuncio en los siguientes boletines oficiales:
«Boletín Oficial del Estado» de 7 de junio de 2022.
«Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza» de 9 de junio de 2022.
«Boletín Oficial de la Provincia de Teruel» de 14 de junio de 2022.
«Boletín Oficial de la Provincia de Castellón» de 21 de junio de 2022.
«Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» de 17 de junio de 2022.
Simultáneamente, se realiza el trámite de consultas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas. El resultado de ambos trámites se resume en el anexo de la presente resolución.
Con fecha 2 de junio de 2023, se recibe en esta Dirección General el expediente para evaluación de impacto ambiental ordinaria, y con fecha 15 de junio de 2023, se da audiencia al promotor, previa a la inadmisión a trámite del expediente, debido a que el estudio de impacto ambiental (EsIA) no reúne condiciones de calidad suficientes.
En respuesta, con fecha 11 de julio de 2023, el promotor presenta una adenda al EsIA, y posteriormente realiza varios aportes documentales, el último de los cuales presenta el 24 de noviembre de 2023, e incluye modificaciones en las plantas solares y en la línea eléctrica en Aragón y en la Comunidad Valenciana.
Con fecha 28 de noviembre de 2023, esta Dirección General requiere informe sobre las modificaciones propuestas por el promotor a la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Generalitat Valenciana y a la Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana.
En fechas comprendidas entre enero y marzo de 2024, se reciben informes de la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Generalitat Valenciana, la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Generalitat Valenciana, la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, la Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Altura.
3. Análisis técnico del expediente
a. Análisis de alternativas.
El promotor realiza un análisis multicriterio, que incluye criterios técnicos, económicos, funcionales, sociales, culturales y ambientales, en el cual, analiza la Alternativa 0.
Para las PFVs, la SET Tauste G4 FV y LAAT «SET Tauste G4 FV-Apoyo 2 LAAT Jundiz», el promotor plantea 3 alternativas para cada una de ellas, de las que elige la Alternativa 3 en todos los casos, por tener la mejor valoración ambiental asociada en PFV Tania y en PFV Tarpeya, y por presentar una mejor valoración en los aspectos sociales y ambientales en PFV Tarquecio, PFV Ursa y PFV Yukiko. Respecto a la SET Tauste G4 FV y la LAAT» SET Tauste G4 FV-Apoyo 2 LAAT Jundiz», el promotor justifica la selección de la Alternativa 3 por ser la que presenta una menor cantidad de movimientos de tierra, sin presencia de vegetación silvestre y por encontrarse más próxima con respecto al punto final de entronque.
Para la SET Tauste G4 y la LAAT «SET Tauste G4 – Vértice Ojos Negros» el promotor plantea 3 alternativas de trazado y selecciona la Alternativa 3, una vez realizada la valoración cualitativa multicriterio, por ser la más viable tanto técnico, social como ambientalmente.
Para la SET Promotores Gaussa y la LAAT «Vértice Sacañet-SET Gaussa» el promotor plantea 2 alternativas en el EsIA, de las cuales selecciona la Alternativa 2 por tener menores afecciones sobre el medio físico, el medio biótico y el medio socioeconómico.
El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental del Gobierno de Aragón (INAGA) señala, en su informe de fecha 22 de junio de 2023, que el estudio de alternativas no ha tenido en cuenta ubicaciones de la generación más próximas al punto de evacuación final para las instalaciones, de forma que se reduzca la longitud de las líneas eléctricas de evacuación. El promotor responde que la línea proyectada se comparte con la evacuación de otros proyectos que conecta a la red de transporte en distintos nudos de evacuación, no existiendo capacidad de evacuación para ese montante de energía a una distancia inferior desde las plantas de generación. En este sentido, indica que el ordenamiento jurídico no establece un límite máximo en cuanto a la longitud de las infraestructuras de evacuación.
Las alternativas seleccionadas inicialmente han sido modificadas durante la tramitación del procedimiento de evaluación hasta llegar a la configuración final, recogida en la documentación adicional al EsIA recibida con fecha 24 de noviembre de 2023. Las modificaciones realizadas respecto a las alternativas seleccionadas en el EsIA consisten en:
Reducción de la superficie de las PFVs, pasando de ocupar una superficie total de 459,68 ha de vallado perimetral a un total de 357,32 ha.
Modificación de la LAAT SET Tauste G4-Vértice Ojos Negros, pasando de 138,92 km de longitud a una longitud de 137,69 km, de los cuales 0,76 km son soterrados.
Modificación de la LAAT Vértice Sacañet-SET Gaussa (REE), que pasa de 47,46 km de longitud a 58,65 km de longitud y reubica parte de su trazado siguiendo la infraestructura existente perteneciente a la autovía A-23.
Reubicación de la SET Promotores Gaussa, localizada originalmente en el TM de Altura y trasladada al TM de Sagunt.
b. Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
El análisis técnico se ha realizado teniendo en cuenta la organización de infraestructuras, presentada por el promotor en los respectivos EsIAs, adendas y documentación adicional por lo que en adelante queda estructurado de la siguiente manera en la presente resolución:
Plantas fotovoltaicas.
Infraestructuras de evacuación:
– Infraestructuras de evacuación de Aragón: SET Tauste G4 FV; LAAT «SET Tauste G4 FV-Apoyo 2 LAAT Jundiz»; SET Tauste G4 y LAAT «SET Tauste G4 – Vértice Ojos Negros».
– Infraestructuras en la Comunidad Valenciana: LAAT «Vértice Sacañet-SET Gaussa (REE)» y SET Promotores Gaussa.
b.1 Vegetación, flora y Hábitats de Interés Comunitario (HIC).
b.1.1 Plantas fotovoltaicas.
Las infraestructuras proyectadas se ubican en una zona dominada mayoritariamente por prados y campos agrícolas, en su mayoría cerealistas, de árboles frutales y viñedos. Dentro del ámbito de estudio se encuentran el HIC 1520* «Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia)», HIC 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea», e HIC 1430 «Matorrales halnitrófilos (Pegano-Salsoletea).
Los principales impactos potenciales sobre la vegetación, flora e HIC son la alteración de la cobertura vegetal, la degradación de la vegetación de los alrededores inmediatos a la zona de obras y la posible afección a HIC, debido a la ubicación de elementos constructivos.
El promotor propone balizar las superficies de ocupación con el fin de proteger la vegetación silvestre, el tratamiento por un gestor autorizado del material procedente del desbroce de la vegetación que ocupa el área de actuación, la revegetación de taludes de la zona afectada tras las obras de construcción del proyecto; mantenimiento de la vegetación de manera manual.
El INAGA destaca que la construcción de las instalaciones supone la desaparición de vegetación de tipo agrícola y ruderal situada en las lindes de caminos, así como afecciones significativas sobre formaciones vegetales silvestres inventariadas como HIC.
El promotor responde que el proyecto persigue la mínima afección sobre HIC y vegetación silvestre, aprovecha caminos existentes y prioriza, siempre que es posible, zonas de pastos. No obstante, con el objeto de implementar mejoras en el proyecto y reducir sus efectos sobre la vegetación en la documentación adicional al EsIA propone medidas adicionales. El INAGA informa con posterioridad que dichas medidas son adecuadas y proporcionadas.
b.1.2 Infraestructuras de evacuación.
a) Infraestructuras en Aragón.
Las infraestructuras proyectadas se ubican en una zona cuya vegetación mayoritaria está compuesta por las mismas unidades de vegetación que la de las plantas fotovoltaicas. En el recorrido de la LAAT, se identifican las siguientes especies catalogadas: Centaurea pinnata, «En peligro de extinción» en el Catálogo de Especies Amenazadas en Aragón (en adelante CEAA); Apium repens, «Vulnerable» en el CEAA e incluida en Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (en adelante LESRPE); Senecio auricula, «Vulnerable» en el CEAA; Echium boissieri, catalogada como «Interés especial» en el CEAA; e Hippuris vulgaris, Limonium aragonense y Microcnemum coralloides, catalogadas como «Sensible a la alteración de su hábitat» en el CEAA. En el ámbito de actuación se encuentran un total de 13 HICs, de los cuales, destaca, por ser HICs prioritarios, el HIC 1520*, el HIC 5230* «Matorrales arborescentes con Laurus Tobilis», el HIC 6220* y el HIC 9560* «Bosques endémicos de Juniperus spp».
Los principales impactos potenciales, así como las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, son los mismos que los descritos para las plantas fotovoltaicas.
El INAGA informa que la construcción de las infraestructuras supone la eliminación de vegetación silvestre y afecciones significativas sobre formaciones vegetales silvestres inventariadas como HIC.
El promotor responde que el proyecto persigue la mínima afección sobre HICs y vegetación silvestre, aprovechando caminos existentes procurando priorizar, siempre que es posible, zonas de pastos. No obstante, en la documentación adicional al EsIA propone medidas adicionales, que el INAGA considera adecuadas y proporcionadas.
b) Infraestructuras en la Comunidad Valenciana.
El ámbito del proyecto está compuesto por un mosaico de campos de cultivos, intercalados con vegetación silvestre como pastizales, así como pinares de pino carrasco (Pinus halepensis) y/o encinares (Quercus rotundifolia).
Según la consulta realizada por el promotor a la Base de Datos del Inventario Español de Especies Terrestres, el promotor ha detectado la presencia de una especie de flora, la denteguera valenciana (Odontites kaliformis), catalogada «En Peligro de Extinción» en el Catálogo Valenciano de Especies de Flora Amenazadas (CVEFA).
En cuanto a los HICs, según la revisión cartográfica realizada por esta Dirección General, la LAAT atraviesa el HIC 5210 «Formaciones montanas de Cytisus purgans» durante 1,80 km aproximadamente, donde se proyectan 4 apoyos y la construcción de 4 nuevos caminos de acceso, de 1,40 km de longitud total; así como el HIC 6220*, durante 3,85 km aproximadamente, con 11 apoyos y la construcción de 14 nuevos caminos de acceso, de 2,15 km de longitud total.
Asimismo, el EsIA identifica la presencia de diversos árboles monumentales próximos al proyecto, como son: «Olivera (Olea europea) del Camí de la Murta» a unos 200 m al sur del proyecto, «Olivera de Gausa» a unos 1,2 km al sureste del proyecto, «Pino (Pinus halepensis) de la Masía del Juncar» a unos 1,3 km al noreste del proyecto y «Olivera» a unos 1,6 km al noreste del proyecto.
El EsIA propone algunas medidas entre las que se incluyen la sobreelevación de algunos apoyos de la LAAT para evitar corta de vegetación arbolada de interés bajo la LAAT, y realizar un inventario de las superficies afectadas por el proyecto para determinar la presencia de especies raras, endémicas y/o protegidas y/o de especial interés florístico.
La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana informa de la presencia en el ámbito de actuación de una serie de especies de flora, como jara de Cartagena (Cistus heterophyllus ssp. Carthaginensis), catalogada como «En Peligro de Extinción» en el CVEFA; y helecho (Asplenium majoricum), Garidella nigellastrum, albaida rosada (Anthyllis lagascana) y Serapias parviflora, incluidas como «Protegidas no catalogadas» en el CVEFA; para las cuales se puede prever una situación de riesgo por la ejecución del proyecto. Además, el organismo destaca la afección del proyecto al HIC 6220* y a montes gestionados por la Generalitat Valenciana, algunos de ellos incluidos en el Catálogo de Utilidad Pública, como consecuencia del paso del tendido eléctrico y la instalación de los apoyos de la LAAT, así como por la apertura de caminos de acceso a estos últimos para su instalación y mantenimiento. Por los aspectos evaluados, la citada Dirección General informa desfavorablemente al proyecto.
El promotor responde que las posibles afecciones sobre los HICs se producirían únicamente sobre el HIC 5330 «Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos» y el HIC 9340 «Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia», siendo dicha afección poco significativa, así como que se hará uso del mayor número posible de red de caminos existente.
En vista de lo anterior, la citada Dirección General vuelve a emitir un informe desfavorable por todas las afecciones ambientales del proyecto en su territorio.
En respuesta, el promotor propone un nuevo trazado de la LAAT para ajustarla al trazado de infraestructuras existentes, como la autovía A-23, y reubica la SET Promotores Gaussa.
La Dirección General de Medio Natural y Animal de la Generalitat Valenciana informa que la nueva LAAT propuesta transcurre por un ámbito territorial con presencia de saponaria común (Saponaria officinalis), especie «Protegida no catalogada» por el CVEFA. Por otro lado, 22 apoyos afectan a distintos HICs, incluyendo uno que se encuentra como hábitat protegido en el Decreto 70/2009, de 22 de mayo, por el que se crea y regula el CVEFA y se regulan medidas adicionales de conservación.
Además, existen 64 apoyos ubicados en terreno forestal incluido en Plan de Acción Territorial Forestal de la Comunidad Valenciana (PATFOR), afectando su construcción, así como la apertura de caminos, a 9,38 ha. Por otro lado, el vuelo de la LAAT afecta a 81,94 ha de suelo forestal, del cual 11,77 ha corresponden con montes gestionados por la Generalitat. Entre estos montes, dos están catalogados de utilidad pública y la LAAT los afecta en 4,50 ha. Teniendo en cuenta lo anterior, informa que la construcción de las infraestructuras no es compatible con la regeneración forestal, conforme al Decreto 58/2013 de aprobación del PATFOR y la Guía técnica para la gestión de montes quemados del MITECO, y concluye que no se siguen las directrices emanadas; además de atravesar zonas con pendientes superiores al 25 %. Por todo ello, la Dirección General se reitera en su informe desfavorable al proyecto.
b.2 Fauna.
b.2.1 Plantas fotovoltaicas.
A partir de los datos bibliográficos, de la información de los espacios naturales protegidos del entorno del ámbito de estudio y la información recopilada en campo, el promotor incluye en la adenda al EsIA, una descripción de las especies de avifauna más relevantes del ámbito de estudio de las plantas fotovoltaicas, las cuales se recogen a continuación:
Avifauna: Milano real (Milvus milvus), catalogada como «En peligro de extinción» en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (en adelante CEEA) y en el CEAA; alimoche común (Neophron percnopterus), aguilucho cenizo (Circus pygargus), ganga común (Pterocles alchata) y ganga ortega (Pterocles orientalis), catalogadas como «Vulnerable» en el CEEA y en el CEAA; águila pescadora (Pandion haliaetus) y buitre negro (Aegypius monachus), catalogadas como «Vulnerable» en el CEEA; cernícalo primilla (Falco naumanni), chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax), incluidas en el LESRPE y catalogadas como «Vulnerable» en el CEAA; aguilucho pálido (Circus cyaneus), grulla común (Grus grus), incluidas en el LESRPE y en el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (en adelante LAESRPE); águila real (Aquila chrysaetos), aguilucho lagunero occidental (Circus aeruginosis), águila calzada (Hieraaetus pennatus), buitre leonado (Gyps fulvus), águila culebrera (Circaetus gallicus), cernícalo común (Falco tinnunculus), búho real (Bubo bubo), mochuelo común (Athene noctua), chotacabras europeo (Caprimulgus europaeus), alcaraván común (Burhinus oedicnemus oedicnemus), zampullín común (Tachybaptus ruficollis), cogujada común (Galerida cristata), calandria común (Melanocorypha calandra) y pinzón real (Fringilla montifringilla), incluidas en el LESRPE; y cuervo (Corvus corax), pardillo común (Linaria cannabina), escribano triguero (Emberiza calandra) y alondra común (Alauda arvensis), incluidas en el LAESRPE.
Aunque no han sido detectadas durante los trabajos de campo desarrollados por el promotor, según las capas proporcionadas por el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, no se descarta la presencia de sisón común (Tetrax tetrax), catalogada como «En peligro de extinción» en el CEEA y en el CEAA; y avutarda común, incluida en el LESRPE y catalogada como «En Peligro de Extinción» en el CEAA; y cigüeña blanca (Ciconia ciconia), incluida en el LESRPE y en el LAESRPE.
Mamíferos: rata de agua (Arvicola sapidus), incluida en el LAESRPE.
Reptiles: Culebra viperina (Natrix maura), culebra lisa meridional (Coronella girondica), lagartija colilarga (Psammodromus algirus), lagarto ocelado (Timon lepidus) y lagartija colirroja (Acanthodactylus erythrurus), incluidas en el LESRPE; y culebra bastarda (Malpolon monspessulanus), incluida en el LAESRPE.
Anfibios: Sapillo moteado común (Pelodytes punctatus), sapo corredor (Bufo calamita), sapo de espuelas (Pelobates cultripes), incluidas en el LESRPE; y rana común (Rana perezi), incluida en el LAESRPE.
Según el EsIA, la zona propuesta para la actuación se encuentra a 3,2 km del Ámbito de Protección de Falco naumanni (Decreto 233/2010, de 14 de diciembre, del Gobierno de Aragón) y a 9,2 km del área catalogada como «Área Crítica» para esta especie. También afirma que las instalaciones se encuentran a 3,2 km del Ámbito de Protección de Águila-azor Perdicera (Decreto 326/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón). Asimismo, toda el área de implantación se incluye sobre una de las zonas de alimentación de aves necrófagas designadas por el INAGA.
Los principales impactos sobre la fauna se pueden resumir, en la fase de construcción, por la alteración y/o pérdida del hábitat por los movimientos de tierras y tránsito de maquinaria, vehículos y personas, y por la construcción de las propias PFVs. Durante la fase de explotación, se prevén también molestias y desplazamientos de fauna por las propias operaciones de mantenimiento, así como mortalidad por colisión y/o electrocución por la propia presencia de la línea eléctrica de evacuación.
Como principales medidas presentadas en el EsIA, entre otras, quedará prohibido cualquier tipo de molestia o persecución a los animales que se mantuvieran en proximidades de las obras, se instalarán primillares de material preconstruido con cajas nido en su interior para propiciar la nidificación del cernícalo primilla y se instalarán señales recordatorias de presencia de fauna en la zona de trabajo.
El INAGA informa de que el proyecto supone una fragmentación y pérdida de conectividad ecológica, así como una reducción del hábitat disponible para el desarrollo de especies de fauna y un mayor riesgo potencial de colisión con líneas eléctrica aéreas, que puede comprometer la viabilidad de numerosas especies y poblaciones de avifauna, muchas de ellas catalogadas en el CEEA o como objetivos de conservación de espacios Red Natura 2000 y otros planes de acción de especies amenazadas. También destaca que las PFVs no se ubican en Área crítica de cernícalo primilla, pero que es probable la actividad de un primillar a más de 4 km de las PFVs. Parte de las PFVs Tania y Yukiko afectan dos áreas de aves esteparias seleccionadas por el Gobierno de Aragón para formar parte del futuro plan de recuperación de estas especies. El INAGA además resalta la presencia de quirópteros, los cuales son muy sensibles a la mortalidad por las instalaciones de generación (vallados, placas, etc.), así como nidificación de chova piquirroja y presencia de dormideros de aguilucho lagunero occidental, aguilucho cenizo y aguilucho pálido a más de 3 km de las PFVs.
A partir de la revisión cartográfica realizada por esta Dirección General, se ha podido comprobar que parte del ámbito del proyecto se encuentra dentro de la IBA núm. 115 «Montes de Zuera-El Castellar», con poblaciones residentes de collalba negra (Oenanthe leucura) y reproductoras de milano real y águila calzada. De este modo también se ha podido conocer, a partir de documentación presentada por promotores de expedientes adyacentes al que se evalúa en la presenta resolución, que la ubicación propuesta para la PFV Yukiko es limítrofe a una zona de nidificación de águila real.
Con el objeto de minimizar los impactos sobre la fauna, el promotor aporta documentación adicional en la que propone la reducción de las superficies de la PFV Tania y la PFV Ursa, que pasan de ocupar una superficie total de 459,68 ha de vallado perimetral a un total de 357,32 ha.
No obstante, en el estudio de sinergias, se puede comprobar cómo el área de actuación acoge a un buen número de especies de avifauna, entre las que destacan alimoche común, especies esteparias y chova piquirroja, así como otras rapaces y carroñeras como milano real, águila real, buitre leonado y milano negro; albergándose una notable presencia de aguiluchos, alcaraván común, gangas y cernícalo primilla. En este sentido, el hábitat de estas especies, fundamentalmente para las aves esteparias, se ve significativamente afectada por la presencia de las instalaciones, del mismo modo que las grandes aves rapaces verían reducidas sus áreas de campeo.
b.2.2 Infraestructuras de evacuación.
a) Infraestructuras en Aragón.
A partir de los datos bibliográficos, de la información de los espacios naturales protegidos del entorno del ámbito de estudio y la información recopilada en campo, el promotor incluye en la adenda al EsIA una descripción de las especies de avifauna más relevantes del ámbito de estudio de la LAAT «SET Tauste G4-Vértice Ojos Negros».
Avifauna: Alondra ricotí (Chersophilus duponti), catalogada como «En peligro de extinción» en el CEEA y en el CEAA; milano real, águila perdicera (Aquila fasciata), catalogada como «Vulnerable» en el CEEA y como «En Peligro de Extinción» en el CEAA; sisón común, aguilucho cenizo, alimoche común, ganga ortega y ganga común; colirrojo real (Phoenicurus phoenicurus) y chorlito carambolo (Charadrius morinellus), catalogadas como «Vulnerable» en el CEEA y en el CEAA; avutarda común, escribano palustre (Emberiza schoeniclus), incluida en el LESRPE y catalogada como «En Peligro de Extinción» en el CEAA; chova piquirroja, cernícalo primilla, aguilucho pálido, garza imperial (Ardea purpurea) y lúgano (Spinus spinus), incluidas en el LESRPE y en el LAESRPE; cigüeña blanca, grulla común; así como otras numerosas especies incluidas en el LESRPE o en el LAESRPE, como águila real, milano negro, aguilucho lagunero occidental, cernícalo común, ratonero común (Buteo buteo), águila culebrera, buitre leonado, búho chico (Asio otus), lechuza común (Tyto alba), mochuelo común, cigüeñuela común (Himantopus himantopus), chorlitejo chico (Charadrius dubius), andarríos grande (Tringa ochropus), andarríos chico (Actitis hypoleucos) y garza real (Ardea cinerea), alondra común, calandria común y escribano triguero, entre otras.
En el trabajo de campo realizado por el promotor, la especie más relevante, con mayor número de registros fue la grulla común. Según la información reflejada en el EsIA, aportada previamente por el INAGA, la LAAT afectaría directamente a un nido de águila real, a lo que habría que añadir otro nido de águila real no contemplado en la información del INAGA, que el promotor detecta en los trabajos de campo. También se identifican en un ámbito de afección de 2 km respecto la LAAT: ocho nidos de buitre leonado, un dormidero de alimoche común y tres de grulla común, varias zonas de alimentación con presencia de chova piquirroja, varios nidos de cernícalo común y de cigüeña blanca, así como un dormidero de milano real.
Próximas a la LAAT también han sido localizados cuatro comederos de aves necrófagas con presencia continua anual de buitre leonado, así como el muladar de Épila, situado a 2,30 km respecto la traza.
Por otro lado, identifica la presencia de mamíferos, peces, reptiles, anfibios e invertebrados con alguna categoría de protección.
Según el promotor, parte de los tramos de la LAAT se proyectan sobre Área Crítica de alondra ricotí denominadas «La Fuempudia», «Llano de la Muela» y «La Moratilla». Esta Dirección General ha comprobado que estos espacios son interceptados durante 5,37 km, ubicándose en su interior 12 apoyos y 11 nuevos caminos de acceso, lo que equivaldría a una ocupación de 1,14 ha.
A su vez, la LAAT intercepta durante 25,53 km (73 apoyos) el Área Crítica de Falco naumanni (Decreto 233/2010, de 14 de diciembre, del Gobierno de Aragón), y 12,52 km (35 apoyos) su Ámbito de Protección; durante 10,93 km (31 apoyos) coinciden ambas figuras de protección.
También se identifica el cruce de la LAAT durante 9,85 km (42 apoyos) con el Ámbito de Protección de Águila-azor Perdicera. La SET Tauste G4 y la infraestructura de evacuación afectan directamente al hábitat potencial para la futura aplicación del Plan de Protección de Especies de Aves Esteparias del Gobierno de Aragón, con registros de ganga ortega y ganga común. También se atraviesa durante 41,66 km dicho hábitat potencial con registros de sisón común, avutarda común, ganga ortega y ganga común.
El promotor menciona la presencia de 7 IBAs en el entorno de actuación, entre las cuales esta Dirección General destaca, por su proximidad al proyecto: IBA núm. 429 «Llanos de Plasencia», en la que cabe resaltar la presencia residente de ganga ortega y ganga común, la presencia no reproductora de sisón común y la presencia reproductora de cernícalo primilla; la IBA núm. 431 «Llanura y Muelas de Valdejalón-Muel», en la que destaca la presencia de poblaciones residentes de sisón común, alondra ricotí, ganga ortega y ganga común; la IBA núm. 94 «Parameras del Río Jaloca», en la que destaca la presencia de poblaciones residentes de alondra ricotí; y la IBA núm. 436 «Parameras de Pozondón y Villar del Salz», en la que destaca la presencia de poblaciones residentes de alondra ricotí. Según la revisión cartográfica de esta Dirección General, la LAAT intercepta durante unos 18 km aproximadamente la IBA núm. 429; intercepta durante unos 1,90 km aproximadamente la IBA núm. 431; y el final de la LAAT se ubica a unos 110 m aproximadamente de la IBA núm. 436.
Por último, el promotor también detecta la intersección de la LAAT con la zona de aplicación del Decreto 60/2023, de 19 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el cangrejo de río ibérico (Austropotamobius pallipes) y se aprueba un nuevo plan de recuperación. En relación con esta afección, esta Dirección General identifica la coincidencia de 44 km aproximados de la LAAT con Áreas Críticas, aproximadamente 55 km con el Ámbito de Aplicación.
Entre los principales impactos identificados por el promotor, durante la fase de obras, se encuentra la eliminación de vegetación necesaria para la instalación de las infraestructuras proyectadas, molestias y desplazamientos de fauna asociados al trasiego de vehículos y personas, ruidos y movimientos de tierra. Durante la explotación, entre los principales impactos destacan la pérdida y fragmentación de hábitat por la propia instalación de infraestructuras, donde el cableado y los apoyos crean un efecto barrera para los desplazamientos diarios y estacionales de las aves; así como la mortalidad de avifauna por riesgo de colisión y/o electrocución. También se identifican afecciones durante esta fase por las operaciones mantenimiento que pueden afectar a las especies más sensibles que utilizan el ámbito como área de campeo.
Como medidas incluidas en el EsIA, entre otras, se propone una prospección previa, antes del inicio de la obra, de los puntos de interés identificados en el trabajo de campo para comprobar su utilización actual; se crearán espacios con vegetación cerca de la instalaciones para favorecer el desarrollo de los polinizadores y otros insectos, se construirán cinco primillares en el primer tramo del trazado de la LAAT, se instalarán señales recordatorias de presencia de avifauna en la zona de trabajo y salvapájaros como medida preventiva contra la colisión.
El INAGA informa que las afecciones más significativas del proyecto tendrán lugar sobre la avifauna, como consecuencia del incremento de la mortalidad por colisiones contra las líneas de evacuación, y por la pérdida y fragmentación de los hábitats silvestres necesarios para su desarrollo. Las pérdidas en áreas de reproducción ocasionarán una reducción poblacional y las pérdidas en áreas de invernada pueden motivar la reducción del tamaño poblacional, o bien cambios en las rutas migratorias. Concretamente, identifica las infraestructuras de evacuación como elementos que supondrán un impacto significativo sobre especies de avifauna, afectando en algunos casos a especies de gran valor ambiental debido a sus figuras de catalogación, tanto a nivel estatal como autonómico. Resalta la proximidad del proyecto a un área de protección de águila perdicera, entre otras, además de presencia de quirópteros, los cuales son muy sensible a la mortalidad por efecto de las líneas.
El promotor, como respuesta, propone una serie de medidas preventivas y correctoras adicionales. Según el promotor, los estudios definitivos de avifauna presentados en julio de 2023 concluyen que el proyecto causará sobre la avifauna impactos compatibles y moderados en la fase de construcción, y, en la fase de explotación, se estiman impactos moderados sobre la avifauna, una vez aplicadas las medidas preventivas y correctoras establecidas, descartándose impactos severos.
El INAGA responde que la información adicional presentada por el promotor respecto a los estudios de avifauna con fecha de julio de 2023 es correcta y adecuada, pero reitera y destaca la presencia especies de interés como milano real, chova piquirroja, cernícalo primilla, ganga ortega, ganga común, alimoche común, aguilucho cenizo, águila pescadora, buitre negro, aguilucho pálido, grulla común, águila real, aguilucho lagunero occidental, águila calzada, águila culebrera, buitre leonado, mochuelo europeo, alcaraván común, entre otras. Indica que no se confirma actividad reproductora en ningún primillar, siendo probable la actividad de uno ubicado a más de 4 km de la LAAT. También identifica nidificación de chova piquirroja a 1,6 km de la LAAT y la presencia de dormideros de aguilucho lagunero occidental, aguilucho cenizo y aguilucho pálido a 2,50 km de la LAAT. Señala que la LAAT genera afección significativa a alimoche común, milano real y ganga ortega. Finalmente señala una serie de medidas que se deben tener en cuenta.
Adicionalmente, esta Dirección General ha comprobado que dos proyectos, cuyas infraestructuras de generación de energía y las líneas de evacuación coindicen en los primeros kilómetros con el ámbito de implantación de la LAAT, cuentan con Declaraciones de Impacto Ambiental desfavorables, debido a afecciones sobre espacios de interés para la fauna, como la IBA núm. 429, Área Crítica de cernícalo primilla, territorios propuestos por el Gobierno de Aragón para el Plan de Recuperación de Especies Esteparias de Aragón, así como por afectar a espacios Red Natura 2000. Entre otros impactos que motivaron dichas resoluciones desfavorables, también se identifican afecciones a especies de avifauna como sisón común, ganga ortega, ganga común y cernícalo primilla, así como a otras especies catalogadas presentes en el entorno de los proyectos.
De la misma manera, se ha detectado la presencia de un proyecto de generación de energía eólica, coincidente con, aproximadamente, la primera mitad del trazado de la LAAT, que cuenta con declaración de impacto ambiental desfavorable por afecciones del conjunto de las infraestructuras de evacuación al ámbito potencial de aplicación del Plan de Recuperación de especies esteparias de Aragón, con presencia de sisón común, ganga común y ganga ortega. También se fundamenta un uso muy alto del espacio por parte de milano real, águila real, buitre leonado y chova piquirroja de manera que la línea de evacuación de dicho proyecto podría generar afecciones significativas a las especies esteparias mencionadas, además de existir un Área Crítica de cernícalo primilla coincidente con parte del trazado de la línea de evacuación. Por otra parte, también se valora un impacto por pérdida de áreas de campeo y un efecto barrera para los quirópteros identificados en la zona de actuación; generándose, de forma adicional, un impacto sinérgico y acumulativo severo sobre la fauna y el paisaje por la proyección de otras instalaciones, así como por las ya existentes en el territorio.
b) Infraestructuras en la Comunidad Valenciana.
La adenda al EsIA de julio de 2023 recoge una descripción de las especies de avifauna más relevantes del ámbito de estudio en la Comunidad Valenciana, que se citan a continuación:
Avifauna: Focha moruna (Fulica cristata) y porrón pardo (Aythya nyroca), catalogadas como «En Peligro de Extinción» en el CEEA y en Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazada (en adelante CVEFaA); águila perdicera, aguilucho lagunero occidental, catalogadas también como «En Peligro de Extinción» en el CVEFaA; colirrojo real y aguilucho cenizo, catalogadas también como «Vulnerable» en el CVEFaA; avión zapador (Riparia riparia) y lechuza común, incluidas en el LESRPE y catalogadas como «Vulnerable» en el CVEFaA; así como numerosas especies incluidas en el LESRPE y en el Listado de Especies de Fauna Protegidas de la Generalitat Valenciana (en adelante LEFP).
Según la información aportada por el promotor, la tasa general de riesgo de colisión con la LAAT para las especies de avifauna identificadas en campo es del 67 %, siendo del 100 % para especies catalogadas como águila perdicera, aguilucho lagunero occidental, halcón peregrino, alcotán europeo, cernícalo vulgar, grulla común y milano real.
Según la revisión cartográfica de esta Dirección General, el proyecto se sitúa próximo a la IBA núm. 468 «Serra Calderona». También se identifica la IBA núm. 151 «Serra d’Espadà» en el ámbito del proyecto. La LAAT también atraviesa en todo su recorrido Zonas de Protección de la Avifauna contra la Colisión y Electrocución, reguladas por la Resolución de 6 de julio de 2021, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición ecológica y por la Resolución 15 de octubre de 2010, del conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda y vicepresidente tercero del Consell. La LAAT intercepta a su vez cinco corredores territoriales terrestres y 1 corredor territorial fluvial, reconocidos en la Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana.
Como medidas incluidas en el EsIA, además de las ya mencionadas en el tramo de Aragón, destaca la instalación de salvapájaros como medida preventiva contra la colisión.
La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana informa de la presencia de águila perdicera y aguilucho lagunero occidental, conociéndose varios territorios de cría de águila perdicera próximos a la LAAT, con individuos marcados, con áreas de campeo coincidentes con dicha infraestructura, así como de la presencia a menos de 3 km de la LAAT de la nidificación de águila real y buitre leonado y, a menos de 4 km, de aguilucho cenizo, alimoche común y águila perdicera. Por todo ello, prevé una situación de riesgo para las especies catalogadas por la ejecución del proyecto, que se consideran insubsanables, y concluye manifestando su oposición al proyecto.
En respuesta, el promotor propone un nuevo trazado de la LAAT, que pasa de 47,46 km de longitud a 58,65 km de longitud y sigue el trazado de la autovía A-23. También reubica la SET Promotores Gaussa.
Respecto al nuevo trazado, la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Generalitat Valenciana observa que el promotor ha cometido un error a la hora de elegir el ámbito de estudio entorno a la infraestructura para la realización del estudio de avifauna del proyecto original, ya que considera que, de acuerdo con la «Guía para la elaboración de estudios de impacto ambiental de proyectos de plantas solares fotovoltaicas y sus infraestructuras de evacuación» del MITECO, el ámbito debería ser de 5 km entorno a la LAAT proyectada y no de 4 km, debido a que se conoce la existencia en la zona de especies incluidas en el CEEA. Por otro lado, no encuentra en la nueva documentación aportada por el promotor, un estudio de avifauna completo para el nuevo trazado, que abarque un ciclo anual y que comprenda la información mínima contemplada en la guía mencionada, por lo que considera que no se pueden extraer conclusiones a la hora de evaluar impactos y establecer las medidas preventivas, correctoras o compensatorias necesarias.
Dicha Dirección General informa de un listado de especies presentes en el ámbito territorial del proyecto, las cuales están incluidas en el LESRPE: Bisbita campestre (Anthus campestris), águila culebrera, halcón peregrino, cogujada montesina, águila calzada, alondra totovía (Lullula arbórea), curruca rabilarga, nutria, bermejuela, cangrejo de río y gran capicornio (Cerambyx cerdo). También, en el tramo inicial de la LAAT se encuentran varios nidos de aguilucho cenizo, el más cercano a menos de 1,50 km. Además, se observa un área de nidificación de águila perdicera a menos de 1,50 km de la LAAT, y se conocen varios territorios de cría de águila perdicera, existiendo varias parejas de dicha especie marcadas con emisores GPS-GSM con áreas de campeo coincidentes con el trazado de la LAAT, por lo que es previsible una situación de riesgo para ellas.
Informa, asimismo, de que toda la LAAT se encuentra localizada en un área prioritaria incluida en el anexo I de la Resolución de 15 de octubre de 2010, del conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda y vicepresidente tercero del Consell, por la que se establecen las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y electrocución, y se ordenan medidas para la reducción de la mortalidad de aves en líneas eléctricas de alta tensión.
Por todo ello, la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Generalitat Valenciana se reitera en la emisión de un informe desfavorable.
b.3 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.
b.3.1 Plantas fotovoltaicas.
Según el EsIA, en el ámbito del proyecto se identifica la Zona Especial de Conservación (en adelante ZEC) ES2430078 «Montes de Zuera» y ES2430080 «El Castellar», a una distancia de 4,12 km y 2,94 km respectivamente respecto al proyecto, así como la Zona de Especial Protección para las Aves (en adelante ZEPA) ES0000293 «Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar» a 0,60 km respecto al proyecto.
Según el promotor, se prevé una potencial afección sobre los elementos clave de conservación de la ZEPA «Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar», en especial atención por parte de la PFV Yukiko, debido a las molestias generadas por las propias infraestructuras, así como por el efecto barrera ocasionado por las infraestructuras, el cual podría afectar a la conectividad de la zona.
Como medidas propuestas en el EsIA, entre otras, se comunicará al órgano competente la posible detección de nidificación de alguna especie de interés, el vallado perimetral estará dotado de permeabilidad a la fauna, se establecerá una limitación de circulación de vehículos en 30 km/h, se establecerán medidas generales para reducir las molestias por ruido y presencia de maquinaria, se comunicará al órgano ambiental competente cualquier incidente que pueda producirse sobre las aves del entorno con el proyecto.
El INAGA alerta de la proximidad del proyecto a espacios Red Natura 2000, lo que se traduce en una importante pérdida de superficie de campeo, fragmentación del territorio y dificultad de conexión entre los diferentes espacios presentes; lo que podría afectar a especies esteparias, rapaces, carroñeras y especies migratorias acuáticas. En este sentido, propone asegurar distancias de 500 m de las infraestructuras asociadas al proyecto respecto a balsas de riego de uso cinegético. El promotor responde que las PFVs ya se ubican a distancias mínimas de 200 m respecto a balsas de riego y no está de acuerdo en proponer distancias superiores a 500 m.
El INAGA reclama al promotor que realice un análisis de las afecciones a especies objetivo de los espacios Red Natura 2000 cercanos a las PFVs.
Como respuesta, en la documentación complementaria al EsIA el promotor incluye un estudio de efectos sinérgicos y acumulativos sobre los espacios Red Natura 2000 y las especies objetivo de conservación. En dicho estudio se refleja que, aunque las PFVs, en general, podrían suponer una pérdida de hábitat de campeo para especies vinculadas a la ZEPA «Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar», la escasa presencia de dichas especies en los terrenos ocupados por las PFVs no provocaría un efecto significativo sobre los mencionados valores. No obstante, según el citado documento, el vallado de la PFV Tania y la PFV Ursa sí que afectan significativamente a la conectividad del área esteparia, por lo que el promotor propone una reducción de 36 ha de vallado de la PFV Tania y de 28,36 ha de la PFV Ursa.
b.3.2 Infraestructuras de evacuación.
a) Infraestructuras en Aragón.
El EsIA indica un total de 16 espacios de la Red Natura 2000 en el entorno de las infraestructuras de evacuación: ZEC ES2430081 «Sotos y mejanas del Ebro» ubicada a 3,20 km de la LAAT, ZEC ES2430086 «Monte Alto y Siete Cabezos» ubicada a 1,77 km de la LAAT, ZEC-ZEPA ES2430090 «Dehesa de Rueda y Montolar» ubicada a 2,75 km de la LAAT, ZEC ES2430089 «Sierra Nava Alta-Puerto de la Chabola» ubicada a 5,92 km de la LAAT, ZEPA ES0000299 «Desfiladeros del río Jalón», ZEPA ES0000300 «Río Huerva y Las Planas» ubicada a 9,43 km de la LAAT, ZEC ES2430103 «Sierras de Algairén» ubicada a 2,74 km de la LAAT, ZEC ES2430034 «Puerto de Codos-Encinacorba» ubicada a 3,72 km de la LAAT, ZEC ES2430102 «Sierra Vicort» ubicada a 0,60 km de la LAAT, ZEC ES2430110 «Alto Huerva-Sierra de Herrera» ubicada a 0,09 km de la LAAT, ZEC ES2420120 «Sierra de Fonfría» ubicada a 3,38 km de la LAAT, ZEC ES2420111 «Montes de la Cuenca de Gallocanta» ubicada a 9,34 km de la LAAT, ZEC ES2420122 «Sabinar el Villarejo» ubicada a 0,49 km de la LAAT, ZEC ES2420121 «Yesos de Barrachina y Cutanda» ubicada a 3,45 km de la LAAT, ZEC ES2420123 «Sierra Palomera» ubicada a 3 km de la LAAT y ZEPA ES0000302 «Parameras de Blancas» ubicada a 6,48 km de la LAAT.
El promotor en el EsIA señala que las áreas de campeo y alimentación de algunas de las especies de fauna presentes en estos espacios podrían verse afectadas por el proyecto. Asimismo, la instalación de las infraestructuras reducirá el hábitat de campeo de dichas especies, así como el aumento de tránsito de vehículos y personas, generará molestias sobre la fauna presente en el entorno, siendo especialmente relevante durante el período reproductor. Durante la fase de funcionamiento, la presencia de las infraestructuras puede provocar un incremento del riesgo de mortalidad asociado a la colisión contra la LAAT, además de la pérdida de conectividad de la red natural. También señala un impacto indirecto sobre la fauna proveniente de los espacios protegidos debido a las acciones de mantenimiento durante la fase de explotación.
Para mitigar los impactos propone medidas ya mencionadas en apartados anteriores como la instalación de salvapájaros o señalizadores visuales en la LAAT y retirada de las reses muertas a pie o en las proximidades de la LAAT.
El INAGA informa que el proyecto se ubica en una zona de caza y campeo de rapaces y próximo a espacios Red Natura 2000, lo que se traduce en un importante riesgo potencial de accidentes con la LAAT e instalaciones, pérdida importante de superficie de campeo, fragmentación del territorio y dificultad de conexión entre los diferentes espacios Red Natura 2000, afectando especialmente a especies esteparias, rapaces, carroñeras y migratorias acuáticas. Propone como condicionado asegurar una distancia mínima de 500 m de las infraestructuras asociadas al proyecto a balsas de riego de uso cinegético.
El promotor al respecto propone una serie de medidas tales como realizar un seguimiento de colisión y electrocución de avifauna con la LAAT o cambios en el comportamiento o uso de espacio, así como un Plan de Vigilancia Ambiental (en adelante PVA) de censos de avifauna, una vez aplicadas las medidas preventivas y correctoras establecidas; descartándose, según el promotor, impactos severos.
b) Infraestructuras en la Comunidad Valenciana.
Según el EsIA, en el ámbito del proyecto se localiza el «Parc Natural de la Serra Calderona», coincidiendo, el proyecto, con la Zona de Protección denominada en su Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (en adelante PORN), así como el «Parc Natural de la Serra d’Espadà». También destacan dos espacios de la Red Natura 2000 en el ámbito del proyecto, como la ZEPA ES0000469 «Serra Calderona» y la Zona Especial de Conservación (ZEC) ES532002 «Serra Calderona». Esta Dirección General también ha constatado la existencia de la ZEC ES5232003 «Curs mitjà del riu Palància», la ZEC ES5223005 «Alt Palància», la ZEPA ES0000468 «Serra d’Espadà» y la ZEC ES0000148 «Marjal dels Moros». El EsIA, además, identifica la afección de la LAAT a «Lagunas de Segorbe», espacio incluido en el Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunidad Valenciana.
El promotor señala en el EsIA que los impactos sobre los espacios de interés natural se basan en posibles afecciones directas y/o indirectas sobre espacios naturales de protección especial, espacios catalogados incluidos en la Red Natura 2000, espacios incluidos en algún Plan de acción sobre especies amenazadas, declarados como Zona Húmeda de Importancia Nacional, incluidos en el Catálogo de Zonas Húmedas de Valencia, etc., especialmente durante la fase construcción. En este sentido, la mayor afección que puede representar la LAAT respecto a las especies de fauna presentes en los espacios protegidos, se deriva del riesgo de colisión y electrocución que representaría la construcción de la LAAT, con especial atención al águila perdicera, águila real, búho real, águila culebrera, halcón peregrino y águila calzada. También destaca impactos sobre diversos factores ambientales asociados a los espacios naturales como consecuencia de las superficies de ocupación, los movimientos de tierras y la eliminación de la cubierta vegetal requeridos por los diferentes elementos que formarían parte de la subestación y la LAAT, así como impactos indirectos por el incremento de los niveles acústicos, de polvo, etc., que implicarían dichos trabajos. En fase de funcionamiento, también menciona entre los principales impactos la consecuencia de la necesidad de mantener un pasillo de vegetación arbórea bajo el corredor de la LAAT, la cual afecta en parte al PORN del «Parc Natural de la Serra Calderona».
El promotor indica en el EsIA que las medidas para evitar, minimizar y/o compensar los impactos potenciales sobre los espacios naturales a aplicar serán las ya definidas para evitar, minimizar y/o compensar los impactos potenciales sobre la vegetación y la fauna.
La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana informa que la LAAT transcurre por dentro de los límites del PORN del «Parc Natural de la Serra Calderona», y se cuenta con un informe emitido por el director de dicho espacio en sentido desfavorable, condicionando a que la LAAT a su paso por los límites del PORN sea enterrada, ya que no se permiten nuevas infraestructuras aéreas y se producen afecciones severas al ecosistema de campeo de grandes rapaces. También advierte que la LAAT afecta a dos ZECs: ZEC ES5223005 «Alt Palància» y ZEC ES5232003 «Curs mitjà del riu Palància», por lo que tiene repercusiones sobre la integridad de los espacios Red Natura 2000, sin que se propongan medidas compensatorias adecuadas para garantizar la coherencia de la Red Natura 2000; y que, además, la instalación podría suponer la pérdida de conectividad y fragmentación de la ZEPA ES0000469 «Serra Calderona» y ZEC ES5232002 «Serra Calderona», concluyendo con todo esto que no se puede dar la conformidad al proyecto evaluado. A su vez, advierte que la LAAT discurre por la Zona de Protección de la Zona Húmeda «Lagunas de Segorbe, debiendo buscarse un trazado alternativo que no afecte a las Zonas Húmedas ni a sus zonas de protección.
El promotor, atendiendo al PGOU del Ayuntamiento de Jérica y al PORN Serra Calderona, que impiden la ejecución de la LAAT por el trazado originalmente propuesto, diseña un nuevo trazado de la LAAT y propone la reubicación de la SET Promotores Gaussa.
Respecto al nuevo trazado, la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Generalitat Valenciana informa que 25 apoyos se encuentran todavía dentro de los límites del PORN «Parc Natural de la Serra Calderona», en la Zona de Influencia; y de ellos, 18 no cuentan con un camino de acceso preexistente y se diseña la apertura de nuevos viales en vez de contemplar el uso de pluma o helicóptero para su construcción. A su vez, varios apoyos de la LAAT se encuentran dentro de los límites del PORN «Parc Natural de Serra d’Espadà», dentro de Zona de Amortiguación de Impactos. Por tanto, si bien el nuevo trazado de la LAAT propuesto por el promotor reduce la afección al PORN «Parc Natural de la Serra Calderona», se produce en cambio una nueva afección que antes no existía sobre el PORN «Parc Natural de la Serra d’Espadà», sin haberse tenido en cuenta algunos condicionantes establecidos en la normativa del PORN.
Por otro lado, el tramo modificado de la LAAT afecta de forma directa a espacios Red Natura 2000, como son la ZEC «Curs mitjà del riu Palància» y la ZEC «Alt Palància».
Por último, la infraestructura se encuentra próxima a dos cuevas recogidas en el Decreto 65/2006, de 12 de mayo del Consell, por el que se desarrolla el régimen de protección de las cuevas y se aprueba el Catálogo de Cuevas de la Comunidad Valenciana; en concreto, entre los apoyos 28 y 29 de la LAAT y a menos de 150 m de cada uno de ellos, se encuentra la cueva «Los Ojos del Prao», la cual, además, dista sólo 23 m de la línea de evacuación; y a 1 km aproximadamente de la LAAT se encuentra la cueva «Túnel d’Arguines».
Por todo ello, la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Generalitat Valenciana se reitera el sentido desfavorable de su informe.
b.4 Paisaje.
b.4.1 Plantas fotovoltaicas.
Según el EsIA, las plantas fotovoltaicas se encuentran sobre la unidad de paisaje «Piedemontes con secanos y cultivos en mosaico».
Los principales efectos identificados en el EsIA se basan en una disminución de la calidad del paisaje por la presencia de las infraestructuras asociadas a las plantas fotovoltaicas, así como la intrusión en el medio paisajístico de estas mismas infraestructuras.
Como medidas incluidas en el EsIA, entre otras, se reducirán al mínimo los movimientos de tierra para minimizar el impacto visual y paisajístico, se desmantelarán y restaurarán todas aquellas superficies no necesarias para la fase de funcionamiento, se ejecutará un plan de restauración y las plantas fotovoltaicas contarán con un cerramiento perimetral vegetal de especies arbustivas autóctonas.
El INAGA advierte de un alto impacto paisajístico por la presencia del propio proyecto.
El promotor responde que asume que el impacto es elevado, pero que, tras la aplicación de medidas, concluye que el proyecto es compatible con el paisaje.
Por otra parte, el Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón (COTA) condiciona el proyecto a la conservación de los valores paisajísticos mediante la integración de todas las infraestructuras en el paisaje, en consonancia con los objetivos de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón. El promotor afirma que está cumpliendo con dichos objetivos.
b.4.2 Infraestructuras de evacuación.
a) Infraestructuras en Aragón.
Según el EsIA, las infraestructuras de evacuación del proyecto interceptan un total de diez unidades del paisaje, como son «Depresiones lacustres con saladares», «Llanuras cerealistas semiáridas con matorral», «Montaña media calcárea ibérica matorralizada con coníferas y secanos», «Montaña media metamórfica ibérica con matorral, frondosas y coníferas», «Muelas con secanos, pinares y matorral», «Paisajes de secanos y regadíos en amplias depresiones», «parameras ibéricas con matorrales, pinares repoblados y pastizales», «Piedemontes con secanos y cultivos en mosaico», «Relieves en graderío con mosaicos de secanos, matorral y bosquetes» y «Secanos y regadíos en terrazas fluviales escalonadas».
Los impactos y medidas propuestas por el promotor, así como el contenido de los informes, se corresponde con lo expuesto para las plantas fotovoltaicas.
b) Infraestructuras en la Comunidad Valenciana.
El EsIA utiliza la información del Catálogo de los Paisajes de Relevancia Regional de la Generalitat Valenciana y del Atlas de los Paisajes de España. El área de actuación se sitúa en la unidad del paisaje de la Sierra Calderona, perteneciente al tipo de paisaje de las Sierras Ibéricas y la asociación de sierras y montañas mediterráneas continentales. El proyecto se encuadra en el conjunto paisajístico del Paisaje de Relevancia Regional (en adelante PRR) 04 «Sierras de Espadán y Calderona», el cual engloba los grupos PRR 11 «Serra d’Espadà» y PRR 12 «Serra Calderona».
El promotor señala, para la fase de construcción, que se producirán cambios importantes sobre la geomorfología, la cubierta vegetal y los usos del suelo de las superficies afectadas, que son los aspectos que tienen una mayor incidencia sobre el paisaje, como resultado de las nuevas superficies de ocupación, la eliminación de vegetación, los movimientos de tierras previstos, etc. Además, añade una alteración progresiva de las visuales del entorno más cercano a la SET y la LAAT, especialmente las de carácter intrínseco, por la aparición de elementos relacionados con las obras. Para la fase de explotación, los principales impactos sobre el paisaje se producirían una vez finalizado el montaje de los diferentes elementos que formarían parte de la subestación y la LAAT proyectada y, por tanto, una vez las nuevas infraestructuras fueran visibles de forma permanente; así como el posible mantenimiento del corredor libre de vegetación que podría ser necesario abrir durante la fase de obras sería visible y destacable en las masas forestales arboladas.
El promotor, propone algunas medidas ya definidas para evitar y/o minimizar los impactos potenciales sobre la geología, la geomorfología y la edafología, y la vegetación sobre el paisaje, como adecuar las construcciones previstas a la tipología constructiva de la zona y aplacar el exterior de los nuevos edificios con piedra típica de la zona, y/o pintarlo de los colores tradicionales, para facilitar su integración paisajística.
La Dirección General de Política Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana informa desfavorablemente el proyecto, y considera necesario que el promotor justifique un trazado basado en factores paisajísticos o, en caso de no resultar viable según los mismos, modificar el trazado de la LAAT a otra localización, así como la elaboración de un Estudio de Integración Paisajística.
El promotor propone un nuevo trazado de la LAAT, respecto al que la nueva Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana, informa desfavorablemente al considerar dicha implantación no viable, si se atiende a las normativas y cartografías de ordenación del territorio y las determinaciones legales del Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre prevención del Riesgo de Inundación a la Comunidad Valenciana.
Con fecha 8 de marzo de 2024, la Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana emite un nuevo informe desfavorable sobre la LAAT a su paso por la Comunidad Valenciana, por considerar que se producen afecciones a la infraestructura verde y al paisaje no previstas en los documentos de análisis aportados inicialmente.
b.5 Efectos acumulativos y sinergias.
b.5.1 Plantas fotovoltaicas.
El EsIA identifica que, en caso de que se llevan a cabo los expedientes en tramitación de todas las plantas fotovoltaicas identificadas en el interior del área de estudio de 10 km en torno a las plantas fotovoltaicas, se pasará a presentar un total de 1.457,84 ha de ocupación por infraestructuras de generación de energía renovable, convirtiendo el territorio en un punto de gran aglomeración. Esta ocupación equivale a un impacto muy predominante sobre tierras de cultivo, pero con la existencia de una afección sobre HIC, especialmente en los proyectos de la PFV Tania y la PFV Yukiko. En cuanto al impacto sobre la fauna, se generará un potencial impacto acumulativo que podrá derivar en la mortalidad de avifauna por la colisión con aerogeneradores y otras líneas existentes en la zona de estudio, así como un efecto por la generación del efecto barrera.
El INAGA advierte que será especialmente relevante la ocupación de terrenos y movimientos de tierra, teniendo en cuenta el conjunto de proyectos que comparten línea de evacuación, lo que supondría una importante modificación de los usos del suelo. Esto equivaldría a un impacto muy elevado sobre la vegetación silvestre, la fragmentación y pérdida de conectividad ecológica, por la reducción del hábitat disponible para el desarrollo de especies de fauna, la colisión de avifauna con líneas eléctricas aéreas y un impacto paisajístico sobre zonas silvestres y núcleos de población. Afirma que los estudios de impactos acumulativos y sinérgicos no realizan una proyección de las zonas a las que se prevé que pueda desplazarse la avifauna afectada por los diferentes proyectos, ni si la capacidad de carga del territorio es suficiente para asegurar la compatibilidad del desarrollo de los proyectos con la disponibilidad de hábitat, tanto de carácter estepario como forestal o migratorio. De este modo se podría afectar a la supervivencia de las especies de fauna que de ellos dependen, además de asegurar la conectividad entre las poblaciones afectadas, de las cuales dichas especies mencionadas se encuentran catalogadas en el CEEA, con objetivos de conservación de la Red Natura 2000 y otros planes de acción de especies amenazadas.
En la documentación adicional al EsIA se incluye un estudio de efectos sinérgicos y acumulativos de las plantas fotovoltaicas, el cual concluye que sí se presentan afecciones sobre la avifauna y la fauna en general, debido a una pérdida de hábitat significativa debido al conjunto de las instalaciones que resulta especialmente relevante para las aves esteparias, así como por colisiones en aerogeneradores y líneas eléctricas existentes en la zona. También resalta una elevada afección a la conectividad esteparia, en concreto referida a las PFVs Tania y Ursa. Con objeto de minimizar dichas afecciones, el promotor propone una reducción de 36 ha de la superficie de vallado para la PFV Tania y de 28,36 ha para la PFV Ursa.
b.5.2 Infraestructuras de evacuación.
Respecto al trazado en Aragón, el promotor aporta un estudio de impactos sinérgicos donde se indica que, en un ámbito de actuación de 10 km en torno a las infraestructuras, hay un nivel de antropización considerable debido a las infraestructuras existentes y proyectadas que se encuentran en el entorno de todo el proyecto en Aragón, tales como PFVs, vías de comunicación, líneas eléctricas aéreas, instalaciones agropecuarias, etc. Así, en un área de actuación de 10 km respecto a la LAAT, el promotor identifica un total de 104 PFVs proyectados, además de las cinco PFVs evaluadas en la presente resolución, las cuales ocuparían un total de 5.700,69 ha. Respecto a las líneas de evacuación aérea, en el interior del área de actuación se identifica una longitud total de 617,63 km contando con un total de 3.362 apoyos, las cuales se encuentran tanto las líneas desde 30 kV hasta 400 kV. También, en el área de actuación, el promotor identifica un total de 372 aerogeneradores en tramitación asociados a 68 parques eólicos.
En cuanto afecciones a la fauna, el promotor identifica que se generarán impactos debido a las molestias generadas por las obras; y en la fase de explotación, por el riesgo de colisión con las palas de los aerogeneradores y el riesgo de colisión y/o electrocución por la presencia de las líneas eléctricas. También destaca el efecto barrera y el efecto vacío que se pueden derivar de la alteración y fragmentación de los hábitats debido a la implantación de estas infraestructuras. Entre otros impactos resultantes, cabe destacar la alteración o pérdida de hábitat asociada a la eliminación de la cobertura vegetal de los terrenos donde se lleven a cabo movimientos de tierras para la adecuación de superficies, apertura y adecuación de accesos y apertura de zanjas, lo que podría suponer la alteración de las áreas de alimentación, refugio, cría y paso de las especies de fauna esteparias presentes en la zona, destacando la afección a milano real, milano negro, ratonero común, águila perdicera, cigüeña blanca, cernícalo primilla y cernícalo común. También se producirá una afección visual que implicará un aumento de la superficie afectada, dado que las presentes PFVs se proyectan en gran medida próximas a otras plantas ya existentes o en tramitación; factor que se puede equiparar a las líneas de evacuación, las cuales podrían llegar a alcanzar una superficie afectada del 92,11 % del área de estudio de visibilidad de 10 km entorno a las infraestructuras determinado en el EsIA, en caso de que la totalidad de las LAATs proyectadas fueran finalmente implantadas.
Respecto al ámbito de la Comunidad Valenciana, el promotor recoge las principales infraestructuras presentes en el ámbito de actuación del proyecto: 9 infraestructuras viarias (autopistas, autovías y carreteras), así como otras infraestructuras energéticas. Sin embargo, considera que el proyecto en la Comunidad Valenciana no supone impactos acumulativos o sinérgicos con otras infraestructuras de evacuación conocidas en el territorio debido a las medidas preventivas adoptadas. En este sentido, el EsIA menciona que se han tenido en cuenta dos estrategias desde el inicio del planteamiento del trazado de la LAAT para reducir los posibles impactos acumulativos y sinérgicos, las cuales consisten en la máxima compactación de los circuitos de evacuación de la energía generada por varias instalaciones eólicas y fotovoltaicas en Aragón con destino a la Comunidad Valenciana y en el máximo paralelismo posible con otras infraestructuras de transporte de energía eléctrica presentes en el territorio, pero también con otras grandes infraestructuras viarias y ferroviarias existentes cercanas al corredor.
La Dirección General de Política Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana considera que el efecto acumulativo de las líneas de evacuación propuestas, debido a su envergadura, saturaría el territorio, por lo que informa desfavorablemente y considera que la implantación no es viable.
Tras la propuesta del promotor de un nuevo trazado de la LAAT, la nueva Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana se ratifica en las conclusiones realizadas respecto de la implantación propuesta, por la que se informa desfavorablemente y considera la implantación como no viable.
c. Valoración del órgano ambiental sobre la propuesta definitiva del promotor.
Plantas fotovoltaicas.
La zona donde se proyectan las plantas solares alberga una gran diversidad de especies de fauna, muchas de ellas incluidas en catálogos de protección, tanto a nivel estatal como autonómico. Destacan las especies de avifauna esteparia para las que éste área constituye un hábitat potencial, vital para su conservación. Asimismo, la zona se encuentra dentro de un área considerada de alimentación de aves necrófagas y de la IBA núm. 115, con poblaciones residentes y reproductoras de interés.
En un análisis más detallado de cada planta, la PFV Tania y la PFV Yukiko generan una afección significativa a terrenos coincidentes con el futuro Plan de Protección de Especies de Aves Esteparias del Gobierno de Aragón. En concreto, según los datos recopilados, el terreno correspondiente a la PFV Tania se ubica en una zona de densidad relativa media de avifauna esteparia donde destaca la presencia de ganga ortega y la potencial existencia de sisón común, ganga común y avutarda común. Esta planta es además coincidente, en parte, con una zona de pérdida de hábitat por la presencia de aerogeneradores asociados a otros proyectos.
Para el terreno de la PFV Yukiko, se constata la presencia de ganga ortega y alcaraván común y la potencial existencia de sisón común, ganga común y avutarda común, además de ocupar parcialmente terrenos pertenecientes a la IBA núm. 115 y ubicarse en el límite de una zona de nidificación de águila real.
Respecto a las PFV Ursa y Tarquecio, podrían considerarse ambientalmente viables, en caso de encontrarse una alternativa de evacuación distinta a la proyectada en esta resolución. No obstante, dado que, albergan hábitats potenciales para la subsistencia de especies esteparias presentes en el ámbito territorial, tales como sisón común, ganga ortega, ganga común, avutarda común, alcaraván común, cernícalo primilla y chova piquirroja, debería considerarse la reducción su superficie, de manera que permitiera mitigar el efecto sinérgico y acumulativo existente en el ámbito territorial, causado por la abundante proyección de otros expedientes de infraestructuras de generación de energía renovable.
La PFV Tarpeya, por su parte, podría resultar ambientalmente viable en su totalidad, si en un futuro se encuentra una solución adecuada a la evacuación de su energía.
Infraestructuras de evacuación de Aragón.
El trazado elegido para la LAAT «SET Tauste G4-Vértice Ojos Negros» atraviesa amplias zonas de elevada biodiversidad y densidad de especies amenazadas. Uno de los factores ambientales que resulta más afectado es la avifauna, pues la LAAT atraviesa territorios altamente sensibles que cuentan con un relevante número de especies incluidas en alguna categoría de protección legal.
De este modo, 73 apoyos de la LAAT se ubican sobre el Área Crítica de Falco naumanni, y atraviesa a su vez, 9,85 km del Ámbito de Protección de águila-azor perdicera y 41,66 km de territorio potencial para la futura aplicación del Plan de Protección de Especies de Aves Esteparias del Gobierno de Aragón, con registros de sisón común, avutarda común, ganga ortega y ganga común.
Asimismo, cabe destacar la presencia de 7 IBAs en el entorno de actuación, entre las cuales destaca, por su proximidad al proyecto, la IBA núm. 429 «Llanos de Plasencia», que cuenta con la presencia residente de ganga ortega y ganga común, la presencia no reproductora de sisón común y la presencia reproductora de cernícalo primilla; la IBA núm. 431 «Llanura y Muelas de Valdejalón-Muel», en la que destaca la presencia de poblaciones residentes de sisón común, alondra ricotí, ganga ortega y ganga común; la IBA núm. 94 «Parameras del Río Jaloca», en la que destaca la presencia de poblaciones residentes de alondra ricotí; así como la IBA núm. 436 «Parameras de Pozondón y Villar del Salz», en la que destaca la presencia de poblaciones residentes de alondra ricotí.
En sentido, el INAGA informa que las afecciones más significativas del proyecto tendrán lugar sobre la avifauna, como consecuencia del incremento de la mortalidad por colisión, y por la pérdida y fragmentación de los hábitats silvestres necesarios para su desarrollo. Asimismo, dicho organismo ha informado que las pérdidas en áreas de reproducción ocasionarán una reducción poblacional y que las pérdidas en áreas de invernada pueden motivar la reducción del tamaño poblacional, o bien cambios en las rutas migratorias.
A su vez, la LAAT se localiza en el ámbito de influencia de diferentes espacios protegidos por lo que su construcción dificultaría la conexión entre los mismos. A este respecto, el INAGA ha informado que el proyecto se ubica en una zona de caza y campeo de rapaces y próximo a espacios Red Natura 2000, lo que se traduce en pérdida importante de superficie de campeo, fragmentación del territorio y dificultad de conexión entre los diferentes espacios Red Natura 2000, afectando especialmente a especies esteparias, rapaces, carroñeras y migratorias acuáticas.
Por último, la línea de evacuación en su tramo inicial discurre por una zona donde ya se propusieron otros proyectos de producción de energía renovables que han obtenido declaraciones de impacto ambiental desfavorables.
Por tanto, debido a las diferentes afecciones mencionadas a lo largo de la presente resolución, sintetizadas en este apartado, así como por la magnitud de la infraestructura y la dificultad de proponer su soterramiento completo debido a su extensión a lo largo de un territorio con una orografía compleja que alberga diferentes valores ambientales difíciles de adaptar a este tipo de proyectos; este órgano ambiental concluye que la LAAT «SET Tauste G4- Vértice Ojos Negros» causará efectos negativos significativos sobre el medio ambiente, y que las medidas previstas en el estudio de impacto ambiental no son una garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección y/o compensación.
Infraestructuras en la Comunidad Valenciana.
Tras el análisis técnico del expediente, este órgano ambiental considera que las respuestas y modificaciones planteadas por el promotor a lo largo de la tramitación no permiten compatibilizar el proyecto con los valores ambientales existentes a lo largo del trazado de la línea eléctrica.
Así, de acuerdo con lo informado por la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Comunidad Valenciana respecto a las modificaciones y medidas planteadas por el promotor para minimizar los impactos sobre la fauna, la infraestructura sigue siendo ambientalmente inviable debido a la gran diversidad y abundancia de especies de avifauna citadas en el entorno de la actuación, muchas de las cuales se encuentran recogidas en diferentes catálogos de protección. Destaca la presencia de varios territorios de cría de águila perdicera próximos a la LAAT y la presencia a menos de 1,50 km de nidificación de aguilucho cenizo, para las que se prevé una situación de riesgo por la ejecución del proyecto.
Respecto a los espacios protegidos, si bien el promotor ha modificado el proyecto con objeto de reducir la afección al PORN «Parc Natural de la Serra Calderona», siguen quedando apoyos dentro de este espacio y con la modificación se ha creado una nueva afección al «Parc Natural Serra d'Espadà». Por otro lado, se ha detectado que el proyecto podría afectar a la integridad de los espacios de la Red Natura 2000 al afectar de manera apreciable, a la ZEC «Alt Palància» y a la ZEC «Curs mitjà del Riu Palància».
A su vez, la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Comunidad Valenciana informa que la construcción de las infraestructuras no es compatible con la regeneración forestal, conforme al Decreto 58/2013 de aprobación del Plan de Acción Territorial Forestal de la Comunidad Valenciana y la Guía técnica para la gestión de montes quemados del MITECO, concluyendo que no se considera que se sigan las directrices emanadas; además de atravesar zonas con pendientes superiores al 25 %.
Por todo lo anterior se concluye que el proyecto previsiblemente causará efectos negativos significativos sobre el medio ambiente, y que las medidas propuestas en el EsIA y en la documentación adicional presentada por el promotor no ofrecen una garantía suficiente para su prevención, corrección o compensación.
En vista de lo expuesto, esta Dirección General concluye que el proyecto en su configuración actual no resulta ambientalmente viable, debido a que los impactos ambientales severos que provocarían las infraestructuras de evacuación en el trazado propuesto, así como plantas solares Tania y Yukiko, que no quedarían suficientemente mitigados con las medidas y modificaciones planteadas por el promotor. No obstante, las plantas solares Ursa y Tarquecio y Tarpeya, con modificaciones, podrían resultar ambientalmente viables si en un futuro se encuentra una solución adecuada a la evacuación de su energía.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el grupo 3 epígrafe j del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, estando sujeto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el EsIA, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación adicional aportada por el promotor.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental desfavorable a la realización del proyecto «Parques fotovoltaicos Tania de 49,52 MWp/41,25 MWn, Ursa de 49,52 MWp/41,25 MWn, Tarpeya de 20,87 MWp/17,37 MWn, Tarquecio de 38,52 MWp/32,08 MWn y Yukiko de 49,52 MWp/41,25 MWn, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Zaragoza, Teruel, Castellón y Valencia» debido a que el proyecto no garantiza la conservación de los valores ambientales en su configuración original ni tras la modificación propuesta por el promotor.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.
Madrid, 13 de diciembre de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.
Consultados | Contestación |
---|---|
Confederación Hidrográfica del Ebro. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). | Sí |
Confederación Hidrográfica del Júcar. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). | Sí |
Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA). | No |
Demarcación de Carreteras del Estado en Comunidad Valenciana. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA). | Sí |
Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA). Gobierno de Aragón. | Sí |
Dirección General de Patrimonio Cultural. Gobierno de Aragón. | Sí |
Dirección General de Salud Pública. Gobierno de Aragón. | Sí |
Dirección General de Interior y Protección Civil. Gobierno de Aragón. | Sí |
Dirección General de Energía y Minas. Gobierno de Aragón. | Sí |
Consejo de Ordenación del Territorio en Aragón (COTA). Gobierno de Aragón. | Sí |
Dirección General de Ordenación del Territorio. Gobierno de Aragón. | Sí |
Dirección General de Carreteras. Gobierno de Aragón. | Sí |
Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza (DGA). Gobierno de Aragón. | No |
Vías y Obras. Diputación Provincial de Zaragoza (DPZ). | Sí |
Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel. Gobierno de Aragón. | Sí |
Vías y Obras. Diputación Provincial de Teruel. | Sí |
Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental. Generalitat Valenciana. | Sí |
Dirección General de Política Territorial y Paisaje. Generalitat Valenciana. | Sí |
Dirección General de Cultura y Patrimonio. Generalitat Valenciana. | Sí |
Dirección General de Salud Pública y Adicciones. Generalitat Valenciana. | Sí |
Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias. Generalitat Valenciana. | Sí |
Dirección General de Urbanismo. Generalitat Valenciana. | Sí |
Dirección General de Industria y Energía. Generalitat Valenciana. | No |
Dirección General de Obras Públicas, Transportes y Movilidad Sostenible. Generalitat Valenciana. | Sí |
Dirección General de Cambio Climático. Generalitat Valenciana. | Sí |
Área de Carreteras e Infraestructuras. Diputación Provincial de Valencia. | Sí |
Área de Medio Ambiente. Diputación Provincial de Valencia. | No |
Servicio Territorial de Urbanismo de Castellón. Generalitat Valenciana. | Sí |
Diputación Provincial de Castellón. | Sí |
Comarca de las Cinco Villas. | No |
Comarca de Ribera Alta del Ebro. | No |
Comarca de Valdejalón. | No |
Comarca de Campo de Cariñena. | No |
Comarca del Campo de Daroca. | No |
Comarca de Jiloca. | No |
Ayuntamiento de Tauste. | Sí |
Ayuntamiento de Luceni. | No |
Ayuntamiento de Pedrola. | No |
Ayuntamiento de Lucena de Jalón. | Sí |
Ayuntamiento de Plasencia de Jalón. | No |
Ayuntamiento de Rueda de Jalón. | Sí |
Ayuntamiento de Lumpiaque. | No |
Ayuntamiento de Épila. | Sí |
Ayuntamiento de Calatorao. | No |
Ayuntamiento de Alfamén. | No |
Ayuntamiento de Almonacid de la Sierra. | No |
Ayuntamiento de Cosuenda. | No |
Ayuntamiento de Aguarón. | No |
Ayuntamiento de Cariñena. | No |
Ayuntamiento de Encinacorba. | Sí |
Ayuntamiento de Villareal de la Huerva. | No |
Ayuntamiento de Mainar. | No |
Ayuntamiento de Villadoz. | No |
Ayuntamiento de Badules. | No |
Ayuntamiento de Romanos. | No |
Ayuntamiento de Villahermosa del Campo. | No |
Ayuntamiento de Cucalón. | No |
Ayuntamiento de Ferreruela de Huerva. | No |
Ayuntamiento de Calamocha. | No |
Ayuntamiento de Fuentes Claras. | No |
Ayuntamiento de Caminreal. | No |
Ayuntamiento de Torrijo del Campo. | No |
Ayuntamiento de Monreal del Campo. | Sí |
Ayuntamiento de Ojos Negros. | Sí |
Ayuntamiento de Gilet. | Sí |
Ayuntamiento de Petrés. | Sí |
Ayuntamiento de Sagunt. | Sí |
Ayuntamiento de Torres Torres. | No |
Ayuntamiento de Albalat dels Tarongers. | No |
Ayuntamiento de Alfara de la Baronia. | Sí |
Ayuntamiento de Algar de Palància. | No |
Ayuntamiento de Algímia d’Alfara. | No |
Ayuntamiento de Estivella. | No |
Ayuntamiento de Altura. | Sí |
Ayuntamiento de Jérica. | Sí |
Ayuntamiento de Segorbe. | Sí |
Ayuntamiento de Teresa. | Sí |
Sociedad Española de Ornitología (SEO-BIRDLIFE). | No |
Asociación Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU-BATLIFE). | No |
Ecologistas en acción. | No |
Comunidad de Regantes del Canal de las Bardenas. | No |
Acció Ecologista Agró. | No |
Ecologistes en Acció País Valencià. | No |
SEO València. | No |
GECEN-Grupo para el Estudio y Conservación de los Espacios Naturales. | No |
Associació Cultural i Mediambiental Arrels. | No |
Red Eléctrica de España (REE). | Sí |
ADIF. | Sí |
Telefónica. | Sí |
Compañía Logística de Hidrocarburos. | No |
Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. | No |
Enagas. | Sí |
Endesa, S.L. | Sí |
I-DE Redes. | Sí |
Naturgy. | No |
Se reciben un total de 47 alegaciones en el proceso de información pública.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid